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Tomo 3: Estadística de Población de la Comunidad de Madrid. 1996 Hogares, familias y núcleos: características demográficas básicas y características socioeconómicas
2. Estados y notas aclaratorias de las variables con las que se clasifica a la
población en este tomo
2.1. Fecha de nacimiento.
Recoge día, mes y año, datos que resultan fundamentales para la determinación de la edad de la persona y de la cohorte a que pertenece.
En este tomo se utilizan tanto el año de nacimiento como las edades generadas, simples
y quinquenales, calculadas desde la fecha exacta del nacimiento hasta el 1 de Mayo de
1996, fecha de referencia del Padrón Municipal y la Estadística de Población.
2.2. Nacionalidad
Se recoge tanto para españoles como para extranjeros, debiendo consignar estos
últimos el país del que son súbditos o ciudadanos. Los apátridas figuran así
clasificados. En el caso de doble nacionalidad siendo una de ellas la española, se
señalará ésta. Los países asociados a esta variable son idénticos a los del país de
nacimiento.
2.3. Estado Civil
Se refiere a la situación de derecho y se desarrolla en las alternativas:
soltero/a, casado/a, viudo/a, separado/a y divorciado/a. La consideración de situaciones
de derecho no anula la posibilidad de efectuar una mayor profundización en materia
convivencial, tal y como se verá en las características familiares al tratar la
determinación de núcleos y familias a través de relaciones de parentesco o convivencia.
2.4. Título escolar
Se solicita a toda la población, para la fecha de referencia, una descripción
detallada del título escolar, académico o profesional más alto que posea. Hay que
reflejar, preferentemente, alguna de las titulaciones homologadas por el Ministerio de
Educación y Ciencia, y se considerará que se ha alcanzado un nivel, cuando se han
aprobado todos los cursos que incluye dicho nivel y, por tanto, se puede obtener el
título o diploma correspondiente.
Los literales recogidos se han grabado en toda su extensión (hasta 50 caracteres), con el
fin de obtener una visión lo más precisa posible del nivel académico de cada persona.
Pero el problema surge a la hora de agrupar las distintas titulaciones en torno a una
clasificación que las haga comparables entre sí, que permita ver su evolución en el
tiempo, y sea comparable con otras zonas geográficas nacionales e internacionales.
En España no existe aún una clasificación nacional de estudios de carácter oficial,
aunque existe un grupo de trabajo formado por representantes del Ministerio de Educación
y Ciencia, Instituto Nacional de Estadística, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,
Universidades y Comunidades Autónomas, que trabaja en la versión española de la
Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE) desarrollada por la
UNESCO en 1978 y actualizada en 1998. Esta versión española aún no está disponible,
por lo que se ha optado por elaborar una clasificación nueva propia del Instituto de
Estadística de la Comunidad de Madrid, que tenga en cuenta la CINE-78, el proyecto de
nueva CINE y las orientaciones previstas para la futura clasificación nacional, de modo
que cuando ésta se termine sea fácilmente convertible.
Tras las consultas necesarias a los organismos implicados en la elaboración de la
clasificación nacional (Ministerio de Educación y Ciencia, INE, Universidades y
Comunidades Autónomas), la clasificación resultante tiene las siguientes
características:
- Permite la integración de los cuatro últimos planes de estudios (Ley 1955; L.G.E.
1970; L.R.U. 1983; L.O.G.S.E. 1990).
- Posibilita la codificación de variables relacionadas con la educación, como estudios
en curso, título escolar, etc.
- Mantiene la comparabilidad en el tiempo y en el espacio. Adapta la CINE-78 y
previsiblemente la futura CINE y su versión española.
- Profundiza en las enseñanzas regladas, y adicionalmente permite recoger en un Gran
Grupo las no regladas.
- Está diseñada de forma flexible permitiendo con facilidad la incorporación de nuevas
especialidades profesionales, carreras universitarias, etc. que puedan surgir en el
futuro.
La clasificación se estructura en tres niveles, Gran Grupo, Grupo y Subgrupo. El Gran Grupo divide los niveles educativos en Grados y Ciclos. El Grupo desagrega al Gran Grupo por tipo de estudios, y el Subgrupo desarrolla las ramas o especialidades del Grupo.
Los literales obtenidos de la grabación de la pregunta Título Escolar, fueron sometidos a un proceso de codificación automática mediante un diccionario de literales creado para ese fin, a partir de los literales grabados del Censo de Población de 1991, y realimentado con los propios literales de la Estadística de Población que no se codificaban automáticamente en una primera vuelta.
Para una correcta lectura de las tablas de esta publicación en las que aparecen las
titulaciones escolares conviene tener presente varias circunstancias:
- Las titulaciones las describe cada persona en el cuestionario estadístico, sin unas
instrucciones detalladas de como hacerlo y con la propia creencia personal de cuál, de
entre varias titulaciones que posea, es la de mayor nivel.
- En numerosas ocasiones se señalan estudios en curso, sin disponer, por tanto, de la
titulación a la que dan lugar esos estudios, o se dan por finalizados sin ser así
(detectados por la imposibilidad de tener titulaciones con ciertas edades), o teniéndolas
efectivamente acabadas, no lo estaban en la fecha de referencia (los trabajos de campo se
prolongaron más allá de la finalización de los cursos lectivos aunque la fecha de
referencia era el 1 de mayo).
En este sentido, sólo se puede disponer de algún título escolar a partir de un año de
nacimiento igual o anterior a 1985, siendo la primera titulación posible la
correspondiente a la Enseñanza Primaria para los nacidos como máximo en 1985, que
durante el año 1996 cumplían los 11 años (aunque al ser la fecha de referencia 1 de
mayo, podían haberlos cumplido o no). Esta circunstancia hace que los universos
correspondientes a las tablas donde figura el Título Escolar, sea como máximo para los
nacidos en 1985.
- En ocasiones, los universos a los que afectan ciertos cruces en algunas tablas son muy
reducidos, distorsionando la interpretación que se pueda hacer de los resultados de esas
tablas. Tal es el casos de las proporciones de analfabetismo, que aparecen en algunos
municipios muy pronunciadas, sin que ello signifique situaciones especiales, sino
universos sobre los que se calculan muy pequeños.
- No se preguntaba sobre los estudios en curso, por tanto no se puede obtener información
sobre situaciones de escolaridad de manera directa. Sólo a través de la pregunta
"Relación con la actividad económica" podrían deducirse los que estaban
estudiando en ese momento si se señalaban como "Estudiantes", pero en caso de
realizar además otra actividad, podrían quedar enmascarados con esa otra actividad.
2.5. Relación con la actividad económica
Se trata de una autoclasificación respecto a la actividad económica en función a las
relaciones que se mantienen con ella. Las situaciones posibles y sus definiciones son las
siguientes:
- Servicio militar.
- Ocupado.
Incluye las personas que durante la semana de referencia (del 24 al 30 de abril) han tenido un trabajo por cuenta ajena (asalariados) o ejercido una actividad por cuenta propia, pudiendo haber estado durante dicha semana:
* Trabajando al menos una hora a cambio de un sueldo, beneficio empresarial o ganancia
familiar en metálico o especie.
* Con empleo pero sin trabajar, es decir, ausentes de su trabajo pero manteniendo un
fuerte vínculo con él. Se entiende con ello que el entrevistado espera poder
reincorporarse a su trabajo al término de la contingencia que origina la ausencia
(enfermedad, vacaciones, suspendidos a causa de una regulación de empleo que crean poder
reincorporarse a la empresa, etc.).
No son ocupadas las personas que ejerzan actividades sin un fin lucrativo (amas de casa, servicios benéficos no remunerados...).
- Parado.
Incluye todas las personas que durante la semana de referencia hayan cumplido estos dos
requisitos:
* Estar sin trabajo, es decir, no han tenido un empleo por cuenta propia o ajena.
* Buscar trabajo, es decir, que hayan tomado medidas concretas para buscar un trabajo por
cuenta propia o ajena y que estén disponibles para trabajar.
Esta categoría se subdivide en "parados buscando primer empleo" y "parados que han trabajado antes".
- Jubilado.
Incluye las personas que han tenido una actividad económica anterior y que por su edad u otras causas la han abandonado, siendo su medio de vida las pensiones obtenidas por la actividad anterior o por invalidez.
- Personas que perciben una pensión distinta de la de jubilación o invalidez (viudedad, salario social, etc.).
- Incapacidad permanente para el trabajo (disminuidos físicos y psiquicos).
- Estudiante o escolar. Personas que, sin ejercer ninguna actividad económica, reciben una instrucción sistemátiva en cualquier grado de educación.
- Labores del hogar (no remuneradas).
Se considerará una persona dentro de este epígrafe cuando realice tareas del hogar sin compensación económica por ello. El empleado en el servicio doméstico se clasificará como ocupado.
- Otra situación.
Es el caso de los menores no escolarizados, rentistas y todas aquellas que no estén incluídas en ninguna de las anteriores.
Es posible que una persona en la fecha de referencia se encuentre en varias de estas situaciones, debiendo optar por la que considere como principal, y en caso de duda, se clasificará en la relación que corresponda al código más bajo.
Hay que tener en cuenta que se trata de una pregunta con autoclasificación donde, por
su extensión, no podían incluirse estas precisiones en el cuestionario, quedando
exlusivamente circunscritas a los manuales de los agentes, y por tanto, a las personas que
tuvieran alguna duda de donde clasificarse y consultasen a su agente padronal.
2.6. Ocupación
Para la población que en la pregunta "Relación con la actividad económica"
contestó alguna de las categorías 22, 24 ó 25 (Ocupado, Parado que ha trabajado antes o
Jubilado), se pedía una doble información acerca de su ocupación principal. Una, la
autoclasificación en una categoría de entre una lista de precódigos incluida en el
cuestionario, y otra la descripción de forma extensa, en una pregunta abierta, de su
ocupación.
El concepto de ocupación entraña alguna dificultad práctica para su concrección, y
viene definida como el conjunto de tareas desempeñadas en un trabajo. Se refiere por
tanto a la ocupación u oficio, no a la titulación académica, ni tampoco a la situación
de empleo. No obstante, en algunos casos, la ocupación puede coincidir con la
titulación.
Para la codificación de la ocupación se ha utilizado la Clasificación Nacional de Ocupaciones de 1994 (C.N.O./94) a tres dígitos elaborada por el Instituto Nacional de Estadística. Esta clasificación es de uso obligatorio en el ámbito de la Ley de la Función Estadística Pública a partir de Mayo de 1994.
Con la autoclasificación se recoge la ocupación según los Grupos Principales de la
Clasificación Nacional de Ocupaciones 1994 (CNO-94), mientras que con la descripción se
pretende llegar al nivel de Subgrupos de la CNO-94 (clasificación a tres dígitos).
La simultaneidad de las dos formas de clasificarse respecto a la misma materia origina,
lógicamente, múltiples situaciones en la respuesta: sólo se contesta al autorrellenado,
sólo a la descripción, a ambas siendo compatibles o a ambas siendo incompatibles.
Para tratar adecuadamente esta rica información de ocupaciones, se ha procedido a la
codificación de literales de la pregunta abierta, mediante una codificación automática
con un diccionario de ocupaciones creado a partir de los literales grabados en el Censo de
1991, recodificados a CNO-94, y alimentado con los literales recogidos en la Estadística
de Población 1996 que no eran codificados en una primera vuelta. Para esta codificación
automática se tenía en cuenta el valor del precódigo si existían varias posibilidades
de clasificación, siempre que ese precódigo no estuviese en contradicción con el
posible código extenso, pues de lo contrario, siempre ha tenido prioridad la descripción
extensa de la ocupación. Las variables "Relación con los medios de
producción", código asignado de "Título escolar", y precódigo y código
asignado de "Rama de actividad", también se han tenido en cuenta a la
hora de decidir entre posibles asignaciones de códigos.
El análisis pormenorizado de la codificación de la Estadística de Población 1996 de la Comunidad de Madrid, se puede encontrar en un documento elaborado por este Instituto bajo el título " Codificación del Padrón Municipal de Habitantes de 1996 y Hoja Estadística de la Comunidad de Madrid".
En el capítulo 6 de esta publicación "Tablas retrospectivas", no se incluye ninguna comparación de la ocupación con otros censos anteriores, puesto que la clasificación utilizada ahora (CNO-94), no es posible compararla en muchos aspectos con la clasificación utilizada anteriormente (CNO-79). No obstante, el conocimiento de la evolución reciente de la ocupación sí nos parece suficientemente importante como para abordarlo de una manera especial: puesto que no es fácil comparar ambas clasificaciones (imposible en algunos grupos de códigos), se ha optado por codificar los literales de la ocupación correspondientes al Censo de Población de 1991, con la CNO-94, y publicar esa codificación en un volumen especial de próxima aparición.
A la hora de interpretar correctamente las ocupaciones que aparecen en las tablas de este tomo, conviene tener presente las siguientes circunstancias:
- La definición de la ocupación que desarrolla, que cada persona ha señalado en el cuestionario estadístico, estará sesgada por la capacidad de discernir entre profesión y ocupación, en muchas ocasiones bastante compleja. Además, en ocasiones se habrá señalado la titulación académica ("licenciado", "perito", etc.), en otras la situación de empleo ("funcionario", "empleado", "obrero", etc.), o lo señalado en el contrato de trabajo aunque no sean esas las tareas que se realizan.
- De tener varias situaciones en relación con la actividad laboral, como estudiante y ocupado, la determinación de cúal es la principal vendrá dada por la percepción personal de cada situación (los estudiantes que realizan trabajos para mantener sus estudios, probablemente se clasificarán como estudiantes, por lo que no señalarán ocupación).
- En caso de tener varias ocupaciones, los criterios a la hora de decidirse por la
inscripción de uno de ellos, probablemente no será homogenea para toda la población, lo
que afectaría a los volúmenes de las distintas ocupaciones.
2.7. Rama de actividad
Como en el caso de la ocupación, la información acerca de la actividad principal del establecimiento donde trabajó la semana de referencia (o el último lugar en el que trabajó en el caso de los jubilados y de los parados que han trabajado antes), se obtiene de dos preguntas, una con una lista de precódigos, y otra con la descripción de la rama de forma extensa. No se trata por tanto de la actividad de la empresa sino del establecimiento. Se entiende por establecimiento toda unidad productiva ubicada en un lugar delimitado topográficamente (taller, mina, almacén, etc.), desde el que se realizan actividades económicas a las que dedican su trabajo una o varias personas de una misma entidad jurídica. Se entiende por actividad principal del establecimiento aquella por la que se obtiene el mayor valor de ingresos por ventas, de prestación de servicios o que ocupe a un mayor número de personas.
Naturalmente la precisión entre empresa y establecimiento, y entre actividad principal
y secundarias no es fácil trasladarlo al conjunto de ciudadanos que han cumplimentado el
cuestionario estadístico, lo que supone una limitación a la hora de interpretar las
cifras resultantes de esta pregunta. Esto se hace especialmente problemático en las
empresas con diversificación en sus actividades, donde no es posible discernir si se
trata de un establecimiento u otro si no lo hace el ciudadano. Sólo hemos podido
diferenciarlo, y por tanto codificar por establecimiento y no por empresa en el caso de
empresas que en la Comunidad de Madrid sólo tienen establecidas sus sedes centrales,
mientras que sus centros productivos se encuentran ubicados fuera de nuestra Comunidad, y
que figuraba el nombre de la empresa en el cuestionario.
Esta circunstancia puede dar lugar a ciertas aparentes contradicciones en los cruces con
otras variables como la ocupación o la condición socioeconómica. En esta, la
clasificación utiliza la actividad de la empresa como condicionante de las distintas
categorías, pero lo hace con el criterio de empresa y no de establecimiento.
La forma de proceder para la codificación de la pregunta abierta ha sido similar a la de la ocupación, teniéndose en cuenta el precódigo de la ocupación , de la situación profesional y el de rama de actividad.
Para la codificación de la rama principal de actividad del establecimiento se ha utilizado la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de 1993 (C.N.A.E./93) a tres dígitos elaborada por el Instituto Nacional de Estadística. Esta clasificación es de uso obligatorio en el ámbito de la Ley de la Función Estadística Pública a partir del 1 de Enero de 1993.
El uso de la clasificación ha sido estricto con una única excepción: se amplía con un grupo más la división de servicios prestados a las empresas para recoger las actividades auxiliares independientes en cuanto a localización. Esta ampliación es de tipo puramente instrumental y se propone en razón de que si bien es verdad que, si se considera la empresa en su conjunto, las actividades auxiliares se deben integrar como parte de la actividad principal, cuando se utiliza la unidad establecimiento aparecen locales plenamente productivos de corte auxiliar. Tales son las sedes centrales de empresas separadas de los establecimientos productivos, las delegaciones administrativas u oficinas de servicios centralizadas de empresas, o los almacenes y otros locales de la empresa localizados de manera individual.
Si no se da una solución de este tipo, o cualquier alternativa, es imposible considerar adecuadamente una parte significativa de la actividad económica (piénsese en la proliferación de sedes centrales en Madrid, que evidentemente prestan servicios).
Sin embargo para respetar al cien por cien la estructura de la CNAE/93 se ha elegido un código no utilizado (749) a nivel de grupo, dentro de la división citada, que es el que más se aproxima por su naturaleza con este tipo de servicios. De este modo, cuando se trate de clasificar empresas o actividades principales integradas, se puede obviar el grupo creado adaptándose totalmente a la CNAE/93 en su globalidad.
2.8. Relación con los medios de producción
En esta pregunta se investiga la relación con los medios de producción, y cada persona se autoclasifica en alguna de las siguientes categorías:
- Empresario que emplea personal:
Comprende a toda persona que lleva su propia empresa o ejerce por cuenta propia una profesión liberal, oficio, industria o comercio y emplea a uno o más trabajadores, a los que remunera mediante sueldo, jornal o comisión.
- Empresario o profesional que no emplea personal o trabajador por cuenta propia.
- Miembro de cooperativa de producción que trabaja en la misma y participa en sus beneficios.
- Ayuda a familiar con quien convive:
Es la persona que trabaja, sin remuneración reglamentaria, en la empresa o negocio de un familiar.
- Trabajador fijo:
Persona que trabaja con caracter fijo a sueldo, jornal, comisión u otra clase cualquiera de remuneración.
- Trabajador eventual:
Persona que trabaja con carácter eventual o interino a sueldo, jornal, comisión u otra clase cualquiera de remuneración.
2.9. Condición socioeconómica
Es una variable derivada de la relación con la actividad, la ocupación, la situación
profesional y la rama de actividad de la empresa. Con ella se agrupa a la población en
tipologías homogeneas respecto a la actividad económica, en función de su ocupación y
de la relación que mantenga con los medios de producción, diferenciando el sector
agrícola del resto de sectores económicos.
Esta variable supone una profundización de la mera "Relación con la actividad"
que sólo diferencia a la población activa en ocupados y parados, sin tener en
cuenta en qué se está ocupado y si se es propietario de los medios de producción o
contratado por él. No llega a ser una clasificación en clases sociales al estilo
tradicional puesto que faltan otros elementos intervinientes que los meramente
económicos.
Al tener una relación tan estrecha con la actividad laboral, sólamente se genera para la
población de 16 y más años.
La clasificación de Condición Socioeconómica utilizada en esta publicación es una
versión actualizada de la utilizada por este Instituto en el Censo de Población de 1991,
modificada en función de la nueva CNO-94 y CNAE-93, y adaptada, en todo lo posible, a la
utilizada por la EPA del INE, extendida a los inactivos.
La utilización de esta clasificación, cuyo núcleo central es coincidente con la de
la EPA, obedece más a un criterio utilitarista que permita ciertas comparaciones en el
espacio y en el tiempo, que al convencimiento de su utilidad teórica. Creemos que es
necesario contar con una variable de estructuras teóricas sólidas que permitan definir a
la población de una manera clara en función de parámetros objetivables y estables en el
tiempo. Desde ese convencimiento, este Instituto está estudiando la posibilidad de poner
en marcha un proyecto para la creación de una nueva Condición Socioeconómica que cuente
con el consenso de los especialistas en materia social, laboral y económica, y que
permita al conjunto de la sociedad utilizarla como característica básica de los grupos
sociales.
2.10. Relación con la persona de referencia
Cada persona es clasificada respecto a esta variable en uno de los siguientes estados:
- Persona de referencia
- Cónyuge o pareja
- Hijo/hija
- Padre/madre
- Suegro/suegra
- Yerno/nuera
- Nieto/nieta
- Abuelo/abuela
- Hermano/hermana/cuñado/cuñada
- Tío/tía
- Sobrino/sobrina
- Primo/prima
- Otro pariente
- Servicio doméstico
- Huesped
- Otra relación de no parentesco
La persona de referencia es aquella que aparece como primera persona del hogar en las
hojas padronal y estadística, sin que sea necesario cumplir ningún requisito para
figurar en tal lugar (por ejemplo, que sea la persona de mayor edad, el activo ocupado del
hogar, en el caso de que haya alguno, o el cabeza del núcleo, en su caso). Por este
motivo, nos topamos con la inexistencia de un criterio objetivo que permita determinar
quién debe ser la persona de referencia dentro de un hogar. Si tenemos en cuenta que los
parentescos de un hogar se construyen en función de la relación de cada individuo con la
persona de referencia, se hace imposible tener una visión rápida y homogénea de las
estructuras familiares de los hogares analizados, ya que según se considere una u otra
persona como de referencia, se modifica la estructura relativa de parentescos dentro
del hogar. Tal cuestión llevó a la necesidad de establecer una persona normalizada de
referencia, determinada según unos criterios formales rígidos.
2.11. Relación con la persona normalizada de referencia
La definición de una Persona Normalizada de Referencia (PNR) parte de una reflexión
en la búsqueda de un criterio fijo de ordenación y estandarización taxonómica de las
formas familiares, con el fin de que se captasen de manera rápida y homogénea las
estructuras familiares existentes en los hogares basadas en el parentesco, entendido éste
como combinación de filiación y conyugalidad. Así, se optó por un criterio puramente
demográfico que dejó a un lado otros aspectos relacionados con la actividad económica,
la edad, etc. La decisión fundamental para la definición de la PNR se fundamenta en la
consideración del núcleo familiar como forma básica sobre la que pivotan los sistemas
de reproducción en nuestra sociedad, por lo cual la PNR siempre pertenecerá a alguno de
los núcleos existentes en el hogar, mientras no mantengan en el mismo una relación
subordinada del tipo "Servicio doméstico", "Huesped" o
"Relación de no parentesco".
La Persona Normalizada de Referencia ha de ser la persona de referencia o alguna otra emparentada con ésta. Es decir, para la determinación de la PNR sólo se tienen en cuenta las personas emparentadas con la persona de referencia y se determina de la siguiente manera:
. Cuando entre las personas emparentadas con la persona de referencia no existe
núcleo: la PNR es la persona de mayor edad.
. Cuando entre las personas emparentadas con la persona de referencia existe un núcleo:
la PNR es el hombre de la pareja (en núcleo de matrimonio o pareja), el padre (en núcleo
de padre solo con hijos) o la madre (en núcleo de madre sola con hijos).
. Cuando entre las personas emparentadas con la persona de referencia existen dos o más
núcleos: la PNR se determina, según el criterio anterior, para el núcleo con la persona
de más edad.
Para una mayor información acerca de la normalización del parentesco dentro del hogar, es posible consultar el documento de trabajo "Tabulación estadística de población 1996, de la Comunidad de Madrid".
2.12. Tipo de núcleo (para hogares con un sólo núcleo)
Se ha utilizado una tipología de núcleos familiares extensa, en la que los cuatro
tipos básicos se complementan con información acerca de las personas no pertenecientes
al núcleo.
El emparentamiento está aquí definido en relación con la persona de referencia y se
refiere de manera exclusiva a las personas que no pertenecen a núcleos. Así, si la
persona o personas que no pertenecen a núcleo tienen una relación de parentesco con la
persona de referencia, el hogar será del tipo "Todas emparentadas". Si por el
contrario la persona o personas que no pertenecen a núcleo tienen una relación de no
parentesco con la persona de referencia, el hogar será del tipo "Todas no
emparentadas". Naturalmente, la presencia de personas de ambos tipos dará lugar a
hogares del tipo "Alguna emparentada y alguna no emparentada". En caso de no
pertenecer a ningún núcleo, a la persona de referencia se la considera en la
contabilización como emparentada.
Respecto al término "ascendiente", se considera como ascendiente de un núcleo, a una persona no perteneciente al mismo que es padre o madre de uno de los miembros de la pareja (en núcleos de matrimonio o pareja), de la madre (en núcleos de madre sola con hijos) o del padre (en núcleos de padre solo con hijos).
Con todo ello se obtienen los siguientes estados:
Matrimonio o pareja sin hijos |
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Sin otras personas |
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Con otras personas |
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Todas emparentadas |
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Algún ascendiente |
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Ningún ascendiente |
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Ninguna emparentada |
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Alguna del servicio doméstico |
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Ninguna del servicio doméstico |
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Alguna emparentada y alguna no emparentada |
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Matrimonio o pareja con hijos |
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Sin otras personas |
|||||
Con otras personas |
|||||
Todas emparentadas |
|||||
Algún ascendiente |
|||||
Ningún ascendiente |
|||||
Ninguna emparentada |
|||||
Alguna del servicio doméstico |
|||||
Ninguna del servicio doméstico |
|||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
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Padre solo con hijos |
|||||
Sin otras personas |
|||||
Con otras personas |
|||||
Todas emparentadas |
|||||
Algún ascendiente |
|||||
Ningún ascendiente |
|||||
Ninguna emparentada |
|||||
Alguna del servicio doméstico |
|||||
Ninguna del servicio doméstico |
|||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
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Madre sola con hijos |
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Sin otras personas |
|||||
Con otras personas |
|||||
Todas emparentadas |
|||||
Algún ascendiente |
|||||
Ningún ascendiente |
|||||
Ninguna emparentada |
|||||
Alguna del servicio doméstico |
|||||
Ninguna del servicio doméstico |
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Alguna emparentada y alguna no emparentada |
2.13. Tipo de hogar en relación con el número de familias
En esta clasificación se categorizan los hogares segun el número y estructura de las otras unidades que integran los mismos: familias y núcleos, señalando la presencia o no de personas fuera de los núcleos existentes y completándola con su relación de parentesco.
El emparentamiento está aquí definido en relación con la persona de referencia. En
hogares sin núcleo si la/s persona/s que no son persona de referencia tienen una
relación de parentesco con la de referencia, el hogar será del tipo "Todas
emparentadas". Si por el contrario la/s persona/s que no son persona de referencia
tienen una relación de no parentesco con la de referencia, el hogar será del tipo
"Todas no emparentadas". Naturalmente, la presencia de personas de ambos tipos
dará lugar a hogares del tipo "Alguna emparentada y alguna no emparentada". En
hogares con algún núcleo, si la persona o personas que no pertenecen al mismo tienen una
relación de parentesco con la persona de referencia, el hogar será del tipo "Todas
emparentadas". Si por el contrario la persona o personas que no pertenecen a núcleo
tienen una relación de no parentesco con la persona de referencia, el hogar será del
tipo "Todas no emparentadas". Naturalmente, la presencia de personas de ambos
tipos dará lugar a hogares del tipo "Alguna emparentada y alguna no
emparentada". En caso de no pertenecer a ningún núcleo, a la persona de referencia
se la considera en la contabilización como emparentada.
Respecto al término "ascendiente", vale lo explicado en el apartado "Tipo
de núcleo".
Los estados que recoge esta variable son los siguientes:
Hogares no familiares |
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Unipersonales |
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Con dos o más personas |
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Hogares con una familia |
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Sin núcleo |
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Sin otras personas no emparentadas |
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Con otras personas no emparentadas |
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Con un núcleo |
||||||
Sin otras personas |
||||||
Matrimonio o pareja sin hijos |
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Matrimonio o pareja con hijos |
||||||
Padre solo con hijos |
||||||
Madre sola con hijos |
||||||
Con otras personas |
||||||
Todas emparentadas |
||||||
Algún ascendiente |
||||||
Ningún ascendiente |
||||||
Ninguna emparentada |
||||||
Alguna del servicio doméstico |
||||||
Ninguna del servicio doméstico |
||||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
||||||
Con dos núcleos |
||||||
Sin otras personas |
||||||
Con otras personas |
||||||
Todas emparentadas |
||||||
Algún ascendiente |
||||||
Ningún ascendiente |
||||||
Ninguna emparentada |
||||||
Alguna del servicio doméstico |
||||||
Ninguna del servicio doméstico |
||||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
||||||
Con más de dos núcleos |
||||||
Sin otras personas |
||||||
Con otras personas |
||||||
Todas emparentadas |
||||||
Algún ascendiente |
||||||
Ningún ascendiente |
||||||
Ninguna emparentada |
||||||
Alguna del servicio doméstico |
||||||
Ninguna del servicio doméstico |
||||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
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Hogares con más de una familia |
||||||
Con un núcleo |
||||||
Con dos núcleos |
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Ninguno en la familia principal |
||||||
Uno en la familia principal |
||||||
Con más de dos núcleos |
||||||
2.14. Tipo de hogar en relación con el número de núcleos
En esta clasificación se caracterizan los hogares solamente en relación con los núcleos que contienen. La explicación de los términos "emparentada" y "ascendiente" son los mismos que los expuestos en la variable "Tipo de hogar (en relación al número de familias)".
En cuanto a los estados que se definen en esta variable son los siguientes:
Hogares sin núcleo |
|||||
Unipersonales |
|||||
Con dos o más personas |
|||||
Hogares con un núcleo |
|||||
Sin otras personas |
|||||
Con otras personas |
|||||
Todas emparentadas |
|||||
Algún ascendiente |
|||||
Ningún ascendiente |
|||||
Ninguna emparentada |
|||||
Alguna del servicio doméstico |
|||||
Ninguna del servicio doméstico |
|||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
|||||
Hogares con dos núcleos |
|||||
Sin otras personas |
|||||
Con otras personas |
|||||
Todas emparentadas |
|||||
Algún ascendiente |
|||||
Ningún ascendiente |
|||||
Ninguna emparentada |
|||||
Alguna del servicio doméstico |
|||||
Ninguna del servicio doméstico |
|||||
Alguna emparentada y alguna no emparentada |
|||||
Hogares con más de dos núcleos |
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Sin otras personas |
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Con otras personas |
2.15. Tipo de hogar en relación con el número de adultos
Se ha considerado como adulto a la persona mayor de 15 años, o menor de esa edad con cónyuge o pareja en el hogar.
Los niños de esta clasificación no deben entenderse como hijos sino como personas no adultas, es decir, personas menores de 16 años sin cónyuge o pareja en el hogar.
A continuación se describen los estados de esta variable:
Hogares con un adulto |
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Adulto de 65 o más años, sin niños |
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Adulto de menos de 65 años, sin niños |
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Adulto con uno o más niños |
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Hombre |
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Mujer |
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Hogares con dos adultos |
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Pareja sin niños |
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Con la persona principal de 65 o más años |
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Con la persona principal menor de 65 años |
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Pareja con un niño |
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Pareja con dos niños |
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Pareja con tres o más niños |
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Otros hogares con dos adultos |
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Hogares con tres adultos |
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Pareja con otro adulto |
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Pareja con otro adulto, con un niño |
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Pareja con otro adulto, con dos niños |
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Otros hogares con tres adultos |
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Hogares con cuatro o más adultos |
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Con al menos una pareja |
||||
Otros hogares con cuatro o más adultos |
2.16. Posición de la persona en el núcleo
La posición de la persona en el núcleo, definida para hogares que tengan algún núcleo, es una variable personal, donde implícitamente se encuentra la relación de parentesco entre los miembros del núcleo. Se ha complementado con la relación de las personas no pertenecientes al núcleo, para obtener una visión más acotada de la situación convivencial del núcleo familiar.
Los estados que se definen son los siguientes:
Hombre de la pareja |
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Mujer de la pareja |
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Padre |
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Madre |
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Hijo |
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Hija |
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No miembro de núcleo |
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Emparentado |
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Ascendiente |
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No ascendiente |
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No emparentado |
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Servicio doméstico |
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No del servicio doméstico |
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2.17. Posición de la persona en el hogar
La "Posición en el hogar" es una variable personal que se obtiene teniendo en cuenta las combinaciones de otras variables: "Tipo de hogar según el número de núcleos", "Tipo de núcleo" y "Posición de la persona en el núcleo". Con la posición de la persona en el hogar así definida se trata de complementar la posición de las personas del hogar en relación a la persona de referencia, ya que con ella obtenemos de manera inmediata una visión objetiva de la posición de los individuos dentro de la estructura familiar de cada hogar. La definición de esta variable tiene como objeto estudiar respecto a las personas los procesos de generación, transformación y destrucción de núcleos dentro de los hogares.
Cada persona es clasificada respecto a esta variable en uno de los siguientes estados y agrupaciones de los mismos:
En hogares sin núcleos |
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Persona sola |
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Persona con otra/s persona/s emparentada/s |
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Persona con otra/s persona/s no emparentada/s |
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Persona con otras personas emparentada/s y no emparentada/s con ella |
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En hogares con un núcleo |
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Núcleo de matrimonio o pareja sin hijos |
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Sin otras personas |
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Esposo/esposa |
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Con otras personas |
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Esposo/esposa |
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No miembro de núcleo |
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Núcleo de matrimonio o pareja con hijos |
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Sin otras personas |
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Hijo/hija |
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Esposo/esposa |
||||||
Con otras personas |
||||||
Hijo/hija |
||||||
Esposo/esposa |
||||||
No miembro de núcleo |
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Núcleo de padre solo con hijos |
||||||
Sin otras personas |
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Hijo/a |
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Padre |
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Con otras personas |
||||||
Hijo/hija |
||||||
Padre |
||||||
No miembro de núcleo |
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Núcleo de madre sola con hijos |
||||||
Sin otras personas |
||||||
Hijo/a |
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Madre |
||||||
Con otras personas |
||||||
Hijo/hija |
||||||
Madre |
||||||
No miembro de núcleo |
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Hogares con dos o más núcleos |
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Núcleo de matrimonio o pareja sin hijos |
||||||
Esposo/esposa |
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Núcleo de matrimonio o pareja con hijos |
||||||
Hijo/hija |
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Esposo/esposa |
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Núcleo de padre solo con hijos |
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Hijo/hija |
||||||
Padre |
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Núcleo de madre sola con hijos |
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Hijo/hija |
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Madre |
||||||
No miembro de núcleo |
2.18. Posición del núcleo en el ciclo familiar
Se han distinguido cuatro posibles situaciones:
- Núcleo en fase familiar primaria: núcleo de matrimonio o pareja sin hijos, con la
mujer de menos de 40 años.
- Núcleo en fase de crianza de hijos primaria: núcleo con al menos un hijo de menos de
10 años.
- Núcleo en fase de crianza de hijos secundaria: núcleo con uno o más hijos cuyo hijo
más joven tiene entre 10 y 19 años.
- Núcleo en fase familiar secundaria: para aquellos núcleos que no están en ninguna de
las fases anteriores.
2.19. Número de generaciones en línea directa en el hogar
Se trata de contabilizar el número de escalones generacionales del tipo:
Las generaciones se establecen dentro de cada hogar y sólo es posible relacionarlas
entre personas que señalan padre/madre a alguien del hogar. Las generaciones deben ser
contiguas, de forma que si entre dos generaciones falta un nivel (abuelo/nieto) no se
contabilizan.
A la hora de contabilizar el número de generaciones, hay que tener en cuenta que se
cuentan los escalones existentes, y no las generaciones de los integrantes. Así, en el
caso anterior, existirían dos generaciones en linea directa: una del hijo al padre, y
otra, del padre al abuelo.
2.20. Relación generacional directa entre los núcleos
Para los hogares con dos núcleos, en los que la persona normalizada de referencia
esté en uno de ellos, se han generado tres tipos de situaciones en la relación
generacional existente entre ellos:
- Relación directa ascendente: se considera que un segundo núcleo tiene relación
directa ascendente con un primero cuando en él se encuentra un antecesor en línea
directa (padre o madre) de uno de los miembros de la pareja (en los casos de núcleo de
matrimonio o pareja), o del padre/madre (en los núcleos monoparentales), del primer
núcleo.
- Relación directa descendente: se considera que un segundo núcleo tiene relación
directa descendente con un primero cuando en él se encuentra un descendiente en línea
directa de uno de los miembros de la pareja (en los casos de núcleo de matrimonio o
pareja), o del padre/madre (en los núcleos monoparentales), del primer núcleo.
- Otro tipo de relación: se incluyen en esta categoría las relaciones de tipo colateral,
otro tipo de relaciones de parentesco y las relaciones respecto a un núcleo perteneciente
al servicio doméstico huéspedes u otro tipo de relación de no parentesco. También se
incluyen en este apartado los núcleos cuya relación, aun siendo directa, no es posible
descubrirla mediante la relación de parentesco.
2.21. Número de hijos en el núcleo
Se refiere esta variable al número de personas que, perteneciendo a un núcleo, se
encuentra en él en posición de hijo. Esta definición implica la convivencia en el hogar
con al menos uno de los padres, y además de forma dependiente, es decir, sin que a la vez
viva en pareja o con un hijo propio no emparejado. No se refiere, por tanto, al
número de hijos genéricos de la pareja, padre o madre de un núcleo, ni tampoco al
número de personas que señalan a alguien del hogar como padre, puesto que alguno de los
hijos pueden formar parte de otro núcleo (en tal caso lo harían como padre o madre de
ese otro núcleo).
2.22. Tipo de unión estable
En los núcleos de matrimonio o pareja, se pueden encontrar dos posibles situaciones:
- Matrimonio: se considera como tal a aquella pareja en la que los dos miembros señalan en sus respectivos estados civiles "casado". Al no investigarse si lo está con la persona que señala como pareja, es posible que bajo esta categoría se encuentren casos en los que los integrantes de la pareja no estén casados entre sí, pero de acuerdo con las precisiones de la hoja padronal es imposible aclarar este extremo.
- Pareja (no matrimonio): se considera "no matrimonio" a aquella pareja en la que al menos uno de los miembros no indica estado civil "casado".
Por esta razón, las tablas en las que se presenta tal diferenciación entre matrimonio
y pareja (no matrimonio) [3058, 3059] limitan su universo a parejas en las que los dos
miembros declaran estado civil.
2.23. Tipo de hogar en relación con la nacionalidad
Se contabilizan como "hogares con algunos miembros extranjeros" aquellos en los que al menos hay un miembro extranjero, pero no todos lo son. Las personas con doble nacionalidad (española y otra) se han contabilizado como españoles. Las categorías que se obtienen son:"Ningún extranjero", "algún extranjero", "todos extranjeros".
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