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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICA LA LETRA DEL ALFABETO QUE DETERMINA EL ORDEN DE NOMBRAMIENTO DE AUDITORES QUE DEBERÁN INTERVENIR EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 31.2 DEL REAL DECRETO 1337/2005, DE 11 DE NOVIEMBRE

 

 

 

Resolución de 20 de septiembre de 2011, del Director General de Seguridad e Interior, por la que se publica la letra del alfabeto que determina el orden de nombramiento de auditores que deberán intervenir en los supuestos del artículo 31.2 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. ([1])

 

 

El artículo 31.2 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, de aplicación en la Comunidad de Madrid según la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, dispone que:

Excepcionalmente el encargado del Registro de Fundaciones puede, a instancias de los protectorados o de cualquier miembro de los patronatos, designar un auditor de cuentas para verificar las cuentas anuales de un determinado ejercicio, en los casos en que el patronato estuviera obligado a nombrar auditor y no lo hubiera hecho antes de la finalización del ejercicio a auditar.

Este nombramiento se efectuará entre los auditores inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas y que figuren en la web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas para el territorio de la Comunidad de Madrid, donde figuran por orden alfabético. La lista incluye también aquellos auditores que tienen oficina o despacho abierto en este ámbito territorial, aunque tengan su sede principal en otra provincia.

Una vez efectuado dicho sorteo, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la letra que determinará el orden de nombramientos que se efectúen a partir del primer día hábil del mes siguiente en que hubiese tenido lugar la publicación y se mantendrá hasta que entre en vigor el correspondiente al año siguiente.

De acuerdo con la Resolución de 7 de junio de 2011, del Director General de Seguridad e Interior, el 22 de julio de 2011, en el Salón de Actos de la Consejería de Presidencia y Justicia (Gran Vía, número 18, planta baja, de Madrid), a las trece horas, tuvo lugar dicho sorteo en los términos anteriormente señalados.

Por todo ello,

 

RESUELVO

 

1. Que una vez celebrado el sorteo público para determinar el orden de nombramiento de auditores en fecha 22 de julio de 2011, el orden de actuación de los auditores se iniciará por aquellos cuya primera letra registrada comience por la letra "G".

2. En el supuesto de que no exista ningún auditor registrado que comience por la letra "G", el orden de actuación se iniciará por aquellos cuya primera letra comience por la letra "H", y así sucesivamente.

3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.



[1].- BOCM 7 de octubre de 2011.