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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA CON FORMA DE SOCIEDAD MERCANTIL "AEROPUERTOS DE MADRID, SOCIEDAD ANÓNIMA"

 

 

 

Acuerdo de 22 de diciembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la empresa pública con forma de sociedad mercantil "Aeropuertos de Madrid, Sociedad Anónima". ([1])

 

 

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, constituido en Junta General de la empresa pública con forma de sociedad mercantil, ha acordado con esta misma fecha la disolución de la citada sociedad, a propuesta del Consejo de Administración de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/ 2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 de la Administración Institucional ([2]), procede que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid autorice la disolución de la citada empresa pública con forma de sociedad mercantil, que exigirá comunicación a la Asamblea de Madrid y publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En su consecuencia, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y, previa deliberación, en su reunión del día 22 de diciembre de 2011,

 

ACUERDA

 

Primero

Autorizar la disolución de la empresa pública constituida como sociedad mercantil "Aeropuertos de Madrid, Sociedad Anónima".

 

Segundo

Comunicar este Acuerdo a la Asamblea de Madrid.

 

Tercero

Publicar el referido Acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Cuarto

El Consejero de Transportes e Infraestructuras representará a la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de la escritura pública de disolución y en todas las actuaciones que sean precisas para dar cumplimiento al presente Acuerdo.



[1].- BOCM de 4 de enero de 2012.

[2].- Sic. Debe decir artículo 64 de la Ley reguladora de la Administración Institucional.