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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN de 6 de abril de 2010, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece la uniformidad e imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

 

La Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, en su artículo 8 establece que los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Agentes Forestales, cuando se hallen de servicio, irán debidamente uniformados y portarán la acreditación correspondiente a su identidad profesional, todo ello según se establezca reglamentariamente. Mediante Orden 3364/2005, de 24 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sobre acreditación de los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, se actualizó y reguló convenientemente lo referente a la acreditación profesional de este colectivo, quedando pendiente el desarrollo normativo de la Ley en lo referente a la uniformidad e imagen institucional.

De esta forma, dando cumplimiento a la Ley y teniendo en cuenta las funciones de policía, custodia y vigilancia asignadas como misiones principales a dicho Cuerpo, su carácter de agentes de la autoridad y la jerarquización de sus puestos de trabajo, se hace necesario establecer la uniformidad y los distintivos con los que se reconozca al Cuerpo y que los vinculen inequívocamente con la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 25/2008, de 10 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 67/2009, de 16 de julio, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

 

DISPONE

 

Artículo 1.- Objeto

 

El objeto de la presente Orden es establecer la uniformidad reglamentaria e imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, así como las condiciones y requisitos de su uso, con la finalidad de garantizar su identificación como agentes de la autoridad, y el ejercicio eficiente y eficaz de las funciones que legalmente tienen encomendadas como Policía Administrativa Especial y Policía Judicial.

 

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

 

La presente Orden es de aplicación a todos los miembros, medios, vehículos y dependencias del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid.

 

Artículo 3.- Uniformidad e imagen institucional

 

1. La uniformidad e imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid se configura por la concurrencia de determinados signos externos que permitan una adecuada identificación.

2. Se consideran signos externos de identificación del Cuerpo de Agentes Forestales:

a) El uniforme, que se compone de las prendas, elementos de vestuario, insignias identificativas y distintivos necesarios para el desempeño de la actividad profesional.

b) Elementos complementarios al uniforme, como mochilas, carteras portadocumentos, etcétera.

c) El documento de acreditación profesional.

d) Los carteles informativos sobre la localización de las dependencias, así como los correspondientes a las unidades que ejercen la actividad administrativa del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid.

e) El diseño de la imagen institucional de los vehículos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

 

Artículo 4.- Uso del uniforme

 

1. Todos los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales están obligados a hacer uso del uniforme cuando se encuentren de servicio.

2. El uso del uniforme por los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales acreditará la condición de agentes de la autoridad de los mismos, sin perjuicio de la obligatoriedad de exhibir el documento de acreditación profesional cuando sean requeridos por los ciudadanos para identificarse, con motivo de sus actuaciones policiales.

3. Queda prohibido a los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales el uso en actos de servicio de otras prendas, distintivos, insignias o emblemas que no sean las descritas en la presente Orden o suministradas oficialmente al efecto.

4. Asimismo, siempre que se entregue una nueva remesa de ropa a los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales, estos se abstendrán de utilizar prendas de partidas anteriores que, por diseño, color o tipo de prenda, no se correspondan con las nuevas prendas entregadas, con objeto de homogeneizar la imagen del colectivo.

5. Excepcionalmente y por tiempo limitado, cuando la naturaleza del servicio requiera no ser identificado como miembro del Cuerpo de Agentes Forestales, y con la autorización expresa de la Jefatura del Cuerpo, se podrán hacer servicios sin prendas oficiales con distintivos y/o divisas. En esta ocasión, se utilizará el equipamiento que en cada caso se determine y, cuando sea necesario, se acreditará la condición de funcionario del Cuerpo de Agentes Forestales mediante el documento de acreditación profesional descrito en el artículo 13 de la presente Orden.

 

Artículo 5.- Entrega y renovación

 

1. Los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales dispondrán del uniforme oficial, así como de su acreditación profesional y número de identificación profesional desde el momento de su incorporación al Cuerpo de Agentes Forestales.

2. La Comunidad de Madrid deberá dotar periódicamente a los miembros del Cuerpo de los elementos de uniformidad básica en los términos establecidos en el Anexo I de la presente Orden, así como de los distintivos, de los elementos de acreditación y complementarios.

Cuando, debido a su uso continuado, estos materiales hayan sufrido un deterioro, se hayan extraviado o hayan sido sustraídos (previa presentación de la denuncia que lo acredite en este último caso), serán repuestos a la mayor brevedad.

3. Las adquisiciones de las prendas de uniformidad para su renovación, se ajustarán a la normativa vigente y se estudiarán en la Mesa Técnica de Agentes Forestales, para que elabore sus propuestas con antelación suficiente a la finalización del contrato de suministro en vigor.

4. Los gastos de uniformidad y equipamiento del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid serán a cargo de la Consejería a la que se encuentre adscrito.

5. Cuando los elementos de uniformidad o equipamientos requieran, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante, un mantenimiento específico, este será facilitado por la Administración.

6. La Jefatura del Cuerpo informará sobre las condiciones técnicas de uso, mantenimiento y seguridad de los elementos de uniformidad e imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales.

 

Artículo 6.- Cambios y mejoras en la uniformidad

 

Las características técnicas del diseño y calidad de los tejidos empleados en las diferentes prendas se ajustarán a las recogidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares que se elaboren, tras el estudio y propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales, sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, valorando y favoreciendo la inclusión de todas aquellas mejoras que puedan acordarse.

 

Artículo 7.- Utilización de insignias y condecoraciones

 

1. Las distintas prendas y elementos de la uniformidad portarán las insignias identificativas y reglamentarias incluidas en el Anexo II de la presente Orden.

2. Excepcionalmente, y con motivo de ceremonias y actos protocolarios, se podrán lucir medallas o condecoraciones concedidas por la Comunidad de Madrid, Administración del Estado o institución pública reconocida publicadas en sus respectivos boletines oficiales.

 

Artículo 8.- Distintivos

 

Los distintivos de las diferentes categorías serán únicamente los establecidos en el Anexo II de la presente Orden.

 

Artículo 9.- Exclusividad de uso

 

Los elementos de uniformidad e imagen institucional atribuidos en la presente Orden al Cuerpo de Agentes Forestales son exclusivos del mismo y no podrán ser utilizados por los miembros de otros colectivos u organismos.

 

Artículo 10.- Prendas y elementos de uniformidad

 

El uniforme reglamentario básico que utilizarán los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales se establece en el Anexo I, sin perjuicio de que posteriormente se incorporen nuevos elementos en las correspondientes disposiciones normativas, para lo que se estudiarán las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Artículo 11.- Colores institucionales

 

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los Anexos de la presente Orden, los colores que se podrán utilizar en los distintos elementos del Cuerpo de Agentes Forestales serán el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC, el verde claro "Gray Green" Pantone 16-0518 TC, el blanco, el negro y el naranja "Red Orange" Pantone 17-1464 TC.

2. También podrán utilizarse los colores admitidos en la imagen corporativa de la Comunidad de Madrid.

3. En el caso de los vehículos, cartelería y documentación del Cuerpo de Agentes Forestales, además de los contemplados en el apartado primero del presente artículo (o adaptaciones de los mismos a los distintos soportes), se admitirá el verde Pantone 5747-CS.

 

Artículo 12.- Vestuario de las integrantes femeninas del Cuerpo de Agentes Forestales

 

En el diseño del vestuario recogido en el Anexo I (fundamentalmente camisas, polos y pantalones) se tendrán en cuenta las características anatómicas diferenciales de la constitución femenina. El objeto es que su confortabilidad y buena presencia no resulte aminorada con respecto a los integrantes masculinos del colectivo.

Asimismo, se diseñará un modelo básico de uniforme de embarazadas para las integrantes femeninas del Cuerpo que se encuentren en estado de gestación.

 

Artículo 13.- Documento de acreditación profesional

 

Todos los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid estarán obligados a llevar consigo en todo acto de servicio el documento de acreditación profesional expedido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid que les acredita como tales, según modelo homologado, cuya descripción y características serán las que se especifican en la Orden 3364/2005, de 24 de noviembre ([2]), del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sobre acreditación de los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, si bien sustituyendo el escudo de la Comunidad de Madrid indicado en el articulado y Anexos de dicha Orden por el escudo oficial del Cuerpo de Agentes Forestales.

 

Artículo 14.- Vehículos

 

1. Para la eficaz prestación de los servicios, el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid deberá contar con vehículos adecuados a sus necesidades y con el equipamiento que la Administración determine, tras el estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. La imagen institucional de los vehículos oficiales del Cuerpo de Agentes Forestales se ajustará a lo dispuesto en el Anexo III de la presente Orden.

2. En determinados servicios y previa autorización de la Jefatura del Cuerpo de Agentes Forestales, se podrán usar vehículos sin rotulación, en los términos previstos en la legislación vigente.

 

Artículo 15.- Documentos del Cuerpo de Agentes Forestales

 

En todos los documentos, elementos de oficina y publicaciones emanados del Cuerpo de Agentes Forestales, ya sea en soporte de papel, informático o audiovisual, se utilizará el escudo oficial del Cuerpo de Agentes Forestales.

 

Artículo 16.- Instalaciones y dependencias

 

Las instalaciones en las que se ubique la Jefatura del Cuerpo de Agentes Forestales, las oficinas comarcales y demás dependencias pertenecientes a las mismas, deberán estar identificadas por medio de carteles en los que se establecerán las inscripciones correspondientes para facilitar a los ciudadanos su correcta identificación. Asimismo, estarán dotadas, en lugar visible desde la vía pública, de las banderas oficiales de la Unión Europea, del Estado Español y de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la Bandera de España y el de otras banderas y enseñas, y en la Ley 2/1983, de 23 de diciembre, de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.

Se instalarán en la vía pública, de acuerdo con la normativa de tráfico, los carteles necesarios para guiar a la ciudadanía hacia las oficinas comarcales desde los accesos principales.

Asimismo, las vías donde se encuentren las salidas de vehículos del Cuerpo de Agentes Forestales podrán contar con barreras móviles y/o semáforos para indicar la salida de vehículos en servicio de urgencia.

La descripción y características de los mencionados carteles se recogen en el Anexo IV.

 

Artículo 17.- Identificación del Equipo de Protección Individual para incendios

 

El Equipo de Protección Individual (EPI) utilizado por el Cuerpo de Agentes Forestales, para incendios forestales y otras emergencias por siniestros diferenciará claramente al colectivo, al poseer, sin exclusión alguna, las insignias y distintivos identificativos del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, así como la combinación de colores verde oscuro Pantone 19-0515 TC "OliveNight" y "Red Orange" Pantone 17-1464 TC. Dicha combinación de colores y elementos identificativos son exclusivos del Cuerpo de Agentes Forestales y no podrán ser utilizados por otros colectivos u organismos.

 

Artículo 18.- Divulgación

 

La Comunidad de Madrid dará publicidad y posibilitará el conocimiento entre los ciudadanos de la imagen del Cuerpo de Agentes Forestales.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

 

Renovación del vestuario y los elementos de uniformidad existentes

 

La aprobación de la presente Orden no supone la renovación inmediata del vestuario y demás elementos de uniformidad contemplados en la misma, dado que gran parte de los mismos se encuentran dentro de su vida útil.

La renovación se irá haciendo gradualmente según necesidades, una vez se aprueben los expedientes de contratación correspondientes y se fijen los plazos de entrega en dichos expedientes.

 

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

 

Entrada en vigor

 

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 

 

ANEXO I

PRENDAS Y ELEMENTOS DE UNIFORMIDAD

 

Prendas de la uniformidad, período de renovación y descripción básica

UNIFORME DE TRABAJO

Modalidad de invierno

 

 

a) Gorra de invierno

Renovación.-Una unidad/dos años:

- Características generales: Confeccionada en tejido exterior impermeable y transpirable y con forro interior térmico. Llevará visera semirrígida y orejeras abatibles forradas por su interior, que se podrán sujetar elevadas o en el interior de la copa, cerrándose alrededor de la cabeza cuando estén abatidas.

- Colores admitidos: Verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC y/o negro. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la inclusión de una línea de una tonalidad diferente a la del resto de la gorra en la parte inferior de la copa (ver figura). Asimismo podrá incorporarse la leyenda "AGENTES FORESTALES", mediante un bordado o un "transfer", en el lugar que se determine en los Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados por la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

Figura

b) Chaqueta impermeable-cortaviento

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Chaqueta técnica de tipo tres cuartos con capucha. Los materiales empleados garantizarán la impermeabilidad y la transpiración de la prenda, así como la protección eficaz contra el viento.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará en el lado derecho la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden y en el izquierdo la divisa de rango (que incluye el número de identificación profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

Figura

 

c) Chaqueta de forro polar-cortaviento

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes fríos y contra el viento garantizando la transpirabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Idenb) tificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden.

Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

d) Polo térmico de manga larga

Renovación.-Dos unidades/dos años:

- Características generales: Proporcionará protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes fríos asegurando la suficiente transpirabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green" Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda, se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

 

e) Pantalón térmico de invierno

Renovación.-Dos unidades/dos años:

- Características generales: Proporcionará protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes fríos asegurando la suficiente transpirabilidad. Estará confeccionado en tejido repelente al agua y con alta resistencia a la abrasión y al desgarro.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

f) Pantalón impermeable-cortaviento

Renovación.-Una unidad/tres años:

¿     Características generales: Los materiales empleados garantizarán la impermeabilidad y la transpiración de la prenda así como la protección eficaz contra el viento.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

g) Mallas térmicas

Renovación.-Dos unidades/dos años:

- Características generales: Proporcionarán protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes fríos y garantizará la suficiente transpirabilidad. Se utilizará siempre como prenda interior bajo el pantalón.

- Colores admitidos: Los colores predominantes serán verde, negro o gris, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

h) Camiseta interior

Renovación.-Tres unidades/un año:

- Características generales: Garantizará la suficiente transpirabilidad. Se utilizará siempre como prenda interior bajo el polo.

- Colores admitidos: El color será verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night" o negro, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

i) Calzado de invierno

Renovación.-Un par/dos años:

- Características generales: Serán botas de montaña o de "trekking". Garantizarán la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes fríos, la impermeabilidad y la evacuación de la transpiración así como el mayor agarre posible en condiciones deslizantes.

- Colores admitidos: Los colores serán en tonos oscuros, preferentemente verde, negro o gris aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

j) Calcetines de invierno

Renovación.-Tres pares/un año:

- Características generales: Garantizarán la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes fríos y la transpirabilidad.

- Colores admitidos: Los colores predominantes serán verde, negro o gris aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

k) Guantes de polar cortaviento

Renovación.-Un par/dos años:

- Características generales: Garantizarán la protección térmica de los usuarios en ambientes fríos. También protegerán eficazmente contra el viento.

- Colores admitidos: Negro, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

 

l) Guantes de nieve

Renovación.-Un par/dos años:

- Características generales: Garantizarán la protección térmica eficaz y la impermeabilidad de los usuarios en ambientes fríos.

- Colores admitidos: Verde, negro o gris, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

m) Bufanda tubular de forro polar

Renovación.-Una unidad/dos años:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz a los usuarios

en ambientes fríos y la transpirabilidad.

- Colores admitidos: El color será verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night"

o negro, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Modalidad de verano

 

a) Prenda de cabeza

Renovación.-Una unidad/dos años:

- Características generales: Sombrero de ala ancha. Proporcionará una protección térmica eficaz contra las altas temperaturas y contra la radiación solar.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

¿     Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Asimismo, podrá incorporarse la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar que se determine en los Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados por la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

 

 

Figura

 

 

b) Polo de manga corta

Renovación.-Tres unidades/dos años:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes cálidos y la transpirabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green" Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

¿     Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que se determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

c) Pantalón de verano

Renovación.-Dos unidades/dos años:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes cálidos y la transpirabilidad. Estará confeccionado en tejido repelente al agua y con alta resistencia a la abrasión y al desgarro.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

d) Calzado de verano

Renovación.-Un par/dos años:

- Características generales: Serán botas de montaña o de "trekking". Garantizarán la impermeabilidad y la evacuación de la transpiración así como el mayor agarre posible en condiciones deslizantes.

- Colores admitidos: Los colores serán en tonos oscuros, preferentemente verde, negro o gris aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

e) Calcetines verano

Renovación.-Tres pares/un año:

- Características generales: Garantizarán la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes cálidos. Asimismo, asegurarán un secado rápido y una buena transpiración del pie.

- Colores admitidos: Los colores predominantes serán verde, negro o gris aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Modalidad de entretiempo

a) Prenda de cabeza

Renovación.-Una unidad/dos años:

- Características generales: Gorra con visera. Proporcionará una protección térmica eficaz contra las altas temperaturas y contra la radiación solar.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Asimismo podrá incorporarse la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar que se determine en los Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados por la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

b) Polo de manga larga

Renovación.-Tres unidades/dos años:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes cálidos y la transpirabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green" Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

¿     Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

c) Chaqueta polar ligera

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Chaqueta corta y ligera. Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes frescos y la transpirabilidad, así como cierta impermeabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la Leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

Uniforme de representación

 

a) Camisa de manga larga

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en ambientes cálidos y la transpirabilidad.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green" Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden.

b) Pantalón recto

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales: Con pliegues en delanteros, sin vuelta.

- Colores admitidos: Verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night".

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

c) Corbata

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales: Prenda de la forma usual en el comercio, con entretela.

- Colores admitidos: Verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night" y/o negro.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

d) Alfiler de corbata

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales: De metal dorado, con el escudo del Cuerpo de Agentes Forestales en su centro.

- Colores admitidos: Dorado y gris plateado.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

e) Zapatos

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales:

¿ De hombre: Tipo blucher o cartera, ojetes con cordón.

¿ De mujer: Tipo mocasín montado.

- Colores admitidos: Negro.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Otros elementos de uniformidad

 

a) Chaleco reflectante

Renovación.-Una unidad y a demanda:

- Características generales: Garantizará la visibilidad del Agente Forestal cuando lo porte encima.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el naranja fluorescente. En el diseño se podrán incorporar áreas o partes en color verde similar al verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night". Incorporará bandas retro-luminiscentes de los colores que se determinen. Si se incluyen leyendas, estas irán en color blanco o negro.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden. Incorporará, al menos, en la espalda la leyenda "AGENTE FORESTAL", tal y como se muestra en la figura.

Figura

 

 

b) Chaqueta de trabajo

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Chaqueta tipo tres cuartos. Los materiales empleados garantizarán la resistencia de la prenda a la abrasión.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que se determine en la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la Leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

Figura

 

c) Mono de trabajo

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Prenda completa abierta en su frente con una cremallera. Los materiales empleados garantizarán la resistencia de la prenda a la abrasión.

- Colores admitidos: Verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night". En el diseño se podrán incorporar áreas en color negro.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que se determine en la Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

d) Guantes de trabajo

Renovación.-Un par/dos años:

- Características generales: Garantizarán la resistencia de la prenda a la abrasión.

- Colores admitidos: Negro, aunque se admiten detalles de otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

e) Cinturón porta-útiles

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Será de material resistente para portar distintos utensilios y su cierre permitirá una rápida instalación. La hebilla podrá ser de plástico o metálica pero, una vez cerrado el cinturón, poseerá el aspecto que se muestra en la figura.

- Colores admitidos: Negro. La hebilla será de color gris plateado.

- Características de diseño: En la hebilla aparecerán siete estrellas de cinco puntas en la disposición de las de la bandera de la Comunidad de Madrid como se muestra en la imagen. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

 

Figura

 

f) Cinturón de piel

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Cinturón de piel con hebilla metálica.

- Colores admitidos: Negro. La hebilla será de color plateado.

- Características de diseño: En la hebilla aparecerán siete estrellas de cinco puntas en la disposición de las de la bandera de la Comunidad de Madrid como se muestra en la imagen. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

Figura

 

Elementos complementarios

 

a) Mochila

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales:Mochila portamaterial ligera y resistente. Con múltiples bolsillos.

- Colores admitidos: La tonalidad predominante será el negro o el verde oscuro semejante al "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

b) Polainas

Renovación.-Un par/tres años:

- Características generales: Los materiales empleados garantizarán la impermeabilidad y la resistencia de la prenda.

- Colores admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse detalles en otros colores.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

c) Cartera portadocumentos

Renovación.-Una unidad/tres años:

- Características generales: Cartera porta-documentos con varios departamentos para el transporte de material de papelería y otros utensilios.

- Colores admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

d) Botas de agua

Renovación.-Un par/tres años:

- Características generales: Completamente impermeables. De altura hasta por debajo de las rodillas. Suela con dibujo antideslizante.

- Colores admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.

- Características de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.

e) Cualquier otra prenda, elemento o medio que la Comunidad de Madrid considere conveniente

para una mejor prestación del servicio.

 

ANEXO II

INSIGNIAS Y DIVISAS

 

1. Insignias del Cuerpo de Agentes Forestales

1.1. Insignia de brazo: Se situará en la manga izquierda con la parte superior de la insignia colocada aproximadamente a 50 mm de la costura de la unión o caída de la manga; tendrá forma de trapecio, siendo la parte superior del mismo de forma convexa y con vértices redondeados, y la inferior cóncava con vértices redondeados. Estará confeccionado en tela y en su interior destacan, en la parte superior, "Comunidad deMadrid"; en la parte central, el escudo Oficial del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, y en la parte inferior, la leyenda "Agentes Forestales".

Todo el conjunto irá contorneado por un fileteado bordado de 5 mm, el cual se colocará a 3 mm del borde, siendo la inscripción y el contorno de color blanco todo sobre fondo verde oscuro número Pantone 19-0515 TC "Olive Night". Las dimensiones totales del conjunto son: Ancho superior, 100 mm; ancho inferior, 70 mm, y alto, 80 mm.

 

 

1.2. Insignia de pecho (Escudo Oficial del Cuerpo de Agentes Forestales): Se situará en la parte superior derecha de la prenda, centrado en el pecho y a la misma altura que la insignia del lado izquierdo. Será el Escudo Oficial del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, en tela. Con la Leyenda "Comunidad de Madrid¿ " en la parte superior y "Agentes Forestales" en la parte inferior. Dimensiones: Diámetro, 65 mm.

1.3. Insignia de prenda de cabeza: Se utilizará el mismo distintivo que el indicado en el punto 1.2 para el pecho, pero de menor tamaño o la bandera oficial de la Comunidad de Madrid. Se situará en el frontal de la prenda.

 

2. Divisas identificativas de escalas y categorías

 

Permiten determinar la categoría dentro del Cuerpo de Agentes Forestales y se organizan como se describen a continuación:

- Divisa de pecho: Confeccionada en tela, será fijada a la prenda mediante velcro. Se situará en el lado izquierdo a la altura del pecho, alineada con la insignia de pecho. El conjunto será de forma rectangular y con unas dimensiones de 40 mm de alto por 50 mm de ancho. El color del fondo será el verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night" y las inscripciones y símbolos de su interior irán en color blanco; todo el conjunto irá contorneado por un fileteado blanco bordado de 1mmde ancho, el cual se colocará a 3 mm del borde. En el interior del recuadro principal se incluirá: En la parte superior, el símbolo de la categoría; en la parte central, la leyenda de la categoría en letras mayúsculas de color blanco, y en la parte inferior dispondrá de dos orificios para instalar la placa con el número de identificación personal (NIP) del agente. El sistema de instalación será similar al que se muestra en la figura:

 

 

La placa con el NIP tendrá unas dimensiones de 10 mm de alto y 40 mm de ancho. El anverso tendrá un fondo de color blanco e inserto en este el número de identificación personal (NIP) en color negro. En el reverso dispondrá de dos patillas de fijación.

En tanto en cuanto no se desarrollen reglamentariamente las categorías profesionales del Cuerpo de Agentes Forestales, los símbolos de identificación de cada nivel serán los siguientes:

- Símbolos de la escala operativa: Para el Agente Forestal una banda blanca con extremos en pico con ángulo de 90o e inserta en el centro una franja del color del fondo de la divisa, dos bandas superpuestas para el Jefe de Comarca y tres bandas para el Responsable Técnico.

- Símbolos de la escala técnica: Una hoja de roble en color blanco para el Jefe de Unidad, dos hojas de roble alineadas para el Jefe de Servicio y tres hojas de roble alineadas para el Jefe del Cuerpo.

Se dotará a cada agente de cuatro divisas en cada entrega de vestuario, con sistema de velcro para colocar en las distintas prendas. Asimismo, se entregarán cuatro placas con el NIP que serán sustituidas por deterioro, pérdida o robo.

 

Diseños:

 

 

ANEXOS III y IV

(Véanse en formato PDF)



[1] .- BOCM 30 de abril de 2010.

[2] La Orden 3364/2005, de 24 de noviembre fue derogada por el Decreto 5/2019, de 5 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la acreditación profesional de los Agentes Forrestales de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 12 de febrero de 2019)