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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 1999, de la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se dispone la pub

RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 1999, DE LA GERENCIA DEL CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, DE 23 DE JUNIO DE 1999, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LAS TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS GESTIONADOS POR ESTE ORGANISMO.

 

 

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 1999, de la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración, de 23 de junio de 1999, por el que se aprueban los modelos de autoliquidación de las tasas y precios públicos gestionados por este Organismo. ([1])

 

 

Acuerdo del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de fecha 23 de junio de 1999, por el que se aprueban los modelos de autoliquidación de las tasas y precios públicos gestionados por este Organismo.

 

El Reglamento de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 6/1999, de 21 de enero, establece la necesidad de que los Centros Gestores de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid procedan a la aprobación de los correspondientes modelos de autoliquidación de ambos.

 

En cumplimiento de lo anterior, este Consejo de Administración, en la reunión celebrada el 23 de junio de 1999, ha acordado lo siguiente:

 

1. Las tasas correspondientes a las actividades competencia de este Consorcio de Transportes, en régimen de derecho público, referenciadas en la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid ([2]):

 

- Tasa por la ordenación del transporte (tarifa 211).

- Tasa por reproducción de documentos obrantes en las Unidades Administrativas de la Comunidad de Madrid que no han ingresado en Centros de Archivo (tarifa 174.1).

- Tasa por emisión de certificados (tarifa 175.1).

Se abonarán por los sujetos pasivos por autoliquidación.

 

2. Para el pago de las tasas referenciadas en el apartado anterior, se aprueba el modelo 030 que figura como Anexo a este Acuerdo.

 

Este impreso estará a disposición de los interesados en las oficinas del Consorcio de Transportes, plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, de Madrid.

 

3. En todos los casos, el pago de las tasas se efectuará en la entidad bancaria "la Caixa", agencia de Santa Engracia, calle Santa Engracia, número 128, número de cuenta 200057276. No obstante lo anterior, cuando se trate de la tasa referenciada como 174.1 y su importe no exceda de 500 pesetas, se abonará en la Caja del Consorcio de Transportes, plaza Descubridor Diego de Ordás, número 3, segunda planta.

 

4. Los precios públicos correspondientes a los servicios y actividades de este Organismo, en régimen de derecho público, referenciados en el Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, como D03, se abonarán por los obligados al pago por autoliquidación.

 

5. Para el pago de los precios públicos referenciados en el apartado anterior, se aprueba el modelo 030 que figura como Anexo a este Acuerdo.

 

Este impreso estará a disposición de los interesados en el lugar indicado en el punto 2 de este Acuerdo, debiendo efectuarse el pago de acuerdo con lo establecido en el punto 3 del mismo para las tasas.

 

6. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

 

ANEXO

Modelo 030

 

[Por Resolución de 24 de octubre de 2001, de la Dirección General de Tributos, se lleva a cabo la adaptación de los Modelos (030 y 031), de liquidación-autoliquidación en euros de Tasas y Precios Públicos]

.

 



[1] .- BOCM 20 de julio de 1999.

El Anexo fue modificado por Resolución de 24 de octubre de 2001, de la Dirección General de Tributos, por la que se lleva a cabo la adaptación de los Modelos (030 y 031), de liquidación-autoliquidación en euros de Tasas y Precios Públicos (BOCM 21 de noviembre de 2001)

[2] .- La Ley 27/1997, ha sido derogada por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM 29 de octubre de 2002, corrección de errores BOCM 22 de noviembre de 2002)