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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE ADECUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE AUTORIZACIONES A LO ESTABLECIDO EN LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE

 

 

 

Decreto 74/1993, de 26 de agosto, por el que se establecen medidas de adecuación de los procedimientos administrativos en materia de autorizaciones a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ([1])

 

 

 

 

La Ley 7/1993, de 22 de junio ([2]), autoriza, en su artículo 1, al Consejo de Gobierno para proceder a la adecuación a la Ley 30/1992 de las normas con rango legal de la Comunidad de Madrid reguladoras de procedimientos administrativos.

Asimismo, y como indica el citado artículo, ha de procederse a la adecuación a la Ley -estatal de las restantes normas de procedimiento.

Dado el elevado número de normas reguladoras de procedimientos administrativos y al objeto de clarificar y simplificar el proceso de adecuación de las mismas a la nueva normativa, parece aconsejable otorgar un tratamiento homogéneo a aquellos procedimientos que así lo permitan.

De conformidad con este criterio y en atención al objeto del procedimiento, procede la adecuación de todas las normas reguladoras de los procedimientos administrativos en materia de autorización mediante la aprobación de una única disposición, que establezca el marco común de referencia para todas ellas.

El criterio seguido para la elaboración del presente Decreto ha sido el de mantener el mayor respeto y fidelidad posibles al espíritu de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En este sentido, se establece con carácter general que los efectos de la no resolución expresa de la solicitud de autorización serán estimatorios, sin perjuicio de que, en casos singulares y como consecuencia de que pueden verse afectados servicios públicos e intereses o derechos que han de ser objeto de una especial protección, se haya optado por conceder efectos desestimatorios a la no resolución expresa.

Igualmente, y al objeto de no dilatar innecesariamente los plazos de resolución pero, intentando en la medida de lo posible homogeneizar los mismos, en cumplimiento de los criterios de claridad y simplificación enunciados anteriormente, se ha fijado un plazo común para la resolución de estos procedimientos, sin perjuicio de excepciones absolutamente justificadas por las propias especialidades de su normativa reguladora.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, a propuesta de las Consejerías de Presidencia y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de agosto de 1993,

 

DISPONGO:

 

Artículo 1.

 

Los procedimientos administrativos relativos a la autorización para el ejercicio de derechos cuando sea competencia de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público, se someterán con carácter general a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente.

 

Artículo 2.

 

El plazo máximo para la resolución de los procedimientos será de seis meses, salvo en el caso de los incluidos en el Anexo I del presente Decreto, para los que el plazo será el indicado en el mismo. Vencido dicho plazo, sin que el órgano competente hubiese dictado resolución expresa se podrán entender estimadas las solicitudes formuladas por los interesados, salvo en los supuestos recogidos en el Anexo II de esta norma en los que se podrán entender desestimadas ([3]).

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL

 

En los procedimientos de autorización aprobados con posterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, establecidos por normas de rango inferior, por Orden del Consejero competente por razón de la materia, podrá procederse a la actualización de los Anexos del presente Decreto.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

 

A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor del presente Decreto no les será de aplicación el mismo, rigiéndose por la normativa anterior.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 

ANEXO I

 

Procedimiento

Normativa reguladora

Plazo máximo

de resolución

Consejería de Economía

 

Autorización de apertura de Campamentos de Turismo.

Decreto 3/1993, de 28 de enero.

 

2 meses

 

 

 

 

Autorización de Instalaciones y Clasificación de Campamentos de Turismo.

Decreto 3/1993, de 28 de enero.

 

2 meses

 

 

 

 

Consejería de Política Territorial

 

Acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación. ([4])

Real Decreto 1230/1989, de 18 de octubre.

Decreto 14/1990, de 22 de marzo.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización del cambio de titularidad de las viviendas y locales de protección oficial de promoción pública.

Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre. Real Decreto 1133/ 1983, de 22 de febrero.

 

3 meses

 

 

 

 

Permisos de venta y alquiler de viviendas y locales de protección oficial de promoción pública.

Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre. Real Decreto 1133/ 1983, de 22 de febrero.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de descalificación voluntaria de viviendas de protección oficial. ([5])

Decreto 2114/1968, de 24 de julio.

 

3 meses

 

 

 

 

Otorgamiento de cédulas de habitabilidad. ([6])

Orden de 29 de febrero de 1994. Decreto de 23 de noviembre de 1940. Decreto de 3 de octubre de 1957. Decreto de 24 de febrero de 1962.

 

3 meses

 

 

 

 

Permisos de cierre temporal de viviendas de protección oficial de pro-moción pública.

Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre. Real Decreto 2960/ 1976, de 12 de noviembre. Decreto 2114/1968, de 24 de julio

 

1 mes

 

Consejería de Salud

 

Autorización a los Ayuntamientos para la realización de Campañas para sacrificio de cerdos para consumo familiar.

Orden 477/1992, de 13 de julio, de la Consejería de Salud ([7]).

 

1 mes

 

 

 

 

Autorización previa de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Decreto 146/1985, de 12 de diciembre ([8]). Orden de 11 de febrero de 1986 de la Consejería de Salud ([9]).

 

2 meses

 

 

 

 

Autorización provisional de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Decreto 146/1985, de 12 de diciembre. Orden de 11 de febrero de 1986 de la Consejería de Salud.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización definitiva de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Decreto 146/1985, de 12 de diciembre. Orden de 11 de febrero de 1986 de la Consejería de Salud.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización para Centros o Servicios Sanitarios públicos o privados que deben realizar tratamientos con opiáceos.

Real Decreto 75/1990, de 19 de enero. Orden de 7 de mayo de 1990 de la Consejería de Salud . ([10])

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización y acreditación de los Servicios de extracción y trasplantes de órganos en la Comunidad de Madrid.

Orden 950/1992, de 15 de diciembre, de la Consejería de Salud .

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de apertura y funcionamiento de piscinas públicas.

Orden de 25 de mayo de 1987 de la Consejería de Salud. Orden de 7 de marzo de 1988 de la Consejería de Salud ([11]).

 

2 meses

 

 

 

 

Autorización de instalación y funcionamiento de Parques Acuáticos ([12])

Decreto 128/1989, de 20 de diciembre .

 

2 meses

 

 

 

 

 

Consejería de Integración Social

 

 

 

 

 

Autorización de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales. ([13])

Decreto 91/1990, de 26 de octubre. Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social.

 

4 meses

 

 

 

 

Visado previo de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales. ([14])

Decreto 91/1990, de 26 de octubre. Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social.

 

3 meses

 

Consejería de Educación y Cultura

 

 

 

 

Autorización de Centros y Escuelas de Música.

Decreto 99/1986, de 9 de octubre.

 

5 meses

 

 

 

 

Autorización de Obras por Comisiones de Patrimonio Histórico.

Decreto 100/1988, de 29 de septiembre ([15]).

 

2 meses

 

  

 

 

Agencia de Medio Ambiente

 

Autorizaciones relativas a actuaciones diversas, contempladas en la Ley 2/1991, de 14 de febrero, de la Comunidad de Madrid, de Protección de la Fauna y Flora silvestre.([16])

 

3 meses

 

 

Autorizaciones relativas a actuaciones diversas contenidas en el Anexo I de la Orden de 14 de diciembre de 1992 de la Comunidad de Madrid, de aprobación del Plan de Gestión del Refugio de Fauna de la Laguna de San Juan y su entorno (Chinchón).([17])

 

 

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de utilización de hurones para la caza.

Orden de 29 de mayo de 1987. 

1 mes

 

 

 

 

Autorización contemplada en el artículo 1 de la Orden de 31 de mayo de 1989 de la Comunidad de Madrid, de Regulación de Caza de conejos con armas de fuego en época de veda.

 

1 mes

 

 

 

 

Autorizaciones de actuaciones diversas previstas en la Orden de 27 de mayo de 1992 de la Comunidad de Madrid, de establecimiento de normas generales para el uso socio-recreativo de los montes y terrenos forestales administrados por la Comunidad de Madrid. ([18])

 

3 meses

 

 

 

 

Autorizaciones de actuaciones diversas de la Resolución de 18 de noviembre de 1991 de la Comunidad de Madrid, sobre regulación de toma y realización de reportajes fotográficos, así como actividades de cinematografía y vídeo, en el sitio natural de interés nacional del Hayedo de Montejo de la Sierra.([19])

 

1 mes

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas previstas en la Resolución de 27 de julio de 1989 de la Comunidad de Madrid, de regulación de la circulación y prácticas deportivas con bicicletas y velocípedos en general en los montes administrados por la Comunidad de Madrid. ([20])

 

 

 

 

1 mes

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas previstas en la Resolución de 17 de julio de 1991, sobre regulación de las batidas de jabalí en la Zona de Caza Controlada y Reserva Nacional de Sonsaz en la Comunidad de Madrid.

 

2 meses

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas previstas en el Decreto 5/1991, de la Comunidad de Madrid, de 14 de febrero, por el que se declara Refugio de Fauna la Laguna de San Juan y su entorno (Chinchón).([21])

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas previstas en el Decreto 21/1991, de 21 de marzo, de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Reserva Natural El Carrizal de Villamejor en Aranjuez.([22])

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas previstas en el Decreto 44/1992, de 11 de junio, de la Comunidad de Madrid, por el que se establece un régimen de protección preventiva para el curso medio del río Guadarrama y su entorno ([23]).

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización para la gestión de residuos tóxicos y peligrosos y su almacenamiento, y aceptación de residuos tóxicos y peligrosos con vistas a su tratamiento.

Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/ 1986, de 14 de mayo, de residuos Tóxicos y Peligrosos.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de quema de rastrojos. ([24])

Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales, y Reglamento aprobado por Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre.

 

1 mes

 

 

 

 

Autorización prevista en la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, y concordantes de su Reglamento aprobado en el Decreto 506/1971, de 25 de marzo.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización prevista en la Ley de Pesca Fluvial de 20 de abril de 1942, y concordantes del Reglamento aprobado por Decreto de 5 de abril de 1943.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de actuaciones diversas en el paraje pintoresco del Pinar de Abantos, previsto en el Decreto 2418/1951, de 16 de noviembre, y en el Reglamento de la Ley de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero. ([25])

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización y aprovechamientos forestales en fincas particulares.

Ley de Montes de 8 de junio de 1957.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización de actuaciones varias previstas en la Orden de 30 de septiembre de 1930, de declaración de Monumento Natural de Interés Nacional de la Peña del Arcipreste de Hita. ([26])

Ley de Montes de 8 de junio de 1957.

 

3 meses

 

 

 

 

Autorización para ocupaciones o servidumbre en montes de utilidad pública ([27]).

Ley de Montes de 8 de junio de 1957.

 

1 año

 

 

 

 

Consorcio Regional de Transportes

 

 

 

 

Adscripción de vehículos a una concesión y concesión de tarjeta provisional VR.

 

1 mes

 

  

Consejería de Hacienda ([28])

 

 

 

Autorización de operaciones financieras con las Cajas de Ahorro por miembros del Consejo de Administración o de la Comisión de Control o Sociedades a ellos vinculadas.

Orden 2978/1997 de la Consejería de Hacienda.

 

15 días

 

 

 

 

 

  

ANEXO II

 

Procedimientos cuya no resolución expresa en el plazo establecido producirá efectos desestimatorios

 

Consejería de Economía

 

- Autorización de apertura de campamentos de turismo (Decreto 3/1993, de 28 de enero).

 

- Autorización de instalación y clasificación de campamentos de turismo (Decreto 3/1993, de 28 de enero).

 

Consejería de Política Territorial

 

- Acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación (Real Decreto 1230/1989, de 18 de octubre; Decreto 14/1990, de 22 de marzo). ([29])

 

- Autorización de edificaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social.

 

- Autorización para la subrogación en viviendas y locales de protección oficial propiedad del Instituto de la Vivienda de Madrid.

 

Consejería de Salud

 

- Autorización de los Servicios de Extracción y Trasplante de órganos (Orden 950/ 1992, de 15 de diciembre, de la Consejería de Salud).

 

- Autorización para el establecimiento, transmisión o integración de las oficinas de Farmacia (Decreto de 31 de mayo de 1957; Real Decreto 909/1978, de 14 de abril, y Orden de 21 de noviembre de 1979).

 

- Autorizaciones de cementerios, tanatorios y empresas funerarias (Decreto 26/1991, de 11 de abril) ([30]).

 

- Autorizaciones previa, provisional y definitiva de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (Decreto 146/1985, de 12 de diciembre, y Orden de la Consejería de Salud de 11 de febrero de 1986).

 

-Autorizaciones para Centros o Servicios Sanitarios públicos o privados que deseen realizar tratamientos con opiáceos (Orden de 7 de mayo de 1990 de la Consejería de Salud y Real Decreto 75/1990, de 19 de enero).

 

- Autorización a los Ayuntamientos para la realización de campañas de sacrificios de cerdos, para consumo familiar (Orden 477/ 1992, de 13 de julio, de la Consejería de Salud) ([31]).

 

- Autorización de apertura y funcionamiento de piscinas públicas (Orden de 25 de junio de 1987 de la Consejería de Salud y Orden de 7 de marzo de 1988 de la Consejería de Salud). ([32])

 

- Autorización de instalación y funcionamiento de parques acuáticos (Decreto 128/ 1989, de 20 de diciembre).([33])

 

Consejería de Integración Social

 

- Autorización de Servicios y Centros de acción social y Servicios Sociales (Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social; Decreto 91/1990, de 26 de octubre).

 

-Visado previo de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales (Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social; Decreto 91/1990, de 26 de octubre).

 

Consejería de Transportes

 

- Autorización de accesos a carreteras (Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid, Decreto 29/1993, de 11 de marzo). ([34])

 

- Autorización de construcción y puesta en servicio de instalaciones de transporte por cable.

 

- Autorización de los accesos a instalaciones complementarias al servicio de la Carretera (Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid). ([35])

 

- Autorización de Establecimiento de Áreas de Servicio (Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid). ([36])

 

Consejería de Educación y Cultura

 

- Autorización de Centros y Escuelas de Música (Decreto 99/1986, de 9 de octubre).

 

Consejería de Cooperación ([37])

 

- Declaración de urgente ocupación de bienes afectados por expropiación forzosa en expedientes instruidos por las Corporaciones Locales. ([38])

 

- Autorización de la ejecución directa del derecho de superficie sobre terrenos de propiedad de los Entes Locales.

 

- Autorización de la constitución, modificación y disolución de Entidades Locales de ámbito territorial inferior al Municipio.

 

- Autorización de la alteración de límites territoriales de las Entidades Locales de ámbito territorial inferior al Municipio.

 

- Autorización de alteración de términos municipales. ([39])

 

- Autorización de la alteración del nombre y capitalidad de los Municipios. ([40])

 

- Autorización de la aplicación del régimen de expropiación forzosa en términos municipales distintos del Ayuntamiento expropiatorio.

 

- Autorización para adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales.

 

- Autorización de transacciones sobre bienes y derechos patrimoniales de los Entes Locales.

 

- Autorización de acuerdos sometidos a juicios de árbitros sobre contenidos que se susciten sobre bienes y derechos del Patrimonio Local.

 

- Autorización para la creación de Gerencias Urbanísticas Municipales.

 

- Autorización y/o aprobación de ordenanzas especiales y normas reguladoras de las formas de aprovechamiento de los bienes comunales de las entidades Locales. ([41])

 

Agencia de Medio Ambiente

 

- Autorización para ocupaciones o servidumbres en montes de utilidad pública, regulados en el Reglamento de la Ley de Montes de 8 de junio de 1957, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

 

- Autorización de gestión de residuos tóxicos y peligrosos, así como su almacenamiento, y para la aceptación de residuos de dicha naturaleza, previstos y regulados en la Ley 20/1986 de Residuos Tóxicos y Peligrosos, y en su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.

 

- Autorización de quema de rastrojos, regulado en la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, de Incendios Forestales, así como en su Reglamento aprobado por Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre.([42])

 

- Autorización de Planes de Aprovechamiento Cinegético en terrenos acotados, regulado en el Decreto 47/1991, de 21 de junio, de la Comunidad de Madrid, por el que se regula la implantación obligatoria de los citados planes en terrenos acotados.

 

- Autorización de actuaciones diversas reguladas en la Ley 6/1990, de 10 de mayo, de Declaración del Parque Natural de la Cumbre, Circo y Lagunas de Peñalara. ([43])

 

- Autorización de actuaciones diversas reguladas en la Ley 1/1985, de 23 de enero, del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. ([44])



[1] .- BOCM 27 de agosto de 1993, corrección de errores BOCM 10 de septiembre de 1993.

El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:

- Orden 2978/1997, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, sobre procedimiento de autorización de operaciones financieras con las Cajas de Ahorros por miembros del Consejo de Administración o de la Comisión de Control o sociedades vinculadas a los mismos (BOCM 26 de diciembre de 1997).

- Ley 8/1999, de 9 de abril de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOCM 13 de abril de 1999).

- Ley 1/2001, de 29 de marzo por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos (BOCM 10 de abril de 2001).

[2] .- Téngase en cuenta la Ley 8/1999, de 9 de abril de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOCM 13 de abril de 1999).

[3] .- Nótese que afectan a estas previsiones tanto la Ley 8/1999, de 9 de abril, como la Ley 1/2001, de 29 de marzo por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[4].- Véase el apartado 3.7 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[5].- Véase el apartado 6.18 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[6] .- Véase el apartado 3.6 del Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

[7] .- Dicha Orden ha sido derogada por la Orden 2138/1996, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula la campaña oficial de matanza domiciliaria de cerdos (BOCM 30 de septiembre de 1996)

[8] .- El Decreto 146/1985, de 12 de diciembre, fue derogado por el Decreto 110/1997, de 11 de septiembre, sobre autorización de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid.

[9] .- El articulado de esta Orden fue derogado por Decreto 110/1997, de 11 de septiembre, manteniendo sólo vigentes sus Anexos I y II.

[10] .- Orden derogada por la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público. (BOCM 29 de diciembre de 2010)

[11] .- Ambas Órdenes fueron derogadas por Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo. (BOCM 27 de mayo de 1998, corrección de errores BOCM 15 de julio de 1998)

[12] .- Véase el apartado 7.9 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[13].- Véase el apartado 9.1 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[14] .- Véase el apartado 9.2 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[15] .- El Decreto 100/1988, de 29 de septiembre, fue derogado por Decreto 53/2003, de 19 de abril (BOCM 8 de mayo de 2003)

[16] .- Véase el apartado 6.41 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[17] .- Véase el apartado 6.46 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[18] .- Véase apartado 6.13 del Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril.

[19] .- Véase el apartado 6.46 de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[20] .- Véase apartado 6.10 del Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril.

[21] .- Véase el apartado 6.46 de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[22] .- Véase el apartado 6.46 de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[23] .- El Decreto 44/1992, de 11 de junio, fue derogado por Decreto 26/1999 de 22 de febrero (BOCM 1 de marzo de 1999, corrección de errores BOCM 17 de marzo de 1999).

[24] .- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[25] .- Véase el apartado 6.46 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[26] .- Véase el apartado 6.46 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[27] .- Véase el apartado 6.19 del Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril

[28] .- Apartado incorporado por la Orden 2978/ 1997, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda (BOCM 26 de diciembre de 1997).

[29] .- Véase el apartado 3.7 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[30] .- Dicho Decreto fue anulado por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 9ª), de 17 de noviembre de 1993.

[31] .- Dicha Orden fue derogada por la Orden 2138/1996, de 25 de septiembre (BOCM 30 de septiembre de 1996)

[32] .- Ambas Órdenes fueron derogadas por Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo (BOCM 27 de mayo de 1998, corrección de errores BOCM 15 de julio de 1998).

[33] .- Véase el apartado 7.9 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[34] .- Véase el apartado 4.15 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[35] .- Véase el apartado 4.16 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[36] .- Véase el apartado 4.17 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo.

[37] .- Véase apartado 6 del Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril.

[38] .- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo

[39] .- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo

[40] .- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo

[41].- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo

[42].- Apartado derogado tácitamente por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[43].- Véase el apartado 6.46 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

[44].- Véase el apartado 6.46 del Anexo de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.