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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 18 de julio de 2022, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se da la conformidad a la adhesión del municipio de La Cabrera al Área Territorial de Prestación Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo Sierra Norte de Madrid. ([1])

 

 

 

Mediante Resolución de fecha 12 de junio de 2019, por la Dirección General de Transportes de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. se autorizó el establecimiento del Área Territorial de Prestación Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo Sierra Norte de Madrid (en adelante, APC Sierra Norte de Madrid) y se determinaron las normas de su funcionamiento; posteriormente, la cual fue ampliada mediante Resolución de 9 de marzo de 2020, quedando integrada por 30 municipios y 21 licencias de autotaxi.

 

De acuerdo con la citadas resoluciones, el Área de Prestación Territorial estaría integrada por los municipios de Braojos, Madarcos, Villavieja del Lozoya, Buitrago del Lozoya (3 licencias), Gascones (1 licencia), Horcajo de la Sierra-Aoslos (1 licencia), Piñuécar-Gandullas (1 licencia), Robregordo (1 licencia), La Serna del Monte (1 licencia), Somosierra (1 licencia), La Acebeda, Alameda del Valle (1 licencia), El Berrueco (1 licencia), Berzosa del Lozoya, Canencia (1 licencia), Cervera de Buitrago, Garganta de los Montes/El Cuadrón, Gargantilla del Lozoya/Pinilla de Buitrago, La Hiruela, Lozoya, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (1 licencia), Horcajuelo de la Sierra, Montejo de la Sierra, Navarredonda y San Mamés, Pinilla del Valle, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Puentes Viejas, Rascafria (6 licencias), y Robledillo de la Jara, con una población total, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, a fecha 1 de enero de 2021, de 11.652 habitantes.

 

Mediante escrito del Presidente de la Mancomunidad de fecha 8 de julio de 2022, se solicita la conformidad para que el municipio de La Cabrera, que cuenta con dos licencias de autotaxi, pueda adherirse al APC Sierra Norte de Madrid, fundamentando su solicitud en que dicho municipio se encuentra la sede de la zona básica de salud número 13 de la Comunidad de Madrid por lo que muchos de los habitantes de otros municipios ya integrados en la misma deben desplazarse allí para poder ir al médico al encontrarse allí el centro de salud.

 

El anexo de la Resolución de 12 de junio de 2019, en su punto segundo, establece que la incorporación de nuevos municipios al APC Sierra Norte de Madrid, se realizará mediante los convenios suscritos entre la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, como órgano gestor del Área, siendo necesario para ello, además del cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, y 53 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, aprobado por Decreto 74/2005, de 28 de julio, la conformidad de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.

 

La Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, en su artículo 12, apartado 1, prevé la posibilidad de establecer Áreas Territoriales de Prestación Conjunta de los servicios de transporte de viajeros en automóviles de turismo en las zonas que exista interacción o influencia recíproca entre los servicios de transporte de varios municipios, de forma tal que la adecuada ordenación de tales servicios transcienda el interés de cada uno de los mismos, circunstancia existente en este caso. En el mismo sentido se expresa el artículo 53 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, aprobado por Decreto 74/2005, de 28 de julio.

 

En el caso en cuestión se cumplen las condiciones previstas en los citados artículos, pues existe una gran interacción entre determinados municipios integrados en el área con el que se pretende su adhesión ya que en él se encuentra la sede de la zona básica de salud número 13 de la Comunidad de Madrid, y así, por ejemplo, en el proceso de vacunación contra el COVID-19 en el que la única opción viable para los habitantes mayores de 70 u 80 años de los municipios de Lozoyuela, El Berrueco o Sieteiglesias era desplazarse a La Cabrera, así como para recibir la atención médica al encontrarse allí el centro de salud, así como otros servicios.

 

En su virtud, de acuerdo con los preceptos legales citados y demás normas que le sea de aplicación, en uso de las competencias atribuidas a esta Dirección General de Transporte y Movilidad en el artículo 4 del Decreto 194/2021, de 3 de agosto,

 

RESUELVO

 

Dar la conformidad a la incorporación al Área Territorial de Prestación Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo Sierra Norte de Madrid al municipio de La Cabrera desde el día 1 de agosto de 2022.

 

Esta incorporación supone que, a las 20 licencias de taxi activas existentes en el APC de la Sierra Norte de Madrid, se adhieren las dos del municipio de La Cabrera, por lo que los vehículos a los que se encuentran adscritas, a los efectos de lo previsto en el punto quinto del anexo de la Resolución de 12 de junio de 2019, deberán cumplir lo previsto en los artículos 23, 25 y 27 del Reglamento de los Servicios de Transporte Urbano en Automóviles de Turismo, aprobado por Decreto 74/2005, de 28 de julio.

 

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejería de Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-          BOCM de 26 de julio de 2022