Acuerdo de 6 de noviembre de 2019, del Consejo de
Administración del Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico", de Leganés (Madrid), por el que se delegan
competencias y se revocan poderes conferidos. ()
Mediante Decreto
278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, se modifica el
Decreto 30/2019, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
y se adscriben a dicha Consejería diecinueve consorcios urbanísticos, entre los
que se encuentra el Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico", de Leganés (Madrid).
Con el fin de dar
cumplimiento a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público (artículo 9.3), se procede a la publicación del
siguiente Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión celebrada
el 6 de noviembre de 2019.
Primero
Delegar las siguientes
competencias en el Director-Gerente del Consorcio:
- Aprobar y adjudicar todo tipo de contratos
administrativos y privados, cuando el importe del contrato no supere el límite
establecido para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de
9 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Autorizar gastos, reconocer obligaciones, disponer
gastos y ordenar pagos con los mismos límites y en las mismas cuantías
señaladas anteriormente. ()
- Devolución y constitución de todo tipo de garantías.
- Comparecer y otorgar cuanta documentación pública o
privada fuera necesaria a efectos del otorgamiento de las actas de ocupación y
pago de la expropiación, y la formalización mediante escritura pública o acta
administrativa de la transmisión a terceros por título de adjudicación en pago
de la expropiación de las parcelas resultantes de la urbanización-parcelación
de los ámbitos del Consorcio.
- Personarse en las comprobaciones de replanteo y en
las recepciones de obras, sean provisionales o definitivas, cualesquiera que
fueran su naturaleza y la entidad contratante, sea persona física o jurídica,
pública o privada, Estado, Comunidad de Madrid, Ayuntamiento, mancomunidades de
municipios, organismos autónomos o particulares, suscribiendo las actas y
cuantos documentos sean necesarios o convenientes y emitir cuantas
manifestaciones y reservas que, a su juicio, procedan. Así como representar al
Consorcio, en todo tipo de actos relativos a la simultaneidad con cualquier
otra obra y en el mantenimiento y conservación de las obras de urbanización.
- Comparecer y otorgar cuanta documentación pública o
privada fuera necesaria para la formalización de las transmisiones a terceros
adjudicatarios en licitaciones y/o adquirentes por cualquier otro título, de
las parcelas resultantes, así como para llevar a cabo en documento público la
agrupación y/o segregación-parcelación de fincas, de conformidad con la
licencia de parcelación que en su día se conceda por el Ayuntamiento.
- Comparecer y suscribir cuanta documentación pública
o privada fuera necesaria para solicitar y obtener en nombre y representación
del Consorcio, la expedición del Certificado Electrónico para Personas
Jurídicas para el ámbito tributario de la FNMT-RCM.
- Comparecer y otorgar en las oportunas actas
administrativas de cesión, o, en su caso, en las escrituras públicas que el
Consorcio haya de formalizar para transmitir a la Corporación Municipal las
fincas de cesión obligatoria y gratuitas (viales, sistemas generales, zonas
verdes dotaciones para equipamiento, aprovechamiento lucrativo) o a la
Comunidad de Madrid, respecto de la cesión que a esta le correspondan.
- Comparecer ante Centros, Organismos, Autoridades,
Delegaciones, Comités, Juntas, Jurados, Comisiones, y entidades de toda clase y
ante ellos firmar y seguir cuantos expedientes, escritos, instancias,
solicitudes y documentos sean necesarios.
Segundo
Revocar los poderes
conferidos en su día según acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en
sesión celebrada el 13 de diciembre de 2012.
Tercero
()
Delegar en el Vocal en
representación de la Comunidad de Madrid competente en materia de consorcios
urbanísticos, Director General de Suelo y en la Vocal en representación del
Ayuntamiento de Leganés, doña Laura Oliva García, de forma mancomunada:
- La resolución de las solicitudes de autorización de
transmisión de parcelas y cancelación y posposición de las condiciones
resolutorias derivadas del cumplimiento de los Pliegos de Cláusulas
administrativas que rijan los distintos procedimientos de adjudicación de
parcelas.
- La declaración de alienabilidad de los bienes
inmuebles titularidad del Consorcio, la aprobación de la tasación pericial de
los mismos, siempre que el valor sea inferior a 3.000.000 de euros.
- La apertura y cierre de cuentas bancarias
titularidad del Consorcio.