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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ACUERDO POR EL QUE SE PLANIFICA LA INSTALACIÓN DE CASINOS DE JUEGO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

ACUERDO POR EL QUE SE PLANIFICA LA INSTALACIÓN DE CASINOS DE JUEGO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Acuerdo de 5 de julio de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se planifica la instalación de casinos de juego en la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

El artículo 2.1.c) de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid, establece que corresponde al Gobierno de la Comunidad de Madrid planificar los Juegos y Apuestas que se desarrollen en el ámbito territorial de la misma. Asimismo, el artículo 8.3 de la citada Ley 6/2001, dispone que el Gobierno determinará el número y distribución geográfica de los Casinos mediante la planificación correspondiente y otorgará su autorización mediante el sistema de concurso.

En su virtud, tras la oportuna deliberación en su reunión del día 5 de julio de 2001,

ACUERDA

Primero

Se limita a dos el número de autorizaciones de instalación de Casinos de Juego en el territorio de la Comunidad de Madrid. A estos efectos, permanece vigente e incluida en las dos autorizaciones previstas la de instalación concedida para la explotación del Casino de Juego "Casino de Juego Gran Madrid" (Torrelodones), con todos los derechos inherentes a las autorizaciones concedidas en su momento.

Segundo

El segundo establecimiento a autorizar se ubicará en el término municipal de Aranjuez.

 



[1] .- BOCM 13 de julio de 2001.