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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE DETERMINADAS COMPETENCIAS EN EL GERENTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE DETERMINADAS COMPETENCIAS EN EL GERENTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

 

Acuerdo de 16 de febrero de 1998, del Consejo de Administración del Organismo Autónomo *Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid+, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias en el Gerente del Organismo Autónomo ([1])

 

 

La Ley 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, tras enumerar en el apartado 5 de su artículo 8 las competencias del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, dispone en el apartado 6 del mismo artículo que ¿el Consejo de Administración podrá delegar sus competencias en uno de sus miembros o en el Gerente, en los términos previstos en el artículo 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

El artículo 11 de la citada Ley 1/1984 establece la posibilidad de que el Consejo de Administración de un Organismo Autónomo delegue en uno de sus miembros o en el Gerente determinadas competencias previstas en el apartado 1 del artículo 10 del mismo texto legal, correspondientes con las enumeradas en el apartado 5 del artículo 8 de la ley 28/1997 citada.

Por otra parte, el artículo 20 de la misma Ley 1/1984 prevé la posibilidad de que el Consejo de Administración delegue en el Gerente la facultad de celebrar contratos, sin perjuicio de la previa autorización del Consejo de Gobierno en los casos en que legalmente proceda.

El Consejo de Administración del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con el doble objetivo de conferir al funcionamiento del Organismo la mayor celeridad y eficacia posibles y de acercar el nivel de toma de decisiones en los procedimientos al ámbito de responsabilidad de sus gestores, considera conveniente aprovechar al máximo las posibilidades de delegación en el Gerente previstas legalmente.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 8 de la ley 28/1997 y los artículos 11 y 20 de la Ley 1/1984, el Consejo de Administración del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en su reunión de 16 de febrero de 1998

 

ACUERDA

 

Primero.

Delegar en el Gerente del Organismo Autónomo ABoletín Oficial de la Comunidad de Madrid@ el ejercicio de las siguientes competencias atribuidas al Consejo de Administración en el apartado 5 del artículo 8 de la Ley 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas:

1.0 Los acuerdos referidos al ejercicio de toda clase de acciones y recursos, así como al desistimiento y allanamiento, dando cuenta de ello al Consejero de Presidencia [apartado d)].

2.0 La competencia general en materia de personal, en los términos previstos en el artículo 10, apartado f), de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional, así como las competencias específicas relativas al régimen disciplinario a que se refiere el artículo 45 de dicha Ley [apartado f)].

3.0 El ejercicio de la vigilancia de todas las unidades y servicios del Organismo Autónomo [apartado i)].

4.0 La aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas particulares, para la ejecución de contratos administrativos de competencia del Organismo [apartado k)].

5.0 La adjudicación de los contratos administrativos, dentro de los límites presupuestarios [apartado l)].

6.0 La administración del patrimonio y bienes del ente [apartado m)].

7.0 Cuantas facultades de gobierno y administración de los intereses peculiares del organismo no estén atribuidas de modo expreso a otro órgano del mismo [apartado n)].

 

Segundo.

Delegar en el Gerente del Organismo Autónomo ABoletín Oficial de la Comunidad de Madrid@ el ejercicio de la facultad para celebrar contratos, en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.+



[1] .- Publicado en BOCM 24 de febrero de 1998, mediante Resolución de 20 de febrero de 1998, del Secretario del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de delegación de competencias en el Gerente.