Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de
Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro
Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de
tramites telemáticos durante la tramitación de los procedimientos denominados ʺPetición
de duplicados de documentos expedidos por el órgano competente en materia de
ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución de garantías en materia
de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período ejecutivoʺ, ʺAplazamiento
y/o fraccionamiento de deuda en materia de juegoʺ. ()
De acuerdo con lo señalado en el
artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula
la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la
Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada
en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la
recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros
procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad
que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos
informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de
Madrid.
Asimismo, y de acuerdo con el
criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan
los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se
aprueban los criterios de calidad de la actuación administrativa en la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero.- Habilitación
Registro Telemático ()
Habilitar al Registro Telemático de
la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites
telemáticos durante la tramitación del expediente de los procedimientos
denominados ʺPetición de duplicados de documentos expedidos por el órgano
competente en materia de ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución
de garantías en materia de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período
ejecutivoʺ, ʺAplazamiento y/o fraccionamiento de deuda en materia de
juegoʺ.
La inclusión en el Anexo I del
Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, de los procedimientos ʺPetición de
duplicados de documentos expedidos por el órgano competente en materia de
ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución de garantías en materia
de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período ejecutivoʺ, ʺAplazamiento
y/o fraccionamiento de deuda en materia de juegoʺ, que deberá entenderse
modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo
de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y
Hacienda siendo de aplicación el siguiente:
Trámites susceptibles de realización
ante el Registro Telemático:
Todos aquellos que en el momento de
la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en
situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo
establecido en la página web: www.madrid.org
ANEXO ()
(Véase en BOCM)
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.
.- BOCM
12 de enero de 2010.
El texto reproducido incorpora las modificaciones
efectuadas por las siguientes normas:
- Resolución de 26 de marzo de 2010, de la
Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la
que se modifica el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que
se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y
telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM 5 de mayo de
2010).
- Resolución de 15 de octubre de 2010, de la
Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se
procede a la corrección de las Resoluciones de 14 de diciembre de 2009 y de 4
de enero de 2010, por las que se habilita al Registro Telemático de la
Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos
durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM 15 de noviembre de
2010).
DEROGADA
tácitamente por el Decreto 127/2022,
de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan aspectos
relativos a los servicios electrónicos y a la comisión de redacción,
coordinación y seguimiento del portal de internet de la Comunidad de Madrid.
Respecto a los impresos por Decreto 127/2022,
de 7 de diciembre, se ha modificado la redacción del criterio 14.h) del
Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de
evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los criterios
de calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid: ʺLos
sistemas normalizados de solicitud se publicarán en la sede electrónica de la
Comunidad de Madrid, previo informe del órgano competente en materia de
Administración electrónica.ʺ