[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de tramites telemáticos durante la tramitación de los procedimientos denominados ʺPetición de duplicados de documentos expedidos por el órgano competente en materia de ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución de garantías en materia de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período ejecutivoʺ, ʺAplazamiento y/o fraccionamiento de deuda en materia de juegoʺ. ([1])

 

 

De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los criterios de calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero.- Habilitación Registro Telemático ([2])

Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de los procedimientos denominados ʺPetición de duplicados de documentos expedidos por el órgano competente en materia de ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución de garantías en materia de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período ejecutivoʺ, ʺAplazamiento y/o fraccionamiento de deuda en materia de juegoʺ.

La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, de los procedimientos ʺPetición de duplicados de documentos expedidos por el órgano competente en materia de ordenación y gestión del juegoʺ, ʺDevolución de garantías en materia de juegoʺ, ʺCompensación de deudas en período ejecutivoʺ, ʺAplazamiento y/o fraccionamiento de deuda en materia de juegoʺ, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda siendo de aplicación el siguiente:

Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático:

Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web: www.madrid.org

 

ANEXO ([3])

(Véase en BOCM)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 



[1] .-         BOCM 12 de enero de 2010.

              El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:

              - Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la que se modifica el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM 5 de mayo de 2010).

              - Resolución de 15 de octubre de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se procede a la corrección de las Resoluciones de 14 de diciembre de 2009 y de 4 de enero de 2010, por las que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM 15 de noviembre de 2010).

 

DEROGADA tácitamente por el Decreto 127/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan aspectos relativos a los servicios electrónicos y a la comisión de redacción, coordinación y seguimiento del portal de internet de la Comunidad de Madrid.

Respecto a los impresos por Decreto 127/2022, de 7 de diciembre, se ha modificado la redacción del criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los criterios de calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid: ʺLos sistemas normalizados de solicitud se publicarán en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, previo informe del órgano competente en materia de Administración electrónica.ʺ

 

 

[2] .-         Artículo Primero derogado tácitamente por la Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

[3] .-         Corregido por Resolución de 15 de octubre de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.