ACUERDO de 4 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 21 de junio de 2017 de la
Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la Comunidad de Madrid
relativo al abono a los funcionarios interinos docentes de las retribuciones
correspondientes a los meses de verano del curso 2016-2017. ()
Con fecha 21 de junio de
2017, la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la Comunidad de
Madrid, con el voto favorable de los representantes de la Administración y de
las organizaciones sindicales CC OO, ANPE, CSIF y FeSP-UGT, ha aprobado el
Acuerdo para la mejora de las condiciones de trabajo de los funcionarios
docentes.
El referido Acuerdo de la
Mesa Sectorial precisa, para su validez y eficacia, la aprobación expresa y
formal del Consejo de Gobierno, a tenor de lo regulado en el artículo 38.3 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En su virtud, el Consejo de
Gobierno, a propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en su
reunión del día,
ACUERDA
Aprobar expresa y
formalmente el Acuerdo de 21 de junio de 2017 de la Mesa Sectorial de Personal
Docente no Universitario de la Comunidad de Madrid relativo al abono a los
funcionarios interinos docentes de las retribuciones correspondientes a los
meses de verano del curso 2016-2017.
ANEXO
ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE PERSONAL
DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID RELATIVO AL ABONO A LOS
FUNCIONARIOS INTERINOS DOCENTES DE LAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES A LOS
MESES DE VERANO DEL CURSO 2016-2017
PREÁMBULO
La disposición final
primera del Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial de Personal Docente
no Universitario, sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en
régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios
interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid, ratificado por
Acuerdo de 3 de mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal
Funcionario y aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 10 de mayo de 2016,
del Consejo de Gobierno, establece que ante la premura de tiempo para la firma
de dicho Acuerdo, debida al ineludible cumplimiento de los plazos necesarios
para la aprobación de la Oferta de Empleo Público y la convocatoria del
procedimiento selectivo para ingreso en los Cuerpos Docentes en 2016, las
partes firmantes dejan pendiente la negociación relativa a las retribuciones de
los funcionarios interinos docentes correspondientes al período no lectivo de
los meses de verano. Asimismo, ambas partes se comprometen a firmar un acuerdo
sobre el pago del verano a los interinos que pudiese quedar reflejado en el
proyecto de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2017.
La disposición adicional
decimotercera de la Ley 6/2017, de 11 de mayo, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2017, mantiene en su apartado 1 la suspensión
de diversas disposiciones del Acuerdo Sectorial del personal funcionario
docente al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid que imparte
enseñanzas no universitarias para el período 2006-2009. No obstante, en su
apartado 2 prevé que, en lo que se refiere a la percepción económica
correspondiente a vacaciones por parte de los profesores interinos, dicha
suspensión quedará levantada cuando se apruebe expresa y formalmente por el
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid un acuerdo negociado entre la
Administración y las organizaciones sindicales sobre la percepción de dicha
retribución.
Por el presente Acuerdo se
procede a dar cumplimiento a la previsión contenida en la citada disposición
adicional decimotercera, y se suscribe en el marco de la negociación colectiva
sectorial para el personal funcionario docente no universitario, sin perjuicio
de su necesaria ratificación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, en aplicación del artículo 38.3 del Texto Refundido del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
En virtud de cuanto
antecede, en su sesión de fecha 21 de junio de 2017, la Mesa Sectorial de
Personal Docente no Universitario adopta el siguiente
ACUERDO
Primero .- Objeto
El presente Acuerdo tiene
por objeto la aplicación de la percepción económica del verano correspondiente
al curso 2016-2017 para los funcionarios interinos docentes.
Segundo .- Ámbito de aplicación
Este Acuerdo será de
aplicación al personal funcionario interino docente no universitario en el
ámbito de la Comunidad de Madrid, que cumpla los requisitos señalados en el
apartado siguiente.
Tercero .- Percepción económica por los
funcionarios interinos
En aplicación de lo
dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/2017, de 11 de
mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2017, se
procederá al abono de las retribuciones correspondientes a los meses de julio y
agosto al profesorado interino con nombramiento o nombramientos superiores a 9
meses en el curso 2016-2017.
Cuarto .- Sujeción a disponibilidades
presupuestarias
El cumplimiento de los
compromisos derivados de este Acuerdo se llevará a cabo en función de la
aprobación de los Presupuestos Generales del Estado y de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, así como del grado de cumplimiento de los
objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de
gasto por parte de la Comunidad de Madrid.
Quinto .- Vigencia
El presente Acuerdo tendrá
eficacia a partir del día siguiente a su aprobación expresa y formal por el
Consejo de Gobierno, y mantendrá su vigencia en tanto en cuanto no se sustituya
por otro acuerdo o disposición sobre las materias contenidas en el mismo.