DECRETO 88/2016, de 19 de septiembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2017 en la
Comunidad de Madrid.
()
▼Vigencia temporal para el año 2017
El Texto Refundido del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1995,
de 24 de marzo; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando fiesta de la Comunidad
de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real Decreto
2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto
1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la
disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre,
establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación
con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito
nacional.
En su virtud, oídos los
Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las
instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid,
a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno,
previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de
septiembre de 2016,
ACUERDA
Artículo único.- Calendario laboral para el año 2017
El calendario laboral
resultante para el año 2017 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se
relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de
las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición
final primera .- Comunicación
al Ministerio de Empleo y Seguridad Social
De lo dispuesto en el
presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social
antes del 30 de septiembre de 2016.
Disposición
final segunda .- Entrada
en vigor y publicación
El presente Decreto entrará
en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
ANEXO
FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE
MADRID PARA EL AÑO 2017 (*)
─ 6 de enero (viernes), Epifanía del Señor.
─ 20 de marzo (lunes), traslado de la
festividad de San José.
─ 13 de abril, Jueves Santo.
─ 14 de abril, Viernes Santo.
─ 1 de mayo (lunes), Fiesta del Trabajo.
─ 2 de mayo (martes), Fiesta de la
Comunidad de Madrid.
─ 15 de agosto (martes), Asunción de la
Virgen.
─ 12 de octubre (jueves), Fiesta Nacional
de España.
─ 1 de noviembre (miércoles), Todos los
Santos.
─ 6 de diciembre (miércoles), Día de la
Constitución Española.
─ 8 de diciembre (viernes), Día de la
Inmaculada Concepción.
─ 25 de diciembre (lunes), Natividad del
Señor.
__________________________
(*) Además de las doce fiestas relacionadas,
se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales.