Orden 418/2016, de 20 de mayo, del
Consejero de Sanidad, por la que se establecen los criterios de actuación en
materia de inspección sanitaria y se aprueba el Plan Integral de Inspección de
Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018. ()
▼Vigencia temporal
La Orden 922/2009, de 17 de
diciembre, por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del
Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la
composición y funciones de la Comisión de Coordinación de Inspecciones de la
Consejería de Sanidad, dispone que el Plan Integral de Inspección, de carácter
trienal, será aprobado por Orden del Consejero de Sanidad, incluyendo en la
misma los criterios de actuación previamente fijados para este período.
El Plan Integral de
Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid tiene como objetivo garantizar
el cumplimiento de los objetivos institucionales establecidos y la salvaguarda
de los derechos de los usuarios en aquellas materias del ámbito de competencias
de la Consejería de Sanidad, velando por el cumplimiento de la normativa
vigente que resulta de aplicación, mediante una actuación coordinada de todas
las áreas de inspección, que contienen los planes parciales.
En virtud de todo lo expuesto, a propuesta
de la Dirección General de Inspección y Ordenación y de conformidad con las
atribuciones conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero.- Criterios de actuación
Aprobar los criterios de
actuación en materia de inspección de sanidad dentro de la Comunidad de Madrid
para el período 2016 a 2018, que figuran como Anexo I a la presente Orden.
Segundo .- Plan Integral y planes parciales
Aprobar el Plan Integral de
Inspección de Sanidad para el período 2016 a 2018 que figura como Anexo II a la
presente Orden y los planes parciales para el año 2016 que figuran en el Anexo
III.
Tercero .- Desarrollo
Facultar a la Dirección
General de Inspección y Ordenación y a la Dirección General de Salud Pública,
para que adopten las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de
los programas de inspección y para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Cuarto .- Efectos
La presente Orden surtirá
efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
ANEXO I
CRITERIOS DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE
INSPECCIÓN SANITARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2016-2018
Dirección General de Inspección y
Ordenación
1. Inspección de centros, servicios y
establecimientos sanitarios:
- Comprobar
la adecuación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios a los
requisitos técnico-sanitarios normativamente exigibles para su apertura y
funcionamiento.
- Detectar y
evitar el funcionamiento de actividades sanitarias sin la preceptiva
autorización administrativa.
- Proponer
la adopción las medidas adecuadas para preservar la salud de los ciudadanos, en
los supuestos en que se detecte la existencia de un riesgo en la actividad
asistencial.
- Comprobar
la adecuación de la publicidad médico-sanitaria de los centros, servicios y
establecimientos sanitarios a la normativa sanitaria vigente y a las
características de la actividad autorizada.
- Verificar
que los vehículos de transporte sanitario terrestre reúnen las condiciones y
características exigibles en la normativa sanitaria de aplicación.
2. Inspección sanitaria médica:
- Ejecutar
las actuaciones de inspección que permitan la mejor gestión de la incapacidad
temporal.
- Comprobar
la adecuación a las normas y la idoneidad de la prestación farmacéutica en
aquellos tratamientos farmacológicos que precisen autorización previa.
- Verificar
la adecuación a la ¿lex artis ad hoc¿ de la actuación sanitaria de los
profesionales de los centros públicos o vinculados al Servicio Madrileño de
Salud, en los supuestos en que así se solicite por el órgano instructor de un
expediente de reclamación por responsabilidad patrimonial.
- Emitir
juicio técnico en los expedientes de reclamación en materia de reintegro de
gastos y ortoprótesis, a petición del órgano instructor.
-
Desarrollar actuaciones de comprobación y esclarecimiento de hechos y
circunstancias objeto de expedientes de información reservada o disciplinarios
de personal adscrito a la Consejería de Sanidad, así como actuaciones de
comprobación del funcionamiento de las unidades asistenciales de los centros
públicos.
3. Evaluación sanitaria:
- Evaluar
las características de la asistencia prestada por los centros y servicios que
conforman la Red Sanitaria de Uso Público de la Comunidad de Madrid,
comparándolas con criterios de calidad, requisitos fijados y estándares
reconocidos.
4. Inspección y ordenación farmacéutica:
- Verificar
que las estructuras y el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos se
adecuen a la normativa aplicable.
- Comprobar
la adecuación de la prescripción y el adecuado uso de medicamentos financiados
con recursos públicos.
- Evaluar
los contenidos y el desarrollo de las actividades de formación, información y
promoción de medicamentos y productos sanitarios a profesionales y ciudadanos.
- Comprobar
que el desarrollo de la investigación con medicamentos cumple con los aspectos
éticos, metodológicos y legales.
Dirección General de Salud Pública
1. Sanidad ambiental:
- Minimizar
los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la
verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de
muestras e intervenir frente a los riesgos y alertas medioambientales,
evaluando los posibles efectos en salud.
- Prevenir
los riesgos ambientales para la salud mediante la inspección y toma de muestras
de instalaciones de riesgo de legionella.
- Conocer y
monitorizar, mediante sistemas de vigilancia, el polen y otros factores
ambientales físicos y químicos y sus variaciones espacio-temporales, por su
especial relevancia para la población, con el fin de orientar la intervención
en salud pública.
- Minimizar
los riesgos para la salud de la población derivados de la leishmaniasis
mediante la vigilancia ambiental de reservorios y vector, con el apoyo de la
vigilancia epidemiológica en el hombre y la realización de acciones de control
sobre los animales domésticos y la fauna silvestre y la aplicación de las
medidas de saneamiento ambiental necesarias.
- Minimizar
los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros
agentes biológicos mediante la vigilancia, el control y la toma de muestras de
vectores, animales domésticos y fauna silvestre.
- Vigilancia
entomológica y control sanitario-ambiental de vectores transmisores de
arbovirus (dengue, chikungunya y zika) en la Comunidad de Madrid.
- Cumplir el
marco normativo sobre autorizaciones y registros sanitarios de empresas y
servicios biocidas, establecimientos de adorno corporal y alimentarios en la
Comunidad de Madrid.
- Promover
la mejora de la salud en el ámbito laboral mediante la implantación de sistemas
de información sobre riesgos laborales y daños derivados, la realización de
estudios epidemiológicos, la asistencia técnica, las actuaciones de carácter
sanitario que se realizan en las empresas, y actividades de formación e
información del personal sanitario de los Servicios de Prevención.
2. Calidad alimentaria:
- Contribuir
a garantizar la calidad de los productos alimenticios y la prevención del
fraude alimentario, desde la producción hasta el consumo, mediante la
vigilancia y control de productos y establecimientos alimentarios.
- Contribuir
a garantizar el derecho del consumidor a recibir información veraz en materia
de alimentación mediante el control de la publicidad engañosa.
3. Actuación en adicciones:
- Comprobar
el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 5/2002 y la Ley 28/2005, en el ámbito
de la Comunidad de Madrid.
- Comprobar
el cumplimiento de las restricciones de acceso, venta, consumo y publicidad de
las bebidas alcohólicas.
- Comprobar
el cumplimiento de las restricciones de acceso, venta, consumo y publicidad de
los productos del tabaco.
- Comprobar
que los centros y servicios desarrollan actividad en drogodependencias y de los
convenios y contratos suscritos por la Subdirección de Actuación en Adicciones
en la Comunidad de Madrid.
4. Higiene y seguridad alimentaria:
- Comprobar
que los establecimientos alimentarios garantizan la inocuidad de los alimentos
comercializados mediante la inspección, la prevención y el control de los
riesgos potenciales o declarados.
- Verificar
que los establecimientos alimentarios garantizan la inocuidad de los alimentos
comercializados mediante la implantación de sistemas de autocontrol eficaces
basados en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico
(APPCC) y unas prácticas correctas de higiene.
- Verificar
que la información del etiquetado de los productos alimenticios cumpla con los
requisitos de seguridad alimentaria, a fin de prevenir y/o limitar los posibles
daños para la salud de los consumidores.
- Prevenir
y/o limitar los posibles daños para la salud de los consumidores derivados de
situaciones en las que exista un riesgo alimentario potencial o declarado y que
sean notificadas a nivel nacional dentro del Sistema Coordinado de Intercambio
Rápido de Información (SCIRI).
- Evaluar el
riesgo vinculado a los peligros biológicos, químicos y de composición presentes
en los alimentos producidos y comercializados en la Comunidad de Madrid.
- Comprobar
la obtención higiénica de la carne en mataderos mediante la inspección durante
todas las etapas del sacrificio y faenado de los animales en su actividad
diaria, y verificar que estos establecimientos cumplen los requisitos.
- Comprobar
la obtención higiénica de la carne de caza silvestre y de la carne de reses de
lidia mediante la inspección de los animales y verificar que los
establecimientos cumplen los requisitos.
- Verificar
el cumplimiento de los requisitos de seguridad alimentaria por parte de las
empresas exportadoras y en los alimentos destinados a países terceros.
- Reforzar
los sistemas de seguridad alimentaria de centros y establecimientos
dependientes de otras Unidades y Consejerías.
- Verificar
mediante auditoría que el sistema de control oficial en materia de seguridad
alimentaria de la DGSP es adecuado para alcanzar los objetivos de la
legislación alimentaria.
ANEXO II
PLAN INTEGRAL DE INSPECCIÓN DE SANIDAD DE
LA COMUNIDAD DE MADRID 2016-2018
Programas de inspección coordinados entre
diferentes direcciones generales
Objetivo: Velar por la protección de la
salud de los ciudadanos y la salvaguarda de los derechos de los usuarios de la
Comunidad de Madrid, supervisando el cumplimiento de la normativa vigente con
la máxima eficiencia y efectividad mediante la actuación coordinada de los
diferentes centros directivos, subdirecciones generales o áreas con
competencias en el ámbito de la inspección.
1. - Programa de control oficial de la distribución, prescripción
y dispensación de medicamentos veterinarios
Objetivo: Garantizar las
condiciones de distribución, prescripción y dispensación de los medicamentos
veterinarios.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Inspección y Ordenación. Subdirección General
de Inspección y Ordenación Farmacéutica. Área de Control Farmacéutico y
Productos Sanitarios.
- Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección
General de Agricultura y Ganadería. Área de Ganadería.
2. Programa de inspección, seguimiento y control de IT mediante
la herramienta informática IT-web
Objetivo: Mejorar la
gestión de la prestación de incapacidad temporal, adecuando los procedimientos
a la actual normativa reguladora, mediante el desarrollo de la herramienta
informática IT-web.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad. Dirección General de Inspección y Ordenación. Subdirección General
de Inspección Sanitaria y Evaluación.
- Servicio
Madrileño de Salud. Dirección General de Sistemas de Información.
3. Programa de implantación del visado electrónico de recetas
Objetivo: Mejorar la gestión y el control
de los tratamientos farmacológicos sujetos a visado previo por parte de la
Inspección Sanitaria, a través del diseño e implantación de un programa
informático de visado electrónico.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Inspección y Ordenación. Subdirección General
de Inspección Sanitaria y Evaluación.
- Servicio
Madrileño de Salud. Dirección General de Sistemas de Información.
4. Programa de prestación ortoprotésica
Objetivo: Diseño y
elaboración del nuevo Catálogo de la Prestación Orto-Protésica de la Comunidad
de Madrid, así como del procedimiento para el acceso a esta prestación.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Inspección y Ordenación. Subdirección General
de Inspección Sanitaria y Evaluación.
- Servicio
Madrileño de Salud. Secretaría General.
5. Programa de prevención y control de legionelosis
Objetivo:
Prevenir los riesgos
ambientales para la salud mediante la inspección y toma de muestras de
instalaciones de riesgo de legionella:
- Priorizar
las instalaciones de riesgo de legionella.
- Inspeccionar,
al menos, el 50 por 100 del censo de torres de refrigeración.
-
Inspeccionar el 100 por 100 de las torres de refrigeración de los
establecimientos del sistema sanitario.
- Toma de
muestras y análisis de las instalaciones con antecedentes de riesgo o que
tengan malas condiciones higiénico sanitarias.
- Toma de
muestras y análisis en spas y en los sistemas de agua caliente sanitaria en
residencias de mayores y hoteles.
Centros directivos implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Sanidad
Ambiental. Subdirección General de Epidemiología.
- Servicio
Madrileño de Salud.
- Consejería
de Política Social y Familia: Agencia Madrileña de Atención Social.
- Madrid
Salud.
- Instituto
de Salud Carlos III.
6. Programa de Enfermedades Infecciosas Emergentes (EIE)
Objetivos:
- Prevenir
enfermedades infecciosas en el hombre causadas por virus, bacterias, protozoos
y parásitos multicelulares, transmitidas a través de los animales, tanto por
contacto directo mediante los fluidos orgánicos o inhalación del aire, como
indirecto con la necesaria intervención de vectores como mosquitos, pulgas,
garrapatas y otros.
-
Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición
de una alerta o brote de enfermedades infecciosas emergentes zoonóticas.
- Vigilancia
entomológica y control sanitario ambiental de arbovirus (dengue, chikungunya y
zika) transmitidos por vectores en la Comunidad de Madrid.
Centros directivos implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.
- Ministerio
de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad.
- Instituto
de Salud Carlos III.
- Facultad
de Ciencias Biológicas de la Universidad Complutense de Madrid.
- Facultad
de Veterinaria de Zaragoza.
- VISAVET.
Centro de Vigilancia de Sanidad Veterinaria.
-
Ayuntamiento de Madrid.
- Federación
Madrileña de Municipios.
- Red
Municipal de Salud Pública.
-
Asociaciones del Sector de Control Vectorial.
- Colegios
Profesionales de la Comunidad de Madrid: Colegio Oficial de Veterinarios y
Colegio Oficial de Farmacéuticos.
7. Programa de prevención y vigilancia de leishmaniasis
Objetivos:
- Vigilancia
epidemiológica de la leishmaniasis como enfermedad endémica regional y de
declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Vigilancia
del reservorio (animales de compañía y fauna silvestre), así como del vector.
- Coordinar
actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento.
- Informar a
ciudadanos y profesionales.
Centros directivos implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección
General del Medio Ambiente y Dirección General de Agricultura y Ganadería.
-
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de las zonas de localización de casos.
- Instituto
de Salud Carlos III.
- Colegio
Oficial de Veterinarios de Madrid.
- Administraciones
e Instituciones que cuenten con infraestructuras en el ámbito territorial de
localización de casos.
-
Universidad Complutense de Madrid: Facultad de Ciencias Biológicas y Facultad
de Veterinaria.
- VISAVET.
Centro de Vigilancia de Sanidad Veterinaria.
- Facultad
de Veterinaria de Zaragoza.
8. Programa de evaluación de la seguridad alimentaria en los
hospitales
Objetivo: Evaluar los
sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los hospitales con respecto
a la normativa de higiene de los alimentos.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Servicio
Madrileño de Salud. Dirección General de Coordinación de la Asistencia
Sanitaria.
9. Programa de evaluación de la seguridad
alimentaria en centros dependientes de entidades y organismos públicos con finalidad
social
Objetivo: Evaluar los
sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los centros dependientes de
entidades y organismos públicos de finalidad social con respecto a la normativa
de higiene de los alimentos.
Centros directivos
implicados:
- Consejería
de Sanidad. Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene
y Seguridad Alimentaria.
- Consejería
de Políticas Sociales y Familia. Agencia Madrileña de Atención Social.
10. Programa de colaboración en bienestar
animal y zoonosis en relación a la seguridad alimentaria
Objetivos:
- Realizar
la toma de muestras de animales con lesiones tuberculosas en el marco del
programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina.
- Trasladar
los incumplimientos detectados en materia de bienestar animal durante el
transporte al matadero y durante su sacrificio.
-
Identificar animales objeto de muestreo en el marco del programa nacional de
vigilancia, control y erradicación de la encefalopatía espongiforme bovina.
Centros directivos implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene
y Seguridad Alimentaria.
- Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección
General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.
11. Programa de investigación de residuos y sustancias en animales
y sus productos
Objetivos:
- Realizar
la toma de muestras en animales y productos de origen animal para analizar
residuos de medicamentos y otras sustancias químicas en el marco del Plan
Nacional de Investigación de Residuos (PNIR).
- Trasladar
los incumplimientos detectados en los análisis y realizar las investigaciones
consecuentes.
Centros directivos implicados:
- Consejería
de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene
y Seguridad Alimentaria.
- Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección
General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.
ANEXO III ()
PLANES PARCIALES 2016
1. Plan de Inspección de la Dirección
General de Inspección y Ordenación
1.1. Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos
Sanitarios
Objetivo general: El
objetivo del plan es velar por la seguridad de la asistencia que recibe el
ciudadano en todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la
Comunidad de Madrid, así como en los vehículos de transporte sanitario,
comprobando su adecuación a los requisitos establecidos en la normativa de
aplicación.
1.1.1. Programas básicos de
inspección:
1.1.1.1. Programa básico de
Inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios:
Objetivo: Comprobar que los
centros y servicios y establecimientos sanitarios reúnen los requisitos
previstos en la legislación vigente referentes a planta física, personal y
medios y que cumplen con las normas mínimas de funcionamiento, previamente a la
concesión de su autorización sanitaria.
1.1.1.2. Programa básico de
inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre:
Objetivo: Comprobar que los
vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos técnico-sanitarios
previstos en la legislación vigente, previamente a la emisión de su
certificación técnico-sanitaria.
1.1.2. Programas de
inspección de oficio:
Objetivo: Garantizar que la
asistencia prestada en los centros, servicios y establecimientos sanitarios se
efectúa en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo
previsto en la normativa vigente.
1.1.2.1. Programa de
comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de
funcionamiento.
1.1.2.2. Programa de
seguimiento del cumplimiento de los requisitos en centros y servicios
sanitarios con mayor índice de riesgo para la salud de la población.
1.1.2.3. Programa de
control de vehículos de transporte sanitario terrestre.
1.1.2.4. Programa de
inspección de denuncias y reclamaciones.
1.1.2.5. Programa para
garantizar la seguridad de los pacientes más vulnerables. Valoración de la
actividad sanitaria prestada en centros de día para personas mayores.
1.1.2.6. Programa
específico de centros sanitarios autorizados como hospitales de salud mental y
tratamiento de toxicomanías.
1.1.2.7. Programa
específico de centros autorizados para el diagnóstico con unidad de anatomía
patológica.
1.1.2.8. Programa
específico de centros sanitarios autorizados para la práctica de interrupción
voluntaria del embarazo.
1.1.2.9. Programa
específico de comprobación de las condiciones y protocolos de esterilización
del material y/o instrumental utilizado en los centros sanitarios.
1.2. Plan
Parcial de Inspección Sanitaria
1.2.1. Programa de
optimización de la gestión e inspección de la incapacidad temporal:
Objetivos:
- Mejorar la
gestión de la prestación de incapacidad temporal de acuerdo a la normativa
actual mediante el desarrollo de la herramienta informática IT-web.
- Revisar
los criterios, estándares y procedimientos de valoración médica de la
incapacidad.
1.2.2. Programa de
optimización de la gestión del visado farmacéutico:
Objetivos:
- Mejorar la
gestión y el control de los tratamientos farmacológicos sujetos a visado, a
través del diseño e implantación de un programa informático de visado
electrónico.
- Introducir
criterios uniformes en el proceso de visado, en aquellos medicamentos sometidos
a esta reserva singular.
1.2.3. Programa de
análisis, actualización y homogenización de los informes técnicos en materia de
responsabilidad patrimonial:
Objetivo: Optimizar la
calidad de los informes técnicos e introducir mecanismos para reducir el tiempo
de respuesta mediante la actualización de su estructura, requisitos de
contenido, cálculo de la tasa de concordancia de las conclusiones con la
resolución y, en su caso, sentencia judicial recaída y supervisión del circuito
de tramitación interna.
1.2.4. Programa de
actualización y supervisión en materia de reintegro de gastos:
Objetivo: Mejorar la
calidad y tiempo de respuesta de los informes técnicos en materia de reintegro
de gastos, mediante la definición de criterios y rediseño de los circuitos de
tramitación interna.
1.2.5. Programa de análisis
de los expedientes sancionadores instruidos al personal de la Administración
Sanitaria de la Comunidad de Madrid:
Objetivo: Analizar y
valorar los expedientes disciplinarios instruidos, incluyendo el cálculo de las
tasas de concordancia de las propuestas con las resoluciones recaídas y, en su
caso, sentencias judiciales, introduciendo los mecanismos de mejora que
procedan.
1.3. Plan
Parcial de Evaluación Sanitaria
1.3.1. Programa de
auditoria hospitalaria:
Objetivos:
-
Cumplimiento de los objetivos de calidad y atención al paciente, en los
centros, servicios y establecimientos sanitarios de gestión directa.
-
Cumplimiento de los objetivos contemplados en el Plan de Auditorias de Centros
Servicios y Establecimientos Sanitarios de Gestión Indirecta, incluida la
validación de la actividad asistencial intercentros susceptibles de ser
facturada, tanto la realizada en hospitales del Servicio Madrileño de Salud a
la población asignada a los hospitales concesionados, como la asistencia que
estos últimos han prestado a la población protegida que no es de su ámbito
geográfico.
1.3.2. Programa de análisis de
derivaciones:
Objetivos:
- Evaluar la
necesidad de derivación a centros concertados de los procedimientos quirúrgicos
más significativos por su volumen o por su complejidad y verificar, tras su
realización, la existencia de complicaciones posquirúrgicas y su tratamiento.
- Evaluar la
necesidad de derivación a centros concertados de los procedimientos
diagnósticos más significativos, bien por volumen o por complejidad y verificar
que el resultado responde a los estándares de calidad y fiabilidad requeridos.
1.4. Plan Parcial de Inspección y Ordenación Farmacéutica
1.4.1. Programa de garantía
de las instalaciones de las oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y
servicios de farmacia:
Objetivo: Verificar, con
carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que las
instalaciones propuestas para oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y
servicios de farmacia, reúnen los requisitos estructurales, dotación de las
instalaciones, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes
para la realización de la actividad sanitaria que normativamente tienen
asignada, con las debidas garantías para los usuarios.
1.4.2. Programa de control y seguimiento
de la prescripción de los facultativos médicos del Servicio Madrileño de Salud
y otros médicos autorizados a prescribir en receta oficial:
Objetivos:
- Análisis y
seguimiento de la prescripción de los médicos del SERMAS en base a sus altos
índices de prescripción y/o su distribución y, en general, a cualquier
incidencia que aconseje realizar actuaciones.
- Análisis
de la prescripción realizada por otros médicos autorizados a prescribir en
receta oficial y distribución de la prestación por oficinas de farmacia.
Detección de posibles abusos.
1.4.3. Programa de seguimiento del acceso
de pacientes crónicos a la prestación farmacéutica:
Objetivos:
- Comprobar
que el acceso de pacientes institucionalizados a la prestación farmacéutica en
todos sus niveles se realiza siguiendo criterios de transparencia, calidad y
eficacia.
- Comprobar
que el acceso de pacientes con patologías crónicas a la prestación farmacéutica
en todos sus niveles se realiza siguiendo criterios de transparencia, calidad y
eficacia.
1.4.4. Programa de seguimiento de la
utilización fraudulenta de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud para
obtener medicamentos con fines no terapéuticos:
Objetivos:
- Detectar
la utilización fraudulenta de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud
para obtener medicamentos susceptibles de desviación hacia usos no
terapéuticos.
- Comprobar
la correcta prescripción y dispensación de estupefacientes en todos los niveles
asistenciales del ámbito del SERMAS, así como que las medidas de control y
custodia se adecuan a la normativa vigente.
1.4.5. Programa de control y seguimiento
de la dispensación y facturación de las oficinas de farmacia a la Consejería de
Sanidad:
Objetivos:
- Detección
y análisis de las oficinas de farmacia con significadas desviaciones
individuales de los incrementos intermensuales en facturación de recetas.
- Detección
y análisis de casos en los que de manera continuada coexiste la prescripción y
dispensación de recetas tradicionales y electrónicas.
-
Seguimiento de la dispensación y facturación de medicamentos sobre los que la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios haya emitido notas de
seguridad.
- Detección
de desviaciones en la dispensación y facturación del SERMAS a través de la
utilización irregular de las aplicaciones y herramientas informáticas
implantadas.
1.4.6. Programa de evaluación de la
implantación de la receta electrónica en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
- Análisis y
seguimiento de la prescripción en receta electrónica de los médicos del SERMAS.
Detección de errores de prescripción y desviaciones en la dispensación.
- Análisis y
comprobación de los incrementos de facturación en receta electrónica.
1.4.7. Programa de identificación de
incidencias en la cartera de servicios comunes de la prestación farmacéutica:
Objetivos:
- Detección
de los puntos críticos que propician las solicitudes de reintegro de gastos en
materia farmacéutica por parte de los usuarios del SNS.
- Análisis y
resolución de reclamaciones de usuarios en relación con la prestación
farmacéutica.
1.4.8. Programa de evaluación del funcionamiento
y calidad del servicio de las oficinas de farmacia:
Objetivos:
- Evaluar el
funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia
de la Comunidad de Madrid.
- Detectar
las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación con la
atención prestada en las oficinas de farmacia.
- Verificar
la estructura, utillaje y procedimientos para la elaboración de fórmulas
magistrales en las oficinas de farmacia.
1.4.9. Programa de control de la
dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia:
Objetivos:
- Verificar
que la dispensación de medicamentos de especial control médico, estupefacientes
y medicamentos susceptibles de desviación se realice en el marco de la
normativa de aplicación.
- Realizar
actuaciones preventivas de posibles problemas en el suministro de medicamentos
susceptibles de distribución inversa, cuyo desabastecimiento pueda tener
repercusión asistencial para los pacientes, verificando que su dispensación se
realiza en el marco de la normativa de aplicación.
1.4.10. Programa de control de la venta de
medicamentos por Internet:
Objetivo: Verificar el
cumplimiento de la normativa de aplicación en la venta a distancia de
medicamentos.
1.4.11. Programa de control de mercado,
distribución y utilización de medicamentos de uso humano:
Objetivos:
- Controlar
la calidad de los medicamentos de uso humano a lo largo de la cadena de
utilización para verificar el mantenimiento de las características desde su
fabricación.
- Controlar
que las condiciones de almacenamiento, conservación, transporte y entrega al
destinatario de medicamentos de uso humano por parte de los almacenes
farmacéuticos de distribución se realiza de acuerdo a la normativa vigente.
- Verificar
el cumplimiento de buenas prácticas de distribución de medicamentos de uso
humano.
1.4.12. Programa de control de
medicamentos veterinarios:
Objetivos:
- Supervisar
la calidad de los medicamentos veterinarios para verificar el mantenimiento de
sus especificaciones desde su fabricación.
- Control de
la distribución, almacenamiento y trazabilidad de medicamentos veterinarios de
acuerdo a las exigencias contempladas en la legislación.
- Control de
la dispensación de medicamentos veterinarios de uso hospitalario,
estupefacientes, envases clínicos y procedimiento de suministro a clínicas y
hospitales veterinarios.
- Control de
los gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario y sus depósitos,
así como seguimiento de la utilización de medicamentos en los botiquines
veterinarios, supervisión de la prescripción excepcional, a fin de evitar
desviaciones a usos no autorizados de medicamentos humanos a veterinaria.
-
Participación en los programas nacionales de recogida y evaluación de
notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos veterinarios.
- Control de
la publicidad de medicamentos veterinarios, verificando su adecuada promoción
así como el control de páginas web.
- Control de
medicamentos extranjeros y su comunicación por vacío terapéutico.
1.4.13. Programa de control de
medicamentos ilegales y falsificados:
Objetivos:
- Detectar
la comercialización de medicamentos no evaluados por la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios que podrían suponer un riesgo para la salud
de la población por su uso individual y/o concomitante con otros medicamentos.
- Detectar
la comercialización de medicamentos falsificados.
1.4.14. Programa de control de la
fabricación, importación y distribución de productos sanitarios y cosméticos:
Objetivos:
- Supervisar
la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar el
mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.
- Supervisar
el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los productos
sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en la
legislación.
- Supervisar
que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos
previstos en la legislación vigente referentes a instalaciones, personal y
medios, así como las normas mínimas de funcionamiento, previo a la concesión de
su autorización sanitaria.
1.4.15. Programa de control de la visita
médica y de inspección de la publicidad de medicamentos realizada en congresos
científicos:
Objetivos:
- Supervisar
que la visita médica para información y promoción de medicamentos en los
centros y servicios de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública de la
Comunidad de Madrid se realiza respetándose las actividades de carácter
asistencial, formativo y docente de los profesionales sanitarios.
- Verificar
que la publicidad de medicamentos en sus diferentes modalidades difundida en
los congresos médicos y en particular la hospitalidad ofrecida en los mismos,
se dirijan a profesionales facultados para prescribirlos o dispensarlos y
cumplan con el resto de las exigencias legales establecidas.
1.4.16. Programa de inspección y control
de la publicidad de medicamentos y productos sanitarios y otros productos con
pretendida finalidad sanitaria y de la publicidad de centros:
Objetivos:
- Vigilar
que la publicidad de medicamentos dirigida a profesionales sea objetiva, veraz
y cumpla con las exigencias legales establecidas, en todas sus modalidades.
- Evaluar
los mensajes sanitarios dirigidos al público que pudieran contener publicidad
de medicamentos.
- Garantizar
que la información contenida en los mensajes publicitarios de productos
sanitarios es objetiva, veraz y cumple con las exigencias legales establecidas.
- Verificar
que la publicidad médico-sanitaria ofertada en los centros sanitarios de la
Comunidad de Madrid se ajusta a las tipologías y oferta asistencial que tienen
autorizada, así como que la publicidad o promoción de productos, materias,
sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria, se ajustan a
criterios de veracidad en lo que atañe a la salud y para limitar todo aquello
que pueda constituir un perjuicio para la misma.
1.4.17. Programa de inspección de
cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la investigación
con medicamentos:
Objetivos:
- Verificar
el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de BPC en el desarrollo
de la investigación con medicamentos para garantizar la protección de los
derechos, la seguridad y el bienestar de los pacientes participantes.
- Verificar
el cumplimiento de la legislación vigente y correcto funcionamiento de los
Comités Éticos de Investigación Clínica acreditados en el ámbito de la
Comunidad de Madrid.
- Verificar
el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para la
certificación de unidades de fase I de investigación clínica en el ámbito de la
Comunidad de Madrid.
1.4.18. Programa de inspección de
cumplimiento de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) en estudios no clínicos:
Objetivos:
- Verificar
el cumplimiento de normas BPL en los laboratorios que realizan estudios no
clínicos.
- Verificar
que dichos estudios han sido realizados conforme a la normativa BPL.
1.4.19. Programa de control y seguimiento
de alertas farmacéuticas:
Objetivos:
-
Seguimiento de las retiradas y otras medidas adoptadas a través de alertas
farmacéuticas generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios.
- Verificar
que las empresas implicadas en un mayor número de alertas farmacéuticas,
disponen de procedimientos adecuados que les permitan adoptarlas medidas
oportunas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para la salud
de la población en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal
de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos u otros productos que por sus
características se transmitan como alerta farmacéutica.
1.4.20. Programa de inspección y control
de denuncias y reclamaciones en relación con riesgos sanitarios por
incumplimiento de la legislación en materia de productos sanitarios y cosméticos:
Objetivo: Verificar los
hechos denunciados en relación con los requisitos establecidos en la
legislación vigente, relacionados con establecimientos de venta con adaptación
individualizada, y comercialización de los productos sanitarios y cosméticos.
2. Plan de Inspección de la Dirección
General de Salud Pública
2.1. Plan Parcial de Inspección Sanidad Ambiental 2016
Objetivo general:
Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales y aspectos de
salud laboral en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los
ciudadanos.
2.1.1. Programa de intervención y
evaluación sobre riesgos ambientales en salud:
Objetivos:
- Prevenir
los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la
verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de
muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques
acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.
- Prevenir
el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el
cumplimiento de la normativa Europea en las empresas de productos químicos de
la Comunidad de Madrid (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos
(REACH); materiales en contacto con alimentos; biocidas y consumidor final:
Detergentes, pinturas, etcétera.
- Gestionar
las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a
establecimientos, empresas, instalaciones y productos.
- Evaluar el
impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de
la Ley 2/2012, de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid. ()
-
Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de
sanidad ambiental.
- Colaborar,
con la Administración competente, en la promoción de estrategias de lucha
antivectorial y la implantación de programas de control de plagas en municipios
de menos de 10.000 habitantes.
2.1.2. Programa de vigilancia del polen y
otros determinantes ambientales físicos y químicos con efecto en salud:
Objetivos:
- Vigilar la
concentración de polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus
niveles, por medio de captadores distribuidos por la región, difundiendo la
información polínica a la población general, de riesgo y a los profesionales
sanitarios.
- Vigilancia
de la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la
población en los siguientes ámbitos:
§
Contaminación atmosférica (ozono, NO2 y otros contaminantes) con la finalidad
de mantener informado al sistema sanitario y sociosanitario.
§
Extremos térmicos dentro del Plan de Alerta y Prevención de los Efectos del
Calor en la Comunidad de Madrid.
§ Campos
electromagnéticos: Estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras
eléctricas.
- Análisis
espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de
Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.
2.1.3. Programa de
vigilancia, intervención y evaluación sobre zoonosis y otros riesgos
biológicos:
Objetivo: Prevenir los
riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes
biológicos mediante la vigilancia, el control y la toma de muestras en
vectores, animales domésticos y fauna silvestre, de: Leishmaniosis,
hidatidosis-echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales zoonóticos,
etcétera.
2.1.4. Programa de gestión
de autorizaciones y registros de empresas y establecimientos en el ámbito de la
salud pública:
Objetivos:
Dar cumplimiento al marco
normativo nacional y autonómico existente sobre las siguientes autorizaciones y
registros sanitarios:
- Empresas y
establecimientos alimentarios.
-
Establecimientos y servicios biocidas.
-
Laboratorios de análisis de alimentos.
-
Establecimientos de adorno corporal.
- Centros de
bronceado mediante radiaciones UVA.
- Entidades
de formación de aplicadores de biocidas, técnicas de adorno corporal y
radicaciones UVA.
Dar respuesta a las
demandas de información acerca de las instalaciones de centros y de
establecimientos en salud pública.
2.1.5. Programa de
vigilancia e intervención en autorizaciones y registros de empresas y
establecimientos en el ámbito de la salud pública:
Objetivos:
-
Supervisión técnica documental, inspección y control de los establecimientos y
servicios biocidas así como de las entidades de formación.
- Verificar
el cumplimiento normativo de los laboratorios de análisis de productos
alimenticios y aguas de consumo mediante la supervisión técnica documental e
inspección y auditoria.
- Prevenir
los riesgos en salud pública verificando el cumplimiento de la normativa
sanitaria de los establecimientos de tatuaje, micropigmentación, piercing y centros
de bronceado que utilizan rayos ultravioleta a través de auditorías
documentales e inspecciones, incluyendo sus centros de formación.
2.1.6. Programa de salud
laboral:
Objetivos:
- Mejorar el
conocimiento de los problemas de salud laboral y de exposición a riesgos de la
población trabajadora de la Comunidad de Madrid.
-
Proporcionar información de carácter sanitario para promover la mejora de la
salud en el ámbito laboral.
- Verificar
que los servicios de prevención ajenos, sociedades de prevención y entidades
auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos previstos en la
legislación vigente para obtener su acreditación por la autoridad laboral.
- Vigilar,
analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios para prevenir
accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.
- Registro y
seguimiento de la salud de la población laboral expuesta a amianto.
- Atender a
demandas de información y asesoramiento en materia de salud laboral a
instituciones, empresas, sociedades científicas, agentes sociales y población
trabajadora de la Comunidad de Madrid.
2.1.7. Programa de control
de actividades y empresas funerarias:
Objetivos:
- Verificar
las condiciones higiénico-sanitarias en los traslados de cadáveres.
- Comprobar
el cumplimiento de las condiciones funcionales y estructurales fijadas
normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.
- Supervisar
las condiciones higiénicas en exhumaciones de cadáveres.
- Comprobar
el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones
higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y
empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con
competencias en la materia.
2.2. Plan de Inspección 2016 de la Subdirección de Actuación en
Adicciones
Objetivo general:
Desarrollar todas las acciones dentro del marco competencial de la Subdirección
General de Actuación en Adicciones de la Dirección General de Salud Pública en
el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para favorecer la plena
aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros
Trastornos Adictivos, tanto en las actividades desarrolladas a través de los
centros y servicios de prevención, asistencia e integración de
drogodependientes, como en lo referente a la publicidad, venta, distribución y
consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.
2.2.1. Programa de
inspección de centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de
drogodependientes:
Objetivos:
- Comprobar
que los centros y servicios desarrollan actividad en drogodependencias en la
Comunidad de Madrid, cumplen los requisitos establecidos en la normativa
vigente.
- Comprobar
el cumplimiento de los convenios y contratos suscritos por la Subdirección de
Actuación en Adicciones con centros y servicios de prevención, asistencia y
reinserción de drogodependientes.
2.2.2. Programa de
inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco
establecido en la normativa vigente, en centros y establecimientos comerciales:
Objetivos:
-
Inspeccionar los establecimientos de la Comunidad de Madrid, que son objeto de
denuncia o reclamación.
- Verificar
que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se
limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
- Comprobar
el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente
respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco
a los menores de dieciocho años.
- Verificar
la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de
tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre
restringido su consumo.
2.2.3. Programa de
inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco
establecido en la normativa vigente, en espectáculos públicos y actividades
recreativas o de ocio, locales e instalaciones:
Objetivos:
-
Inspeccionar los citados establecimientos de la Comunidad de Madrid que son
objeto de denuncia o reclamación.
- Verificar
que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se
limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
- Comprobar
el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente
respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco
a los menores de dieciocho años.
- Verificar
la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de
tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre
restringido su consumo.
- Verificar
el cumplimiento de la normativa vigente en la instalación y funcionamiento de
máquinas de tabaco.
2.2.4. Programa de
inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento
de Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo
y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los
Productos del Tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, y la
Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos,
y del cumplimiento de la normativa vigente en la promoción y publicidad de
alcohol y tabaco:
Objetivos:
- Verificar
los hechos denunciados en relación con la prohibición expresa de venta,
suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en aquellos lugares donde
la normativa vigente lo prohíba expresamente.
- Verificar
el cumplimiento de los actos de promoción y publicidad sobre las limitaciones a
la venta, consumo y suministro de alcohol y tabaco.
- Comprobar
el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación entre las
empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y tabaco.
- Verificar
el cumplimiento de la legislación vigente en materia de publicidad de tabaco y
bebidas alcohólicas.
2.2.5. Programa de
inspección y control en el ámbito de las Administraciones Públicas:
Objetivo: Verificar el
cumplimiento de la normativa vigente sobre tenencia, venta y consumo de alcohol
y tabaco en el ámbito de las Administraciones Públicas sitas en la Comunidad de
Madrid.
2.2.6. Programa de inspección
y control de centros sanitarios:
Objetivos:
- Verificar
el cumplimiento de la prohibición de consumo de tabaco en los centros
sanitarios y sus dependencias.
- Comprobar
el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información
sobre la prohibición de consumo de tabaco y bebidas alcohólicas en los centros
de trabajo y sus dependencias.
2.2.7. Programa de
inspección y control de centros docentes, universitarios, formativos, áreas
deportivas y polideportivos:
Objetivos:
- Verificar
la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y
tabaco en los centros educativos de enseñanza infantil, primaria, secundaria,
especial y polideportiva, así como en la enseñanza universitaria.
- Verificar
la aplicación de la legislación vigente en materia de promoción, consumo, venta
y suministro de tabaco y alcohol en el entorno de los citados centros.
2.2.8. Programa de
inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo y venta de alcohol y
tabaco establecido en la normativa vigente, en establecimientos de hostelería:
Objetivos:
-
Inspeccionar los establecimientos de hostelería de la Comunidad de Madrid, que
son objeto de denuncia o reclamación.
- Verificar
que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se
limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
- Comprobar
el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente
respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco
a los menores de dieciocho años.
- Verificar
la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de
tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre
restringido su consumo.
2.3. Plan Parcial de Inspección Calidad Alimentaria 2016
2.3.1. Programa de control
de la calidad alimentaria de los productos alimenticios producidos y/o
comercializados en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
-
Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios, la prevención del fraude
y la protección del consumidor en el ámbito alimentario, mediante la vigilancia
y control de establecimientos y productos verificando su identidad, peso,
composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas fases de la cadena
alimentaria.
-Analizar e
inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de distribución y venta de
productos alimenticios para prevenir el fraude, adoptando las medidas
necesarias en caso de incumplimientos.
2.3.2. Programa de control
de la publicidad engañosa de los productos alimenticios producidos y/o
comercializados en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
- Vigilar y
controlar las indicaciones obligatorias y los mensajes nutricionales y de
propiedades saludables incluidos en el etiquetado de los alimentos para
asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz.
- Vigilar y
controlar la publicidad relacionada con propiedades nutricionales y saludables
de los alimentos evitando situaciones de engaño a los consumidores.
- Control
específico de la publicidad engañosa de los llamados ¿productos milagro¿ en
etiquetado, páginas web y otras publicaciones.
2.4. Plan Parcial de Inspección en Higiene y Seguridad
Alimentaria-2016
Objetivo general: Prevenir
las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las personas
a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria y garantizar la
calidad alimentaria a través del control oficial de establecimientos
alimentarios y alimentos.
2.4.1. Programa de
inspección y apoyo al control oficial:
Objetivos:
- Realizar
inspecciones de los establecimientos alimentarios y de las empresas de
transporte de alimentos en base a criterios de riesgo.
- Realizar
inspecciones de seguimiento de los incumplimientos detectados en los
establecimientos alimentarios.
- Realizar
inspecciones para la inscripción y/o autorización en el Registro Sanitario de
Empresas y Establecimientos Alimentarios.
- Realizar
inspecciones ante los brotes de toxiinfección alimentaria y denuncias en
materia de seguridad alimentaria.
2.4.2. Programa de
implantación de sistemas de autocontrol
Objetivos:
- Verificar
a través de auditorías que los establecimientos alimentarios garantizan la
higiene de los productos alimenticios comercializados mediante la implantación
de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC.
- Evaluar
los sistemas de seguridad alimentaria propuestos por asociaciones sectoriales,
entidades y empresas de las que dependen colectivos de establecimientos
alimentarios.
- Fomentar
la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC
en las pequeñas empresas siguiendo criterios de flexibilidad.
2.4.3. Programa de control
de la información y la composición alimentaria:
Objetivos:
- Mejorar el
cumplimiento de la legislación a fin de que los productos alimenticios
destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la información
de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.
- Reducir la
aparición de riesgos derivados de una incorrecta información de alimentos
entregados al consumidor final.
- Reducir la
aparición de riesgos derivados del uso incorrecto de ingredientes tecnológicos
presentes en los alimentos, de tratamientos de irradiación no autorizados y de
OMG no autorizados o declarados en el etiquetado.
- Reducir la
aparición de riesgos vinculados a la presencia de gluten y de alérgenos no
declarados en los alimentos de acuerdo con la normativa vigente.
- Reducir la
aparición de riesgos para la salud de las personas vinculados al consumo de complementos
alimenticios y de productos destinados a una alimentación especial.
2.4.4. Programa de gestión
de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
- Reducir la
aparición de riesgos para salud de las personas mediante la retirada del mercado
de los alimentos en los que se hayan detectado peligros.
- Gestionar
e inspección con motivo de las alertas alimentarias activadas en España a
través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información.
- Coordinar
las actuaciones ante alertas alimentarias con los Servicios de Inspección del
Ayuntamiento de Madrid, los Servicios de Salud Pública de las áreas y otros
puntos de contacto.
- Actuar
ante las notificaciones de expedientes del Sistema Rápido de Alertas en
Alimentos y Piensos trasladados por la Comisión Europea.
2.4.5. Programa de
vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos:
Objetivos:
-
Identificar los peligros priorizados de naturaleza biológica mediante muestreos
y análisis programados: Patógenos zoonóticos, incluidas sus resistencias
antimicrobianas y criterios microbiológicos.
-
Identificar los peligros priorizados de naturaleza química mediante muestreos y
análisis programados: Contaminantes alimentarios, residuos de plaguicidas,
residuos de medicamentos veterinarios y migraciones de materiales en contacto
con alimentos.
-
Identificar el agente causal de los brotes de origen alimentario que se
declaran en la Comunidad de Madrid, mediante los muestreos y análisis
practicados por los servicios oficiales en el curso de las investigaciones
epidemiológicas.
- Muestreo
para determinación de la composición de alimentos y verificación del etiquetado
nutricional.
- Actuar
ante los incumplimientos analíticos obtenidos en los muestreos programados:
Retiradas de mercado, propuesta de inicio de expediente sancionador o nueva
toma de muestras y comunicaciones.
- Activar el
Plan de Sospechosos en los Mataderos de la Comunidad de Madrid ante
notificaciones de explotaciones ganaderas recibidas a través del Sistema Coordinado
de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).
2.4.6. Programa de control
oficial de mataderos:
Objetivos:
- Garantizar
la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante-mortem e
inspección posmortem de los animales destinados a consumo humano.
- Verificar
que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación aplicable
en relación con el estado de limpieza de los animales, la documentación de
traslado de animales e información sobre cadena alimentaria, el estado de salud
de los animales y su identificación.
- Controlar
los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en el sacrificio.
- Verificar
que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado
de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena
alimentaria.
- Verificar
que la técnica para las investigaciones de trichinella se efectúa acorde con
los criterios establecidos en la normativa.
2.4.7. Programa de control
oficial de establecimientos de manipulación de caza silvestre y salas de
tratamiento de reses de lidia:
Objetivos:
- Garantizar
la obtención higiénica de la carne mediante la inspección posmortem de los
animales destinados a consumo humano.
- Verificar
que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado
de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena
alimentaria.
2.4.8. Programa de control
de requisitos de salud pública para la exportación de alimentos:
Objetivos:
- Verificar
el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos por las autoridades
sanitarias de países terceros a los alimentos exportados desde empresas de la
Comunidad de Madrid.
- Gestionar
las solicitudes de autorización de establecimientos para exportación de productos
alimentarios a países terceros.
- Gestionar
las demandas externas relacionadas con la exportación de alimentos.
- Emitir
certificados sanitarios de exportación que acompañan a los alimentos.
- Emitir
certificados de libre venta.
2.4.9. Programa de
auditoría de los sistemas de control en seguridad alimentaria:
Objetivo:
- Verificar
mediante auditoría que el sistema de control oficial en materia de seguridad
alimentaria es adecuado para alcanzar los objetivos de la legislación
pertinente.