ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2015, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
EMPLEO Y HACIENDA, POR LA QUE SE DELEGAN LAS FUNCIONES CORRESPONDIENTES A LA
PRESIDENCIA DEL CONSORCIO URBANÍSTICO "LEGANÉS TECNOLÓGICO ".
ORDEN de 23 de diciembre de 2015, de la Consejera de
Economía, Empleo y Hacienda, por la que se delegan las funciones
correspondientes a la Presidencia del Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico ". ()
.
La Comunidad de Madrid, por
medio del extinto Instituto Madrileño de Desarrollo (IMADE), y el Ayuntamiento
de Leganés constituyeron, mediante escritura pública de 20 de diciembre de 1999,
el Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico", para el desarrollo y gestión del área industrial contenida en el
PAU 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés y operaciones
complementarias y anexas en el término municipal de Leganés.
El artículo 7 de los
Estatutos del Consorcio establece que el cargo de Presidente del Consejo de
Administración del mismo lo ejercerá el Presidente del IMADE, o persona en
quien delegue.
La Ley 9/2010, de 23 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector
Público de la Comunidad de Madrid, prevé en su artículo 18 la extinción del
IMADE, Entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 2.2.c).2 de
la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de
la Comunidad de Madrid, y la integración del conjunto de los bienes, derechos y
obligaciones resultantes de su extinción en la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo expuesto, y
conforme a lo establecido en la disposición transitoria sexta de la Ley 9/2010,
de 23 de diciembre, y lo regulado en el Decreto 89/2010, de 23 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, de adecuación de la estructura de la Comunidad de
Madrid a las medidas de racionalización del Sector Público autonómico, la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda,
se subroga por sucesión legal como destinataria de los bienes, derechos y
obligaciones del IMADE en su condición de miembro del Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico".
De conformidad con todo lo
anterior, corresponde al titular de la Consejería de Economía, Empleo y
Hacienda, la Presidencia del citado Consorcio, habilitándole el artículo 7 de
sus Estatutos a delegar las correspondientes funciones.
Atendiendo a la naturaleza
urbanística del Consorcio y a la designación de vocales en el citado Consejo de
Administración, se ha considerado conveniente delegar las funciones de la
Presidencia del Consorcio en un representante de la Consejería competente en
materia de urbanismo y ordenación del territorio.
En uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 7 de los Estatutos y por el artículo 52 de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común,
DISPONGO
Primero
Delegar en el titular de la
Viceconsejería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio
las funciones correspondientes a la Presidencia del Consorcio Urbanístico "Leganés Tecnológico".
Segundo
La presente Orden surtirá
efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.