Acuerdo de 21 de julio de 2015, de la Mesa de la Diputación Permanente
de la Asamblea, sobre programación de las líneas generales de actuación de la
Asamblea de Madrid para la X Legislatura. ()
▼
DEROGADA. Vigencia temporal para la X Legislatura.
La Mesa de la Diputación Permanente de la
Asamblea, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2015, de acuerdo con la
Junta de Portavoces, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49.1b) y 61.1g)
del Reglamento de la Asamblea, ha acordado fijar las siguientes líneas
generales de actuación de la Cámara:
Primero.
Con carácter general y salvo
circunstancias imprevistas, las sesiones de la Mesa tendrán lugar,
semanalmente, los lunes a las 12:30 horas, reuniéndose la Junta de Portavoces
el martes a las 10:15 horas.
Segundo.
Las sesiones ordinarias del Pleno se
celebrarán los jueves a las 10:00 horas, suspendiéndose la sesión a la
finalización del punto del Orden del Día más próximo a las 14:30 horas y
reanudándose a las 16:00 horas.
Tercero.
En el Orden del Día de la correspondiente
sesión de la Mesa y de la Junta de Portavoces podrán incluirse aquellos asuntos
que hubieran tenido entrada en la Asamblea antes de las 12:00 horas del jueves
precedente a la correspondiente sesión.
En dicho Orden del Día podrán incluirse
las preguntas orales y las iniciativas del Gobierno aprobadas en el último
Consejo de Gobierno que hayan tenido entrada en el Registro de la Cámara antes
de las 12:00 horas del viernes precedente a la reunión de la Mesa que haya de
calificarlas.
A los efectos de lo previsto en el
apartado primero, la Secretaría General enviará la documentación
correspondiente, salvo las preguntas orales y las referidas iniciativas del
Gobierno que se formalicen el viernes, antes de las 18:00 horas del jueves
precedente a la reunión de la Mesa.
Estos plazos no serán de aplicación a
aquellas iniciativas para las que el Reglamento de la Asamblea prevea un plazo
específico de presentación, ni a los asuntos de índole administrativa o institucional.
Cuarto.
El Orden del Día de las sesiones plenarias
ordinarias se considerará definitivamente fijado en la sesión de la Mesa y de
la Junta de Portavoces que se celebre en la semana precedente a aquélla en la
que la sesión plenaria ordinaria haya de tener lugar, a excepción de las
preguntas de contestación oral en Pleno, cuya inclusión en el Orden del Día
correspondiente podrá ser dispuesta en la sesión de la Mesa y de la Junta de
Portavoces que se celebre en la misma semana en que haya de tener lugar la
sesión plenaria ordinaria correspondiente.
Quinto.
Los Grupos Parlamentarios podrán
solicitar, hasta las 11:00 horas del lunes de cada semana en que haya sesión
plenaria, la sustitución de una sola pregunta por Grupo Parlamentario, exceptuándose
aquellas dirigidas a la Presidenta del Gobierno. Dicha sustitución se ajustará
al siguiente procedimiento:
a) La solicitud especificará la pregunta
sustituida y el texto de la nueva pregunta, que sólo podrá referirse a hechos o
circunstancias de especial actualidad o urgencia que no hayan podido ser objeto
de pregunta en los plazos ordinarios.
b) La petición de sustitución será
inmediatamente remitida al Gobierno, para su conocimiento.
c) La Mesa de la Cámara comprobará el
cumplimiento de los requisitos establecidos para la sustitución.
d) La Junta de Portavoces, en su reunión
previa a la sesión plenaria, podrá acordar la sustitución solicitada.
Sexto. ()
Sin perjuicio de las alteraciones que, en
su caso, pueda acordar el Pleno, el orden que los distintos asuntos ocuparán en
el Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias será el siguiente:
Cuestiones preliminares:
- Alteraciones en el Orden del Día.
- Promesa o juramento de acatamiento a la
Constitución Española y al Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid por
parte de Diputados electos que, en su caso, se integren en la Asamblea durante
el transcurso de la Legislatura.
- Declaraciones institucionales.
- Elección de miembros de Mesa como
consecuencia de vacante.
Iniciativas Parlamentarias:
- Preguntas de respuesta oral en Pleno: al
Presidente de la Comunidad y al Gobierno.
- Toma en consideración de Proposiciones
de Ley.
- Acuerdo de tramitación en lectura única
de Proyectos y Proposiciones de Ley.
- Tramitación en lectura única de
Proyectos y Proposiciones de Ley.
- Debates de totalidad de Proyectos de
Ley.
- Dictámenes de Comisión.
- Interpelaciones.
- Comparecencias (artículo 208 RAM)
- Mociones.
- Proposiciones no de Ley.
- Consideración del Pleno sobre uso de una
delegación legislativa.
- Debates de ratificación de convenios y
acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas.
- Votaciones de propuestas de Resolución
de Planes y Programas (artículo 215.2 RAM).
- Comunicaciones de Gobierno con votación
de propuestas de resolución.
- Acuerdos sobre recursos de
inconstitucionalidad.
- Propuesta de creación de Comisión de
Estudio.
- Comunicación de sustitución o delegación
del Presidente de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- Informe anual de peticiones.
- Informe de la Diputación Permanente.
- Informe sobre el cumplimiento del
Presupuesto de la Asamblea de Madrid.
- Designación de miembros en la Diputación
Permanente.
- Designación de Senadores.
- Designación, elección o nombramiento en
Consejos u otros organismos.
- Nombramiento de candidatos a Magistrados
del Tribunal Constitucional.
- Propuesta de inclusión en el régimen de
municipios de Gran Población.
Séptimo.
A los efectos de lo previsto en el apartado
cuarto de esta norma se establece el siguiente cupo general de Preguntas de
Contestación Oral en Pleno susceptibles de ser incluidas en el Orden del Día de
la sesión plenaria ordinaria correspondiente, en función del Grupo
Parlamentario al que pertenezca el autor de la iniciativa:
a) Grupo Parlamentario Popular: 4 PCOP
b) Grupo Parlamentario Socialista: 4 PCOP
c) Grupo Parlamentario Podemos Comunidad
de Madrid: 3 PCOP
d) Grupo Parlamentario de Ciudadanos: 2
PCOP
El cupo a que se refiere el párrafo anterior
se entiende con independencia de las preguntas dirigidas a la Presidenta de la
Comunidad.
La tramitación consecutiva de las
preguntas de respuesta oral en Pleno, a contestar por el Gobierno, se llevará a
término, siguiendo el orden de prelación de las Consejerías, pudiendo ser alterado
por la Junta de Portavoces previa petición del Consejo de Gobierno o de un
Grupo Parlamentario.
Octavo.
Con independencia de lo dispuesto en el
apartado sexto de este Acuerdo, para cada sesión plenaria, incluidas las
Mociones consecuencia de Interpelación, se establece el siguiente cupo de
iniciativas:
a) Grupo Parlamentario Popular: 3
b) Grupo Parlamentario Socialista: 3
c) Grupo Parlamentario Podemos Comunidad
de Madrid: 2
d) Grupo Parlamentario de Ciudadanos: 2
En este cupo no se consideran incluidas las
iniciativas del Consejo de Gobierno.