RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2015, de la Dirección General
de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se revoca la
delegación de competencias en materia de gestión de personal. ()
Por Resolución de 17 de
marzo de 2005 () (Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid de 7 de abril de 2005), la Dirección General
de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad, al amparo del artículo 13 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acordó delegar competencias
en materia de gestión de personal en los Directores Gerentes de Atención
Primaria, Especializada y SUMMA 112, encontrándose entre las mismas el
nombramiento de personal estatutario temporal.
El apartado 6 del artículo
13 de la Ley 30/1992 determina que la delegación de competencias será revocable
en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y su apartado 3
determina que dicha revocación deberá publicarse en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Con el objeto de dar un
tratamiento homogéneo, en cuanto al nombramiento de personal estatutario
interino en los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud y
razones de índole técnica, hacen conveniente revocar esta competencia a fin de
llevar a cabo una mayor coordinación sobre esta materia en el Servicio de Salud
de la Comunidad de Madrid.
Por ello, esta Dirección General de
Recursos Humanos, en virtud de las competencias que tiene atribuidas en el
artículo 10 del Decreto 23/2014, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, y al
amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992,
RESUELVE
Primero
Revocar la competencia delegada en los
Directores-Gerentes de Atención Especializada, Atención Primaria y SUMMA 112,
en cuanto a los nombramientos estatutarios interinos, regulados en el artículo
9.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud.
Segundo
La presente Resolución
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.