▼No Vigente. Vigencia temporal para el curso escolar 2015-2016
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DETERMINAN LOS PLAZOS DE LOS
PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA EL CURSO 2015-2016 EN LAS
ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2015, de la Dirección General
de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen
Especial, por la que se determinan los plazos de los procedimientos de acceso,
admisión y matrícula para el curso 2015-2016 en las escuelas oficiales de
idiomas de la Comunidad de Madrid. ()
El Decreto 31/2007, de 14
de junio, de enseñanzas de idiomas de régimen especial, establece que
corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte regular el proceso
de admisión y matriculación de alumnos en las escuelas oficiales de idiomas de
la Comunidad de Madrid. Establece, asimismo, la competencia de esta Consejería
para regular las pruebas de certificación de los niveles de los idiomas que se
imparten en las escuelas oficiales de la Comunidad de Madrid.
Las Órdenes 1798/2008, de 7
de abril, y 2318/2008, de 29 de abril, regulan, respectivamente, para la
Comunidad de Madrid la evaluación y las características de la prueba de
certificación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Con el fin de hacer
públicos los plazos de los procedimientos de acceso, admisión y matrícula en
centros públicos que imparten las citadas enseñanzas, así como los
procedimientos de admisión y matrícula para la realización de la prueba de
clasificación y de las pruebas de certificación de idiomas, y en virtud de las
competencias atribuidas a esta Dirección General por el Decreto 126/2012, de 25
de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
RESUELVO
Primero .- Admisión
y matriculación en las enseñanzas presenciales de idiomas
1. Plazos de presentación
de la solicitud de admisión como alumno de nuevo ingreso: Los solicitantes o
sus representantes legales deberán presentar una solicitud de admisión entre el
20 de abril y el 8 de mayo de 2015, ambos inclusive, en el centro o centros en
los que deseen cursar las enseñanzas. Para ello, la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte facilitará el modelo de solicitud a través de las escuelas
oficiales de idiomas y del portal www.madrid.org. Para los idiomas que se
imparten cuatrimestralmente en régimen presencial, el plazo de presentación de
solicitudes será fijado por la escuela oficial de idiomas que los imparte.
2. Plazos de solicitud y
realización de la prueba de clasificación: Aquellos solicitantes que deseen
realizar una prueba de clasificación que acredite su nivel de dominio de la
lengua, con validez únicamente a efectos de matriculación, deberán indicar esta
circunstancia en el impreso de solicitud con mención expresa de la escuela oficial
de idiomas donde realizarán la prueba.
Las pruebas de
clasificación se desarrollarán antes del 30 de junio de 2015. Cada escuela
oficial de idiomas hará pública la fecha de realización de las pruebas antes
del 14 de abril de 2015. El resultado de las pruebas de clasificación deberá
hacerse público antes del 10 de julio de 2015.
Para los cursos
presenciales de duración cuatrimestral, la prueba de clasificación se llevará a
cabo en el período de presentación de solicitudes para los mismos. Para aquellos
idiomas impartidos en una única escuela oficial de idiomas, será la propia
escuela la encargada de determinar la fecha de realización de la prueba de
clasificación correspondiente. En ambos casos, las escuelas oficiales de
idiomas harán pública la fecha de realización con, al menos, un mes de
antelación.
La prueba de clasificación
lleva asociado un precio público que los solicitantes pueden abonar a través
del modelo 030 disponible en las escuelas oficiales de idiomas, así como en el
portal www.madrid.org (Servicios y Trámites/Pago de Tasas, Precios Públicos y
Otros Ingresos). Para proceder al pago de este precio público por vía
telemática, los aspirantes o sus representantes legales deberán estar en
posesión del certificado digital correspondiente.
3. Matriculación: Una vez baremadas y
ordenadas las solicitudes de admisión, las escuelas oficiales de idiomas
adjudicarán las plazas vacantes por idioma y curso y procederán a la
matriculación de los solicitantes a lo largo del mes de septiembre, o, de forma
excepcional, a lo largo del mes de julio. Las escuelas oficiales de idiomas
harán públicas las fechas concretas y turnos de matriculación con, al menos,
tres días hábiles de antelación a las fechas establecidas.
Segundo .- Admisión
y matriculación como alumno libre en pruebas de certificación en idiomas
1. La solicitud de admisión
para la realización de prueba de certificación en idiomas como alumno libre
deberá presentarse entre los días 18 de mayo y 3 de junio de 2015, ambos
inclusive, a través de la página web http://inscripciones.educa.madrid.org/eoi/
2. Los solicitantes admitidos deberán
formalizar su matrícula en la escuela oficial de idiomas asignada entre los
días 22 de junio y 3 de julio de 2015, ambos inclusive.
Tercero .- Admisión
y matriculación en cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas
Las escuelas oficiales de
idiomas que incluyan cursos para el perfeccionamiento de competencias en
idiomas en su oferta formativa establecerán los procedimientos y fechas de
admisión y matriculación en estos cursos.