[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Área de Coordinación Legislativa y Relaciones Institucionales

Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo

S.G.T de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

Comunidad de Madrid

No Vigente. Vigencia temporal para el curso escolar 2015-2016

 

 

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DETERMINAN LOS PLAZOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA EL CURSO 2015-2016 EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2015, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se determinan los plazos de los procedimientos de acceso, admisión y matrícula para el curso 2015-2016 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

 

 

El Decreto 31/2007, de 14 de junio, de enseñanzas de idiomas de régimen especial, establece que corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte regular el proceso de admisión y matriculación de alumnos en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid. Establece, asimismo, la competencia de esta Consejería para regular las pruebas de certificación de los niveles de los idiomas que se imparten en las escuelas oficiales de la Comunidad de Madrid.

Las Órdenes 1798/2008, de 7 de abril, y 2318/2008, de 29 de abril, regulan, respectivamente, para la Comunidad de Madrid la evaluación y las características de la prueba de certificación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Con el fin de hacer públicos los plazos de los procedimientos de acceso, admisión y matrícula en centros públicos que imparten las citadas enseñanzas, así como los procedimientos de admisión y matrícula para la realización de la prueba de clasificación y de las pruebas de certificación de idiomas, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

RESUELVO

Primero .- Admisión y matriculación en las enseñanzas presenciales de idiomas

 

1. Plazos de presentación de la solicitud de admisión como alumno de nuevo ingreso: Los solicitantes o sus representantes legales deberán presentar una solicitud de admisión entre el 20 de abril y el 8 de mayo de 2015, ambos inclusive, en el centro o centros en los que deseen cursar las enseñanzas. Para ello, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte facilitará el modelo de solicitud a través de las escuelas oficiales de idiomas y del portal www.madrid.org. Para los idiomas que se imparten cuatrimestralmente en régimen presencial, el plazo de presentación de solicitudes será fijado por la escuela oficial de idiomas que los imparte.

2. Plazos de solicitud y realización de la prueba de clasificación: Aquellos solicitantes que deseen realizar una prueba de clasificación que acredite su nivel de dominio de la lengua, con validez únicamente a efectos de matriculación, deberán indicar esta circunstancia en el impreso de solicitud con mención expresa de la escuela oficial de idiomas donde realizarán la prueba.

Las pruebas de clasificación se desarrollarán antes del 30 de junio de 2015. Cada escuela oficial de idiomas hará pública la fecha de realización de las pruebas antes del 14 de abril de 2015. El resultado de las pruebas de clasificación deberá hacerse público antes del 10 de julio de 2015.

Para los cursos presenciales de duración cuatrimestral, la prueba de clasificación se llevará a cabo en el período de presentación de solicitudes para los mismos. Para aquellos idiomas impartidos en una única escuela oficial de idiomas, será la propia escuela la encargada de determinar la fecha de realización de la prueba de clasificación correspondiente. En ambos casos, las escuelas oficiales de idiomas harán pública la fecha de realización con, al menos, un mes de antelación.

La prueba de clasificación lleva asociado un precio público que los solicitantes pueden abonar a través del modelo 030 disponible en las escuelas oficiales de idiomas, así como en el portal www.madrid.org (Servicios y Trámites/Pago de Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos). Para proceder al pago de este precio público por vía telemática, los aspirantes o sus representantes legales deberán estar en posesión del certificado digital correspondiente.

3. Matriculación: Una vez baremadas y ordenadas las solicitudes de admisión, las escuelas oficiales de idiomas adjudicarán las plazas vacantes por idioma y curso y procederán a la matriculación de los solicitantes a lo largo del mes de septiembre, o, de forma excepcional, a lo largo del mes de julio. Las escuelas oficiales de idiomas harán públicas las fechas concretas y turnos de matriculación con, al menos, tres días hábiles de antelación a las fechas establecidas.

 

Segundo .- Admisión y matriculación como alumno libre en pruebas de certificación en idiomas

 

1. La solicitud de admisión para la realización de prueba de certificación en idiomas como alumno libre deberá presentarse entre los días 18 de mayo y 3 de junio de 2015, ambos inclusive, a través de la página web http://inscripciones.educa.madrid.org/eoi/

2. Los solicitantes admitidos deberán formalizar su matrícula en la escuela oficial de idiomas asignada entre los días 22 de junio y 3 de julio de 2015, ambos inclusive.

 

Tercero .- Admisión y matriculación en cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas

 

Las escuelas oficiales de idiomas que incluyan cursos para el perfeccionamiento de competencias en idiomas en su oferta formativa establecerán los procedimientos y fechas de admisión y matriculación en estos cursos.

 



[1] .- BOCM de 27 de febrero de 2015.