ORDEN POR LA QUE SE AUTORIZA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR DE INGENIERÍA AGRONÓMICA, ALIMENTARIA Y DE BIOSISTEMAS EN LA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID.
ORDEN 2479/2014, de 31 de julio, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la creación de la Escuela
Técnica Superior de Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de Biosistemas en la
Universidad Politécnica de Madrid. ()
La Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 8.2 que la
creación, modificación y supresión de centros en las Universidades públicas
requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, bien a propuesta o previo
informe del Consejo de Gobierno y, en todo caso, con informe favorable del
Consejo Social de la Universidad.
En este sentido, la
Universidad Politécnica de Madrid propone la creación de la Escuela Técnica
Superior de Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de Biosistemas en la que se
integrarán la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y la Escuela
Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola. Esta Escuela se crea con el fin
de ser el centro responsable de la organización académica, la impartición de
las enseñanzas y el seguimiento administrativo de los procesos formativos que
conduzcan a títulos oficiales de grado y posgrado en las áreas agronómica,
alimentaria, agroambiental y biotecnológica, de acuerdo con el marco del
Espacio Europeo de Educación Superior.
Una vez que la nueva
Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de Biosistemas
se encuentre completamente consolidada, tras el proceso de integración de los
actuales centros, su puesta en funcionamiento será autorizada por la Consejería
de Educación, Juventud y Deporte. Durante este período transitorio, los dos centros
actuales procederán a la armonización de los procedimientos de gestión,
integración de los recursos humanos y materiales y a la reorganización de toda
la oferta formativa que actualmente llevan a cabo y que serán organizados por
el nuevo centro que se autoriza.
La propuesta ha sido
informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en su reunión
del día 22 de julio de 2014, de conformidad con lo establecido en la Ley
4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Dirección
General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las facultades
atribuidas por Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte,
DISPONGO
Primero
1. Autorizar en la
Universidad Politécnica de Madrid la creación de la Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de Biosistemas, en la que se integrarán
los actuales Centros Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y Escuela
Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola.
2. La Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de Biosistemas se encargará de la
organización académica y gestión administrativa de las enseñanzas oficiales de
grado y posgrado que se encuentran actualmente organizadas por los centros que
se integran.
Segundo
La puesta en funcionamiento
de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica, Alimentaria y de
Biosistemas será autorizada por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte
una vez culminado el proceso de integración de los dos centros actuales,
Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y Escuela Universitaria de
Ingeniería Técnica Agrícola. En la Orden de puesta en funcionamiento se
determinará asimismo la supresión de estas Escuelas.
[Por Orden
2550/2016, de 4 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, se autoriza la puesta en funcionamiento y supresión de centros en la
Universidad Politécnica de Madrid, así como una nueva sede de la Universidad
Camilo José Cela para la impartición de enseñanzas universitarias oficiales]
Durante el período transitorio entre la
creación de la Escuela Técnica Superior y su puesta en funcionamiento, las
Escuelas actuales procederán a la armonización de los procedimientos de
gestión, integración de los recursos humanos y materiales y a la reorganización
de toda la oferta formativa que actualmente llevan a cabo y que serán
organizados por el nuevo centro que se autoriza.
Tercero
Contra la presente Orden,
que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso
potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en
el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan
instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.