ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS TARIFAS DE LA ESTACIÓN SUR DE
AUTOBUSES DE MADRID, UBICADA EN LA CALLE MÉNDEZ ÁLVARO.
ORDEN de 16 de abril de 2013, de la Consejería de
Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se establecen las tarifas
de la Estación Sur de Autobuses de Madrid, ubicada en la calle Méndez Álvaro. ()
Por Resolución de la
Dirección General de Transportes, de 26 de septiembre de 1997, se aprobó el
Reglamento de Explotación de la Estación Sur de Autobuses de la calle Méndez Álvaro,
determinándose en su artículo cuarto que las tarifas de aplicación serían
fijadas previa aprobación por la Dirección General de Transportes de la
Comunidad de Madrid, conforme a lo previsto en los artículos 21 y siguientes
del Pliego de Condiciones que rige el traslado de la concesión y explotación de
la estación. La cláusula quinta del convenio para el traslado de la concesión y
explotación de la Estación Sur de Autobuses desde su anterior emplazamiento,
entre las calles Palos de la Frontera y Canarias, a la calle Méndez Álvaro,
dispone, por su parte, que la Comunidad de Madrid dará su conformidad para la
aprobación definitiva de las tarifas que han de regir en cada momento y sus
revisiones.
Conforme con esto, a
propuesta de la empresa concesionaria, "Estación
Sur de Autobuses de Madrid, Sociedad Anónima", y con
el fin de no alterar el equilibrio económico-financiero de la concesión, se ha
aceptado la modificación de los cánones tarifarios en la cuantía mínima
imprescindible para compensar la variación del índice de precios de consumo
prevista para el año 2013.
En virtud de lo expuesto, a
propuesta de la Dirección General de Transportes, y en uso de las competencias
atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con la Ley
16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y su
Reglamento,
DISPONGO
Artículo único
1. Se aprueban las tarifas a
percibir por la Estación Sur de Autobuses de la calle Méndez Álvaro con los
importes que se detallan en el Anexo de esta Orden.
2. Todas estas tarifas
tienen el carácter de máximas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada la Orden de
19 de julio de 2012, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la
que se fijan las tarifas de la Estación Sur de Autobuses de Madrid, ubicada en
la calle Méndez Álvaro.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO
CONCEPTO Y TARIFA A PERCIBIR
a) Viajeros según trayecto:
-
De 0 a 19 kilómetros: 0,03 euros.
-
De 20 a 49 kilómetros: 0,05 euros.
-
De 50 a 99 kilómetros: 0,12 euros.
-
De 100 a 149 kilómetros: 0,19 euros.
-
De 150 a 300 kilómetros: 0,29 euros.
-
Más de 300 kilómetros. 0,41 euros.
-
Discrecionales: 0,78 euros.
-
Internacionales: 0,77 euros.
b) Autobuses según servicios:
-
De 0 a 300 kilómetros: 1,16 euros.
-
Más de 300 kilómetros: 1,58 euros.
-
Discrecionales: 2,13 euros.
-
Internacionales: 2,25 euros.
c) Canon de facturación:
-
Por cada bulto facturado: 1,36 euros.
- Exceso de equipaje por bultos que
excedan de 30 kilogramos. Por cada 10 kilogramos o fracción: 0,69 euros.
d) Canon de consigna:
- Por cada veinticuatro
horas de consigna automática (cabina normal): 2,89 euros.
- Por cada veinticuatro horas de
consigna automática (cabina de gran capacidad): 4,13 euros.
e) Canon por alquiler mensual de taquilla:
- Por puesto de venta de billetes: 250 euros.
f) Canon por ocupación de dársena
durante más tiempo del establecido en el Reglamento de Explotación, una vez
efectuada la subida o bajada de viajeros:
-
Por la primera hora o fracción: 1,50 euros.
-
Por la segunda hora y siguientes: 3 euros.