Decreto 191/1998, de 20 de noviembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se atribuye la competencia para el nombramiento de los
Notarios y de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, del territorio
de la Comunidad de Madrid. ()
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en
su artículo 50.2 (según la redacción dada a este precepto por la Ley Orgánica
5/1998, de 7 de julio, "Boletín Oficial del
Estado" de 8 de julio de 1998), establece que "los Notarios y
Registradores de la Propiedad y Mercantiles y otros fedatarios públicos, serán
nombrados por la Comunidad de Madrid de conformidad con las leyes del Estado y
en igualdad de derechos, tanto si los aspirantes ejercen dentro como fuera de
Madrid".
Procede ahora determinar a través de qué
órgano va a ejercer la Administración de la Comunidad de Madrid la competencia
para nombrar a los Notarios y a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles
de su territorio.
Parece conveniente que los nombramientos
se efectúen por Orden del Consejero, a semejanza de lo que ocurre en el ámbito
de la Administración del Estado, donde se realizan por Orden ministerial.
En cuanto a la determinación de la
Consejería competente para dictar las órdenes de nombramiento, se ha optado por
la de Presidencia, básicamente por tres razones: su competencia general en
materia de relaciones institucionales [artículos 42.b) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y 1.3.a)
del Decreto 112/1998, de 25 de junio, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Presidencia]; la integración en su estructura de
la Dirección General de Servicios Jurídicos, cuyas funciones en materia de
asistencia jurídica guardan una cierta afinidad con una de las facetas de la
actividad de los Notarios y de los Registradores; y, finalmente, el hecho de
que se trata de la Consejería que viene manteniendo las relaciones con el
Ministerio de Justicia y con el Consejo General del Poder Judicial, que hasta
la fecha se han concretado, básicamente, en la suscripción de convenios de
colaboración.
El presente Decreto se basa en el apartado
p) del artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, que atribuye al Consejo de gobierno
la competencia para "distribuir entre los órganos correspondientes las
competencias, funciones y servicios que el Estado transfiera a la
Comunidad".
En su virtud, a propuesta del Consejero
de Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión de 20 de
noviembre de 1998
DISPONGO
Artículo único
Corresponde al Consejero
de Presidencia el nombramiento, mediante Orden, de los Notarios y de los
Registradores de la Propiedad y Mercantiles del territorio de la Comunidad de
Madrid.
Disposición final
El presente Decreto entrará en vigor al
día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.