ORDEN
POR LA QUE SE DESCONCENTRAN EN EL TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA LAS
COMPETENCIAS EN MATERIA DE PROTECTORADO DE FUNDACIONES DE LA CONSEJERÍA DE
EMPLEO, TURISMO Y CULTURA.
ORDEN 1120/2012, de 28 de noviembre, de la Consejería de
Empleo, turismo y Cultura, por la que se desconcentran en el titular de la
Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de
fundaciones de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. ()
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones
de la Comunidad de Madrid, la titularidad del Protectorado en el ámbito de cada
Consejería, corresponde a la Consejera, sin perjuicio de la posibilidad de
desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la
competencia.
Con el objeto de agilizar la
gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, y
evitar supuestos de incompatibilidad por la confluencia del cargo como miembro
del Patronato y como responsable del Protectorado, se considera conveniente
desconcentrar la titularidad de la competencia en materia de protectorado de
fundaciones de esta Consejería en el titular de la Secretaría General Técnica.
A tal fin, de conformidad
con lo previsto en los artículos 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de
la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Artículo
único.- Atribución de
competencias
Atribuir al titular de la
Secretaría General Técnica la titularidad y el ejercicio de las competencias en
materia de protectorado de fundaciones adscritas a la Consejería de Empleo,
Turismo y Cultura.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.