RESOLUCIÓN
POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA DE
CONOCIMIENTOS Y DESTREZAS INDISPENSABLES (CDI) DE LOS ALUMNOS DE SEXTO CURSO DE
EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, EN EL AÑO ACADÉMICO 2011-2012.
RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2012, de las Viceconsejerías de
Educación y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones para
la celebración de la Prueba de Conocimientos y Destrezas Indispensables (CDI)
de los alumnos de sexto curso de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid,
en el año académico 2011-2012. ()
El Decreto 22/2007, de 10
de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de
Madrid el currículo de la Educación Primaria (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 29), establece en su artículo 13.2 que la Consejería de
Educación, conforme a su propio plan de evaluación, podrá realizar evaluaciones
externas a todos los alumnos, al finalizar cualquiera de los ciclos de la
Educación Primaria.
Desde el curso 2004-2005,
la Consejería de Educación y Empleo viene llevando a cabo una serie de
actuaciones con el objeto de lograr una mejora del nivel de conocimientos y
destrezas alcanzado por la población escolar de la Comunidad de Madrid.
Entre ellas se encuentra la
realización anual de la Prueba de Conocimientos y Destrezas Indispensables (en
adelante, CDI), para todos los alumnos de sexto curso de Educación Primaria de
la Comunidad de Madrid.
Dado que la lectura es un
factor primordial en toda clase de aprendizaje y enriquecimiento intelectual,
que la competencia lectora es una de las destrezas más importantes que
adquieren los alumnos, y que el desarrollo de la competencia matemática contribuye
a utilizar espontáneamente los elementos y razonamientos matemáticos para
interpretar y producir información, resolver problemas cotidianos y tomar
decisiones, la prueba versará una vez más sobre Lengua Castellana y
Matemáticas.
El carácter censal de esta
prueba comporta que deberá ser realizada por todos los alumnos de sexto curso
de Educación Primaria de todos los centros de la Comunidad de Madrid, tanto
públicos como privados.
Las Viceconsejerías de
Educación y de Organización Educativa son competentes para regular las
actuaciones antedichas de acuerdo con las competencias atribuidas por el
Decreto 149/2011, de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo.
En virtud de todo lo
anterior,
RESOLVEMOS
Capítulo I
Marco general de la prueba
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente Resolución
tiene por objeto establecer la organización de la prueba CDI de la Educación
Primaria que se realizará en el curso 2011-2012.
2. Lo establecido en esta
Resolución será de aplicación en todos los centros, tanto públicos como
privados, de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan la
Educación Primaria.
Artículo 2.- Alumnos que han de realizar la prueba
La prueba CDI deberá ser
realizada por todos los alumnos que realizan el sexto curso de la Educación
Primaria, salvo que se hallen incorporados a un aula de enlace.
Artículo 3.- Finalidades
1. Obtener información
sobre el grado de adquisición, por los alumnos de sexto curso de Educación
Primaria, de los conocimientos y destrezas que se consideran indispensables
para iniciar con garantías de éxito la Educación Secundaria Obligatoria.
2. Orientar a la Consejería
de Educación y Empleo y a los propios centros respecto de la eficacia de sus
planes y acciones educativos.
3. Orientar a los centros
para organizar medidas de refuerzo dirigidas a garantizar que todos los alumnos
adquieran los conocimientos y las destrezas indispensables.
Artículo 4.- Características de la prueba
1. La prueba, y los
correspondientes criterios de corrección, serán elaborados por la Dirección
General de Educación Infantil y Primaria. Los alumnos habrán de escribir al
dictado y responder a preguntas relacionadas con un texto y a otras de cultura
general y de matemáticas.
2. La prueba se estructura
en dos partes:
- Primera parte (A), con una duración
de una hora: Dictado. Comprensión de un texto escrito. Preguntas de cultura
general.
- Segunda parte (B), con una duración
de cuarenta minutos: Preguntas de matemáticas.
Artículo 5.- Fecha de celebración de la prueba
La prueba se celebrará el
día 9 de mayo de 2012.
Artículo 6.- Responsables de la aplicación de la
prueba
1. La dirección del centro
docente será responsable de informar a los alumnos y a sus familias de la
finalidad e importancia de la prueba que van a realizar, de su obligatoriedad
para todos los alumnos, tal y como establece el artículo 2 de la presente
Resolución. Cuando en un centro no se presenten a la prueba más de un 5 por 100
de los alumnos, el inspector correspondiente elevará informe sobre las causas
de tal hecho y, en su caso, las responsabilidades pertinentes.
2. El equipo directivo del
centro adoptará las medidas organizativas necesarias para que los alumnos,
incluidos los que sufran algún tipo de discapacidad, realicen la prueba en las
mejores condiciones posibles.
3. Todas las personas del
centro que participen en la aplicación de la prueba velarán por que esta se
desarrolle con la seriedad y normalidad requeridas.
4. De la aplicación de la
prueba, propiamente dicha, se responsabilizarán los aplicadores, uno por aula,
seleccionados por las Direcciones de Área Territorial y coordinados por los
inspectores de educación que estén a cargo de los diferentes centros. Con carácter
preferente estos aplicadores serán orientadores con destino en los centros
(Departamentos de Orientación), en los Equipos de Orientación Educativa y
Psicopedagógica (EOEP) o en los Equipos de Atención Temprana (EAT), y se
asignarán en número suficiente a todos los centros. En el caso de que no
hubiera un número suficiente de aplicadores que reúnan estos requisitos, podrán
ser también aplicadores maestros especialistas en Pedagogía Terapéutica y en
Audición y Lenguaje de centros públicos o, en su caso, de centros privados
concertados. Los aplicadores que impartan docencia no actuarán, en ningún caso,
en los centros docentes donde desempeñen su labor.
5. Los aplicadores actuarán
en todo momento de forma correcta y respetuosa con las características del
centro en el que apliquen la prueba, y de acuerdo con las instrucciones
recibidas. Del incumplimiento de estas cuestiones se pueden derivar actuaciones
disciplinarias.
6. En los centros en los
que, excepcionalmente, faltara un aplicador, este será suplido por el jefe de
estudios. A estos efectos, los jefes de estudios que ejerzan las funciones de
los aplicadores asumirán las tareas y responsabilidades de estos, tal y como se
especifica en el capítulo II de la presente Resolución, correspondiente a
¿Programa, horario e instrucciones para la aplicación de la prueba¿. No
obstante, en las Direcciones de Área Territorial se tendrá elaborado un plan de
sustituciones de aplicadores que permita abordar con éxito circunstancias
sobrevenidas.
7. Es responsabilidad del
director la correcta aplicación de la prueba en su centro, con la colaboración
del jefe de estudios, si este no ejerce las funciones de aplicador. En caso de
ausencia imprevista del director, asumirá sus tareas el jefe de estudios, y las
de este, un maestro del centro nombrado al efecto por el jefe de estudios.
8. Los maestros tutores de
los grupos de sexto curso de Educación Primaria colaborarán en la realización
de la prueba, darán lectura al dictado y estarán presentes en el aula en que se
examinen sus alumnos, junto con el aplicador.
9. Cualquier incidencia que
pueda surgir habrá de ser resuelta por el director del centro. En caso de
dificultad insuperable, deberá ponerse en contacto con el inspector del centro,
o con la Dirección de Área Territorial correspondiente, de quien recibirá
instrucciones concretas.
Artículo 7.- Actuaciones del Servicio de la
Inspección Educativa previas a la aplicación de la prueba
1. Actuaciones con los
aplicadores: Con objeto de garantizar que los procesos se desarrollen con normalidad,
cada inspector supervisará y coordinará el trabajo de los aplicadores que le
sean asignados. Para ello, los convocará a una reunión, que debe celebrarse, al
menos, cinco días antes del día 9 de mayo, para estudiar lo establecido en esta
Resolución, así como para asesorarles sobre las posibles dificultades que
puedan presentarse e informarles acerca de lo establecido en el artículo 6.5.
Asimismo, en esta reunión
deberá convocar a dichos aplicadores para el día 9 de mayo, a la hora y en el
lugar señalados previamente por la Dirección de Área Territorial
correspondiente, para la distribución de los sobres de remisión con las
pruebas.
2. Actuaciones con los
directores de los centros: Los inspectores, dentro de sus actuaciones
habituales, reunirán a los directores o programarán visitas a los centros, con
anterioridad al día de celebración de la prueba, para supervisar y asesorar a
los directores, jefes de estudios y maestros tutores, sobre las distintas fases
de la aplicación de la prueba, de acuerdo con lo establecido en la presente
Resolución. También les informarán sobre la conveniencia de que los alumnos
ensayen la cumplimentación del cuestionario sociológico antes de la realización
de la prueba, tomando como ejemplo los de años anteriores.
Artículo 8.- Instrumentos para la aplicación de la
prueba
1. Los alumnos recibirán un
cuestionario y dos cuadernillos, uno para cada parte de la prueba. En el
cuestionario deberán cumplimentar información sobre diversas circunstancias
personales, rellenando las casillas correspondientes. El cuadernillo de la
primera parte tiene un espacio para escribir el dictado, un texto para su
lectura, cinco preguntas sobre dicho texto y diez preguntas de cultura general.
El cuadernillo de la segunda parte tiene seis ejercicios y dos problemas de
matemáticas, y un espacio en blanco suficiente para que el alumno pueda
efectuar las operaciones que necesite.
2. Los directores de los
centros recibirán, el día de la celebración de la prueba, de manos de los
aplicadores asignados, el sobre de remisión de pruebas, cerrado, el cual deberá
incluir:
- La clave del centro.
- Dos sobres sellados, A y B, uno
para cada parte de la prueba, con cuadernillos en número suficiente, que
contendrán, asimismo, los sobres de vuelta, AV y BV. El sobre A contendrá,
además, hojas con el texto del dictado.
- Un sobre C con los cuestionarios.
- Un anexo, que consta de dos hojas,
en el que se reflejarán las incidencias y la participación y se darán sendas
relaciones de alumnos con necesidades educativas especiales y de compensación
educativa.
- Un sobre de devolución, de
plástico, en el que introducirán, al final de la prueba, los sobres de vuelta,
AV y BV, con los cuadernillos de los alumnos, el sobre C con los cuestionarios,
el anexo, debidamente cumplimentado, y los cuestionarios y los cuadernillos
sobrantes.
Artículo 9.- Codificación de las variables de
identificación
1. Para garantizar el
anonimato del centro, cada uno de ellos tendrá una clave que le habrá sido
asignada por la Administración educativa. Dicha clave solo será conocida por
esta, por el aplicador y por el equipo directivo del centro. Esta clave será
transcrita bajo la supervisión del director, en cada uno de los cuestionarios,
en los cuadernillos que se vayan a entregar a los alumnos, en el anexo, y en
los sobres de vuelta y de devolución.
2. Del mismo modo, a fin de
garantizar el anonimato del alumno, el centro elaborará una relación o lista
numerada de los alumnos de sexto curso de Educación Primaria en la que a cada
uno de ellos se le asigne, de modo correlativo, un número de tres dígitos,
comenzando por el 001. Es responsabilidad del director del centro que cada
alumno reciba su cuestionario y sus cuadernillos con el número que se le haya
asignado, escrito junto a la clave del centro, así como, en su caso, alguna de
las letras C o I marcada, según lo establecido en el artículo 14 de la presente
Resolución. La lista numerada de los alumnos será custodiada por el director
del centro, que es el único que conocerá su contenido.
3. En ningún caso conocerán
los correctores los nombres de los centros ni los de los alumnos asociados a
las correspondientes claves y números que aparecen en cada uno de los
cuadernillos, por lo que el equipo directivo se abstendrá de poner sellos o
tampones a los cuestionarios, los cuadernillos y el anexo.
Artículo
10.- Corrección de la
prueba
1. La corrección de la
prueba será realizada en las Direcciones de Área Territorial por comisiones
previamente nombradas por los respectivos Directores de Área. Estas comisiones
serán coordinadas y supervisadas por el Servicio de la Inspección Educativa.
2. La prueba será corregida
por maestros que impartan las áreas de Lengua Castellana y Literatura y de
Matemáticas en el tercer ciclo de la Educación Primaria durante el año académico
2011-2012, tanto en centros públicos, como en centros privados concertados.
3. Cada corrector dispondrá
exclusivamente de los cuadernillos que haya de corregir.
Artículo
11.- Resultados
1. Tanto los alumnos que
tengan adaptaciones curriculares significativas por presentar necesidades
educativas especiales como aquellos de compensación educativa realizarán la
prueba. Sus calificaciones no computarán en el cálculo de resultados del
centro, sino que serán objeto de un estudio diferenciado.
2. Los resultados de la
prueba, los cuestionarios y los cuadernillos de los alumnos, así como el anexo
cumplimentado, serán custodiados por la Administración educativa, que
verificará el contenido del mismo.
3. La Administración
educativa facilitará a cada centro los resultados de sus alumnos, los del
propio centro y los de la Comunidad de Madrid. Estos resultados serán
custodiados por la dirección del centro, tras su oportuna diligencia
administrativa.
4. Asimismo, antes de la
finalización de las actividades lectivas del presente curso, el director
entregará a la familia de cada alumno un informe con sus calificaciones en las
distintas partes de la prueba y las medias del centro y de la Comunidad de
Madrid.
5. Las calificaciones
obtenidas por el alumno deberán consignarse en su expediente académico y en su
historial académico.
6. La dirección del centro
informará al Consejo Escolar y al Claustro de Profesores de los resultados
obtenidos por el centro y por la Comunidad de Madrid con la finalidad de que
puedan analizarlos, valorarlos y adoptar, si procede, las medidas y propuestas
de mejora que se consideren necesarias.
7. La dirección del centro
podrá reclamar a la Dirección de Área Territorial la subsanación de errores
materiales y de hecho, antes del día 30 de septiembre de 2012. La reclamación
se realizará por escrito y deberá presentarse en el registro de la
correspondiente Dirección del Área Territorial. En el caso de presentarse en
otro registro oficial, o en alguno de los lugares establecidos en el artículo
38.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se enviará por fax, en el plazo
máximo de cuarenta y ocho horas desde su presentación, una copia del documento
registrado de entrada o presentado en Correos. En el escrito de reclamación se
indicará claramente que se trata de la prueba CDI de Educación Primaria, y la
identificación se hará con el número de clave del centro y, en su caso, el del
alumno. De ser varios alumnos, al lado de la clave de cada uno se indicará el
motivo o causa que sirva de fundamento al centro para la reclamación de error.
Artículo
12.- Planes de mejora
1. El equipo directivo de
cada centro, con el concurso de los equipos docentes que considere oportuno,
analizará y valorará los resultados de la evaluación con el objeto de
identificar las causas de los mismos y reforzar o corregir los procesos
organizativos y didácticos que lo requieran.
2. La dirección del centro
elaborará y coordinará un plan con las medidas y propuestas de mejora, que se
incluirá en la Programación General Anual.
3. El Servicio de la
Inspección Educativa supervisará y analizará los resultados obtenidos por los
alumnos en la prueba CDI con el Equipo Directivo del centro y, en su caso, con
la Comisión de Coordinación Pedagógica. Asimismo, comprobará si se cumple lo
establecido en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 11, supervisará el plan de
mejora elaborado por el centro y realizará el seguimiento de su desarrollo, de
conformidad con el Plan General de Actuación correspondiente.
Capítulo II
Programa, horario e
instrucciones para la aplicación de la prueba
Artículo
13.- Horario de la
aplicación
09.00
|
Llegada de los aplicadores
|
Los
aplicadores se presentarán en los centros que se les haya asignado.
|
09.00
a 10.00
|
Revisión del material recibido.
|
El
aplicador entregará el sobre de remisión al director del centro, que lo
abrirá en presencia del aplicador y del jefe de estudios.
|
10.00
|
Comienzo de la prueba: Instrucciones generales.
|
Una
vez pasada lista y colocados los alumnos, el aplicador, en presencia del
maestro tutor, hará la presentación de la prueba.
|
10.10
aprox.
|
Primera parte de la prueba: Instrucciones.
|
Se entregarán los
cuestionarios y cuadernillos de la primera parte a los alumnos, que recibirán
instrucciones precisas. En primer lugar, cumplimentarán el cuestionario. El
aplicador anotará NP en los cuestionarios y en los cuadernillos de los
alumnos que no han asistido.
|
10.30
aprox.
|
Realización de la primera parte de la prueba.
|
Los
alumnos dispondrán de una hora para hacer el dictado, leer el texto y
responder a las preguntas sobre el texto y sobre cultura general.
El
maestro tutor hará la lectura del dictado.
|
11.30
aprox.
|
Pausa.
|
Pausa
de media hora.
|
12.00
aprox.
|
Segunda parte de la prueba: Instrucciones.
|
Comienzo
de la segunda parte de la prueba: se entregarán los cuadernillos de la
segunda parte a los alumnos, dándoles las instrucciones precisas. El
aplicador anotará NP en los cuadernillos de los alumnos que no han asistido.
|
12.10
aprox.
|
Realización de la segunda parte de la prueba.
|
Los
alumnos dispondrán de cuarenta minutos para responder a las preguntas, que
serán todas de matemáticas.
|
12.50
aprox.
|
Preparación de los cuadernillos y de la hoja de
incidencias para su envío a la Dirección de Área Territorial.
|
El
director y los aplicadores introducirán en el sobre de devolución los sobres
de vuelta con los cuadernillos de los alumnos, debidamente cerrados, el
anexo, cumplimentado, y los cuestionarios y cuadernillos sobrantes. Una vez
cerrado el sobre de devolución, el aplicador lo entregará a un funcionario
designado por el Director de Área Territorial correspondiente, quien lo
recibirá y custodiará.
|
Nota
1. Los tiempos de realización de cada una de las dos partes de la prueba son
los establecidos en el horario de aplicación. Los demás tiempos son
aproximados y se utilizarán con la flexibilidad necesaria para el buen
desarrollo de la aplicación de la prueba.
Nota
2. Aquellos centros cuya jornada de mañana finalice antes de las doce y
treinta o empiecen más tarde de las nueve variarán el horario lo necesario para
ajustarse a la hora de salida de los alumnos, garantizando la ejecución de la
prueba conforme a estas instrucciones.
Artículo
14.- Revisión del
material recibido
Entre las nueve y las diez
horas el aplicador, el Director y el Jefe de Estudios llevarán a cabo las
siguientes actuaciones:
- El director recibirá del o de los
aplicadores el sobre de remisión con la clave asignada al centro y los
cuadernillos, y lo abrirá en presencia de los mismos y del jefe de estudios. A
continuación se revisará el material recibido:
.
La clave del centro.
. Dos sobres sellados, A y B, uno para cada parte de la
prueba, con cuadernillos en número suficiente, que contendrán, asimismo, los
sobres de vuelta, AV y BV.
.
Un sobre C con los cuestionarios.
.
Hojas con el dictado e instrucciones de lectura, dentro del sobre A.
.
El anexo.
.
Un sobre de devolución, de plástico, en el que introducirán los sobres de
vuelta, AV y BV, cada uno con los cuadernillos correspondientes en su interior,
el sobre C con los cuestionarios cumplimentados por los alumnos, el anexo y los
cuestionarios y cuadernillos sobrantes.
- El Director abrirá el sobre A y
escribirá en cada cuadernillo de lengua, en las casillas habilitadas para ello,
la clave del centro y el número del alumno que vaya a recibirlo, de acuerdo con
la numeración previamente asignada. En caso de que falten cuadernillos se harán
las fotocopias necesarias.
- Asimismo, el Director deberá marcar
en el espacio a cumplimentar por el centro la letra C cuando el alumno sea de
compensación educativa y la letra I cuando tenga adaptación curricular
significativa por presentar necesidades educativas especiales.
- Estas mismas operaciones las deberá realizar en los
cuestionarios.
- El aplicador revisará que en cada
cuestionario y en cada cuadernillo figuren la clave del centro y el número del
alumno.
Artículo
15.- Realización de la
prueba
1. Presentación e
instrucciones generales: A las diez horas, con la supervisión -general del
Director y la colaboración del Jefe de Estudios, y en cada una de las aulas
donde se vaya a aplicar la prueba, los maestros tutores pasarán lista a los
alumnos y los colocarán según el listado establecido por el centro, tomando, al
mismo tiempo, nota de las ausencias. Los alumnos, con independencia de cómo
estén dispuestos en sus clases, han de colocarse por filas. Los maestros
tutores estarán presentes en el aula donde se encuentren sus alumnos a lo largo
de todas las fases de la prueba, con el fin de contribuir al sosiego y
tranquilidad de los mismos. Los alumnos permanecerán en sus pupitres hasta que
se agote el tiempo asignado a cada una de las partes de la prueba, momento en
que los aplicadores recogerán los cuadernillos.
Una vez colocados los
alumnos, el aplicador hará la presentación de la prueba que consistirá en una
breve explicación sobre el objeto de la misma, tratando de crear un clima
adecuado de cooperación, interés, trabajo y silencio.
A continuación, el
aplicador comunicará a los alumnos:
- Que se les entregarán unos
cuadernillos con ejercicios para que los hagan lo mejor posible.
- Que solo necesitarán tener sobre la
mesa un lápiz y un bolígrafo o pluma de tinta negra o azul, y, si quieren, los
instrumentos para borrar de uso habitual en el centro.
- Que tendrán que realizar los
ejercicios en silencio y que si tienen alguna duda sobre las instrucciones, no
sobre las respuestas, levantarán la mano, esperando en su sitio a que se les
atienda.
- Que deberán escribir en la portada
del primer cuadernillo algunos datos personales que se les demandan.
- Que deberán permanecer en sus
asientos hasta que les sean recogidos los cuadernillos.
- Que tendrán un máximo de una hora
para realizar la prueba de lengua y de cultura general y de cuarenta minutos
para realizar la prueba de matemáticas y que, una vez que se les indique que el
tiempo ha finalizado, dejarán el bolígrafo o el lápiz encima de la mesa.
- Que deberán seguir estrictamente
las indicaciones que figuran en cada una de las preguntas de la prueba.
Es necesario asegurarse,
antes de comenzar la prueba, de que los alumnos han comprendido todas estas
explicaciones.
2. Primera parte de la
prueba: Distribución de los cuestionarios y de los cuadernillos, descripción e
instrucciones específicas. Hacia las diez y diez horas, el aplicador y el
maestro tutor procederán a la distribución de los cuestionarios y los
cuadernillos correspondientes a la prueba de lengua y cultura general. Se
entregará a cada alumno su cuestionario y su cuadernillo, es decir, el que
lleve el número a él asignado. El aplicador anotará NP en la primera hoja de
los cuestionarios y de los cuadernillos, arriba y en el centro, de los alumnos
que no se presentan a la prueba.
Una vez distribuidos los
cuestionarios, el aplicador indicará en primer lugar a los alumnos que deben
cumplimentar los datos personales que se les demandan. Tras asegurarse de que
dicha cumplimentación se ha hecho correctamente, explicará la estructura de
esta primera parte, haciendo hincapié en los siguientes aspectos:
- Esta primera parte de la prueba
consta de un dictado, la lectura de un texto y las respuestas a cinco preguntas
relativas al mismo, y a diez preguntas de cultura general.
- Escribirán, tanto el dictado como
las respuestas, en el cuadernillo que se les ha entregado y dentro de los
correspondientes recuadros.
- Los alumnos deben escribir el
dictado en el espacio reservado para ello. Se les indicará que este será leído
por el maestro tutor tres veces:
. La primera vez deben escuchar atentamente, sin
escribir nada, a fin de que se hagan una idea global del texto.
. La segunda vez se leerá de forma pausada para que los
alumnos escriban. Parece oportuno indicarles que si no entienden alguna palabra
dejen el espacio en blanco, porque después se leerá una vez más.
.
La tercera vez se volverá a leer de forma completa, sin pausas. Los
alumnos deben releer lo que ellos han escrito mientras escuchan, y aprovechar
para corregir o añadir alguna palabra.
- A continuación, encontrarán un
texto que deben leer con atención, y cinco preguntas relativas a su contenido.
Es conveniente que los alumnos lean el texto dos veces y pasen después a
contestar las preguntas.
- Por último, habrá diez preguntas de
cultura general que los alumnos deben contestar, como ya se ha indicado, en los
recuadros correspondientes.
- Una vez hecho el dictado, las
preguntas relativas al texto y las de cultura general pueden contestarse en el
orden que se desee.
- El tiempo total del que disponen para realizar esta primera
parte es de una hora.
3. Primera parte de la
prueba: Realización. A partir de las diez y treinta horas, los alumnos
dispondrán de una hora para realizar esta parte de la prueba.
Una vez iniciada la prueba,
el aplicador no dará ninguna información adicional o ayuda sobre el contenido
de esta. No obstante, si algún alumno tuviera dudas sobre las instrucciones
recibidas, el aplicador podrá dar públicamente las explicaciones pertinentes,
si ello resultara oportuno, para evitar un clima de preguntas continuas.
Si un alumno, una vez
iniciada la prueba, descubre que su cuadernillo es defectuoso, se le entregará
otro del mismo tipo, al que se le pondrá el número asignado al alumno y la
clave del centro. En la portada del cuadernillo defectuoso se indicará el
motivo del cambio. El alumno seguirá trabajando en el nuevo cuadernillo, en el que
no copiará las respuestas dadas en el defectuoso. Al finalizar la prueba el
aplicador grapará ambos cuadernillos.
Si un alumno llega tarde,
es decir, cuando el aplicador ya ha distribuido los cuadernillos y empezado a
dar las instrucciones descritas en el apartado anterior, no debe incor-porarse
a la primera parte de la prueba, haciéndolo, sin embargo, a la segunda. En caso
de que un alumno tuviera que abandonar la prueba por una razón suficientemente
justificada (por ejemplo, enfermedad sobrevenida), se recogerá su cuadernillo y
se señalará en la primera página la razón de su abandono. Estas situaciones
deben ser anotadas, como incidencias, en el anexo, así como todas aquellas que
los aplicadores y el Director consideren conveniente consignar.
Al finalizar esta primera
parte de la prueba los alumnos deben dejar sus cuadernillos cerrados encima de
su mesa. El aplicador los recogerá, y, si faltara algún dato, porque haya
habido que sustituir algún cuadernillo defectuoso o por otro motivo, lo
cumplimentará.
4. Pausa: Entre las once y
treinta y las doce horas los alumnos dispondrán de media hora de descanso. El
aplicador llevará todos los cuestionarios y los cuadernillos de los alumnos,
presentados o no, al despacho del Director e introducirá los cuestionarios de
los alumnos en el sobre C de procedencia y los cuadernillos de los alumnos,
presentados o no, en el sobre de devolución AV, que quedará cerrado antes de
comenzar la segunda parte de la prueba. Los cuestionarios y cuadernillos
sobrantes se conservarán por separado y se introducirán en el sobre de
devolución. En ese espacio de tiempo el Director abrirá el sobre B y, con la
ayuda del Jefe de Estudios, procederá como con el sobre A. En caso de que
falten cuadernillos se harán las fotocopias necesarias. Asimismo, el director
del centro, ayudado por el Jefe de Estudios, cumplimentará la hoja número 2 del
anexo, cuidando de que no falte ningún dato.
5. Segunda parte de la
prueba: Distribución de los cuadernillos e instrucciones específicas. Se
realizará entre las doce y las doce y diez horas, con la misma mecánica que
para la primera parte de la prueba. El aplicador repartirá los cuadernillos
correspondientes a la prueba de matemáticas y, después de repetir de manera
sucinta las indicaciones del apartado 1, salvo en lo que se refiere a los datos
personales, hará hincapié en los siguientes aspectos:
- Esta segunda parte de la prueba
consta de varias preguntas de matemáticas; unas son ejercicios sencillos y
otras son problemas un poco más complejos.
- Las preguntas pueden contestarse en el orden que se desee.
- Los alumnos pueden usar la página
indicada como borrador para hacer las operaciones que deseen. Hay que insistir
en que deben escribir las respuestas a las preguntas en los espacios reservados
para cada una de ellas.
- En ningún caso se podrá hacer uso de calculadora.
- El tiempo total del que disponen
para contestar a esta segunda parte es de cuarenta minutos.
6. Segunda parte de la
prueba: Realización. A partir de las doce y diez horas, los alumnos dispondrán
de cuarenta minutos para realizar esta segunda parte de la prueba. Se llevará a
cabo con la misma mecánica que en la primera parte.
Artículo
16.- Preparación de
los cuestionarios, los cuadernillos y del anexo para su envío a la Dirección de
Área Territorial
1. A partir de las doce y
cincuenta horas, finalizada la segunda parte, el aplicador y el director
procederán siguiendo las pautas marcadas en artículo 15.4 e introducirán los
cuadernillos de matemáticas de los alumnos, presentados o no, en el sobre BV. A
continuación los aplicadores cumplimentarán la hoja número 1 del anexo y
comprobarán que la hoja número 2 lo está debidamente, e introducirán los sobres
AV, BV y C, el anexo y los cuestionarios y los cuadernillos sobrantes dentro
del sobre de devolución, asegurándose de que este queda bien cerrado.
2. Los aplicadores
entregarán los sobres de devolución a los funcionarios designados por los
Directores de Área Territorial, los cuales, a su vez, se encargarán de entregar
dichos sobres a los referidos Directores de Área.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Habilitación para el desarrollo
La Dirección General de
Educación Infantil y Primaria y las Direcciones de Área -Territorial podrán
dictar, en sus respectivos ámbitos de competencias, cuantas instrucciones sean
precisas para la aplicación de lo establecido en la presente Resolución.
Segunda.- Entrada en vigor
La presente Resolución
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
ANEXOS
(Véanse en formato PDF)

