DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS FIESTAS LABORALES
PARA EL AÑO 2012 EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Decreto 158/2011, de 15 de septiembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2012 en la
Comunidad de Madrid. ()
El texto
refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando
fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del
Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del
Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarando expresamente en vigor
por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de
septiembre, establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid
en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de
ámbito nacional.
En su virtud,
oídos los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y
las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de
Madrid, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y
Portavoz del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 15 de septiembre de 2011,
DISPONGO
Artículo único.- Calendario laboral para el año 2012
El calendario
laboral resultante para el año 2012 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es
el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin
perjuicio de las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada
municipio.
[Por Resolución de 2
de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, se declaran las
fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2012]
DISPOSICIONES
FINALES
Primera.- Comunicación al Ministerio de Trabajo e Inmigración
De lo dispuesto
en el presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo e Inmigración
antes del 30 de septiembre de 2011.
Segunda.- Entrada en vigor y publicación
El presente
Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
ANEXO
Fiestas laborales
de la Comunidad de Madrid para el año 2012*
- 6 de enero (viernes),
Epifanía del Señor.
- 19 de marzo (lunes), San
José.
- 5 de abril (jueves),
Jueves Santo.
- 6 de abril (viernes),
Viernes Santo.
- 1 de mayo (martes), Fiesta
del Trabajo.
- 2 de mayo (miércoles),
Fiesta de la Comunidad de Madrid.
- 15 de agosto (miércoles),
Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre (viernes),
Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre (jueves),
Todos los Santos.
- 6 de diciembre (jueves),
Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre (sábado),
Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre (martes),
Natividad del Señor.
* Además de las doce fiestas
relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales.