[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LAS CUANTÍAS MÁXIMAS DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 2011

 

 

 

Resolución 525/2011, de 12 de abril, de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, por la que se publican las cuantías máximas de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad de Madrid para el año 2011. ([1])

 

 

La cuantía de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) fue aprobada por Real Decreto 374/2010, de 26 de marzo, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia para el ejercicio 2010.

 

El Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas contempladas por la citada Ley 39/2006, de 14 de diciembre, establece que ¿la cuantía de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se establecerá anualmente por el Gobierno mediante Real Decreto, previo acuerdo del Consejo Territorial, para los grados y niveles con derecho a prestaciones¿.

 

El día 22 de diciembre de 2010, el Consejo Territorial del SAAD acordó las cuantías máximas de las prestaciones para 2011, encontrándose en la actualidad pendientes de apro-bación por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto.

 

Por otra parte, el apartado 2 del artículo 12 del Real Decreto 175/2011, de 11 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios, y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, y el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia, establece las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes al grado I, dependencia moderada, nivel 2.

 

En virtud de lo previsto en la Orden 349/2010, de 3 de marzo, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se autoriza a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia a aprobar las cuantías máximas de las prestaciones económicas, para cada grado y nivel de dependencia, así como del Decreto 63/2006, de 20 de julio, por el que se modifica el Decreto 126/2004, de 29 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, que atribuye las competencias en materia de dependencia a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, y una vez acordadas dichas cuantías en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,

 

RESUELVO

 

Primero.- Artículo único

 

Aprobar las siguientes cuantías máximas mensuales de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para cada grado y nivel de dependencia con derecho a prestación, para el año 2011, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo a lo acordado en el Consejo Territorial, con efectos desde el día 1 de enero de 2011.

 

CUANTÍAS MÁXIMAS DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR GRADO Y NIVEL PARA EL AÑO 2011

 

Grados y niveles

Prestación económica vinculada al servicio (euros mensuales)

Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (euros mensuales)

Prestación económica de asistencia personal (euros mensuales)

Grado III nivel 2

833,96

520,69

833,96

Grado III nivel 1

625,47

416,98

625,47

Grado II nivel 2

462,18

337,25

 

Grado II nivel 1

401,20

300,90

 

Grado I nivel 2

300,00

180,00

 

 

Segundo

 

Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2011.



[1] .- BOCM 10 de mayo de 2011.