ORDEN
POR LA QUE SE DISPONE LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE
DISEÑO PARA EL CURSO 2010-2011
Orden 4676/2010, de 9 de septiembre, de la Consejería de Educación, por
la que se dispone la puesta en funcionamiento de la Escuela Superior de Diseño
para el curso 2010-2011. ([1])
La
demanda de escolarización prevista ha dado lugar al Decreto
59/2010, de 26 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30
de agosto), por el que se crea la Escuela Superior de Diseño en el municipio de
Madrid. El comienzo de actividades y autorización de enseñanzas de esta Escuela
se dispone mediante la presente Orden.
De
conformidad con lo previsto en el Decreto de creación y en el artículo 1 del
Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Educación,
DISPONGO
Primero
La
Escuela Superior de Diseño creada por el Decreto 59/2010, de 26 de agosto (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de agosto), que a continuación se indica,
comenzará a desarrollar sus actividades en el curso 2010-2011.
1. Madrid-Capital:
28072508. Escuela Superior de Diseño, de Madrid.
Domicilio: Camino de Vinateros, número 106.
Código postal: 28030.
Localidad: Madrid.
Municipio: Madrid.
Segundo
La
Escuela Superior de Diseño, que se pone en funcionamiento en el curso 2010-2011
mediante la presente Orden, queda autorizada para impartir las enseñanzas
artísticas superiores de Grado de Diseño, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 58.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y de
conformidad con lo regulado en el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por
el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores
reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Real
Decreto 633/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de
las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño.
Tercero
Con
el fin de garantizar su normal apertura y funcionamiento, por la Dirección de
Área Territorial de Madrid-Capital de esta Consejería, se tomarán las oportunas
medidas para el nombramiento con carácter extraordinario del Director del
centro que se crea, según lo previsto en el artículo 137 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Cuarto
Se
autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales
y de Recursos Humanos de esta Consejería para dictar las instrucciones necesarias
y adoptar las medidas oportunas que exijan la puesta en funcionamiento y
organización del nuevo centro que se dispone por la presente Orden.
Disposición
Final
La
presente Orden tendrá eficacia al día siguiente a su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.