ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS OFICIALES PARA LA COMUNICACIÓN DE APERTURA O REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO UBICADOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDEN 2674/2010, de 12 de julio, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se aprueban los modelos oficiales para
la comunicación de apertura o reanudación de la actividad en los centros de
trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid. ()
Mediante Orden
TIN/1071/2010, de 27 de abril, se procede a sustituir la Orden de 6 de mayo de 1988, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y se regulan los
nuevos requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de
reanudación de actividades en los centros de trabajo.
El Real Decreto
932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de trabajo, atribuye a esta la
competencia en materia de recepción de las comunicaciones de apertura de los
centros de trabajo o de la reanudación de los trabajos después de efectuar
alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia en los locales e
instalaciones de aquellos. Por su parte, el Decreto 150/2007, de 29 noviembre,
del Consejo de Gobierno, en relación con el Decreto 15/2010, de 18 de marzo,
por el que se fusiona la Consejería de Empleo y Mujer con la Consejería de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, atribuye competencias en
esta materia a la Dirección General de Trabajo, dependiente de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.
De acuerdo con lo
previsto en el artículo 4 de la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, al haberse
modificado los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de
apertura, y en el uso de las competencias que en esta materia tiene atribuidas la Comunidad de Madrid, se hace necesario actualizar el impreso oficial de comunicación de
apertura o reanudación de la actividad en los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid y derogar la Orden 222/2001, de 8 de noviembre, de la Consejería de Trabajo.
La presente Orden consta
de un artículo único, una disposición derogatoria y una disposición final. En
virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la
legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único.- Aprobación de
impresos oficiales
Se aprueban los modelos
de impresos oficiales para la comunicación de apertura o de reanudación de
actividades en los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, según lo previsto en el artículo 2, apartado 1, párrafo primero y
apartado 2, párrafo segundo, de la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre
los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de
reanudación de actividades en los centros de trabajo, que se insertan como Anexos
I y II.
En el momento de la
comunicación de apertura de los centros de trabajo, que podrá realizarse por
vía telemática, a través de la dirección electrónica http//www.madrid.org,
deberá aportarse, con carácter general para todas las empresas, un Plan de
Prevención de Riesgos Laborales y, para el caso de las obras de construcción,
el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y su correspondiente aprobación
referidos al centro de trabajo, o bien, de no ser obligatoria la aportación de
dicho Plan, la Evaluación de los Riesgos para la Seguridad y Salud en el Trabajo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogada la Orden 222/2001, de 8 de noviembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se aprueba el
modelo oficial para la comunicación de apertura o reanudación de la actividad
en los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ANEXOS
(Véanse en formato PDF)