Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio
Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de
trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes
a diversos procedimientos. ()
De acuerdo con lo señalado en el
artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula
la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la
Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada
en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la
recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros
procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad
que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos
informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al
Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad
de Madrid.
Asimismo, de acuerdo con el criterio
14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los
sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban
los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de
Madrid,
RESUELVO
Primero.- Habilitación
del Registro Telemático ()
Se habilita al Registro Telemático de
la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la
realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes
correspondientes a los siguientes procedimientos:
- Autorización a los servicios
veterinarios de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera para la
expedición de documentos sanitarios de traslado de animales a mataderos y otros
centros de sacrificio. ()
- Registro Oficial de Maquinaria
Agrícola.
- Inscripción en el Registro de
Establecimientos Relacionados con Medicamentos Veterinarios.
- Inscripción en el Registro de
Veterinarios Colaboradores.
- Autorización para la gestión de
residuos peligrosos.
- Inscripción en el Registro de Intermediarios
de Residuos de la Comunidad de Madrid.
- Inscripción en el Registro de
Transportistas de Residuos (Residuos No Peligrosos).
- Inscripción en el Registro de
Transportistas de Residuos (Residuos Peligrosos en calidad de mero
intermediario).
- Inscripción en el Registro de
Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
- Inscripción en el Registro de
Gestores de Residuos No Peligrosos.
- Presentación del informe preliminar
de situación del suelo (Real Decreto 9/2005, de 14 de enero).
- Aprovechamientos de recursos
forestales en fincas particulares.
- Constitución de Cotos Privados de
Caza.
- Obtención de permisos para los
cotos de pesca.
- Inscripción en el Registro Oficial
de Establecimientos y Servicios Plaguicidas (ROESP).
- Inscripción en el Registro Especial
de Arrendamientos Rústicos.
- Inscripción en el Registro de
Actividades Económico-Pecuarias de las Estaciones de Tránsito.
- Inscripción en el Registro de
Industrias Agroalimentarias.
- Registro de Envasadores y
Embotelladores de Vino y Bebidas Alcohólicas.
- Autorizar la salida de animales
vivos a países de la Unión Europea y/o terceros países y expedir el certificado
sanitario correspondiente.
- Autorización de Emisión de Gases de
Efecto Invernadero. ()
- Autorización para la gestión de vehículos
al final de su vida útil.
- Autorización de producción de
residuos peligrosos.
- Autorización para la gestión de
residuos no peligrosos.
- Autorización para el transporte de
residuos peligrosos (asumiendo la titularidad del residuo).
- Registro de Instalaciones Emisoras
de Compuestos Orgánicos Volátiles.
- Obtención de la licencia de caza o
pesca.
- Inscripción en el Registro de
Bienes y Equipos Subvencionados.
- Inscripción en el Registro
Autonómico de Clasificadores de Canales de Vacuno.
- Revisión de Tarifa y Coeficiente K
aplicados a la factura de abastecimiento de agua.
Segundo.- Inclusión
en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la
utilización
de las técnicas electrónicas, informáticas y
telemáticas
por la Administración de la Comunidad de Madrid ()
Se incluyen en el Anexo I del Decreto
175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las
técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la
Comunidad de Madrid los procedimientos enunciados en el apartado primero de la
presente Resolución.
El Anexo I del Decreto 175/2002, de
14 de noviembre, deberá entenderse modificado, en lo relativo a estos procedimientos,
en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, siendo de
aplicación el siguiente:
Trámites susceptibles de realización
ante el Registro Telemático:
Todos aquellos que en el momento de
la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en
situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo
establecido en la página web www.madrid.org
Tercero.- Aprobación
de modelos de solicitud
Aprobar los modelos de solicitud que se
adjuntan como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley
11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los
Servicios Públicos.
ANEXO ()
(Véase en el BOCM)
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.