Orden 116/2010, de 8 de febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales, por la que se procede a la aprobación del nuevo modelo normalizado de
solicitud de prestación económica de renta mínima de inserción de la Comunidad
de Madrid. ()
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Derogada tácitamente por Orden
1003/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
(BOCM de 6 de julio de 2017)
El artículo 35 del
Decreto 147/2002, de 1 de agosto () , por el que se aprueba el Reglamento de la Renta
Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento
para el reconocimiento del derecho a la renta mínima de inserción se realizará
mediante solicitud de la persona interesada, según el modelo normalizado
aprobado por el titular de la Consejería competente en materia de servicios
sociales.
La Orden 221/2006,
de 24 de febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, aprobó un
nuevo modelo normalizado de solicitud a fin de adaptar su contenido a la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, incluyendo un Anexo de autorización expresa de las personas
interesadas para la obtención de datos personales y económicos que obren en
poder de otras Administraciones Públicas.
La entrada en vigor
de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servicios Públicos, que reconoce el derecho de los ciudadanos a
relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, y
establece criterios comunes para la gestión telemática de los procedimientos
administrativos, ha motivado, llegado el término establecido en su disposición
adicional tercera, la adaptación del modelo de solicitud de renta mínima de
inserción para que pueda ser solicitada de manera telemática, así como la
habilitación del Registro Telemático de la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales de la Comunidad de Madrid para la realización de trámites telemáticos
del citado procedimiento, que ha sido incluido en el Anexo I del Decreto
175/2002, de 14 de noviembre.
Sin perjuicio de
los derechos reconocidos en la precitada Ley, los ciudadanos pueden igualmente
optar por relacionarse con la Administración de manera no telemática, pudiendo
en tal caso formular la solicitud de renta mínima de inserción de la manera
establecida en el capítulo VI del título II de la Ley 15/2001, de 27 de
diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, y en el
capítulo VII del título II de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto
147/2002, de 1 de agosto.
En este sentido, se
hace necesario aprobar un nuevo modelo normalizado de solicitud de renta mínima
de inserción que coincida con el modelo aprobado para la tramitación telemática
de la citada prestación a fin de que los ciudadanos dispongan de modelos
normalizados y uniformes para cada procedimiento administrativo. Dicho modelo
común estará a disposición de los ciudadanos en la página web de la Comunidad
de Madrid www.madrid.org
De conformidad con
lo establecido en el artículo 4.g) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el
que se regulan los Sistemas de Evaluación de la Calidad de los Servicios y se
aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa de la
Comunidad de Madrid, la Dirección General de Calidad de los Servicios y
Atención al Ciudadano ha informado favorablemente respecto al nuevo modelo
normalizado de solicitud de renta mínima de inserción.
En su virtud, en el
ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de
13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y
conforme a la habilitación normativa contenida en la disposición final primera
del Decreto 147/2002, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la
Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo único
Se aprueba el modelo normalizado de
solicitud de prestación económica de renta mínima de inserción, que se inserta
como Anexo a la presente Orden.
Disposición Transitoria Única
Desde la entrada en vigor de la presente
Orden, y hasta el 30 de abril de 2010, serán admitidas las solicitudes de renta
mínima de inserción presentadas en el anterior modelo, aprobado por Orden 221/2006,
de 24 de febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
Disposición Derogatoria Única
Queda derogada la Orden 221/2006, de 24 de
febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, publicada en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de marzo de 2006.
Disposición Final Única
La presente Orden entrará en vigor el día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO
(Véase en versión pdf)