ACUERDO de 10 de junio de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se
autoriza la creación de la Escuela de Ingeniería Forestal y del Medio Natural
en la Universidad Politécnica de Madrid. ()
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece en su artículo
8.2 que la creación, modificación y supresión de centros en Universidades
públicas, será acordada por la
Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante
propuesta del Consejo de Gobierno y en ambos casos con informe previo favorable
del Consejo Social.
En este sentido, la
Universidad Politécnica de Madrid ha propuesto la creación de la
Escuela de Ingeniería Forestal y del Medio Natural en la que se integrarían
los actuales centros: Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Montes y
Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Forestal. Esta escuela se crea con
el fin de ser el centro responsable del diseño, organización académica y
seguimiento administrativo de todos los procesos formativos que habiliten para
el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Forestal y de Ingeniero de
Montes, que se establezcan de conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el
que se regula el desarrollo de estas titulaciones en el marco del espacio
europeo de educación superior.
Hasta que tenga lugar la extinción de
los actuales planes de estudio de los títulos de Ingeniero de Montes y de
Ingeniero Técnico Forestal (en sus dos especialidades) el nuevo centro
coexistirá con las dos escuelas actuales que seguirán siendo los centros
responsables de la organización académica de las titulaciones que ahora tienen
asignadas.
De acuerdo con el artículo 5 de la
Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la
Comunidad de Madrid, el Consejo Universitario de la
Comunidad de Madrid ha informado favorablemente esta propuesta.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y en el artículo 8.2 de la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la
Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, a propuesta de la
Consejera de Educación y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 10 de junio de 2009,
ACUERDA
Primero
Autorizar la creación de la
Escuela de Ingeniería Forestal y del Medio Natural en la
Universidad Politécnica de Madrid, que se hará cargo de la gestión
administrativa y organización académica de las enseñanzas conducentes a la
obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado, que se establezcan
de conformidad con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
regula el desarrollo de estas titulaciones en el marco del Espacio Europeo de
Educación Superior.
Segundo
Hasta que se extingan los actuales
planes de estudio de los títulos de Ingeniero de Montes y de Ingeniero Técnico
Forestal (en sus especialidades de Explotaciones Forestales y de Industrias de
los Productos Forestales), los dos centros actuales, la
Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Montes y la
Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Forestal, seguirán siendo los
responsables de la organización académica de las titulaciones y programas
oficiales de postgrado que ahora tienen autorizados.
[Por Orden
2533/2017, de 6 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se
autoriza
la supresión de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Montes
y de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Forestal de la Universidad
Politécnica de Madrid]
Tercero
La puesta en funcionamiento de la
Escuela de Ingeniería Forestal y del Medio Natural será autorizada por la
Consejería de Educación una vez autorizados los grados y posgrados oficiales,
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, momento en el que
se autorizará el inicio de la extinción de las enseñanzas actuales que
correspondan. ()