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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 3782/2009, de 31 de julio, por la que se autoriza la adscripción mediante convenio del Centro de Estudios Garrigues a la Universidad Antonio de Nebrija.   ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 5.4, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que "los centros universitarios privados deberán estar integrados en un".

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades, la adscripción mediante convenio a una universidad privada de centros docentes privados para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional corresponde a la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Universidad a la que vaya a adscribirse.

En este sentido, la Universidad Antonio de Nebrija ha solicitado la adscripción del Centro de Estudios Garrigues para impartir diversos másteres universitarios oficiales, previa verificación de las enseñanzas por parte del Consejo de Universidades, en virtud de la aplicación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 557/1991, la adscripción de centros privados a Universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados en este Real Decreto respecto de las exigencias materiales y docentes mínimas para su autorización. En este sentido, el centro cumple con los requisitos mínimos de instalaciones e infraestructuras establecidos en el Anexo al citado Real Decreto, así como con los referidos a personal docente y de administración y servicios que se especifican en los artículos 6 a 9 de la misma norma.

La propuesta ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 9 de diciembre de 2008, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,

DISPONGO

Primero

Autorizar la adscripción a la Universidad Antonio de Nebrija del Centro de Estudios Garrigues.  ([2])

El Centro de Estudios Garrigues se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y las normas que en su desarrollo dicte el Estado y la Comunidad de Madrid; por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril; por el convenio de adscripción celebrado entre la Universidad Antonio de Nebrija y la entidad titular del centro adscrito, y por sus propias normas de organización y funcionamiento, que en todo caso deberán respetar y garantizar los principios constitucionales de libertad académica, manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio.

Segundo

El Centro de Estudios Garrigues tendrá su sede en Madrid, en el paseo de Recoletos, número 35. ([3])

Tercero

Se autoriza la implantación en el curso 2009-2010 de las siguientes enseñanzas universitarias oficiales: ([4])

Máster Universitario en Práctica Tributaria.

Máster Universitario en Práctica Jurídica Empresarial.

Máster Universitario en Recursos Humanos.

Máster Universitario en Práctica Jurídica Laboral.

Máster Universitario en Banca y Finanzas.

Cualquier otra enseñanza universitaria oficial que prevea implantarse en el centro deberá contar con la autorización previa de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce esta autorización estará sometida a la autorización de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad titular del centro deberá comunicar a la Dirección General de Universidades e Investigación cualquier modificación respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga esta autorización y, en particular, las relativas a la sede, titularidad, vigencia y contenido del convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, así como naturaleza y características de las enseñanzas establecidas en el apartado tercero. El incumplimiento de lo anterior podrá dar lugar a la revocación de esta autorización.

Quinto

El Centro de Estudios Garrigues implantará las titulaciones de máster con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición, de conformidad con las memorias presentadas y bajo la tutela académica de la Universidad Antonio de Nebrija.

 



[2] .- Tengasé en cuenta la Orden 157/2021, de 15 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza la desadscripción del Centro de Estudios Garrigues de la Universidad Antonio de Nebrija. (BOCM de 30 de abril lde 2021)

[3] .- Por Orden 89/2020, de 17 de junio, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, se autorizó el cambio de sede del Centro de Estudios Garrigues, adscrito a la Universidad Antonio de Nebrija.

[4] .- Por  Orden 157/2021, de 15 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, se inicia el proceso de extinción de las enseñanzas impartidas. Véase el artículo 1.2 de la misma.