[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE HABILITA AL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE ADHESIÓN A CONVENIOS O ACUERDOS DE COLABORACIÓN SOCIAL CELEBRADOS ENTRE LA REFERIDA CONSEJERÍA Y COLEGIOS O ASOCIACIONES PROFESIONALES RELACIONADOS EN SU ACTIVIDAD CON LA GESTIÓN TRIBUTARIA, PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA POR CUENTA DE TERCEROS DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES A LOS TRIBUTOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD DE MADRID

 

 

 

Resolución de 30 de abril de 2009, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid para la recepción de solicitudes de adhesión a convenios o acuerdos de colaboración social celebrados entre la referida Consejería y Colegios o Asociaciones Profesionales relacionados en su actividad con la gestión tributaria, para la presentación telemática por cuenta de terceros de declaraciones tributarias correspondientes a los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

La Orden de 27 de abril de 2007, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el procedimiento para la presentación y pago telemático de las autoliquidaciones correspondientes a los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, dispone en su artículo 4.b) que la Dirección General de Tributos autorizará a los profesionales colegiados o asociados para efectuar la presentación telemática de dichas autoliquidaciones. Y que, para obtener esa autorización, los presentadores profesionales deberán suscribir previamente un documento individualizado de adhesión al convenio o acuerdo, que recoja expresamente la aceptación contenido íntegro del mismo.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la recepción, por medios electrónicos, de la solicitud de adhesión al convenio de colaboración social entre la Consejería de Economía y Hacienda y los Colegios o Asociaciones Profesionales, para la presentación telemática por cuenta de terceros de declaraciones tributarias correspondientes a los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid.

La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento ¿Solicitud de adhesión a convenio de colaboración social: Presentación de declaraciones tributarias por cuenta de terceros¿, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda, siendo de aplicación el siguiente:

¿Trámite susceptible de realización ante el Registro Telemático: Presentación de la solicitud adhesión al convenio. Para la realización del trámite se utilizará el modelo normalizado disponible en www.madrid.org, de acuerdo al procedimiento establecido al efecto en el sitio web de la Comunidad de Madrid. ([2])

 

ANEXO I

DOCUMENTO INDIVIDUAL DE ADHESIÓN A CONVENIO DE COLABORACIÓN

(Véase en versión pdf)



[1] .- BOCM 8 de junio de 2009.

El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por la Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la que se modifica el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM 5 de mayo de 2010).

[2] .- Parte dispositiva de esta Resolución derogada tácitamente por la Resolución de 26 de marzo de 2010, de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Mantiene su vigencia el Anexo.