Resolución de 7 de junio de 2004, por la que se aprueban nuevas tablas
de valoración y acceso de series documentales de la
Universidad Complutense de Madrid ()
Los artículos 55.1 y 58 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, faculta a las
Administraciones competentes para la eliminación de bienes del Patrimonio
Documental mediante la constitución de la correspondiente Comisión Calificadora
de Documentos. Por su parte, la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y
Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid (),
en su artículo 34, y en su Disposición Transitoria Cuarta, prohíbe la
destrucción de los documentos producidos por las Universidades públicas
madrileñas, salvo que exista un procedimiento reglamentario para ello. Finalmente,
el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, reconoce la autonomía universitaria para elaborar sus propias
normas de régimen interno, aspecto que venía siendo igualmente reconocido por
el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria.
En consecuencia, la
Universidad Complutense de Madrid, mediante Acuerdo de la
Comisión Permanente de su Junta de Gobierno de 22 de junio de 2001, creó en su
seno una Comisión Calificadora de Documentos, con carácter asesor en materia de
valoración y eliminación documental. Por tanto, a la vista de los acuerdos de
la citada Comisión Calificadora en su reunión de 10 de mayo de 2004, y a
propuesta del ilustrísimo señor Secretario General de este Universidad, vengo
en resolver la aprobación de las tablas de valoración y acceso de series
documentales que se incorporan como Anexo.
ANEXO
TABLAS DE
VALORACIÓN Y ACCESO DE SERIES DOCUMENTALES DE LA
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID ()
Serie:
INFORMES JURÍDICOS
Organismo productor: Asesoría Jurídica.
Acceso: Parcialmente restringido. En muchas ocasiones,
los informes solicitados aluden a situaciones personales y pueden incluir datos
de acceso restringidos, de acuerdo con el artículo 57 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el artículo 37
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los
artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal. La documentación no afectada por estas
restricciones será de acceso libre. La liberalización total del acceso a estos
expedientes se producirá a las cincuenta años de su producción.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
INSTRUMENTOS DE DESCRIPCIÓN DE EXPEDIENTES JURÍDICOS
Organismo productor: Asesoría Jurídica.
Acceso: Parcialmente restringido. Los registros no
presentan datos protegidos por la legislación. Sin embargo, en los ficheros
frecuentemente se mencionan datos personales de los interesados en cada
expediente. Por tanto, los ficheros serán de acceso restringido, de acuerdo con
el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español; el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y los artículos 10 y 11 de la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. La liberalización total del acceso a estos documentos se producirá a
los cincuenta años.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
LIBROS DE REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA
Organismo productor: Asesoría Jurídica.
Acceso: Libre. Los asientos de estos registros no
informan de datos personales protegidos por la legislación.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
EXPEDIENTES DE RECLAMACIONES Y RECURSOS
Organismo productor: Asesoría Jurídica.
Acceso: Restringido. La práctica totalidad de los
expedientes incluyen los datos personales de los intervinientes, que son de
acceso restringido, de acuerdo con el artículo 57 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el artículo 37
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y los artículos 10 y 11 de la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. La liberalización total del acceso a estos documentos se producirá a
los cincuenta años.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
EXPEDIENTES DE RECLAMACIONES Y RECURSOS DE ALUMNOS
Organismo productor: Asesoría Jurídica.
Acceso: Restringido. La práctica totalidad de los
expedientes incluyen los datos personales de los intervinientes, que son de
acceso restringido, de acuerdo con el artículo 57 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el artículo 37
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los
artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal. La liberalización total del acceso a estos
documentos se producirá a los cincuenta años.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
DOSSIERES DE PRENSA
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Parcialmente restringido. Los documentos
nominativos, en particular las acreditaciones de periodistas, así como los
listados de invitados y periodistas, son de acceso restringido, de acuerdo con
el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español; el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y los artículos 10 y 11 de la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. El resto de los dossieres será de acceso libre. La liberalización
total de estos dossieres se producirá a los cincuenta años.
Valoración: Conservación permanente sólo de las notas
de prensa y de los discursos.
Serie:
COMUNICADOS DE PRENSA
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Libre. Por su propia naturaleza, los
comunicados de prensa no contienen datos de acceso restringido.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Libre. Estos expedientes no contienen datos
susceptibles de restricción.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
FACTURAS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Libre. Estos expedientes no contienen datos
susceptibles de restricción.
Valoración: Eliminación total al término de su valor
administrativo.
Serie:
DOSSIERES DE PRENSA. FOTOGRAFÍAS
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Libre. Estos documentos no contienen datos
susceptibles de restricción.
Valoración: Conservación permanente.
Serie:
REVISTA DE PRENSA
Organismo productor: Gabinete de Comunicación.
Acceso: Libre. Estos expedientes no contienen datos
susceptibles de restricción.
Valoración: Eliminación total al año siguiente de su
producción de los documentos en papel, pero conservación permanente de los
mismos documentos en formato electrónico
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.