DECRETO
69/2003, DE 22 DE MAYO, POR EL QUE SE CREA EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID EL INSTITUTO DE DERECHOS LOCAL
Decreto 69/2003, de 22 de mayo, por el que se crea en la Universidad Autónoma de Madrid el Instituto de Derecho Local ()
El Consejo Social de la Universidad Autónoma de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo
10 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades, ha propuesto la creación del Instituto de Derecho Local. Esta
propuesta cuenta con el informe positivo del Consejo de Gobierno de la Universidad. En este Instituto concurren los requisitos que contempla la citada Ley y que
caracterizan a los institutos universitarios como centros dedicados
fundamentalmente a la investigación científica y técnica o a la creación
artística, sin perjuicio de que puedan realizar actividades docentes en
enseñanzas especializadas y asesoramiento técnico en el ámbito de sus
competencias.
El Instituto Universitario de Derecho
Local se crea con el objetivo de la investigación y formación de excelencia en
el sector definido del Derecho Público, con el referente a la investigación,
documentación y formación en el ámbito del Derecho Local y relacionado
directamente con el Derecho Administrativo y el Derecho Financiero y Tributario.
Las líneas de investigación se pueden
englobar en:
- Elaboración de un catálogo exhaustivo y
referenciado de todo el material bibliográfico y jurídico-positivo en los
distintos sectores del Derecho Local.
- Realización de estudios específicos sobre cuestiones
que demandan un conocimiento más profundo.
- Elaboración de una obra general de referencia, de
actualización continua, que abarque todos los sectores del Derecho Local.
En estos proyectos participarán
investigadores de referencia, responsables de las líneas de investigación,
todos ellos personas acreditadas en el ámbito del Derecho Local y con actividad
profesional en el ámbito universitario.
Por todo ello, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, cumplidas las previsiones legales, estima conveniente aprobar la
propuesta de la Universidad Autónoma de Madrid.
En su virtud, de conformidad con lo
previsto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo
10.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, previo informe favorable del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, según prevé el artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de
Coordinación Universitaria, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero
de Educación,
DISPONE
Primero
Se crea el Instituto de Derecho Local en
la Universidad Autónoma de Madrid.
Segundo
El Instituto de Derecho Local se regirá
por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por los Estatutos de la Universidad Autónoma y por el Reglamento de Régimen Interno del Instituto.
Tercero
El período de
vigencia de las actividades del Instituto de Derecho Local tendrá carácter
indefinido en tanto se acredite el cumplimiento de las circunstancias que han
aconsejado su creación. Para ello, el Instituto, a través de la Universidad Autónoma de Madrid, pondrá en conocimiento de la Consejería de Educación la Memoria anual de actividades.
Cuarto
Por la Consejería de Educación se dictarán cuantas medidas sean necesarias para el desarrollo de lo
establecido en el presente Decreto.