[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA DENOMINACIÓN Y COMPETENCIAS DE LA VICEPRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Y DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA DENOMINACIÓN Y COMPETENCIAS DE LA VICEPRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Y DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

 

 

Decreto 42/2009, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la denominación y competencias de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y de la Consejería de Economía y Hacienda. ([1])

 

 

De conformidad con lo dispuesto con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno tiene competencia para variar la denominación y el número de las Consejerías.

 

En aplicación de los principios de austeridad y de economía que presiden la acción pública del Gobierno de la Comunidad de Madrid, se estima conveniente que las competencias de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo se atribuyan a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, salvo en materia de turismo que se adscriben a la Consejería de Economía y Hacienda.

 

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 30 de abril de 2009,

 

DISPONGO

 

Artículo 1. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno ([2])

 

1. Se suprime la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

 

2. La Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno pasa a denominarse Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

 

3. La Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno asume las competencias que actualmente ostentaban la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, salvo en materia de turismo.

 

4. Se adscriben a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno todos los centros directivos que actualmente pertenecían a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y a la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, salvo la Dirección General de Turismo.

 

5. La Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, bajo la superior dirección del titular del Departamento, tendrá la siguiente estructura básica:

 

a) Viceconsejería de la Vicepresidencia y Secretaría General del Consejo de Gobierno.

b) Viceconsejería de Cultura.

c) Viceconsejería de Deportes.

d) Secretaría General Técnica.

e) Dirección General de Medios de Comunicación-Oficina de Comunicación del Gobierno.

f) Dirección General de los Servicios Jurídicos.

g) Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid.

h) Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

i) Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

j) Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

k) Dirección General de Promoción Cultural.

l) Dirección General de Patrimonio Histórico.

m) Dirección General de Deportes.

n) Dirección General de Juventud.

 

Artículo 2. Consejería de Economía y Hacienda ([3])

 

1. Se atribuyen a la Consejería de Economía y Hacienda las competencias en materia de turismo que ostentaba la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

 

2. Se adscribe a la Consejería de Economía y Hacienda la Dirección General de Turismo.

 

Disposiciones adicionales

 

Primera. Administración Institucional adscrita a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno ([4])

 

La Administración Institucional de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno estará integrada por:

 

a) El Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

b) El órgano de gestión sin personalidad jurídica Centro de Asuntos Taurinos.

c) La empresa pública con forma de entidad de derecho público Canal de Isabel II y su grupo empresarial.

d) El ente público Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, a través de la Secretaría General Técnica.

e) El Organismo Autónomo Instituto Madrileño del Deporte.

f) La empresa pública "Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima".

g) El órgano de gestión sin personalidad jurídica Museo Arqueológico de la Comunidad de Madrid.

h) El órgano de gestión sin personalidad jurídica Centro de Medicina Deportiva.

i) La entidad de derecho público Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid.

 

Segunda. Órganos colegiados de Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno ([5])

 

Están adscritos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, como órganos colegiados:

 

a) La Comisión de Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

b) El Consorcio Audiovisual de la Comunidad de Madrid.

c) El Consejo de la Orden del Dos de mayo.

d) La Comisión de Redacción, Coordinación y Seguimiento del Portal de Internet "madrid.org".

e) La Comisión de Asuntos Europeos de la Comunidad de Madrid.

f) El Consejo Asesor de Asuntos Europeos.

g) Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid.

h) Comisión Regional de Museos de la Comunidad de Madrid.

i) Consejo de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid.

j) Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid.

k) Comisión Asesora para la Adquisición de Obras de Arte.

l) Oficina de Promoción del Cine.

m) Consejo Regional de Patrimonio Histórico.

n) Comisión Regional para la aplicación del Uno por Ciento Cultural de la Comunidad de Madrid.

o) Comisión Jurídica del Deporte.

p) Comité del Deporte Universitario.

q) Consejo del Deporte de la Comunidad de Madrid.

r) Comisión Interdepartamental de Juventud.

 

Tercera. Administración Institucional y órganos colegiados de la Consejería de Economía y Hacienda

 

1. Se incorpora a la Administración Institucional de la Consejería de Economía y Hacienda la empresa pública "Sociedad Pública Turismo Madrid, Sociedad Anónima". ([6])

 

2. El Consejo de Madrid para la Promoción Turística se integra como órgano colegiado de la Consejería de Economía y Hacienda. ([7])

 

 

Cuarta. Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid ([8])

 

Corresponden al Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, establecido por Decreto 281/2001, de 20 de diciembre, las funciones que le atribuye la legislación vigente en materia de propiedad intelectual. La Secretaría General Técnica de Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno proveerá los medios personales y materiales necesarios para el cumplimiento de las mencionadas funciones.

 

Quinta. Modificación del Decreto 29/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la naturaleza, denominación y competencias del Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación (IMDER)

 

1. El cargo de Gerente pasa a denominarse Director-Gerente.

2. El artículo 8 queda redactado como sigue:

 

"Artículo 8. Director-Gerente

1. El Director-Gerente será nombrado y, en su caso, cesado por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

2. El Director-Gerente asistirá, con voz pero sin voto, a las reuniones del Consejo de Administración"

 

Sexta. Habilitación

 

Se habilita al Consejero de Economía y Hacienda a asignar los programas presupuestarios a cada Consejería, de acuerdo con la distribución de las competencias establecidas, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2009.

 

Séptima. Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria

 

El personal adscrito a los órganos, organismos y empresas públicas afectados por el presente Decreto pasará automáticamente a depender de la Consejería en la que hayan sido integrados o adscritos. Por el Consejero de Economía y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.

 

Disposiciones finales

 

Primera

 

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

 

Segunda

 

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 



[1] .- BOCM 1 de mayo de 2009.

El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:

-          Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOCM 10 de septiembre de 2009).

-          Decreto 71/2010, de 14 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se adscribe la empresa pública "Turmadrid, Sociedad Anónima", a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOCM 20 de octubre de 2010).

-          Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y racionalización del sector público (BOCM 29 de diciembre de 2010).

-          Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM 17 de junio de 2011).

-          Decreto 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM 5 de octubre de 2012)

 

[2] .- Apartados 1 y 2 del artículo 1, derogados tácitamente por el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid. Apartados 3, 4 y 5 del artículo 1, derogados tácitamente por el Decreto 78/2009, de 27 de agosto del Consejo de Gobierno.

[3] .- Artículo tácitamente derogado por Decreto 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

[4] .- Disposición Adicional Primera derogada tácitamente por el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno.

[5] .- Disposición Adicional Segunda derogada tácitamente por el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno.

[6] .- Redacción dada al apartado 1 de la Disposición Adicional 3ª por Decreto 71/2010, de 14 de octubre, del Consejo de Gobierno. Téngase en cuenta que en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, se establece que el Consejo de Administración de la esta Sociedad Pública "realizará las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General la disolución de la misma. "

[7] .- El Consejo de Madrid para la Promoción Turística fue suprimido por la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

[8] .- Disposición Adicional Cuarta derogada tácitamente por el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno.