[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE HABILITA AL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO PARA LA RECEPCIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DENOMINADO ¿PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS¿

 

 

Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la recepción de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos mediante el procedimiento denominado ¿Presentación de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos¿. ([1])

 

 

El Decreto 2/2008, de 17 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y el Decreto 102/2008, de 17 de julio, atribuyen a esta Dirección General de Medio Ambiente la competencia para el desarrollo de funciones que se deriven de la legislación vigente en el ámbito de sus competencias, entre ellas, la recepción de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos a que están obligados los productores de residuos peligrosos según la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, modificado por Real Decreto 952/1997 y la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

En el ejercicio de dicha competencia y de acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que, tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

RESUELVO

Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la recepción, por medios electrónicos, de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos mediante el procedimiento denominado ¿Presentación de la Declaración de Productor de Residuos Peligrosos¿.

La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento ¿Presentación de la Declaración de Productor de Residuos Peligrosos¿, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, siendo de aplicación el siguiente:

¿Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Presentación de la Declaración Anual de Productor de Residuos Peligrosos contemplada en el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, modificado por Real Decreto 952/1997, y en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos¿.

 



[1] .- BOCM 5 de febrero de 2009.