ORDEN 45/2008, de 10 de enero, de la Consejería de Educación, por la
que se deja sin efecto en la Universidad Carlos III, de Madrid, la implantación
de programas oficiales de posgrado acordados por la Orden 684/2006, de 14 de
febrero, y la revocación de programas oficiales de posgrado acordados por la
Orden 671/2007, de 14 de febrero.
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El artículo 37 de la Ley Orgánica de
Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril,
estructura las enseñanzas universitarias oficiales en grado, máster y
doctorado. Este artículo fue desarrollado por los Reales Decretos 55 y 56, de
21 de enero de 2005, que regulaban respectivamente los estudios oficiales de
grado y posgrado. El Real Decreto 56/2005, establecía en su artículo 2 que los
estudios oficiales de posgrado se articulaban en programas integrados por las
enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Máster o Doctor.
De acuerdo con lo previsto en el
artículo 8 de la Ley Orgánica de Universidades y en los Reales Decretos
mencionados, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de
títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, serán acordadas por la Comunidad Autónoma.
Siguiendo lo anterior, la Comunidad de
Madrid mediante Orden 684/2006, de 14 de febrero, y Orden 671/2007, de 14 de
febrero, del Consejero de Educación, acordó la implantación en las
Universidades de la Comunidad de Madrid de programas oficiales de posgrado que
podían comenzar a impartirse, respectivamente, a partir de los cursos 2006-2007
y 2007-2008.
De acuerdo con el apartado sexto de la
Orden 684 y séptimo de la Orden 671, las universidades deben comunicar a la
Dirección General de Universidades e Investigación los programas y lo títulos
que los integran que efectivamente se implanten.
La Universidad Carlos III, de Madrid, al
igual que el resto de las universidades, ha comunicado cuáles son los programas
que se están efectivamente impartiendo.
De acuerdo con esta información no todos
los programas autorizados por las referidas Órdenes se están impartiendo. De
hecho la Consejería preveía esta eventualidad y, en el apartado sexto de la
Orden 684, y octavo de la Orden 671, se indicaba que la implantación de los
Programas o de los títulos que los integran previstos en las mismas quedarían
sin efecto si en el plazo de dos años, desde que se acordó la implantación, no
se hubieran puesto en funcionamiento o si se ha dejado de impartir durante dos
cursos consecutivos.
Este es el caso de determinados máster y
doctorados integrados en programas de posgrado autorizados por la Orden
684/2006, de 14 de febrero, y que la Universidad no ha ofertado ni empezado a
impartir en los cursos 2006-2007 Por tanto, en aras de la transparencia de
información respecto de ni 2007-2008. qué títulos son oficiales, es
conveniente establecer la relación de los Programas Oficiales de Posgrado cuya
autorización queda sin efecto al haber transcurrido dos cursos académicos sin
que se inicie su impartición.
Por otro lado, la Administración puede
considerar necesario revocar la autorización para implantar determinados
programas de posgrado que no se están impartiendo, sin que hayan transcurrido
estos dos años académicos, cuando concurran circunstancias que lo hagan oportuno
en virtud del interés público o porque sobrevengan modificaciones legislativas
que lo condicionen.
Así, el recientemente aprobado Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su disposición adicional
undécima que las Universidades, en uso de su autonomía, podrán impartir otras
enseñanzas conducentes a la obtención de títulos no oficiales, siempre y cuando
ni por su denominación ni por su formato puedan inducir a confusión con los
títulos oficiales de grado, máster o doctorado.
De acuerdo con la información facilitada
por la Universidad Carlos III, la Universidad viene impartiendo como títulos
propios y, por tanto no oficiales, determinados másteres que por su denominación
pueden inducir a confusión con algunos de los másteres incluidos en los programas
oficiales de posgrado autorizados por la Orden 671/2007.
Por tanto, en cumplimiento de la
referida disposición adicional undécima del Real Decreto 1393/2007, es necesario
evitar la duplicidad de titulaciones ya sea porque la Universidad deje de
impartir el título propio, bien porque la Administración revoque la
autorización para implantar el título oficial. La decisión viene determinada
por cuál sea la opción que no perjudique los derechos de terceros, es decir, en
este caso, de los estudiantes.
Por este motivo es necesaria la
revocación de los másteres integrados en los programas oficiales de posgrado
autorizados por la Orden 671/2007, que no se están impartiendo y, por tanto,
cuya revocación no causa perjuicio alguno a terceros. Antes al contrario, esta
decisión evita cualquier posible confusión entre las enseñanzas oficiales y las
no oficiales.
Por las razones expuestas, en virtud de
las competencias atribuidas a la Consejería de Educación por el Decreto
118/2007, de 2 de agosto, previo informe del Consejo Universitario de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Dejar sin efecto los programas oficiales
de posgrado que se relacionan en el Anexo I de esta Orden y cuya implantación
fue acordada por la Orden 684/2006, de 14 de febrero, del Consejero de
Educación.
Segundo
Revocar el acuerdo de implantación de
los programas oficiales de posgrado que se relacionan en el Anexo II de esta
memoria y que fueron autorizados por la Orden 671/2007, de 14 de febrero, del
Consejero de Educación.
ANEXO I
PROGRAMAS OFICIALES DE POSGRADO QUE SE
DEJAN SIN EFECTO
(Aprobados por Orden 684/2006, de 14 de febrero)
Programa
oficial de posgrado en documentación: Archivos y bibliotecas en el entorno
digital:
- Máster
en archivos, bibliotecas y servicios de información digital.
Programa
oficial de posgrado combinado en ciencias y técnicas estadísticas y en ciencias
actuariales y financieras:
- Máster
en ciencias y técnicas estadísticas.
- Máster
en ciencias actuariales y financieras.
Programa
oficial de posgrado en especialización profesional en economía:
- Máster
en regulación y economía industrial.
- Máster
en economía pública.
- Máster
en microeconomía monetaria y financiera.
- Máster
en economía empírica.
- Máster
en economía de la integración europea.
Programa
oficial de posgrado en especialización profesional en economía para licenciados
en ciencias sociales:
- Máster
en economía para licenciados en ciencias sociales.
Programa
oficial de posgrado en ingeniería de datos y del conocimiento:
- Máster
en ingeniería de datos y del conocimiento.
Programa
oficial de posgrado europeo en servicios telemáticos:
- Máster
europeo en servicios telemáticos.
Programa
oficial de posgrado en ciencias y técnicas estadísticas:
- Máster
en ciencias y técnicas estadísticas.
Programa
oficial de posgrado en economía de la empresa:
- Máster
en contabilidad y auditoría.
- Máster
en dirección e investigación comercial.
- Máster
en dirección financiera.
- Máster
en dirección general.
- Máster
en economía financiera.
- Máster
en gestión de aprovisionamiento, operaciones y distribución.
Programa
oficial de posgrado en gerencia en sistemas informáticos:
- Máster
en gerencia de sistemas informáticos.
Programa
oficial de posgrado en sistemas distribuidos:
- Máster
en sistemas distribuidos.
Programa
oficial de posgrado en estudios internacionales y europeos:
- Máster
en estudios internacionales y europeos.
Programa
oficial de posgrado en análisis político y de políticas públicas:
- Máster
en análisis político y políticas públicas.
Programa
oficial de posgrado en ciencias actuariales y financieras:
- Máster
en ciencias actuariales y financieras.
Programa
oficial de posgrado en estudios superiores en dirección de empresas turísticas:
- Máster
en dirección de empresas hoteleras y de restauración.
ANEXO II
PROGRAMAS OFICIALES DE POSGRADO
QUE SE REVOCAN
(Aprobados por Orden 671/2007, de 14 de febrero)
Programa
oficial de posgrado en investigación en estadística:
- Doctor.
Programa
oficial de posgrado en dirección de empresas:
- Doctor.
Programa
oficial de posgrado en economic development: Growth, institutions and history:
- Máster
in economic development: Growth, institutions and history.
Programa
oficial de postgrado en bayesian statistics and decision analysis:
- European
master in bayesian statistics and decision analysis.
Programa
oficial de posgrado en análisis financiero. Financial analysis:
- Máster
en análisis financiero.
- Máster
in financial analysis.
Programa
oficial de posgrado en dirección de recursos humanos:
- Máster
en dirección de recursos humanos.
Programa
oficial de posgrado en dirección internacional de empresas:
- Máster
en dirección internacional de empresas. MBA internacional.
Programa
oficial de posgrado en gestión y análisis de políticas públicas:
- Máster
en gestión y análisis de políticas públicas.
Programa
oficial de posgrado en política y sociedad y relaciones transatlánticas
Europa-América:
- Máster
europeo en política y sociedad (euromáster).
- Máster
en relaciones transatlánticas Europa-América (TAM).
Programa
oficial de posgrado en gestión cultural:
- Máster
en gestión cultural.
Programa
oficial de posgrado en administración de empresas. Business administration:
- Máster
en administración de empresas.
- Máster
of business administration.
Programa
oficial de posgrado en comercio exterior:
- Máster
en comercio exterior.
Programa
oficial de posgrado en prevención de riesgos laborales:
- Máster
en prevención de riesgos laborales.
Programa
oficial de posgrado en calidad total:
- Máster
en calidad total.
Programa
oficial de posgrado en derecho de las telecomunicaciones y tecnologías de la
información:
- Máster
en derecho de las telecomunicaciones y tecnologías de la información.
Programa
oficial de posgrado en economía financiera:
- Doctor.