Orden 615/2008/00, de 30 de julio, de la
Consejería de Deportes, por la que se establece el Plan de Auditorías de las
cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas. ()
La evolución del deporte en la
Comunidad de Madrid ha contado como piezas básicas con las Federaciones
Deportivas Madrileñas, quienes han tenido un gran desarrollo en su actividad y
funcionamiento, lo que ha conllevado un considerable aumento en sus
presupuestos de gastos e ingresos.
Por ello, se considera conveniente
implantar técnicas de supervisión del gasto, tal y como establece la Ley
15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la
Comunidad de Madrid, al regular el régimen económico de las Federaciones
Deportivas Madrileñas, que, en su artículo 39, apartado e), establece que, en
los casos en que reglamentariamente se determine, deberán someterse,
anualmente, a auditorias financieras y, en su caso, de gestión; así como a
informes de revisión sobre la totalidad o parte de sus gastos, sin perjuicio de
las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos
por Ley.
Por otro lado, el artículo 33 del Decreto
159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas
de la Comunidad de Madrid, determina en su apartado 3, que por la Administración de la Comunidad de Madrid se aprobará el correspondiente Plan sobre Auditorías
Financieras, y, en su caso, de gestión, al que deberán someterse las
Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Por ello, en uso de las atribuciones que
han sido conferidas por el artículo 41.d) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, se dicta la presente Orden, por la que se establece el
Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas
Madrileñas.
Con ello se pretende, por un lado,
obtener una justificación previa de la subvención a conceder, en base a un
presupuesto elaborado por la correspondiente Federación Deportiva Madrileña,
para el período siguiente. Este presupuesto debe ser elaborado acorde a su
actividad y naturaleza, y de forma razonada.
Y, por otro, obtener la justificación
del gasto realizado mediante soporte documental, acreditativo tanto de la
cantidad como del destino, a efectos de comprobar una correcta aplicación
finalista del gasto subvencionado.
Junto a estos objetivos de control
relativos al gasto público, se incluye un tercero, relativo a la marcha y
funcionamiento de la entidad en base a principios contables aceptados.
Artículo 1. Objeto
Es objeto de la presente Orden el
establecer la presentación por las Federaciones Deportivas Madrileñas de las
cuentas anuales auditadas en el Registro de Entidades Deportivas de la
Comunidad de Madrid, dependiente de la
Dirección General de Deportes, como instrumento de control que coadyuve a
establecer los objetivos de Control de Gastos para las subvenciones otorgadas a
las mismas. ()
Artículo 2. Contenido
de las auditorías
Como resultado de su auditoría, además
del análisis de las cuentas anuales, el auditor emitirá un informe sobre las
mismas, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Auditorías.
Además del informe de auditoría, el
auditor designado deberá elaborar un Informe de Control Interno o Carta de
Recomendaciones, así como, en su caso, medidas de viabilidad para corregir o
paliar las deficiencias encontradas.
Artículo 3. Ámbito
de aplicación
Deberán someterse a auditoría las
Federaciones Deportivas Madrileñas que, en el ejercicio 2007, hayan tenido un
presupuesto total de gastos igual o superior a 1.000.000 de euros, sin
perjuicio de que en ejercicios posteriores se pueda extender esta obligación a
otras Federaciones Deportivas cuando especiales circunstancias lo hagan
necesario.
[Por Orden 564/2009, de 31 de marzo, de la
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, se amplía el ámbito de aplicación de
la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las
cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas]
[Véase el artículo 2 de la Orden 873/2010, de 5 de
mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del
Gobierno, por la que se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que
establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones
Deportivas Madrileñas]
[Por Orden 2295/2011, de 27 de diciembre, de la
Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, se
modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías
de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas
Artículo 4. Presentación
de las auditorías ()
Las Federaciones Deportivas Madrileñas
sujetas a esta Orden presentarán las cuentas auditadas correspondientes al
ejercicio inmediatamente anterior, antes del 31 de diciembre de cada año. No
obstante, y exclusivamente para las cuentas del ejercicio 2009, esta obligación
se extiende al primer trimestre del año 2011.
Disposición Adicional Única.- Plazo de presentación de las cuentas auditadas en el
año 2007
Las cuentas auditadas correspondientes
al ejercicio 2007 se podrán presentar hasta el día 30 de noviembre de 2008.
Disposición Final Primera.- Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.