[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 615/2008/00, de 30 de julio, de la Consejería de Deportes, por la que se establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas.   ([1])

 

 

 

La evolución del deporte en la Comunidad de Madrid ha contado como piezas básicas con las Federaciones Deportivas Madrileñas, quienes han tenido un gran desarrollo en su actividad y funcionamiento, lo que ha conllevado un considerable aumento en sus presupuestos de gastos e ingresos.

Por ello, se considera conveniente implantar técnicas de supervisión del gasto, tal y como establece la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, al regular el régimen económico de las Federaciones Deportivas Madrileñas, que, en su artículo 39, apartado e), establece que, en los casos en que reglamentariamente se determine, deberán someterse, anualmente, a auditorias financieras y, en su caso, de gestión; así como a informes de revisión sobre la totalidad o parte de sus gastos, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por Ley.

Por otro lado, el artículo 33 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, determina en su apartado 3, que por la Administración de la Comunidad de Madrid se aprobará el correspondiente Plan sobre Auditorías Financieras, y, en su caso, de gestión, al que deberán someterse las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

Por ello, en uso de las atribuciones que han sido conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se dicta la presente Orden, por la que se establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas.

Con ello se pretende, por un lado, obtener una justificación previa de la subvención a conceder, en base a un presupuesto elaborado por la correspondiente Federación Deportiva Madrileña, para el período siguiente. Este presupuesto debe ser elaborado acorde a su actividad y naturaleza, y de forma razonada.

Y, por otro, obtener la justificación del gasto realizado mediante soporte documental, acreditativo tanto de la cantidad como del destino, a efectos de comprobar una correcta aplicación finalista del gasto subvencionado.

Junto a estos objetivos de control relativos al gasto público, se incluye un tercero, relativo a la marcha y funcionamiento de la entidad en base a principios contables aceptados.

Artículo 1.  Objeto

Es objeto de la presente Orden el establecer la presentación por las Federaciones Deportivas Madrileñas de las cuentas anuales auditadas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Dirección General de Deportes, como instrumento de control que coadyuve a establecer los objetivos de Control de Gastos para las subvenciones otorgadas a las mismas. ([2])

Artículo 2. Contenido de las auditorías

Como resultado de su auditoría, además del análisis de las cuentas anuales, el auditor emitirá un informe sobre las mismas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Auditorías.

Además del informe de auditoría, el auditor designado deberá elaborar un Informe de Control Interno o Carta de Recomendaciones, así como, en su caso, medidas de viabilidad para corregir o paliar las deficiencias encontradas.

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Deberán someterse a auditoría las Federaciones Deportivas Madrileñas que, en el ejercicio 2007, hayan tenido un presupuesto total de gastos igual o superior a 1.000.000 de euros, sin perjuicio de que en ejercicios posteriores se pueda extender esta obligación a otras Federaciones Deportivas cuando especiales circunstancias lo hagan necesario.

[Por Orden 564/2009, de 31 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, se amplía el ámbito de aplicación de la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas]

[Véase el artículo 2 de la Orden 873/2010, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas]

[Por Orden 2295/2011, de 27 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas

Artículo 4. Presentación de las auditorías  ([3])

Las Federaciones Deportivas Madrileñas sujetas a esta Orden presentarán las cuentas auditadas correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior, antes del 31 de diciembre de cada año. No obstante, y exclusivamente para las cuentas del ejercicio 2009, esta obligación se extiende al primer trimestre del año 2011.

Disposición Adicional Única.- Plazo de presentación de las cuentas auditadas en el año 2007

Las cuentas auditadas correspondientes al ejercicio 2007 se podrán presentar hasta el día 30 de noviembre de 2008.

Disposición Final Primera.- Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 



[1] .-          BOCM 2 de septiembre de 2008.

                El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:

                - Orden 564/2009, de 31 de marzo, de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se amplía el ámbito de aplicación de la Orden 615/2008, de 30 de julio (BOCM 28 de abril de 2009, corrección de errores BOCM 28 de mayo de 2009).

                - Orden 873/2010, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas (BOCM 21 de mayo de 2010).

                - Orden 2295/2011, de 27 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas (BOCM 12 de enero de 2012).

 

DEROGADA por:

-          Orden 1293/2022, de 17 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece el Plan de Auditorías financieras y de gestión de las federaciones deportivas madrileñas. (BOCM de 25 de agosto de 2022)

[2] .-          Véase el artículo 1 de la Orden 873/2010, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

[3] .-          Redacción dada al artículo 4 por Orden 873/2010, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.