RESOLUCIÓN POR LA QUE SE HABILITA AL REGISTRO
TELEMÁTICO DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER PARA LA RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD
DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DENOMINADO ¿REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS EN EL
SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN: CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN¿
Resolución de 11 de junio de 2008, de la Dirección
General de Trabajo, por la que se habilita al Registro
Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la recepción de la solicitud
de inicio del procedimiento denominado ¿Registro de empresas acreditadas en el
sector de la construcción: Cancelación de la inscripción¿. ()
El
Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, atribuye a
esta Dirección General de Trabajo la competencia para resolver el procedimiento
¿Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción: Cancelación
de la inscripción¿.
En
ejercicio de dicha competencia, y de acuerdo con lo señalado en el artículo
10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la
utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la
Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en
vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la
recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros
procedimientos y trámites mediante Resolución del órgano, organismo o entidad
que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos
informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al
Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad
de Madrid,
RESUELVO
Habilitar
al Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la recepción,
por medios electrónicos, de la solicitud de inicio del procedimiento denominado
¿Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción: Cancelación
de la inscripción¿.
La
inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del
procedimiento ¿Registro de empresas acreditadas en el sector de la
construcción: Cancelación de la inscripción¿, que deberá entenderse modificado
en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la
relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Empleo y Mujer, siendo
de aplicación el siguiente:
¿Trámites
susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Presentación de la
solicitud de inicio del procedimiento. Para la presentación de solicitudes se
utilizará el modelo normalizado disponible en www.madrid.org, se acompañará, de
acuerdo al procedimiento establecido al efecto en el sitio web de la Comunidad
de Madrid, de la documentación expresamente indicada en la correspondiente
ficha informativa para la acreditación de los requisitos objeto del trámite¿.