DECRETO
POR EL QUE SE MODIFICAN LAS COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA.
DECRETO 115/2008, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que
se modifican las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda. ()
Mediante Decreto 77/2008, de 3 de julio, el Gobierno
varió el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. El Decreto 102/2008, de 17 de julio, procedió a modificar parcialmente
las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías, en desarrollo
del Decreto 77/2008, con el fin de alcanzar una mayor eficacia y coordinación
de la acción de Gobierno, tendiendo hacia un gasto lo más racional posible, y
prestando con eficiencia los servicios públicos.
El presente Decreto continúa con esta labor emprendida
en el ámbito de la actual Consejería de Economía y Hacienda, sobre los
principios de austeridad y economía, reduciendo el número de las Direcciones
Generales y trasladando sus competencias a otros centros directivos, sin mermar
la máxima eficacia en la acción del Gobierno.
En su virtud, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 24 de
julio de 2008,
DISPONGO
Artículo
único. Consejería de Economía y Hacienda
1. Se suprimen la Dirección General de Innovación Tecnológica, la Dirección General de Economía, la Dirección General de Patrimonio, la Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego, la Dirección General de Análisis Económico y Financiación de Inversiones del Sector Público, y
el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.
2. Se crea la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, que asume las
competencias que anteriormente ejercían la Dirección General de Economía, de Innovación Tecnológica, salvo en materia de sociedad de la
información y del conocimiento, y el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.
3. La Dirección General de Presupuestos asume las competencias de la antigua Dirección General de Análisis Económico y Financiación de
Inversiones del Sector Público, y pasa a denominarse Dirección General de
Presupuestos y Análisis Económico.
4. A la Dirección General de Tributos le corresponden además, las competencias de la antigua
Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego, y pasa a denominarse
Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.
5. La Dirección General de Política Financiera y Tesorería adquiere las competencias de la Dirección General de Patrimonio, y pasa a denominarse Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio.
6. Se crea la Intervención Central de la Comunidad de Madrid, con la consideración de Alto Cargo, que
dependerá directamente del titular de la Intervención General de la Comunidad de Madrid con funciones de coordinación de las distintas
unidades de la misma y de Secretaría General.
7. La Consejería de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección del titular del Departamento, tendrá la siguiente estructura
básica y organismos adscritos:
a) Viceconsejería de Economía, Comercio y
Consumo.
b) Viceconsejería de Hacienda.
c) Secretaría General Técnica.
d) Dirección General de Economía, Estadística
e Innovación Tecnológica.
e) Dirección General de Industria, Energía y
Minas.
f) Dirección General de Comercio
g) Dirección General de Consumo.
h) Dirección General de Presupuestos y
Análisis Económico.
i) Dirección General de Tributos y Ordenación
y Gestión del Juego.
j) Dirección General de Política Financiera,
Tesorería y Patrimonio.
k) Dirección General de Gestión de Recursos
Humanos.
l) Intervención General.
m) Instituto Madrileño de Desarrollo
y su grupo empresarial excepto la Empresa Pública "Turmadrid, Sociedad Anónima"; la Sociedad Pública "Turismo Madrid, Sociedad Anónima", y "Alcalá Natura 21,
Sociedad Anónima".
n) Agencia Financiera de Madrid.
o) Instituto Regional de Arbitraje de Consumo.
p) Empresa Pública ARPROMA,
Arrendamientos y Promociones de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.
Disposiciones adicionales
Primera.
Fundaciones, Órganos Colegiados y
Órganos Consultivos
a) La Fundación "Madrid por la Excelencia" se adscribe a la Consejería de Economía y Hacienda.
b) El Consejo para el
seguimiento del Pacto Social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos
del comportamiento alimentario: la anorexia y la bulimia, se adscribe a la Consejería de Sanidad.
Segunda.
Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid
Se adscriben a la Consejería de Economía y Hacienda las relaciones del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid.
Tercera.
Agencia de Informática y
Comunicaciones de la Comunidad de Madrid
El ente público Agencia de Informática y
Comunicaciones de la Comunidad de Madrid se adscribe a la Vicepresidenci a y Portavocía del Gobierno, a través de la Secretaría General Técnica.
Cuarta.
Habilitación
Se habilita al Consejero de Economía y Hacienda a
asignar los programas presupuestarios a cada Consejería, de acuerdo con la
distribución de las competencias establecida, así como a efectuar aquellas
modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos
necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2008.
Quinta.
Modificación de la relación de
puestos de trabajo y plantilla presupuestaria
El personal adscrito a los Órganos, Organismos y
Empresas Públicas afectados por el presente Decreto pasará automáticamente a
depender de la Consejería en la que hayan sido integrados o adscritos. Por el
Consejero de Economía y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones
que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las
relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.
Disposiciones finales
Primera
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o
inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.
Segunda
El presente Decreto entrará en vigor el día de su
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.