DECRETO
POR EL QUE SE MODIFICAN PARCIALMENTE LAS COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE
ALGUNAS CONSEJERÍAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que
se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas
Consejerías de la Comunidad de Madrid. ()
De conformidad con lo dispuesto con el artículo 19.3
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno tiene competencia para variar la denominación y
el número de las Consejerías. Mediante Decreto 77/2008, de 3 de julio, el
Gobierno varió el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En aplicación de los principios de austeridad y de
economía que deben presidir la acción pública, se ha estimado conveniente
reformar la organización básica de algunas Consejerías de la Administración de la Comunidad de Madrid, reduciendo el número de Direcciones Generales y
trasladando sus competencias a otros centros directivos, sin mermar la máxima
eficacia en la acción del Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y
Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de julio de 2008,
DISPONGO
Artículo
1. Vicepresidencia y Portavocía
del Gobierno ()
1. Se adscriben a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno los siguientes centros directivos y entes públicos
con sus correspondientes competencias:
a) La Dirección General de Asuntos Europeos, que asume además las competencias correspondientes al
Área de Cooperación con el Estado que ostentaba la Dirección General de Política Interior y Cooperación con el Estado. Esta Dirección General
pasa a denominarse Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el
Estado.
b) La Dirección General Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, que asume también las
competencias en materia de sociedad de la información y del conocimiento de la Dirección General de Innovación Tecnológica.
2. La Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, bajo la superior dirección del titular del Departamento, tendrá la siguiente
estructura básica y organismos adscritos:
a) Viceconsejería de la Vicepresidencia y Secretaría General del Consejo de Gobierno.
b) Secretaría General Técnica.
c) Dirección General de
Medios de Comunicación-Oficina de Comunicación del Gobierno.
d) Dirección General de los Servicios
Jurídicos.
e) Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid.
f) Dirección General de Asuntos Europeos y
Cooperación con el Estado.
g) Dirección General de Calidad de los
Servicios y Atención al Ciudadano.
h) Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
i) Centro de Asuntos Taurinos.
j) Canal de Isabel II y su grupo empresarial.
Artículo
2. Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior ()
1. Se suprimen las Direcciones Generales de Seguridad,
de Política Interior y Cooperación con el Estado, y de Modernización de las
Infraestructuras de la Administración de Justicia.
2. Se crea la Dirección General de Seguridad e Interior, que asume las competencias de la antigua Dirección
General de Seguridad y además las atribuidas a la antigua Dirección General de
Política Interior y Cooperación con el Estado, excepto las correspondientes al
Área de Cooperación con el Estado.
3. La Dirección General de Protección Ciudadana ejercerá, además de las competencias que le atribuye el Decreto 25/2008, de 10 de abril,
las que correspondían a la antigua Dirección General del Medio Natural en
relación con la prevención y extinción de incendios forestales.
4. Se crea la Dirección de Área de Seguridad, con la consideración de Alto Cargo, que dependerá directamente del titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, y que asume la supervisión directa de las
infraestructuras de seguridad de la Comunidad de Madrid.
5. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia asume las competencias de la Dirección General de Modernización de las Infraestructuras de la Administración de Justicia y pasa a denominarse Dirección General de Justicia.
6. Quedan adscritas a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y el Instituto Madrileño de Administración
Pública.
7. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, bajo la superior dirección del titular del Departamento, tendrá la siguiente
estructura básica y organismos adscritos:
a) Viceconsejería de Presidencia e Interior.
b) Viceconsejería de Justicia y Administraciones
Públicas.
c) Secretaría General Técnica.
d) Dirección General de Relaciones Externas.
e) Dirección General de Seguridad e Interior.
f) Dirección General de Protección Ciudadana.
g) Dirección General de Cooperación con la Administración Local.
h) Dirección General de Justicia.
i) Dirección General de Función Pública.
j) Agencia Madrileña para la Emigración.
k) Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
l) Madrid 112.
m) Patronato Madrileño de Áreas de Montaña.
n) Centro Regional de Coordinación e
Información Municipal.
o) Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
p) Instituto Madrileño de Administración
Pública.
q) Campus de la Justicia, Sociedad Anónima.
Artículo
3. Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio ()
1. Se suprimen la Direcciones Generales de Agricultura y Desarrollo Rural, del Medio Natural, de Medio Ambiente
Urbano, de Promoción y Disciplina Ambiental, y de Arquitectura y
Rehabilitación.
2. La Viceconsejería de Vivienda pasa a denominarse Viceconsejería de Vivienda y Suelo.
3. La Dirección General del Medio Ambiente asume las competencias de las antiguas Direcciones Generales de Agricultura y Desarrollo Rural,
de Medio Ambiente Urbano y del Medio Natural con la excepción señalada en el
anterior artículo.
4. La Dirección General de Evaluación Ambiental asume las competencias en materia de disciplina ambiental que correspondían a la antigua
Dirección General de Promoción y Disciplina Ambiental.
5. La Dirección General de Vivienda asume las competencias de la antigua Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación y pasa a
denominarse Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
6. La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, bajo la superior dirección del titular del Departamento,
tendrá la siguiente estructura básica y organismos adscritos:
a) Viceconsejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio.
b) Viceconsejería de Vivienda y Suelo.
c) Secretaría General Técnica.
d) Dirección General del Medio Ambiente.
e) Dirección General de Evaluación Ambiental.
f) Dirección General de Urbanismo y
Estrategia Territorial.
g) Dirección General del Suelo.
h) Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación.
i) Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA).
j) Instituto de Realojamiento e Integración
Social (IRIS)
k) Instituto Madrileño de
Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA).
l) Empresa Pública
INVICAM, Innovación y Vivienda de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.
m) Áreas de Promoción Empresarial, Sociedad
Anónima (ARPEGIO).
n) Empresa Pública Tres Cantos, Sociedad
Anónima.
o) Empresa Pública GEDESMA,
Sociedad Anónima, Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.
Estructuras del resto de
Consejerías
Las estructuras orgánicas del resto de Consejerías se
mantienen como en la actualidad, tanto en lo referente a los centros
directivos, Órganos y Entidades adscritas, como en cuanto a sus competencias.
Segunda.
Fundaciones, Órganos Colegiados y
Órganos Consultivos
Las Fundaciones, los Órganos Colegiados y los Órganos
Consultivos se adscriben a las Consejerías competentes por razón de la materia,
con las siguientes especialidades:
a) El Observatorio Regional
de la Violencia de Género, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y la Mesa para la Integración y Promoción del Pueblo Gitano ()
se adscriben a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. ()
b) El Consejo para la Promoción de Accesibilidad y la Supresión de Barreras, y la Fundación ARPEGIO y la Fundación para la Investigación y el Desarrollo Ambiental se adscriben a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
()
Tercera.
Agencia de Protección de Datos ()
Se adscriben a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior las relaciones con la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
Cuarta.
Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima
()
Se adscribe a la Consejería de Cultura y Turismo la sociedad pública Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima.
Quinta.
Habilitación
Se habilita al Consejero de Economía y Hacienda a
asignar los programas presupuestarios a cada Consejería, de acuerdo con la
distribución de las competencias establecidas, así como a efectuar aquellas
modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos
necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2008.
Sexta.
Modificación de la relación de
puestos de trabajo y plantilla presupuestaria
El personal adscrito a los Órganos, Organismos y
Empresas Públicas afectados por el presente Decreto pasará automáticamente a
depender de la Consejería en la que hayan sido integrados o adscritos. Por el
Consejero de Economía y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones
que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las
relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o
inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.
Segunda.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.