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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS RELATIVOS A CENTROS EDUCATIVOS INCLUIDOS EN EL PLAN REGIONAL DE INVERSIONES Y SERVICIOS DE MADRID (PRISMA).

 

 

ORDEN 973/2000, de 5 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se establecen procedimientos para la gestión de proyectos relativos a centros educativos incluidos en el Plan Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA). ([1])

 

 

 

Visto el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 12 de diciembre de 1996, por el que se aprueba el Plan Regional de Inversiones y Servicios de Madrid para el período de 1997-2000, en cuyo Anexo figuran diversas actuaciones relativas a infraestructuras y equipamiento en materia de educación no univesitaria.

Dado que las inversiones aprobadas deberán ejecutarse en su totalidad durante el ejercicio económico en el que se consignan las correspondientes aportaciones de la Consejería de Educación, incluidas en las Leyes anuales de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Teniendo en cuenta que la distinta tipología de las actuaciones a ejecutar, así como el número de Centros gestores participantes en el programa, hacen necesario fijar los procedimientos que permitan el correcto desarrollo de lo establecido en el PRISMA, la presente Orden, establece determinadas cuestiones relativas al procedimiento de gestión para la tramitación de las aportaciones de la Consejería de Educación a los Ayuntamientos incluidas en el Capítulo VII "Transferencias de Capital" de los programas presupuestarios correspondientes.

En consecuencia

 

DISPONGO

 

Primero

 

Los Ayuntamientos que lo soliciten gestionarán la realización y/o contratación de los proyectos a que den lugar las actuaciones previstas en el PRISMA relativas a infraestructuras y equipamiento en materia de educación no universitaria presupuestados en los Capítulos VII de los respectivos programas económicos para su ejecución durante ejercicio en el que se incluyen las correspondientes dotaciones económicas.

Se delega la aprobación de los proyectos, previo informe de los servicios técnicos de los órganos gestores correspondientes, en el Director General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación.

Tras la aprobación del proyecto por ambas Administraciones y una vez adjudicada la contratación de las actuaciones de referencia por los órganos municipales competentes, los órganos gestores de la Consejería de Educación procederán a la tramitación de los expedientes de subvenciones, de conformidad con lo establecido en los acuerdos noveno y décimo del citado Plan de Inversiones y Servicios.

A fin de garantizar que las actuaciones financiadas en los correspondientes ejercicios económicos se ejecuten en su totalidad con cargo a los mismos, los Ayuntamientos deberán remitir las últimas certificaciones de obras y justificantes de gastos, debidamente aprobados por el órgano municipal competente, diez días antes de la fecha límite que en cada ejercicio económico se establezca para la prestación de los correspondientes expedientes de gastos, en la normativa al efecto que dicte la Consejería de Hacienda en relación con el fin de ejercicio y cierre contable.

 

Segundo

 

Los actos administrativos adoptados en el ejercicio de la delegación contenida en la presente Orden se considerarán dictados por el titular de la Consejería de Educación, debiendo constar esta circunstancia en cada resolución que los incorpore.

 

Tercero

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Cuarto

Revocar la Orden 107/1998, de 3 de febrero, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen procedimientos para la gestión de proyectos relativos a centros educativos incluidos en el Plan Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA).

 



[1] .- BOCM 18 de abril de 2000