ORDEN
POR LA QUE SE REGULAN LA ORDENACIÓN ACADÉMICA Y LA ORGANIZACIÓN DE LOS
PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL QUE SE IMPARTAN EN CENTROS
EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDEN 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, por la
que se regulan la ordenación académica y la organización de los programas de
cualificación profesional inicial que se impartan en centros educativos de la
Comunidad de Madrid. ()()
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
incluye en la Educación Secundaria Obligatoria programas de cualificación
profesional inicial destinados a alumnos mayores de dieciséis años que no hayan
obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
El artículo 30 de la Ley define los aspectos fundamentales
de los programas, tales como los destinatarios, la estructura y los efectos de
su superación, atribuye a las Administraciones educativas la organización de
estos programas y establece como objeto de los mismos que todos los alumnos
alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de
la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
creado por la Ley 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la
Formación Profesional, y el artículo 14 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de
diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a
la Educación Secundaria Obligatoria dispone que dichos programas incluyan
módulos formativos de carácter general que posibiliten el desarrollo de las
competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.
Por otra parte, el citado Real Decreto ha concretado
lo dispuesto en la Ley, regulando los aspectos básicos que han de tomarse en
consideración para el desarrollo de dichos programas.
El Decreto 23/2007, de 10 de mayo, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de
la Educación Secundaria Obligatoria, determina que la Consejería de Educación
organizará y regulará los programas de cualificación profesional inicial,
conforme a lo establecido en los apartados 1 y 6 del artículo 30 de la Ley
Orgánica 2/2006, de Educación, y establecerá los procedimientos y criterios de
evaluación, promoción y obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria.
La Consejería de Educación es competente para regular
los aspectos antedichos de acuerdo con las competencias atribuidas por el
Decreto 118/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.
En su virtud,
DISPONGO
Capítulo I
Aspectos generales
Artículo
1. Objeto de la norma y ámbito de
aplicación
Los programas de cualificación profesional inicial
definidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se
impartan en centros educativos en el ámbito de gestión de la Comunidad de
Madrid se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en esta Orden.
Artículo
2. Objetivos de los programas
Son objetivos de los programas de cualificación
profesional inicial los siguientes:
1. Formar en las competencias profesionales propias
de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales establecido en el Real Decreto 1128/2003, de 5
de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre.
2. Favorecer una inserción sociolaboral
satisfactoria.
3. Adquirir las competencias básicas para proseguir
estudios en las diferentes enseñanzas.
Artículo
3. Estructura de los programas
1. Los programas de cualificación profesional inicial
incluyen módulos obligatorios y módulos voluntarios.
2. Los módulos obligatorios son los siguientes:
a) Módulos específicos:
- Módulos profesionales asociados a unidades de
competencia de una cualificación profesional de nivel 1.
- Formación en Centros de Trabajo.
b) Módulos formativos de carácter general:
- Módulo de Formación Básica.
- Módulo de Prevención de Riesgos Laborales.
- Módulo de Proyecto de Inserción Laboral.
3. Los módulos voluntarios se realizarán una vez
superados los módulos obligatorios por quienes deseen obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y se organizarán en torno a tres
ámbitos:
- Ámbito de comunicación.
- Ámbito social.
- Ámbito científico-tecnológico.
Artículo
4. Autorización para impartir los
programas
1. La Consejería de Educación autorizará la oferta de
módulos obligatorios y de módulos voluntarios de los programas de cualificación
profesional inicial en los centros educativos que se determinen. La
autorización se efectuará a propuesta de la Dirección General de Educación
Secundaria y Enseñanzas Profesionales para los centros públicos y de la
Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación para los centros privados y
privados concertados.
2. Los centros autorizados para impartir los módulos
obligatorios de los programas deberán reunir los requisitos que se establezcan
en la Resolución por la que se apruebe cada perfil profesional, a la que se
hace referencia en el artículo 8.2.
3. Los centros privados, concertados o no, autorizados
a impartir los módulos obligatorios se adscribirán a centros públicos a los
únicos efectos de custodiar la documentación académica relativa a estos módulos
y la expedición de las certificaciones establecidas en el artículo 16.1.
Artículo
5. Proceso de admisión
La admisión de alumnos a los programas de
cualificación profesional inicial se realizará mediante un proceso diferenciado
del establecido para el resto de las enseñanzas de Educación Secundaria
Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
Artículo
6. Modalidades de los programas
Con el fin de satisfacer las necesidades personales,
sociales y educativas de los alumnos, los módulos obligatorios de los programas
de cualificación profesional inicial que se impartan en los centros educativos
se podrán desarrollar en las siguientes modalidades:
- "General", de un curso de duración,
para los alumnos escolarizados en régimen ordinario.
- "Especial", de dos cursos de duración,
para los alumnos con necesidades educativas especiales.
Artículo
7. Metodología
1. Los métodos pedagógicos en los programas de
cualificación profesional inicial se adaptarán a las características de los alumnos
que los cursen, prestarán especial atención a la adaptación de los ritmos de
aprendizaje, a la orientación esencialmente práctica de la formación y al
fomento del trabajo en equipo, e integrarán los recursos de las tecnologías de
la información y la comunicación en el aprendizaje.
2. La comprensión lectora y la capacidad de expresarse
correctamente en público serán desarrolladas en todos los módulos del programa.
Capítulo II
Módulos obligatorios
SECCIÓN PRIMERA
Aspectos
comunes a las modalidades
Artículo
8. Currículo de los módulos
obligatorios
1. Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación
correspondientes al módulo de Formación Básica son los definidos en el Anexo 1
de esta Orden.
2. El perfil profesional del programa vendrá determinado
por las cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en él.
La Dirección General de Educación Secundaria y
Enseñanzas Profesionales establecerá, mediante Resolución, el currículo de los
módulos específicos de cada perfil profesional, que constará de:
a) La ficha de identificación, en la que se
describirá:
- La denominación.
- La Familia Profesional a la que pertenece de
las 26 establecidas por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre.
- Un código, que constará de tres caracteres
alfabéticos coincidentes con el asignado en el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales a la Familia Profesional a la que se
adscribe el Perfil Profesional, seguidos de una "I" y dos dígitos
numéricos más correspondientes al orden asignado al Perfil Profesional
dentro de la Familia Profesional.
- La denominación de las Cualificaciones
Profesionales incluidas en el Perfil Profesional.
- La competencia general.
- Las unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el Perfil
Profesional.
- El entorno profesional.
- Los módulos profesionales.
- La correspondencia entre los módulos
profesionales con las unidades de competencia para su acreditación.
b) Las unidades de competencia que, a su vez,
incluirán:
- Las realizaciones profesionales.
- Los criterios de realización.
- El contexto profesional.
c) Los módulos profesionales asociados a unidades de
competencia, en cada uno de los cuales se indicará:
- La unidad de competencia a la que está
asociado.
- La duración total.
- Las capacidades.
- Los criterios de evaluación.
- Los contenidos.
d) El módulo de Formación en Centros de Trabajo, del
que se especificará:
- La duración total.
- Las capacidades.
- Los criterios de evaluación.
e) La organización académica y la distribución
horaria semanal.
f) El profesorado con competencia docente para
impartir cada uno de los módulos profesionales.
g) Los requisitos de espacios e instalaciones.
h) La relación, en su caso, con certificados de
profesionalidad.
[Por
Resolución de 9 de mayo de 2008, de la
Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, se
aprueban los currículos de determinados perfiles correspondientes a los módulos
específicos de los programas de cualificación profesional inicial]
[Por Resolución de 7 de julio de 2008, de la
Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, se
aprueban los currículos de determinados perfiles correspondientes a los módulos
específicos de los Programas de cualificación profesional inicial de las
familias profesionales de "Edificación y Obra Civil" y "Textil,
Confección y Piel".]
[Por Resolución de 31 de julio de 2008, de la
Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, se
aprueban los currículos de determinados perfiles correspondientes a los módulos
específicos de los Programas de cualificación profesional inicial de las
familias profesionales de "Artes Gráficas" y "Comercio y Marketing"]
[Por Resolución de 10 de marzo de 2009, de la
Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, por la
que se aprueban los currículos de determinados perfiles correspondientes a los
módulos específicos de los Programas de cualificación profesional inicial de
las familias profesionales de "Industrias Alimentarias",
"Química" y "Servicios Socioculturales y a la
Comunidad"]
[Por Resolución de 17 de abril de 2009, de la
Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, se
aprueba el currículo de los módulos específicos correspondientes al perfil
profesional de un programa de cualificación profesional inicial de la familia
profesional de Vidrio y Cerámica]
3. El Anexo 2 determina las capacidades, los criterios
de evaluación y los contenidos correspondientes al módulo de Prevención de
Riesgos Laborales. Estos últimos coinciden con los incluidos en el Anexo IV.B
del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de
enero), requeridos para el desempeño de las funciones asociadas al nivel básico
de prevención de riesgos laborales según se dispone en el artículo 35 del
citado Real Decreto.
4. Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación
correspondientes al Proyecto de Inserción Laboral son los definidos en el Anexo
3 de esta Orden.
5. Los módulos formativos de carácter general podrán
ser objeto de adaptaciones curriculares significativas. Cuando se precisen, las
adaptaciones de los módulos profesionales asociados a la cualificación no
supondrán, en ningún caso, la supresión de capacidades que afecten a la
competencia general del perfil profesional.
Artículo
9. Formación de grupos
1. Los grupos de la Modalidad General se constituirán
con un mínimo de 15 y un máximo de 20 alumnos. En la Modalidad Especial se
formarán con un mínimo de 6 y un máximo de 12 alumnos.
La Dirección General de Educación Secundaria y
Enseñanzas Profesionales y la Dirección General de Becas y Ayudas a la
Educación, en sus respectivos ámbitos de competencia, podrán autorizar, previa
solicitud de la Dirección de Área Territorial, con el informe motivado de la
Inspección Educativa, el funcionamiento de grupos con un número menor de
alumnos, en función de la singularidad y características de los contenidos de
los módulos profesionales, de la necesidad e intereses de sus destinatarios, de
las condiciones del entorno cultural, social y laboral, y de factores de tipo
organizativo.
2. La integración de alumnos con necesidades
educativas especiales en los grupos de la Modalidad General se efectuará con
los mismos criterios que se establezcan para la Educación Secundaria
Obligatoria.
Artículo
10. Profesorado
1. En los centros públicos, el módulo de Formación
Básica será atribuido, prioritariamente, a un Profesor perteneciente al Cuerpo
de Maestros. En los centros privados, dicha prioridad corresponderá al
profesorado que tenga atribución docente en la Educación Primaria, de acuerdo
con lo dispuesto en la Orden de 11 de octubre de 1994 del Ministerio de
Educación y Ciencia, o la que en el futuro determine las titulaciones del
profesorado en centros privados. En ambos casos, se requerirá, además,
experiencia o formación acreditada en la atención educativa del alumnado al que
se dirigen estos programas.
En los programas pertenecientes a la Modalidad
Especial, el profesorado responsable de impartir este módulo deberá tener la
titulación de Maestro en la especialidad de Educación Especial o el título de
grado correspondiente. En los centros públicos serán también competentes para
ello quienes pertenezcan a la especialidad de Pedagogía Terapéutica del Cuerpo
de Maestros.
Sin perjuicio de la prioridad establecida en los
párrafos anteriores, los ámbitos que constituyen el módulo de Formación Básica
también podrán ser impartidos por el siguiente profesorado:
a) En los centros públicos: Por los Profesores de
apoyo a los correspondientes ámbitos pertenecientes al Departamento de
Orientación del centro o, cuando ello no sea posible, por el profesorado de
alguno de los Departamentos de Coordinación Didáctica a los que esté atribuida
alguna de las materias incluidas en el ámbito. En este caso, corresponderá al
Director del centro la atribución de los respectivos ámbitos al profesorado, a
propuesta de la Jefatura de Estudios.
b) En los centros privados corresponderá al Director
de los mismos la asignación de los respectivos ámbitos al profesorado, teniendo
en cuenta los requisitos de titulación necesarios para impartir las materias
incluidas en el ámbito.
2. Los módulos profesionales asociados a unidades de
competencia de cualificaciones profesionales serán impartidos por un Profesor
perteneciente al cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional de la
especialidad que se determine para cada perfil profesional, quien se
responsabilizará, además, del módulo de Formación en Centros de Trabajo.
3. De igual manera, el Profesor Técnico de Formación
Profesional se hará cargo del módulo de Prevención de Riesgos Laborales y del
Proyecto de Inserción Laboral, que se establece en el artículo 3.2 de esta
Orden. Para su desarrollo destinará, durante el período previsto para su
realización, el mismo horario semanal que haya dedicado hasta ese momento para
impartir los módulos profesionales asociados a unidades de competencia de
cualificaciones profesionales.
4. Cuando la especialidad del profesorado asignada
para impartir los módulos específicos del programa coincida con la del Profesor
Técnico de Apoyo al Área Práctica del Departamento de Orientación del centro,
este tendrá la obligación de impartirlos y la prioridad, sobre el resto de Profesores
de la misma especialidad, para la elección de horario.
5. Teniendo en cuenta lo dispuesto para las enseñanzas
de Formación Profesional por el artículo 95.2 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuando así se determine por
la especificidad de los contenidos que se han de impartir, en los centros
públicos se podrá atribuir la competencia docente de un determinado módulo
profesional a un Profesor especialista, cuyo régimen de contratación está
regulado por el Decreto 154/2001, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid, y en las posteriores normas de desarrollo.
6. Cuando los programas se desarrollen en centros
privados o privados concertados, el profesorado encargado de impartir las
enseñanzas relacionadas en los apartados 3 y 4 del presente artículo deberá
cumplir los requisitos que se establezcan en la Resolución por la que se
apruebe cada programa.
Artículo
11. Tutoría
1. La orientación educativa y profesional tendrán
especial consideración en estos programas y será el eje de la acción tutorial.
2. La acción tutorial constituye un elemento inherente
a la actividad educativa y se desarrollará permanentemente a lo largo de todo el
proceso formativo de los jóvenes. Dicha acción incluirá actividades concretas
de grupo, en el horario establecido, con objetivos y contenidos que faciliten
el desarrollo personal, especialmente en relación con aspectos tales como la
autoestima y la motivación, la integración e implicación social y la
adquisición de habilidades sociales y de autocontrol.
Artículo
12. Programaciones
1. Los centros responsables de impartir los programas
de cualificación profesional inicial elaborarán, con la participación del
equipo docente, para cada programa, una programación general que comprenderá:
a) Todos los aspectos referentes a la adaptación del
programa al contexto sociolaboral y cultural del entorno y a las
características de los alumnos.
b) Los objetivos.
c) La metodología a emplear.
d) El horario semanal de los diferentes componentes
formativos.
e) El horario de dedicación lectiva y complementaria
del profesorado.
f) La organización de espacios y recursos.
g) Las programaciones didácticas de los diferentes
módulos.
h) Resumen estadístico que refleje las
características, procedencia y nivel académico del alumnado.
Dicha programación general formará parte de la
programación general anual del centro.
2. Las programaciones didácticas de los diferentes
módulos contendrán, al menos:
a) Objetivos redactados en términos de capacidades.
b) Contenidos.
c) Actividades de enseñanza-aprendizaje.
d) Metodologías específicas y diversificadas.
e) Criterios de evaluación.
f) Procedimientos de evaluación.
g) Criterios de calificación.
3. Los objetivos y contenidos de la programación
didáctica se podrán desarrollar atendiendo al principio de globalización; ello
se hará respetando las dedicaciones horarias de los Profesores y los objetivos
y contenidos de los distintos módulos. Los contenidos que constituyen los
diferentes módulos de carácter obligatorio se podrán agrupar de forma flexible
en el desarrollo de las programaciones didácticas, aunque en la certificación
final las calificaciones se desglosarán en cada uno de ellos.
4. La Inspección Educativa realizará actuaciones de
asesoramiento en relación con la programación general que deben elaborar los
centros, así como de supervisión y seguimiento de su desarrollo y evaluación de
su funcionamiento para comprobar que sirven a los objetivos establecidos.
Artículo
13. Evaluación y calificación
1. Los Profesores evaluarán a los alumnos teniendo en
cuenta los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en cada uno de
los módulos, según los criterios de evaluación que se establecen en el
currículo para cada programa y concretados en las programaciones didácticas.
2. La evaluación debe cumplir, además, una función de
reconocimiento de los logros de los alumnos. Por ello, a su término, se emitirá
la calificación de cada uno de los módulos de carácter general y los módulos
profesionales que refleje los resultados obtenidos.
3. Los resultados de la evaluación de los módulos,
salvo los del módulo de Formación en Centros de Trabajo, se expresarán en los
términos de Insuficiente (IN); Suficiente (SU); Bien (BI); Notable (NT) o
Sobresaliente (SB), acompañados de una calificación numérica en una escala de 1
a 10, sin decimales, considerándose positivas las calificaciones iguales o
superiores a 5 y aplicando las siguientes correspondencias:
Insuficiente: 1, 2, 3, ó 4.
Suficiente: 5.
Bien: 6.
Notable: 7 u 8.
Sobresaliente: 9 ó 10.
El resultado de la evaluación que, en su caso, se
realice del módulo Formación en Centros de Trabajo no dará lugar a la emisión
de calificación independiente; su valoración se tendrá en cuenta para
determinar las calificaciones finales que se atribuyan a los módulos
profesionales del programa, de acuerdo con los criterios que se determinen en
la programación didáctica.
En la convocatoria extraordinaria de septiembre, a la
que se hace referencia en el apartado 3 del artículo 14, cuando el alumnado no
se presente en el lugar destinado a la calificación se consignará como No
Presentado (NP).
Los módulos con adaptación curricular significativa se
consignarán en los documentos de evaluación con un asterisco (*), junto a la
calificación numérica del mismo.
Artículo
14. Sesiones de evaluación
1. A finales del primer mes en que se inicie la
formación se realizará una evaluación inicial que, mediante la aplicación de
distintos instrumentos de evaluación elaborados por el equipo docente
responsable del programa, servirá para detectar el grado de desarrollo
alcanzado por cada alumno en el dominio de los contenidos de las distintas
materias cursadas en la Educación Secundaria Obligatoria hasta su incorporación
al programa de cualificación profesional inicial y para garantizarle una
atención individualizada. Esta evaluación no comportará calificaciones, tendrá
carácter orientador y de ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje.
2. En el período en el que se desarrolle la formación,
el equipo docente celebrará sesiones de evaluación con periodicidad trimestral,
en las que se valorará el grado de adquisición de los aprendizajes; la última
de las sesiones coincidirá con la de evaluación final ordinaria de los módulos
obligatorios.
3. El proceso de evaluación se completará con las
siguientes acciones:
a) En el mes de junio, para la Modalidad General, y
en el mismo mes del segundo curso, para la Modalidad Especial, se celebrará la
evaluación final ordinaria de los módulos obligatorios, en la que el equipo
docente formado por los Profesores de cada grupo, podrá adoptar las siguientes
decisiones:
- Proponer para certificación a aquellos alumnos que
hayan superado todos los módulos obligatorios.
- Proponer para evaluación final extraordinaria, que
se celebrará en el mes de septiembre, a aquellos alumnos que, habiendo superado
todos los módulos específicos del programa, hayan sido evaluados negativamente
en alguno de los módulos formativos de carácter general previstos en el
artículo 3.2.b) de esta Orden.
- Cuando se adopte esta decisión, el profesorado
responsable del módulo de Formación Básica indicará al alumno los contenidos
concretos de cada uno de los ámbitos que lo integran que han determinado la
calificación negativa del módulo y que, por tanto, deberá recuperar en la
evaluación extraordinaria de septiembre.
- Proponer la repetición de los módulos obligatorios
del programa para aquellos alumnos que no hayan superado los módulos
específicos, respetando en cada caso las limitaciones establecidas para cada
modalidad en los artículos 17.3 y 20.3.
Cuando se tome esta decisión, el alumno asistirá a la
totalidad de las actividades formativas que se programen. No obstante, si los
módulos profesionales que el alumno hubiese superado completasen la formación
asociada a una Unidad de competencia, de acuerdo con la relación que se
determine en la ficha de identificación a la que se hace referencia en el
artículo 8.2.a), se mantendrá la calificación obtenida en los mismos.
b) En función de los resultados obtenidos en la
evaluación final extraordinaria, el equipo docente podrá adoptar las siguientes
decisiones:
- Proponer para certificación a aquellos alumnos que
hayan superado todos los módulos obligatorios.
- Proponer la repetición del programa para aquellos
alumnos que no hayan superado los módulos obligatorios, en las condiciones
previstas en el apartado anterior y respetando en cada caso las limitaciones
establecidas en cada modalidad.
4. Las calificaciones obtenidas por los alumnos en los
módulos del programa se registrarán en un acta de evaluación, cuyo modelo se
ajustará al Anexo 4.a para la evaluación final ordinaria de los módulos
obligatorios y al Anexo 4.b para la evaluación final extraordinaria.
Junto con las calificaciones, en el acta se incluirá
la información siguiente:
- Denominación del "perfil profesional"
del programa.
- Código asignado a dicho perfil profesional.
- La denominación de los módulos profesionales
asociados a unidades de competencia de una cualificación profesional de nivel
1.
- La denominación del centro donde se imparten las
enseñanzas.
- El número de alumnos incluidos en el acta,
consignándose el nombre del que figura en último lugar.
- El número de alumnos que superan el programa en
la evaluación final ordinaria y, en su caso, en la extraordinaria.
Las decisiones tomadas en las sesiones de evaluación
se consignarán en las actas con las siguientes abreviaturas:
Decisiones
|
Abreviatura
|
Propuesta
de certificación
|
PC
|
A
evaluación extraordinaria
|
a EXT
|
Repite
programa
|
RP
|
Artículo
15. Formación en Centros de
Trabajo
1. Los alumnos realizarán el módulo de Formación en
Centros de Trabajo de ciento veinte horas de duración, distribuidas en cuatro
semanas.
2. Para optimizar el número de puestos formativos en
las empresas, finalizada la formación de los módulos profesionales asociados a
unidades de competencia, que deberá producirse ocho semanas antes de realizar
la evaluación final de los módulos obligatorios del programa, los alumnos de
cada grupo quedarán distribuidos en dos subgrupos.
Durante las cuatro primeras semanas uno de los
subgrupos realizará el módulo de Formación en Centros de Trabajo; el otro
permanecerá en el centro para completar la formación del módulo de Formación
Básica y realizar el módulo de Prevención de Riesgos Laborales y el módulo de
Proyecto de Inserción Laboral. En las cuatro últimas semanas los subgrupos
alternarán las actividades de formación.
En este período de ocho semanas se prestará especial
atención a los alumnos del grupo presentes en el centro que no hayan alcanzado
hasta ese momento todas las capacidades de los módulos profesionales asociados
a unidades de competencia, programando para ellos actividades de recuperación
que posibiliten su consecución.
3. El Profesor que imparta los módulos profesionales
será el responsable de organizar las actividades de formación en el centro de
trabajo y realizar su seguimiento. En los centros públicos a este Profesor se
le computarán, para estas funciones, tres horas de su jornada lectiva semanal y
tres de las horas complementarias de su horario individual, procurando que
dicho horario se concentre en el menor número de días posible, al objeto de
facilitar el desplazamiento al centro de trabajo donde los alumnos realizan las
actividades.
4. Los aspectos relacionados con la formalización de
los convenios de colaboración entre el centro educativo y las empresas u otras
organizaciones para realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo, así
como cuantas cuestiones no detalladas en esta Orden surjan sobre su desarrollo,
se regirán por lo dispuesto con carácter general para realizar el módulo
profesional de formación en Centros de Trabajo de los ciclos formativos de
Formación Profesional.
Artículo
16. Certificación y efectos de los
módulos obligatorios
1. Quienes superen los módulos obligatorios de un
programa de cualificación profesional inicial obtendrán una certificación
académica expedida en el modelo del Anexo 5 por el centro público donde
cursaron las enseñanzas, o al que se hubiera adscrito el centro privado
autorizado para impartirlas. Esta certificación, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 30.4 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrá efectos
de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional y dará derecho a la
expedición, a solicitud del interesado y en los términos que se establezcan, de
los certificados de profesionalidad correspondientes por la Administración
laboral competente.
[Por Resolución de 5 de marzo de 2014, de la
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas
de Régimen Especial, se establece el procedimiento para la certificación de la
formación en nivel básico de prevención de riesgos laborales a los alumnos que
superen, en centros docentes de la Comunidad de Madrid, el módulo profesional
de Formación y Orientación Laboral perteneciente a las enseñanzas de formación
profesional establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación]
2. Además, la certificación académica a la que se hace
referencia en el apartado anterior permitirá la exención de la parte que se
determine en la normativa reguladora de la prueba de acceso a los ciclos
formativos de grado medio.
3. Los alumnos con dieciocho o más años de edad que
hayan superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación
profesional inicial y deseen obtener el título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria podrán hacerlo incorporándose al nivel 2 de la Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas que se regule en la Comunidad de
Madrid.
SECCIÓN SEGUNDA
Modalidad general
Artículo
17. Finalidad, organización y
permanencia
1. La finalidad esencial de esta modalidad es ofrecer
a los alumnos una vía alternativa que les permita obtener el título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria y, al mismo tiempo, conseguir una
cualificación profesional que facilite su acceso al mundo laboral, sin
prolongar la escolarización más allá de los dieciocho años.
2. Las enseñanzas se desarrollarán en horario de
treinta horas semanales, cuya distribución es la que se detalla en el Anexo 6.
3. Los alumnos que se incorporen a un programa de
cualificación profesional inicial en la Modalidad General deberán finalizar la
escolarización obligatoria por esta vía. Cuando no superen los módulos
obligatorios en su totalidad podrán repetirlos una sola vez, siempre que no
hayan repetido ya dos veces en la Educación Secundaria Obligatoria y teniendo
en cuenta que la edad máxima de permanencia en esta modalidad será de dieciocho
años, cumplidos en el año natural en que finalice el curso.
Artículo
18. Destinatarios
1. Podrán acceder a esta modalidad los alumnos
escolarizados en Educación Secundaria Obligatoria que cumplan alguno de los
siguientes requisitos:
a) Cumplir dieciséis o diecisiete años en el año
natural de inicio del programa y no haber obtenido el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria.
b) Cumplir quince años en el año natural de inicio
del programa, haber cursado segundo y no estar en condiciones de promocionar al
tercer curso y haber repetido ya una vez en la etapa. En este caso, la
incorporación al programa requiere el acuerdo del alumno y de los padres o
tutores, así como el compromiso de aquel de cursar los módulos de carácter
voluntario descritos en el artículo 3.3 de esta Orden.
2. El procedimiento de incorporación de los alumnos se
efectuará conforme al proceso descrito en el Anexo 7.
3. Asimismo, y siempre que existan vacantes
disponibles, los alumnos procedentes de otros sistemas educativos con quince o
dieciséis años, incorporados a un aula de enlace conforme a lo previsto en el
artículo 15 de la Orden 3320-01/2007, de 20 de junio, por la que se regulan
para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación
Secundaria Obligatoria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 6 de agosto), podrán
ser derivados a un programa de cualificación profesional inicial antes de
finalizar el mes de octubre de cada curso escolar, con objeto de que no se vean
mermadas sus posibilidades de consecución de los objetivos y capacidades
previstos en la programación didáctica.
Artículo
19. Admisión
1. Cuando el número de plazas ofertadas en un centro
educativo para un determinado perfil profesional sea inferior al de solicitudes
presentadas, la admisión de los alumnos se efectuará conforme al siguiente
orden de prioridad:
a) Alumnos con dieciséis o diecisiete años de edad
que hayan sido propuestos por el equipo docente.
b) Alumnos con quince años de edad.
c) Alumnos con dieciséis o diecisiete años de edad
que hayan solicitado voluntariamente su incorporación al programa.
2. En el impreso de solicitud de admisión que
oportunamente se determine, el alumno incluirá, al menos, tres perfiles
profesionales de su interés relacionados en orden de prioridad, con objeto de
atender en lo posible sus expectativas.
3. Siempre que existan plazas disponibles, la
matriculación de alumnos en el grupo permanecerá abierta hasta finalizar el mes
de octubre de cada curso académico.
SECCIÓN TERCERA
Modalidad especial
Artículo
20. Finalidad, organización y
permanencia
1. Esta modalidad tiene como finalidad esencial la de
preparar a los alumnos con necesidades educativas especiales para la inserción
laboral, en puestos de trabajo acordes con su discapacidad en centros
especiales de empleo y en centros ocupacionales, tanto para trabajo normalizado
como para trabajo con apoyo.
2. Las enseñanzas se desarrollarán en horario de
treinta horas semanales, cuya distribución es la que se detalla en
el Anexo 6. Los centros reflejarán en la programación didáctica los contenidos
de cada uno de los módulos que se impartirán en cada curso.
3. Los alumnos que se incorporen a un programa de
cualificación profesional inicial en la Modalidad Especial deberán finalizar la
escolarización obligatoria por esta vía. Al término del segundo curso, los
alumnos que no hayan alcanzado los objetivos previstos podrán permanecer un
curso más en el programa, teniendo en cuenta que la edad máxima de permanencia en
esta modalidad podrá ser de veintiún años, cumplidos en el año natural en que
finalice el curso.
Artículo
21. Destinatarios
1. Esta modalidad está dirigida exclusivamente a
aquellos alumnos cuyas necesidades educativas especiales están asociadas a
condiciones personales de discapacidad tales que no permitan su integración en
la Modalidad General. Los alumnos deberán reunir, además, alguno de los
siguientes requisitos:
a) Cumplir dieciséis o más años en el año natural de
inicio del programa y no haber obtenido el título de Graduado en Enseñanza
Secundaria Obligatoria.
b) Cumplir quince años en el año natural de inicio
del programa, haber cursado segundo y no estar en condiciones de promocionar al
tercer curso y haber repetido ya una vez en la etapa. En este caso, la
incorporación al programa requiere el acuerdo del alumno y de los padres o
tutores, así como el compromiso de aquel de cursar los módulos de carácter
voluntario descritos en el artículo 3.3 de esta Orden.
2. El procedimiento para la incorporación de los
alumnos a un programa de esta modalidad en función de la edad de inicio del
programa se ajustará al establecido en el Anexo 7.
Artículo
22. Admisión
1. Tendrán preferencia para incorporarse a esta
modalidad los alumnos que hayan cursado la etapa obligatoria en centros
ordinarios que no hayan seguido programas de formación para la transición a la
vida adulta.
2. Siempre que existan plazas disponibles, la
matriculación de alumnos en el grupo permanecerá abierta durante los dos meses
siguientes a la fecha de inicio del programa.
Capítulo III
Módulos voluntarios
Artículo
23. Currículo de los módulos
voluntarios
Los centros con autorización para impartir los módulos
voluntarios que conducen a la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria organizarán el currículo de los módulos voluntarios de
acuerdo con una de las opciones siguientes:
a) Adoptar el currículo que se establezca en la
Comunidad de Madrid para el nivel 2 de la Educación Secundaria Obligatoria para
personas adultas.
b) Definir su propio currículo, respetando en todo
caso los aspectos básicos previstos para cada ámbito en el artículo 14 del Real
Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, recogidos en el Anexo II de dicha norma.
Artículo
24. Destinatarios, autorización y
formación de grupos
1. Podrán cursar los módulos voluntarios del programa
de cualificación profesional inicial aquellos alumnos que hayan superado los
módulos obligatorios y cumplan los requisitos de edad para continuar su
escolarización en la Educación Secundaria Obligatoria.
2. La Consejería de Educación establecerá el
procedimiento para que los centros soliciten la autorización para impartir
dichos módulos, así como la organización del currículo y el número de alumnos
con los que se constituirán los grupos.
Artículo
25. Profesorado
1. Ámbito científico-tecnológico: Será impartido por
el Profesor adscrito al ámbito científico-tecnológico del Departamento de
Orientación.
Cuando ello no sea posible por no existir profesorado
que cumpla dicho requisito o porque existiendo tenga ya cubierto su horario
lectivo podrá ser designado para ello un Profesor perteneciente a las
especialidades de Física y Química, Biología y Geología o Matemáticas de los
Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Enseñanza Secundaria, que impartirá
íntegramente los contenidos del ámbito.
2. Ámbito de comunicación: El componente de Lengua
Castellana y Literatura será impartido por un Profesor perteneciente a la
especialidad de Lengua Castellana y Literatura de los Cuerpos de Catedráticos y
de Profesores de Enseñanza Secundaria o adscrito al ámbito socio-lingüístico
del Departamento de Orientación.
El componente de Lengua Extranjera será impartido por
un Profesor perteneciente a la especialidad de los Cuerpos de Catedráticos y de
Profesores de Enseñanza Secundaria acorde con la Lengua Extranjera cursada por
los alumnos.
3. Ámbito social: Será impartido por el Profesor
adscrito al ámbito socio-lingüístico del Departamento de Orientación.
Cuando tal circunstancia no sea posible por no existir
profesorado que cumpla dicho requisito o porque existiendo tenga ya cubierto su
horario lectivo podrá ser designado para ello un Profesor perteneciente a la
especialidad de Geografía e Historia de los Cuerpos de Catedráticos y de
Profesores de Enseñanza Secundaria, que impartirá íntegramente los contenidos
del ámbito.
4. Cuando los programas se desarrollen en centros
privados, el profesorado encargado de impartir cada uno de los ámbitos será el
que tenga atribución docente para ello, de acuerdo con lo establecido en el
Anexo I de la Orden de 24 de julio de 1995 del Ministerio de Educación y
Ciencia, o la que en el futuro se determine.
Artículo
26. Evaluación y calificación
Los aspectos relativos a la evaluación y calificación
de los módulos voluntarios de los programas son los establecidos en el artículo
12.2 de la Orden 1029/2008, de 29 de febrero, de la
Consejería de Educación, por la que se regulan para la
Comunidad de Madrid la evaluación en la
Educación Secundaria Obligatoria y los documentos de aplicación.
Artículo
27. Titulación
Los alumnos que, además de los módulos obligatorios,
superen los módulos voluntarios de un programa de cualificación profesional inicial,
obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Disposición
adicional primera. Calendario de
implantación
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Real
Decreto 806/2006, de 30 de junio, en el año académico 2008-2009 se implantarán
los programas de cualificación profesional inicial. Se dejarán de impartir las
modalidades de "Iniciación profesional" y "Formación y empleo"
y el primer curso de las modalidades de "Talleres Profesionales" y "Para
alumnos con necesidades educativas especiales" de los programas de
garantía social regulados en la
Orden 1207/2000, de 19 de abril, de la
Consejería de Educación, por la que se regulan los Programas de Garantía
Social en la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid de 3 de mayo). En el curso 2009-2010, estas enseñanzas
quedarán completamente extinguidas.
Disposición
adicional segunda. Aplicación en
los centros cuya titularidad no corresponda a la
Consejería de Educación
En los centros cuya titularidad no corresponda a la
Consejería de Educación, las competencias atribuidas al Director y al
Departamento de Orientación por la presente Orden serán asumidas por la persona
o Unidad que realice en dichos centros las funciones correspondientes.
Disposición
adicional tercera. Oferta de la
Modalidad Especial en otras entidades
La Consejería de Educación, en las condiciones y con
los requisitos que se establezcan, podrá autorizar el desarrollo de la
Modalidad Especial definida en esta Orden en entidades privadas sin ánimo de
lucro, legalmente constituidas y dedicadas a la atención de jóvenes con
discapacidad.
Disposición
adicional cuarta. Otras
modalidades de programas de cualificación profesional inicial
La Consejería de Educación regulará la oferta
formativa de otras modalidades distintas a las establecidas en esta Orden,
destinadas a jóvenes desescolarizados pertenecientes a colectivos
desfavorecidos o con riesgo de exclusión social, o que requieran una inserción
laboral inmediata.
[Por Orden 3118/2008, de 19 de junio,
se regulan en la Comunidad de Madrid las modalidades de Aulas Profesionales y
Transición al Empleo de los programas de cualificación profesional inicial,
establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación].
Disposición
final primera. Normas de
desarrollo
Se autoriza a la Dirección General de Educación
Secundaria y Enseñanzas Profesionales y la Dirección General de Becas y Ayudas
a la Educación, conjuntamente o en el ámbito de sus respectivas competencias, a
desarrollar lo previsto en esta Orden.
Disposición
final segunda. Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO 1
CURRÍCULO DEL MÓDULO DE FORMACIÓN BÁSICA
Introducción
De los objetivos atribuidos a los Programas de
cualificación profesional inicial, corresponde al módulo de Formación Básica
asegurar que el alumnado desarrolle las competencias básicas. Con ello se le
facilitará no solo la transición desde el sistema educativo al mundo laboral,
sino la incorporación a un ciclo formativo de grado medio o, en su caso, la
continuación de sus estudios a través, bien de los módulos voluntarios del
programa o bien de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas
con el objeto de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria. Dado, pues, que para una parte del alumnado la enseñanza básica
concluye con los módulos obligatorios, los contenidos de este módulo de
Formación Básica han de tener, también, un carácter terminal. Al tiempo, es
deseable que el estudio de dichos contenidos suponga para el alumnado que desea
incorporarse a los ciclos formativos de grado medio, sin obtener el titulo de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, una preparación adecuada para la
superación de la correspondiente prueba de acceso. Es de acuerdo con lo
expuesto como se ha elaborado el presente currículo.
El módulo de Formación Básica se organiza en torno a
dos ámbitos de conocimientos:
1. Ámbito científico-tecnológico.
2. Ámbito lingüístico y social.
El proceso de enseñanza y aprendizaje se atendrá a los
principios generales de integración de los aprendizajes, de forma que, por una
parte, sus contenidos y metodología se adaptarán a las condiciones iniciales y
expectativas de los alumnos y, por otra, respetando los objetivos y contenidos
de los distintos ámbitos, la programación didáctica de este módulo se
desarrollará atendiendo al principio de globalización, esto es, los contenidos
que constituyen los diferentes ámbitos se podrán agrupar de forma flexible en
el desarrollo de las unidades didácticas.
El currículo de los dos ámbitos tiene como referente
el aprobado en el Decreto 23/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece, para la Comunidad de Madrid, el currículo de la Educación
Secundaria Obligatoria (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29 de
mayo).
El ámbito científico-tecnológico se ha construido a
partir de los contenidos curriculares en la Educación Secundaria Obligatoria
para las materias de Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza, cuya selección se
ha efectuado con el objetivo de desarrollar de forma más práctica, experimental
y operacional los conocimientos básicos de cada materia.
Este ámbito proporciona a los escolares una formación
matemática básica, mediante la adquisición de destrezas numéricas y el
desarrollo de competencias geométricas de carácter elemental que les permitan
responder a las exigencias de su actividad laboral.
También se han seleccionado los contenidos de Ciencias
de la Naturaleza suficientes para dar respuestas a los alumnos con actitudes e
intereses diversos que quieran incorporarse al mundo laboral o deseen cursar
ciclos formativos.
El aprendizaje se plantea de forma esencialmente
práctica a partir de las aplicaciones habituales de estas materias en la vida
real, teniendo siempre en cuenta las características y los intereses de los
alumnos.
Los aspectos puramente tecnológicos se consideran
integrados en los módulos específicos que constituyen la formación asociada a
las cualificaciones profesionales incluidas en los diferentes perfiles
profesionales, por lo que no se han incorporado en el currículo de este ámbito.
En el ámbito lingüístico y social se ha realizado una
selección de contenidos básicos, pero fundamentales, incluidos en el currículo
de las materias de Lengua Castellana y Literatura, Ciencias Sociales, Geografía
e Historia y de Educación para la Ciudadanía. Dichos contenidos se enuncian de
forma general, de manera que sea el Profesor quien determine el grado de
profundización con que se deban abordar, en función de las características de
sus alumnos.
Se debe potenciar, ante todo, el uso de la lengua para
desarrollar las capacidades básicas de comprensión y expresión oral y escrita.
Con este objetivo se hará especial hincapié en la expresión escrita, así como
en la comprensión de diversos textos, pues ambos aspectos son la base para
continuar un proceso de aprendizaje a lo largo de la vida. Asimismo, este
ámbito integra aquellos conocimientos, destrezas y actitudes que permiten a los
alumnos, por una parte, comprender adecuadamente la realidad del mundo en que
viven, las experiencias colectivas pasadas y presentes, así como el espacio en
que se desarrolla la vida en comunidad y, por otra, desarrollar las actitudes,
destrezas y hábitos propios de una sociedad democrática, basada en el respeto a
los derechos humanos y en el ejercicio de las propias responsabilidades.
La didáctica de este módulo deberá plantearse de forma
esencialmente práctica y con estrategias individualizadas, teniendo en cuenta
las particularidades de los alumnos a los que van dirigidos estos programas, de
ahí que sea esencial partir de sus necesidades y nivel de conocimientos.
A continuación se presentan los objetivos, los
contenidos desagregados en componentes formativos y los criterios de evaluación
de cada uno de los ámbitos que integran el módulo de Formación Básica.
ÁMBITO LINGÜÍSTICO Y SOCIAL
Objetivos
1. Desarrollar la comprensión lectora como forma de
adquisición de nuevos conocimientos, de autoaprendizaje y de enriquecimiento
personal.
2. Utilizar la lengua para expresarse oralmente y por
escrito de la forma más adecuada a las situaciones cotidianas de comunicación.
3. Ser capaces de reconocer y utilizar los tipos de
textos básicos.
4. Conocer y usar las normas lingüísticas básicas,
especialmente las ortográficas.
5. Conocer y usar el vocabulario adecuado a las
situaciones de comunicación.
6. Reconocer las características de los diferentes
géneros literarios y tener una visión general de la literatura en lengua
castellana.
7. Localizar las lenguas constitucionales distintas
del castellano.
8. Manejar los procesadores de textos y utilizar los
medios informáticos complementarios.
9. Comprender como un valor objetivo la preparación
práctica, previa al inicio de la vida laboral.
10. Potenciar como valores positivos el esfuerzo
personal y la autoestima en el propio proceso de aprendizaje.
11. Utilizar e interpretar imágenes y representaciones
cartográficas, con especial atención al territorio español.
12. Identificar y localizar en el tiempo y en el
espacio los procesos y acontecimientos históricos más relevantes.
13. Valorar la diversidad cultural manifestando actitudes
de respeto y tolerancia hacia otras culturas y hacia opiniones que no coincidan
con las propias, sin renunciar por ello a los juicios propios.
14. Buscar, seleccionar, comprender y relacionar
información verbal, gráfica, icónica, estadística y cartográfica, procedente de
fuentes diversas, incluida la que proporciona el entorno físico y social, los
medios de comunicación y las tecnologías de la información y la comunicación,
tratarla de acuerdo con el fin perseguido y comunicarlo a los demás de manera
organizada e inteligible.
15. Adquirir y emplear el vocabulario específico que
aportan las ciencias sociales para que su incorporación al vocabulario habitual
aumente la precisión en el uso del lenguaje y mejore la comunicación.
16. Conocer los elementos básicos que caracterizan las
manifestaciones artísticas en su realidad social y cultural para valorar y
respetar el patrimonio natural, histórico, cultural y artístico, asumiendo la
responsabilidad que supone su conservación y apreciándolo como recurso para el
enriquecimiento individual y colectivo.
Contenidos
Técnicas de trabajo
- Búsqueda y obtención de
información de fuentes escritas, iconográficas, gráficas, audiovisuales y
proporcionadas por las tecnologías de la información y la comunicación.
- Elaboración
escrita de la información obtenida. Tratamiento informático de textos.
- Interés por la buena presentación
de los textos escritos, con respeto a las normas gramaticales y ortográficas.
- Lectura
e interpretación de imágenes y mapas de diferentes escalas y características.
- Interpretación
de gráficos y elaboración de estos a partir de datos.
- Localización en el tiempo y en el
espacio de los períodos, culturas, civilizaciones y acontecimientos históricos.
- Identificación de causas y
consecuencias de los hechos históricos y de los procesos de evolución y cambio,
distinguiendo los factores que los originaron.
- Exposición
de opiniones y juicios propios con argumentos razonados.
Componente lingüístico
-
La comunicación:
▪ Los elementos de la comunicación.
▪ Comunicación oral y
escrita. Diferencias estructurales, contextuales y formales entre comunicación
oral y escrita y entre usos coloquiales y formales. La intención comunicativa.
▪ Producción y comprensión de textos orales
de intención diversa.
▪ Producción y comprensión de
textos escritos de la vida cotidiana, y relacionados con el ámbito personal y
profesional.
▪ Comprensión de textos periodísticos y de
los medios de comunicación.
▪ Comprensión de textos literarios breves.
▪ Tipologías textuales: Narración,
descripción, diálogo, exposición.
▪ Técnicas de comprensión y
de elaboración de textos. Identificación de la organización de las ideas en
textos de distintos tipos. Estructura básica de un texto. Composición de
textos: Nexos más usuales. Uso de modelos textuales.
▪ Consolidación de la tipología de letra
personal clara.
▪ Cuidado y presentación de
los textos escritos y adecuación de las producciones propias a la normativa
ortográfica.
-
Lengua y sociedad:
▪ Origen y evolución de la lengua española.
▪ Realidad plurilingüe de España. Mapa de
las lenguas constitucionales.
-
Conocimiento de la lengua:
▪ Normas ortográficas. La acentuación.
Ortografía del discurso.
▪ Clases de palabras.
▪ La oración simple. Las partes de la oración.
La concordancia. La oración compuesta.
▪ El análisis morfosintáctico.
▪ Reconocimiento y uso de las
formas verbales con especial atención a los valores aspectuales de las
perífrasis verbales, deixis y situación, conectores textuales, cohesión y
relaciones lógicas.
▪ Estructura de la palabra.
Formación de palabras. Polisemia, homonimia, sinonimia, antonimia.
▪ Utilización del vocabulario
adecuado según los tipos de texto y de contexto comunicativo. Adquisición del
vocabulario específico del ámbito profesional del alumno.
-
Educación literaria:
▪ Los géneros literarios y sus
características básicas.
▪ Principales autores de la
literatura española. Lectura y comprensión de textos representativos cercanos
al alumnado y adecuados a sus capacidades e intereses.
▪ Elaboración y presentación
de trabajos sencillos sobre lecturas de obras literarias, aplicando los
conocimientos adquiridos y siguiendo un esquema común facilitado por el
Profesor.
Componente geográfico
-
Los espacios geográficos:
▪ Elementos físicos de la Tierra.
Continentes y océanos. Las coordenadas geográficas.
▪ Caracterización y
localización en el espacio de las principales unidades de relieve en España, en
Europa y en el mundo.
-
Población y sociedad:
▪ Evolución de la población y
distribución geográfica. Distribución desigual de la población.
▪ Los movimientos naturales y migratorios.
▪ Los desequilibrios en el
crecimiento y reparto desigual de los recursos. Sus consecuencias en el mundo y
en España.
▪
El Estado como entidad geográfica. El mapa político del mundo.
-
El espacio urbano:
▪ La vida en el espacio urbano.
▪ El proceso de urbanización del territorio
en el mundo actual. Evolución y cambios.
▪ Las funciones de la ciudad.
▪ Grandes áreas urbanas. Los problemas urbanos.
▪ Las ciudades españolas.
Componente histórico
- Conocimiento de los conceptos de
periodización y cronología en la Historia: Nociones elementales de tiempo
histórico.
- Localización en el tiempo y en el
espacio de los períodos y acontecimientos históricos más importantes de la
Historia de España:
▪ Romanización.
▪ Reino visigodo.
▪ Invasión musulmana, reconquista y
repoblación.
▪ Reyes Católicos y descubrimiento de
América.
▪ Los Austrias y los Borbones.
▪ Guerra de la Independencia, Cortes de
Cádiz, construcción del Estado liberal.
▪ Segunda República y Guerra Civil.
▪ Dictadura Franquista.
▪ La transición y la Constitución de 1978.
- Identificación
de los principales procesos de evolución y cambio.
- Interpretación de los elementos
básicos que caracterizan las manifestaciones artísticas más relevantes en su
contexto histórico. Necesidad de preservar la herencia cultural y del
patrimonio artístico.
Componente social
-
Las sociedades actuales:
▪ Estratificación social.
▪ La diversidad cultural de los grupos
humanos.
▪ Procesos de cambio y conflicto social.
▪ Caracterización de la sociedad europea y
española.
▪ Inmigración e integración. Análisis y
valoración de las diferencias culturales.
-
Algunos aspectos de las sociedades siglo XXI:
▪ El consumo: Derechos y deberes de los
ciudadanos.
▪ La circulación vial y la
responsabilidad ciudadana. Accidentes de circulación: Causas y consecuencias.
Criterios de evaluación
1. Expresar con corrección y adecuación al contexto
comunicativo textos orales de intención diversa.
2. Comprender textos orales y escritos, procedentes de
la vida cotidiana, relacionados con el ámbito personal y profesional, y
procedentes de los medios de comunicación.
3. Captar las ideas esenciales de diferentes tipos de
textos orales y escritos, y resumirlos oralmente y por escrito.
4. Escribir con corrección textos breves de tipo
narrativo, descriptivo, expositivo.
5. Estructurar textos con vocabulario adecuado a la
temática y tipología de los mismos.
6. Reconocer las diferentes unidades de la lengua, sus
combinaciones y la relación entre ellas y sus significados.
7. Leer y comprender fragmentos de textos literarios
representativos, reconocer el género al que pertenecen.
8. Conocer los principales autores de la literatura en
lengua castellana y los títulos y temas de sus obras más representativas.
9. Manejar los procesadores de textos y aplicarlos a
trabajos sencillos. Utilizar las tecnologías de la información y de la
comunicación.
10. Interpretar el contenido de la información
expresada en un mapa.
11. Localizar en un mapa los elementos básicos que
configuran el medio físico mundial, de Europa y de España (océanos y mares,
continentes, unidades de relieve y ríos) caracterizando los rasgos que
predominan en un espacio concreto.
12. Describir los rasgos físicos más destacados
(relieve, clima, aguas y elementos biogeográficos) que configuran los grandes
medios naturales del planeta, con especial referencia a España, localizándolos
en el espacio representado y relacionándolos con las posibilidades que ofrecen
a los grupos humanos.
13. Identificar áreas geoeconómicas y culturales de
España, Europa y el mundo.
14. Utilizar fuentes diversas (gráficos, croquis,
mapas temáticos, imágenes, fuentes escritas) para obtener y relacionar
información sobre hechos sociales y comunicar las conclusiones de forma
organizada e inteligible.
15. Situar en el tiempo y en el espacio los períodos y
hechos trascendentes y procesos históricos relevantes, identificando el tiempo
histórico en el mundo, en Europa y en España, aplicando las convenciones y
conceptos habituales en el estudio de la Historia.
16. Identificar las causas y consecuencias de hechos y
procesos históricos significativos, estableciendo conexiones entre ellas y
reconociendo la causalidad múltiple que comportan los hechos sociales.
17. Tomar conciencia de los riesgos de la circulación
vial y conocer sus principales causas y consecuencias.
ÁMBITO CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO
Objetivos
1. Incorporar al lenguaje y a los modos de
argumentación habituales las formas elementales de expresión
científico-matemática con el fin de comunicarse de manera clara, concisa y
precisa.
2. Conocer y utilizar las habilidades matemáticas
básicas para resolver problemas de la vida cotidiana.
3. Utilizar técnicas sencillas y autónomas de recogida
de datos, familiarizándose con las que proporcionan las tecnologías de la
información y de la comunicación, para obtener información sobre fenómenos y
situaciones diversas.
4. Participar en la realización de actividades
científicas elementales y en la resolución de problemas sencillos.
5. Adquirir conocimientos sobre el funcionamiento de
los seres vivos.
6. Utilizar los conocimientos adquiridos sobre el
medio natural para comprender y analizar el mundo físico que nos rodea, y
actuar responsablemente en su conservación y mejora.
7. Reconocer y valorar las aportaciones de la ciencia,
para la mejora de las condiciones de vida de los seres humanos y, en especial,
los nuevos avances del siglo XX.
8. Asumir como un valor objetivo la preparación
práctica, previa al inicio de la vida laboral, como continuación de los
estudios realizados con anterioridad.
9. Potenciar como valores positivos el esfuerzo
personal y la autoestima en el propio proceso de aprendizaje.
Contenidos
Técnicas de trabajo
- Utilización de estrategias y
técnicas en la resolución de problemas tales como análisis del enunciado y
comprobación de la solución obtenida.
- Descripción verbal del
procedimiento que se ha seguido en la resolución de problemas, utilizando
términos adecuados.
- Interpretación
de mensajes que contengan informaciones sobre cantidades y medidas.
- Utilización de herramientas
tecnológicas para facilitar los cálculos de tipo numérico, algebraico o
estadístico, las representaciones funcionales y la comprensión de propiedades
geométricas.
- Utilización de los medios de
comunicación y las tecnologías de la información y la comunicación para obtener
información sobre los fenómenos naturales.
- Interpretación de la información
de carácter científico y utilización de dicha información para formarse una
opinión propia y expresarse adecuadamente.
- Utilización correcta de los
materiales e instrumentos básicos de un laboratorio y respeto por las normas de
seguridad en el mismo.
Componente matemático
-
Aritmética:
▪ Números enteros y
decimales. Operaciones básicas (suma, resta, multiplicación y división).
Jerarquía de las operaciones elementales y uso del paréntesis. Cálculo
aproximado. Redondeo.
▪ Fracciones. Relación entre
fracciones y decimales. Fracciones equivalentes. Comparación, ordenación y
representación de fracciones sobre la recta. Uso de las fracciones para
expresar cantidades en contextos significativos.
▪ Porcentajes. Calculo de
aumentos y disminuciones porcentuales. Cálculo del IVA. Descuentos.
▪ Magnitudes directamente
proporcionales. Reconocimiento mediante la ley del doble, triple..., mitad...
Resolución de problemas mediante la regla de tres u otras estrategias. Repartos
proporcionales.
▪ Magnitudes inversamente
proporcionales. Reconocimiento mediante la ley del producto constante.
Resolución de problemas.
▪ Magnitudes y medida:
Unidades de uso frecuente de longitud, masa, capacidad, superficie, volumen y
tiempo. Equivalencias entre unidades. Instrumentos de medida en la vida
cotidiana y profesional. Lectura e interpretación de mediciones.
Aproximaciones. Errores absoluto y relativo.
▪ Notación científica. Cálculo con números
en notación científica.
▪ Uso de la calculadora y de las tecnologías
de la información y la comunicación.
-
Álgebra:
▪ Traducción al lenguaje
algebraico de situaciones en las que hay un número desconocido. Obtención del
valor numérico de una expresión algebraica para diferentes valores de sus
letras.
▪ Binomios de primer grado:
Suma, resta y producto por un número. Resolución algebraica de la ecuación de
primer grado en contextos significativos.
▪ Resolución de problemas que
conducen a sistemas sencillos de dos ecuaciones lineales con dos incógnitas.
-
Geometría:
▪ La posición en el plano y
en el espacio. Rectas paralelas y perpendiculares. Planos y rectas paralelas y
perpendiculares. Utilización adecuada del vocabulario geométrico para describir
situaciones en el plano y en el espacio.
▪ Medida de ángulos. Operaciones.
▪ Formas planas y espaciales.
Polígonos y cuerpos geométricos. Descripción mediante el vocabulario adecuado.
Clasificaciones. Uso de los instrumentos adecuados para su construcción y
representación.
▪ La proporcionalidad o
semejanza geométrica. Ampliación y disminución de figuras y resolución de problemas
asociados.
▪ Cálculo de distancias,
perímetros, superficies y volúmenes, en situaciones sencillas y relacionadas
con el desempeño del puesto de trabajo vinculado al perfil profesional del
programa.
▪ Aplicación de conceptos y modelos
geométricos a la resolución de problemas.
-
Estadística y probabilidad:
▪ Población y muestra.
Concepto de variable estadística. Variables cualitativas y cuantitativas.
▪ Organización en tablas de
datos recogidos, una vez fijada la variable estadística, en una experiencia o
en una población. Frecuencias absolutas y relativas.
▪ Diagramas de barras y de
sectores. Análisis de los aspectos más destacables de los gráficos
estadísticos.
▪ Cálculo e interpretación de
la media aritmética, la mediana y la moda de una distribución discreta, con
pocos datos.
Componente de ciencias de la naturaleza
-
La Tierra:
▪ Características físicas de la Tierra. Los
movimientos de la Tierra.
▪ La atmósfera: Composición y
propiedades. Contaminación. Implicaciones medioambientales.
▪ La hidrosfera: El agua en
la Tierra (origen, abundancia e importancia). Propiedades del agua. El agua de
mar como disolución. El ciclo del agua. La contaminación del agua. El agua y la
salud. Implicaciones medioambientales.
▪ La geosfera: Estructura interna
de la Tierra. La corteza terrestre: superficie, composición química y elementos
geoquímicos. Los minerales y las rocas.
-
La materia:
▪ Propiedades generales:
dimensiones, masa y densidad. Unidades del Sistema Internacional. Distinción
entre masa y peso de un cuerpo.
▪ Estados en los que se presenta la materia.
▪ Unidad y diversidad de la materia.
-
Los sistemas materiales y la energía:
▪ La energía como propiedad de los sistemas
materiales.
▪ Variación de la energía en los sistemas
materiales.
▪ Tipos y fuentes de energía.
-
Calor y temperatura:
▪ Calor y temperatura:
Interpretación del calor como forma de transferencia de energía. Distinción
entre calor y temperatura. Los termómetros.
▪ El calor como agente productor de cambios
de estado en la materia.
▪ Propagación del calor: Aislantes y
conductores.
-
Los seres vivos y su diversidad:
▪ Factores que hacen posible la vida en la
Tierra. Los elementos bioquímicos. El carbono.
▪ Características y clasificación de los
seres vivos. Su diversidad.
▪ Las funciones de los seres
vivos: Nutrición, respiración y reproducción. La fotosíntesis y su importancia
en la vida de la Tierra.
-
El medio ambiente:
▪ El medio ambiente natural: Conceptos de
biosfera, exosfera y ecosistema.
▪ El papel que desempeñan los
organismos productores, consumidores y descomponedores en el ecosistema.
Cadenas y redes tróficas.
▪ Ecosistemas característicos de la
Comunidad de Madrid.
Criterios de evaluación
1. Leer, escribir y ordenar distintos tipos de números
(naturales, enteros, fracciones y decimales hasta las centésimas) y realizar
operaciones y cálculos numéricos sencillos mediante diferentes procedimientos.
2. Utilizar los números decimales, fraccionarios y los
porcentajes sencillos, estableciendo equivalencias entre ellos, para
interpretar e intercambiar información en contextos de la vida cotidiana y
laboral (cálculo de IVA, aumentos y disminuciones porcentuales, calculo del
porcentaje asociado a una variación porcentual, realización de presupuestos,
realización de mezclas de sustancias, distribución de potenciales gastos e
ingresos, etcétera).
3. Resolver correctamente problemas de
proporcionalidad.
4. Realizar correctamente cálculos sencillos que
incluyan la utilización de las diferentes unidades del sistema internacional, y
manejar las diferentes unidades del sistema métrico decimal.
5. Expresar con precisión medidas de longitud,
superficie, masa, capacidad, volumen y tiempo.
6. Utilizar el lenguaje algebraico para simbolizar,
generalizar e incorporar el planteamiento y resolución de ecuaciones de primer
grado como una herramienta más con la que abordar y resolver problemas.
7. Reconocer, describir y dibujar las figuras planas y
cuerpos elementales.
8. Emplear el teorema de Pitágoras y las fórmulas
adecuadas para obtener longitudes, áreas y volúmenes de las figuras planas y
los cuerpos elementales, en la resolución de problemas geométricos.
9. Realizar e interpretar una representación espacial
(croquis de un itinerario, plano de casas y maquetas) tomando como referencia
objetos familiares para afrontar situaciones reales de su vida cotidiana y del
trabajo.
10. Realizar, leer e interpretar representaciones
gráficas sencillas de un conjunto de datos relativos al entorno inmediato.
11. Realizar presupuestos y balances económicos
sencillos (ingresos y gastos), relativos a una pequeña empresa y a la economía
familiar.
12. En un contexto de resolución de problemas
sencillos:
- Anticipar una solución razonable
y buscar los procedimientos matemáticos más adecuados para abordar el proceso
de resolución.
- Elegir el tipo de cálculo más
adecuado (mental, manual) y dar significado a las operaciones, métodos y
resultados obtenidos, de acuerdo con el enunciado.
- Perseverar en la búsqueda de
datos y soluciones precisas, tanto en la formulación como en la resolución de
un problema.
- Expresar de forma ordenada y
clara los datos y las operaciones realizadas en la resolución de problemas.
13. Intercambiar información entre tablas de valores y
gráficas y obtener información práctica de gráficas cartesianas sencillas
referidas a fenómenos naturales, a la vida cotidiana y al mundo de la
información.
14. Formular las preguntas adecuadas para conocer las
características de una población y recoger, organizar y presentar datos
relevantes para responderlas, utilizando los métodos estadísticos y las
herramientas adecuadas.
15. Obtener e interpretar la tabla de frecuencias y el
diagrama de barras o de sectores, así como la mediana, la moda y la media
aritmética, de una distribución discreta sencilla, con pocos datos, utilizando,
si es preciso, una calculadora.
16. Establecer procedimientos para describir las
propiedades de la materia que nos rodea, tales como la masa, el volumen, la
densidad, los estados en los que se presentan y sus cambios.
17. Manejar instrumentos científicos sencillos y
realizar correctamente experiencias de laboratorio, respetando las normas de
seguridad y utilizando modelos gráficos para representar y comparar los
resultados obtenidos.
18. Resolver problemas sencillos aplicando los
conocimientos sobre el concepto de temperatura y su medida, el equilibrio y
desequilibrio térmico, los efectos del calor sobre los cuerpos y su forma de
propagación.
19. Reconocer la importancia de la atmósfera para los
seres vivos, considerando las repercusiones de la actividad humana en la misma.
20. Explicar, a partir del conocimiento de las
propiedades del agua, el ciclo del agua en la naturaleza y su importancia para
los seres vivos, considerando las repercusiones de las actividades humanas en
relación con su utilización.
21. Conocer de forma operativa el concepto de
biodiversidad y valorar su importancia a escala mundial y en España.
22. Diferenciar los mecanismos que tienen que utilizar
los seres pluricelulares para realizar sus funciones, distinguiendo entre
nutrición autótrofa y heterótrofa, y entre reproducción animal y vegetal.
23. Caracterizar los ecosistemas más significativos de
la Comunidad de Madrid e identificar los espacios naturales protegidos en
nuestra Comunidad Autónoma y valorar algunas figuras de protección.
ANEXO 2
MÓDULO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Capacidades
|
Criterios de evaluación
|
Analizar los conceptos
básicos sobre seguridad y
salud en el trabajo.
|
¿ Conocer los conceptos de riesgo y daño
profesional.
¿ Clasificar los daños profesionales.
¿ Comprender el concepto de seguridad.
¿ Reconocer los factores que pueden provocar un
riesgo.
¿ Valorar la importancia de la seguridad y su
repercusión económica.
¿ Comprender el concepto de enfermedad profesional y
diferenciarlo del de accidente de trabajo.
¿ Reconocer los diferentes tipos de enfermedades
profesionales y conocer las causas que las producen.
¿ Definir el concepto de accidente de trabajo.
¿ Conocer las causas más frecuentes de los
accidentes de trabajo.
¿ Conocer la legislación vigente sobre prevención de
riesgos laborales.
¿ Desarrollar los puntos más relevantes de la Ley de
Prevención de Riesgos de Laborales y del Reglamento de los servicios de
prevención.
|
Conocer los aspectos
básicos de la metodología
de la prevención y las
técnicas generales de
análisis, evaluación y control
de riesgos.
|
¿ Reconocer y prevenir los riesgos producidos por
las máquinas, los equipos, las instalaciones, las herramientas, los lugares
y los espacios de trabajo.
¿ Saber realizar un correcto almacenamiento y
transporte de las mercancías.
¿ Manipular correctamente las mercancías.
¿ Reconocer y prevenir los riesgos producidos por la
electricidad.
¿ Reconocer las señales.
¿ Saber actuar ante un incendio,
¿ Reconocer y prevenir los riesgos producidos por
los productos químicos y residuos tóxicos.
¿ Diferenciar los diversos agentes físicos, las
lesiones que producen cada uno de ellos y el modo de prevenirlas.
¿ Conocer el contenido de las fichas de seguridad de
los agentes químicos.
¿ Diferenciar entre las ¿Frases R¿ y las ¿Frases S¿.
¿ Distinguir los contaminantes biológicos.
¿ Reconocer los efectos producidos por los
contaminantes biológicos y su medio de
transmisión.
¿ Conocer el concepto de carga física-fatiga
muscular y carga psíquica-fatiga mental, así como las causas por las que se
producen.
¿ Saber qué significa ¿ergonomía¿.
¿ Comprender la importancia de la iluminación y la
calidad del aire en los lugares de trabajo.
¿ Conocer los sistemas elementales de protección
colectiva e individual.
¿ Saber cómo se establecen los planes de emergencia
y evacuación y qué deben de contener cada uno de ellos.
¿ Conocer las enfermedades laborales y sus causas, y
aprender a prevenirlas y controlarlas.
¿ Conocer la legislación vigente en esta materia.
|
Relacionar los riesgos
específicos y su prevención
en el sector.
|
¿ A partir de casos de accidentes reales ocurridos
en las empresas del sector:
▪ Identificar y describir las
causas de los accidentes.
▪ Identificar y describir los
factores de riesgo y las medidas que lo hubieran evitado.
▪ Evaluar las responsabilidades
del trabajador y de la empresa en las causas del
accidente.
¿ Conocer los riesgos no detectados y la forma de
controlarlos a tiempo.
¿ Saber cuales son las formas de actuación ante
situaciones de riesgo.
¿ Conocer y llevar a cabo los principios básicos de
higiene personal.
|
Analizar los elementos
básicos de gestión de la
prevención de riesgos.
|
¿ Conocer los organismos públicos ligados a la
seguridad y salud en el trabajo y cuáles son sus funciones.
¿ Comprender el concepto de organización preventiva.
¿ Conocer las modalidades de organización de la
actividad preventiva en las empresas.
¿ Saber qué documentación es obligatoria para las
empresas con relación a la seguridad laboral y la prevención de
riesgos.
|
Aplicar técnicas básicas de primeros auxilios.
|
¿ Conocer los diferentes tipos de hemorragias.
¿ Aprender los cuidados que se deben efectuar al
herido.
¿ Reconocer los diferentes grados de quemaduras.
¿ Aprender la correcta actuación ante un quemado.
¿ Diferenciar los tipos de fracturas.
¿ Aprender a trasladar al accidentado.
¿ Aprender cómo se realiza la respiración
artificial.
|
Contenidos
|
Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el
trabajo. (7 horas)
¿ El trabajo y la salud: Los riesgos
profesionales. Factores de riesgo.
¿ Daños derivados del trabajo. Los
Accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales: Conceptos, dimensiones
del problema y otras patologías derivadas de la actividad laboral.
¿ Marco normativo básico en materia de
prevención de riesgos laborales, derechos y deberes básicos en esta materia.
Metodología de la prevención: Técnicas generales de
análisis, evaluación y control de riesgos. (12 horas)
¿ Riesgos relacionados con las condiciones
de seguridad.
¿ Riesgos relacionados con el
medio-ambiente de trabajo.
¿ Otros riesgos: La carga de trabajo, la
fatiga y la insatisfacción laboral.
¿ Sistemas elementales de control de riesgos.
Protección colectiva e individual.
¿ Planes de emergencia y evacuación.
¿ El control de la salud de los
trabajadores.
Riesgos específicos y su prevención en el sector
correspondientes a la actividad de la empresa. (5 horas)
Elementos básicos de gestión de la prevención de
riesgos. (4 horas)
¿ Organismos públicos relacionados con la
seguridad y salud en el trabajo.
¿ Organización del trabajo preventivo.
Rutinas básicas.
¿ Documentación a la que está obligada la
empresa: Recogida, elaboración y archivo.
Primeros auxilios. (2 horas)
¿ Primeros auxilios en hemorragias.
¿ Primeros auxilios en quemaduras.
¿ Primeros auxilios en fracturas.
¿ Respiración artificial.
|
ANEXO 3
MÓDULO DE PROYECTO DE INSERCIÓN LABORAL
El Proyecto de Inserción Laboral tiene como finalidad
dotar al alumno de las competencias que le permitan definir y aplicar un
proyecto personal que favorezca su incorporación al sector productivo.
En su configuración no pueden dejar de tenerse en
cuenta algunas carencias comunes que caracterizan a los alumnos destinatarios
de los programas de cualificación profesional inicial, entre las que cabe
reseñar: El rechazo a la escuela en su concepción tradicional; la subestima de
ciertos conocimientos o habilidades generales (matemáticas, lenguaje...) que
condicionará el futuro itinerario profesional; la deficiente o nula información
sobre las posibilidades reales de formación y empleo, así como las
instituciones u organismos que les puedan ayudar en estos campos; la falta de
criterios, pautas y apoyos a la hora de tomar decisiones y la carencia de
habilidades o procedimientos adecuados para enfrentarse a la búsqueda de
empleo; el inadecuado conocimiento sobre el funcionamiento del mercado de
trabajo; la ausencia de sensibilidad, hábitos y conciencia sobre la más
elemental seguridad laboral¿
Definir un proyecto implica básicamente conocer y
decidir. Por tanto, se hace necesario que los jóvenes conozcan sus propias
posibilidades, capacidades e intereses, así como las opciones formativas y laborales
a su alcance y las principales características del entorno productivo en el que
se habrán de desenvolver y de las competencias básicas que les serán
requeridas.
Se precisa, en definitiva, la puesta en marcha de un
proceso de ayuda al alumno, mediante el cual este identifique y evalúe sus
aptitudes, competencias e intereses con valor profesionalizador, al tiempo que
obtenga información sobre la oferta formativa y la demanda laboral accesible
para él. Todo ello con el objeto de lograr una inserción profesional y social
satisfactoria.
Objetivos
- Tener un conocimiento ajustado de
sí mismo y relacionarlo con los requerimientos del entorno con la finalidad de
programar un proyecto profesional coherente.
- Aceptar y practicar normas
sociales específicamente requeridas en el ámbito laboral, comportándose con
criterio profesional, responsabilidad y actitud positiva.
- Utilizar diferentes fuentes para
la obtención de información y datos relativos a cuestiones relacionadas con la
vida diaria, las vías formativas o el contexto laboral.
- Tomar
decisiones y llevarlas a término con autonomía.
- Saber planificar los tiempos y
organizar las tareas que comportan un trabajo personal o en grupo.
- Reconocer
y valorar la tarea bien hecha y el trabajo como elemento de integración social.
- Identificar los elementos que
intervienen en la actividad económica, especialmente el papel de las
organizaciones productivas, su estructura y funcionamiento.
- Adquirir conocimientos precisos
sobre la oferta laboral y el proceso de búsqueda de empleo y los sistemas de
selección de personal, así como los organismos y entidades que informan o
ayudan para la inserción sociolaboral.
- Aplicar correctamente las
técnicas e instrumentos más adecuados en la búsqueda de trabajo, en sus distintas
modalidades.
- Identificar y aplicar derechos y
obligaciones laborales básicas y las consecuencias de su incumplimiento.
- Conocer las principales
modalidades de contratación laboral; interpretar los componentes del salario y
valorar las aportaciones sociales.
- Demostrar un comportamiento
responsable y positivo en el puesto de trabajo y valorar la participación en
grupos de trabajo y conocer las estrategias para hacerlo.
Contenidos
Conocimiento
personal:
- Métodos
para la identificación de capacidades, habilidades y actitudes personales.
- Evaluación
de intereses profesionales, motivaciones y expectativas.
El
entorno productivo:
- Tipos de empresas vinculadas al
sector productivo relacionado con el programa. Organización, estructura y funcionamiento.
- Características
de los puestos de trabajo.
- Itinerarios
formativos y promoción.
Relaciones
laborales:
- Derechos
y obligaciones en las relaciones laborales:
▪ Derechos derivados de los
convenios y otros acuerdos, obligaciones más importantes de los trabajadores.
▪ Modalidades de contratos.
▪ Regulación de conflictos.
- El
salario y sus derivaciones sociales.
- La Seguridad Social y las
prestaciones en casos de: Enfermedad, accidente, situación de desempleo¿
- Órganos
de representación de los trabajadores.
Relaciones
en el equipo de trabajo:
- La
comunicación en la empresa:
▪ Comunicación oral de instrucciones para la
consecución de objetivos.
▪ Tipos de comunicación y etapas de un
proceso de comunicación.
▪ Identificación de dificultades y barreras
en la comunicación.
▪ Utilización de la comunicación expresiva
(oratoria, escritura).
▪ Utilización de la comunicación receptiva
(escucha, lectura).
- Proceso
de resolución de problemas y toma de decisiones en grupo.
- Equipos
de trabajo: Visión del individuo como parte del grupo.
- La
motivación y el clima laboral.
La
búsqueda de empleo:
- Las
ofertas de empleo.
- Recursos para la búsqueda de
empleo: Fuentes de información, organismos y entidades que intervienen en este
ámbito.
- Documentos
personales: Currículum vítae, carta de solicitud, cartas de presentación.
- Los
procesos de selección: Tipos y fases. Pruebas y entrevistas.
Proyecto
de Inserción Laboral:
- El
itinerario profesionalizador. El proceso para su elaboración.
▪ Elementos y fases a tener en cuenta para
la toma de decisiones.
▪ Modificación o reconducción del proyecto
profesionalizador personal.
- Habilidades
sociales necesarias para la autoorientación y adaptación profesional.
- Definición
y planificación del propio Proyecto de Inserción Laboral.
Criterios de evaluación
Conocimiento
personal:
- Clasificar las experiencias
personales con valor profesionalizador, identificando competencias, aptitudes,
conocimientos y preferencias.
- Elaborar
una lista de intereses y expectativas personales con perspectiva
profesionalizadora.
El
entorno productivo:
- Identificar los efectos de los
cambios tecnológicos sobre el trabajo y la organización de la empresa.
- Identificar
diversas tipologías de organizaciones productivas.
- Identificar
los departamentos de una empresa y su función.
- Identificar
y aplicar las actitudes laborales exigidas en cualquier tipo de ocupación.
Relaciones
laborales:
- Buscar, seleccionar y comprender
documentación e información relativa a temas laborales y al mundo empresarial.
- Diferenciar los derechos y las
obligaciones en un puesto de trabajo o categoría profesional concreta.
- Identificar las variables más importantes
que son objeto de una negociación o de un convenio.
- Identificar
diversas tipologías de contactos de trabajo y analizar sus características.
- Cumplimentar
correctamente un contrato de trabajo.
- Enumerar
y analizar los derechos y prestaciones derivados de la Seguridad Social.
- Identificar
los componentes más importantes de una nómina.
- Valorar
las aportaciones sociales que se deriven del salario.
Relaciones
en el equipo de trabajo:
- En
supuestos prácticos de recepción de instrucciones analizar su contenido
distinguiendo:
▪ El objetivo fundamental de la instrucción.
▪ El grado de autonomía para su realización.
▪ Los resultados que se deben obtener.
▪ Las personas a las que deben informar.
▪ Quién, cómo y cuándo se debe controlar el
cumplimiento de la instrucción.
- Demostrar interés por la
descripción verbal precisa de situaciones y por la utilización correcta del
lenguaje.
- En
casos prácticos, identificar los problemas, factores y causas que generan un
conflicto.
- Discriminar
entre datos y opiniones.
- Respetar otras opiniones
demostrando un comportamiento tolerante ante conductas, pensamientos o ideas no
coincidentes con las propias.
- Comportarse
en todo momento de manera responsable y coherente.
- Explicar
las ventajas del trabajo en equipo frente al individual.
- Describir
el proceso de toma de decisiones en el equipo: la participación y el consenso.
- Asumir
las normas aceptadas por el grupo.
- Exponer
las ideas propias de forma clara y concisa.
- Definir
el concepto de clima laboral y relacionarlo con la motivación.
La
búsqueda de empleo:
- Analizar diferentes tipos de
ofertas de empleo y relacionar los requerimientos de un puesto de trabajo con
las actitudes y capacidades personales.
- Localizar fuentes y recursos de
información sobre el mercado laboral en relación con el programa cursado.
- Ordenar los datos personales y
elaborar un currículum vítae, adecuándolo a ofertas de trabajo concretas.
- Cumplimentar solicitudes de
trabajo y elaborar cartas de presentación de acuerdo con un modelo personal.
- Actuar
con corrección en situación de entrevista telefónica o presencial.
- Cuidar
la corrección y pulcritud en la presentación de documentos.
- Analizar
las fases tipo constituyentes de procesos de selección de personal.
Proyecto
de Inserción Laboral:
- Localizar las posibilidades de
formación futura y perspectivas de empleo en el marco del propio itinerario
profesional.
- Definir y planificar un Proyecto
de Inserción Laboral propio, asumiendo los compromisos que pueda comportar, y
establecer un plan de evaluación periódica que permita consolidar o revisar, en
su caso, el proyecto inicial.
ANEXOS 4.a , 4.b y 5
(Véanse en formato PDF)
ANEXO 6
DISTRIBUCIÓN HORARIA SEMANAL DE
LOS MÓDULOS OBLIGATORIOS
Contenidos
|
Horas
semanales
|
Módul
de Formación básica (1):
Ámbito
científico-tecnológico (6 horas)
Ámbito lingüístico y social (8 horas)
|
14
horas
|
Módulos
específicos (2)
|
15
horas
|
Tutor
|
1
hora
|
Total
|
30
horas
|
(1)
A título orientativo se indica la asignación horaria de cada uno de los ámbitos
constitutivos de este módulo.
(2)
Ocho semanas antes de realizar la evaluación final de los módulos obligatorios
del programa, el horario asignado a los módulos específicos se destinará a los
módulos de Formación en Centros de Trabajo, de Prevención de Riesgos Laborales
y de Proyecto de Inserción Laboral, de acuerdo con la organización prevista en
el artículo 15.2.
ANEXO 7
PROGRAMAS
DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
INICIAL
PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN
I.
Procedimiento de incorporación de los alumnos de
dieciséis o diecisiete años
1.
La incorporación voluntaria de los alumnos con dieciséis años o
diecisiete años que no hubieran obtenido el título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, independientemente de su situación académica en cuanto
a promoción, se efectuará según el proceso siguiente:
a) Durante el tercer trimestre del
curso escolar, hasta quince días antes de dar comienzo el proceso de admisión
de alumnos a los programas de cualificación profesional inicial, el alumno, con
la conformidad de sus padres o representantes legales, comunicará al Director
del centro mediante escrito conforme al modelo del Documento 1, su intención de
incorporarse a un programa, y solicitará la oportuna orientación académica y
profesional.
b) El Jefe de Estudios dará traslado
de la petición al Departamento de Orientación, que ayudará al alumno en la toma
de decisiones respecto de la elección del programa o programas que mejor se
adapten a sus intereses.
c) Recibida la orientación académica
y profesional por el Departamento de Orientación en plazo suficiente, el alumno
podrá participar en el proceso de admisión al programa o programas de su
elección, y si obtuviese alguna de las plazas solicitadas, se incorporará al
programa en el curso académico siguiente. De no obtenerla, excepcionalmente el
alumno podrá permanecer escolarizado en la Educación Secundaria Obligatoria
hasta agotar el límite de edad permitido legalmente.
d) El alumno podrá también comunicar
su intención de incorporarse a un programa de cualificación profesional inicial
al finalizar la evaluación extraordinaria de septiembre. En ese caso, tras la
oportuna orientación académica y profesional podrá incorporarse a un programa
de su elección si hubiera plazas disponibles.
2.
La incorporación de alumnos con dieciséis o diecisiete años de edad como
consecuencia de las decisiones adoptadas conforme a lo establecido en los
artículos 4.5 y 5 de la Orden 1029/2008, de 29 de febrero, de la Consejería de
Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación en
la Educación Secundaria Obligatoria y los documentos de aplicación, se
efectuará conforme al siguiente procedimiento:
a) Al comienzo del tercer trimestre
del curso, el equipo de evaluación de cada grupo analizará la situación escolar
de los alumnos que estén en riesgo evidente de no alcanzar el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Se valorará, asimismo, si para
dichos alumnos existen posibilidades y expectativas fundadas de que la
incorporación a un programa les proporcione una formación que les permita
adquirir una cualificación profesional que favorezca su inserción laboral
satisfactoria, al tiempo que se mejoren sus expectativas de obtención de dicho
título mediante la superación de los módulos voluntarios del programa o,
posteriormente, en la educación de personas adultas. Tras este análisis se
emitirá un informe-propuesta motivado conforme al modelo del Documento 2, que
se dirigirá a la Jefatura de Estudios.
b) El Jefe de Estudios dará traslado
de una copia del informe al que se refiere el apartado anterior al Departamento
de Orientación, que proporcionará al alumno la adecuada orientación académica y
profesional
c) El Director, o persona en quien
delegue, asistido por el tutor y por el Jefe del Departamento de Orientación,
se reunirá con el alumno y con sus padres o representantes legales para
informarles de las características generales de los programas de cualificación
profesional inicial y de la propuesta de incorporación del alumno al programa,
recogiéndose por escrito la opinión de los mismos al respecto en el modelo del
Documento 3.
d) Tras valorar toda la información,
el Director emitirá la resolución que proceda sobre la incorporación del alumno
a un programa de cualificación profesional inicial, conforme al modelo del
Documento 4, de lo cual dará traslado al interesado y archivará copia en el
expediente del alumno. En caso de ser denegada, se expresará la motivación
razonada.
e) Si concluida la evaluación
extraordinaria de septiembre no hubieran cambiado sustancialmente las
circunstancias que motivaron la propuesta de incorporación de un alumno a un
programa de cualificación profesional, el equipo de evaluación emitirá un
informe, firmado por el tutor y dirigido a la Jefatura de Estudios, en el que
se indicarán el grado de competencia curricular alcanzado por el alumno en cada
una de las materias y las medidas de apoyo que le han sido aplicadas con
anterioridad. Dicho informe se redactará en el modelo del Documento 5, y se
incorporará al expediente del alumno para su posterior traslado al centro en el
que se matricule para cursar el programa.
f) Por el contrario, si concluida la
evaluación extraordinaria de septiembre el equipo de evaluación considera que
han cambiado sustancialmente las circunstancias que motivaron la propuesta de
incorporación de un alumno a un programa de cualificación profesional,
propondrá para el alumno otro tipo de medidas. No obstante, el alumno podrá
hacer valer siempre su derecho de incorporarse voluntariamente al programa para
el que ya hubiera obtenido plaza.
g) Si tras participar en el proceso
de admisión a programas de cualificación profesional inicial el alumno no
obtuviese plaza en alguno de los perfiles profesionales solicitados podrá excepcionalmente
permanecer escolarizado en la Educación Secundaria Obligatoria hasta agotar el
límite de edad permitido legalmente.
h) La Inspección Educativa
supervisará que el procedimiento se efectúa conforme a lo dispuesto en esta
Orden.
II.
Procedimiento de incorporación de los alumnos de
quince años
La
incorporación de alumnos que cumplan quince años de edad en el año de inicio
del programa hayan cursado segundo y no cumplan los requisitos para promocionar
al curso siguiente y hayan repetido ya una vez en la etapa se hará conforme a
lo siguiente:
a) Al comienzo del tercer trimestre
del curso, el equipo de evaluación de cada grupo analizará la situación escolar
de los alumnos en los mismos términos que los señalados en el apartado I.2.a)
anterior.
b) El Jefe de Estudios dará traslado
del informe-propuesta del equipo docente al Departamento de Orientación, que
realizará la evaluación psicopedagógica de los alumnos. Dicha evaluación tendrá
como finalidad determinar las posibilidades de éxito y contendrá, al menos, la
información siguiente:
- La historia escolar del alumno y las medidas
educativas adoptadas previamente.
- Las características personales que puedan
influir en su capacidad de aprendizaje.
- Las características del contexto
escolar, social y familiar que puedan estar incidiendo en el proceso de
enseñanza y aprendizaje.
- Perfiles profesionales más adecuados a los
que se orienta al alumno.
c) Una vez realizada esta evaluación
psicopedagógica, el Departamento de Orientación redactará un informe, según el
Documento 6, que, junto con el informe del equipo de evaluación, dirigirá a la
Jefatura de Estudios. El Jefe de Estudios trasladará ambos documentos al
Director del centro.
d) El Director, o persona en quien
delegue, asistido por el tutor y por el Jefe del Departamento de Orientación,
se reunirá con el alumno y con sus padres o representantes legales para
informarles de las características generales de los programas de cualificación
profesional inicial y de la propuesta de incorporación del alumno al programa,
y deberá quedar constancia de su aceptación y de la de sus padres o tutores,
así como del compromiso del alumno para cursar los módulos de carácter
voluntario descritos en el artículo 3.3 de esta Orden, para lo que deberán
cumplimentar el Documento 7.
El resto del procedimiento se desarrollará conforme a
lo dispuesto en los apartados d), e), f), g) y h) del apartado I de este Anexo.
Estos alumnos, sin embargo, no podrán incorporarse voluntariamente al programa
si concurren las circunstancias descritas en el apartado f) del referido
apartado.
III.
Procedimiento de incorporación de los alumnos con necesidades educativas
especiales
Hasta
tanto no se regule el procedimiento para la escolarización de los alumnos con
necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de
discapacidad, se estará a lo dispuesto en la Orden de 14 de febrero de 1996,
por la que se regula el procedimiento para la evaluación Psicopedagógica y el
Dictamen de Escolarización y se establecen los criterios para la escolarización
de los alumnos con necesidades educativas especiales (Boletín Oficial del
Estado de 23 de febrero).
(Véanse formularios de documentos
en formato pdf)