Resolución de 7 de febrero de 2008, de la Dirección-Gerencia de la
Empresa Pública Hospital de Vallecas, por la que se hace pública la encomienda
de gestión realizada por las Empresas Públicas Hospital del Norte, del Henares,
del Sureste, del Sur y del Tajo a la Empresa Pública Hospital de Vallecas para
la gestión del Servicio de Mantenimiento de Equipos de Electromedicina. () ()
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid de la encomienda de gestión realizada por las
Empresas Públicas Hospital del Norte, del Henares, del Sureste, del Sur y del
Tajo a la Empresa Pública Hospital de Vallecas para la gestión del Servicio de
Mantenimiento de Equipos de Electromedicina, en virtud del Acuerdo suscrito por
las partes con fecha 4 de febrero de 2008, cuyo texto íntegro se transcribe a
continuación.
En
Madrid, a 4 de febrero de 2008.
REUNIDOS
De
una parte, don ¿, Director-Gerente de la Empresa Pública Hospital de Vallecas,
en adelante Hospital de Vallecas o el Hospital, con domicilio social en la
avenida del Mediterráneo, número 82, de Madrid, código postal 28007 y CIF -S-2800539-E,
en nombre y representación del Hospital de Vallecas, en virtud de lo previsto
en los artículos 8, 9 y 15 de sus Estatutos, aprobados mediante el Decreto
116/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, y previa autorización
mediante Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de enero de 2008.
De
otra, los Directores-Gerentes de las siguientes empresas públicas:
Doña
¿, Directora-Gerente de la Empresa Pública Hospital del Norte, con domicilio en
avenida de los Pirineos, de San Sebastián de los Reyes, código postal 28700 y
CIF S-2800537-I, en nombre y representación de este Ente, en virtud de lo
previsto en los artículos 8, 9 y 15 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
112/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, y previa autorización
mediante Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de enero de 2008.
Don
¿, Director-Gerente de la Empresa Pública Hospital del Sur, con domicilio en
calle Toledo, de Parla, código postal 28980 y CIF S-2800540-C, en nombre y
representación de este Ente, en virtud de lo previsto en los artículos 8, 9 y
15 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 111/2007, de 2 de agosto, del
Consejo de Gobierno, y previa autorización mediante Acuerdo del Consejo de
Administración de 23 de enero de 2008.
Don
¿, Director-Gerente de la Empresa Pública Hospital del Sureste, con domicilio
en camino Valdelarcipreste, de Arganda del Rey, código postal 28500 y CIF
S-2800541-A, en nombre y representación de este Ente, en virtud de lo previsto
en los artículos 8, 9 y 15 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
113/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, y previa autorización
mediante Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de enero de 2008.
Don
¿, Director-Gerente de la Empresa Pública Hospital del Henares, con domicilio
en camino Labor (antigua carretera M-216), de Coslada, código postal 28820 y
CIF S-2800538-G, en nombre y representación de este Ente, en virtud de lo
previsto en los artículos 8, 9 y 15 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
114/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, y previa autorización
mediante Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de enero de 2008.
Don
¿, Director-Gerente de la Empresa Pública Hospital del Tajo, con domicilio en
avenida Amazonas Central de Aranjuez, código postal 28300 y CIF S-2800536-A, en
nombre y representación de este Ente, en virtud de lo previsto en los artículos
8, 9 y 15 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 115/2007, de 2 de agosto,
del Consejo de Gobierno, y previa autorización mediante Acuerdo del Consejo de
Administración de 23 de enero de 2008.
EXPONEN
Primero
De
acuerdo con las previsiones de la Ley 4/2006, dichas empresas públicas están
adscritas a la Consejería de Sanidad, y en este sentido deben aunar esfuerzos
que redunden en una mejora de la atención integral de los pacientes del sistema
sanitario público y eficiencia de la gestión sanitaria.
Segundo
Que
es necesario dotar de un Servicio de Mantenimiento de los Equipos de
Electromedicina, dando así cumplimiento a la normativa vigente en la materia,
pero la cobertura de esta necesidad aconseja coordinar los recursos disponibles
en este ámbito, dada la reciente incorporación de los equipos y su
homogeneidad. La adecuada planificación de las operaciones de mantenimiento
contribuye a mejorar la seguridad y calidad de la atención sanitaria, al tiempo
que se minimizan las posibles alteraciones en su prestación debidas a averías.
Tercero
Que,
para el mejor cumplimiento de los fines que les son propios, es necesaria la
adopción de medidas organizativas que permitan la optimización de los recursos
existentes.
La
encomienda de gestión se realizará de conformidad a las siguientes
ESTIPULACIONES
1.
Todas las empresas públicas signatarias del presente acuerdo participarán en el
coste derivado del mantenimiento de equipos de electromedicina, cuya gestión
corresponderá, exclusivamente, a la Empresa Pública Hospital de Vallecas.
2.
Alcance de la gestión.¿Se extiende a los equipos de electromedicina de los
hospitales que suscriben este convenio, así como los de laboratorio,
tratamiento de onda y cardiología, equipamiento de quirófanos, UCI y neonatos,
equipos de ginecología, pediatría y obstetricia, diagnóstico por imagen, centrales
de monitorización, básculas y pesabebés, equipos de fibra óptica, equipos
clínicos con componentes electrónicos y eléctricos que hayan de ser manejados
por personal sanitario, aparatos y herramientas de medida, control y
calibración de estos equipos. Como dato de partida se toma el inventario
inicial de equipos, pudiendo evolucionar durante el período de vigencia del
presente acuerdo y debiendo actualizar los datos sobre sus inventarios para la
distribución del coste de la contratación a plantear.
El
mantenimiento a realizar abarcará todos sus aspectos, esto es, correctivo,
preventivo, técnico legal, etcétera.
La
Empresa Pública Hospital de Vallecas remitirá a las Direcciones
Económico-Financieras de todos los hospitales aquellos certificados y documentos
sobre las inspecciones que la normativa vigente exija.
3.
Condiciones económicas y coste del mantenimiento.¿La Empresa Pública Hospital
de Vallecas gestionará el mantenimiento de los equipos de electromedicina, bien
con sus propios medios o con medios ajenos. En todo caso, el coste anual del
mantenimiento se distribuirá en mensualidades, que cada hospital abonará a la
Empresa Pública Hospital de Vallecas.
Las
cuotas se determinan en el Anexo I para el conjunto de hospitales y se
desglosan por cada uno de ellos, estas se aplicarán sobre la anualidad del
contrato adjudicado. Las cuotas establecidas en el Anexo se actualizarán en el
supuesto de adhesión de nuevos entes a este acuerdo, por incremento de los
equipos de los diferentes hospitales y/o por incremento de los costes del
servicio. Las nuevas cuotas se comunicarán a los Gerentes de los hospitales y
serán de inmediata aplicación en el ejercicio económico.
4.
Comisión de seguimiento.¿Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento, de
carácter paritario, integrada por un representante de cada una de las
instituciones firmantes, cuyo funcionamiento se regirá de conformidad con lo
dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Serán
funciones de la Comisión de Seguimiento la vigilancia y el control del
cumplimiento del convenio, y la de dirimir las posibles discrepancias que
puedan surgir entre las instituciones firmantes.
5.
Vigencia.¿La presente encomienda de gestión tendrá vigencia desde el día de la
fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2013, prorrogándose de forma
automática y por anualidades naturales si no media denuncia expresa de alguna
de las partes con una antelación mínima de tres meses a la fecha prevista para
su finalización.
6.
Publicación.¿Se delegan en el Gerente de la Empresa Pública Hospital de
Vallecas las actuaciones necesarias para la publicación de la presente
encomienda de gestión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrids.