ORDEN POR LA QUE SE DEROGA LA ORDEN
385/2006, DE 21 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS ADICIONALES PARA
PREVENIR LA INTRODUCCIÓN O DIFUSIÓN EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
DEL VIRUS DE LA ¿INFLUENZA AVIAR¿
Orden 3006/2007, de 16 de noviembre, de la Consejería de
Economía y Consumo, por la que se deroga la Orden 385/2006, de 21 de febrero,
por la que se establecen medidas adicionales para prevenir la introducción o
difusión en el territorio de la Comunidad de Madrid del virus de la ¿influenza
aviar¿. ()
La ¿influenza aviar¿ es
una enfermedad infecciosa de declaración obligatoria en la Unión Europea y en
España, según lo establecido en el Real Decreto 617/2007, de 16 de mayo, por el
que se establece la lista de enfermedades de animales de declaración
obligatoria y se regula su notificación, además está incluida en la lista A de
enfermedades de la Oficina Internacional de Epizootías.
Las medidas de lucha
frente a esta enfermedad se regulan en el Real Decreto 445/2007, de 3 de abril,
en el que se establecen las medidas para la lucha contra la ¿influenza aviar¿,
trasponiendo la Directiva 2005/94 CE, del Consejo de 20 de diciembre de 2005,
relativa a medidas comunitarias de lucha contra la ¿influencia aviar¿ y por la
que se deroga la directiva 92/40 CEE, y en la Orden APA/2442/2006, de 27 de
julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación
con la ¿influencia aviar¿.
La Comunidad de Madrid a
la vista de la evolución de esta enfermedad durante el año 2005, con un número
creciente de países afectados y la detección de cepas H5 y H7 en varios Estados
miembros, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de
Sanidad Animal, publicó la Orden 385/2006, de 21 de febrero, de la Consejería
de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecieron medidas
adicionales para prevenir la introducción o difusión en territorio de la
Comunidad de Madrid del virus de la ¿influenza aviar¿.
La evolución favorable
de la ¿influenza aviar¿ en aves de corral y aves silvestres, tanto a nivel
nacional como en otros Estados miembros durante el segundo semestre del año
2006, supone la existencia de un menor riesgo en cuanto a la propagación y
difusión de la enfermedad a las explotaciones avícolas de la Comunidad de Madrid,
por lo que procede realizar una regulación de medidas sanitarias en relación a
la ¿influenza aviar¿ acorde con la situación epidemiológica actual y, por
tanto, dejar sin efecto las medidas de confinamiento establecidas mediante
Orden 385/2003, de 21 de febrero.
La Comunidad de Madrid,
de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene
la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con
las bases y la ordenación de la actividad económica general.
En su virtud,
DISPONGO
Artículo único.- Derogación de la Orden
385/2006, de 21 de febrero
Se deroga la Orden
385/2006, de 21 de febrero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica,
por la que se establecen medidas adicionales para prevenir la introducción o
difusión en territorio de la Comunidad de Madrid del virus de la ¿influenza
aviar¿.
Disposición final única.- Entrada en vigor
La presente Orden
entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.