[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS ESCOLARES DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL PROGRAMA "CONVIVIR ES VIVIR" PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA Y LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA.

 

 

 

RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2006, de la Viceconsejera de Educación, por la que se establece el procedimiento para la participación de los centros escolares de la Comunidad de Madrid en el programa "Convivir es Vivir" para la mejora de la convivencia y la prevención de la violencia. ([1])

 

 

 

El sistema educativo tiene entre sus objetivos fomentar en el alumnado la adquisición de hábitos de convivencia democrática, de respeto mutuo y de participación responsable en las distintas instancias sociales y culturales.

La sociedad madrileña, tradicionalmente abierta y pluralista, asume el reto de educar para la convivencia y la tolerancia en un entorno cambiante y cada vez más multicultural. Bajo estas premisas, el centro educativo se configura como contexto significativo de desarrollo y como un espacio privilegiado para el aprendizaje de valores y para educar en la convivencia.

Desde 1997 se han sucedido nueve convocatorias anuales destinadas a facilitar la participación de los centros educativos de la Comunidad de Madrid en el programa "Convivir es Vivir". El tiempo transcurrido y el análisis de las experiencias desarrolladas por los centros educativos han mostrado la conveniencia de introducir algunos cambios en dicho Programa, de modo que se refuerce su dimensión comunitaria e interinstitucional y se amplíen y diversifiquen las posibilidades de participación de los centros educativos.

Desde esta perspectiva, el programa "Convivir es Vivir" para el desarrollo de la convivencia y prevención de la violencia escolar es concebido como un programa educativo, interinstitucional, abierto y preventivo, cuyos objetivos generales son:

- Mejorar los niveles de convivencia en los centros educativos y en su entorno próximo mediante la coordinación interinstitucional de actuaciones y recursos.

- Fomentar las actitudes de conocimiento, respeto y tolerancia para prevenir la aparición de actos violentos dentro y fuera de la institución escolar.

- Proporcionar al profesorado habilidades y estrategias de intervención con las que afrontar los posibles conflictos, que puedan surgir en los centros, relacionados con el deterioro de la convivencia.

Dichos objetivos contribuirán a la actualización, revisión o reelaboración de los documentos que guían la vida del centro y que, por tanto, han de guardar relación con la organización de la convivencia del mismo: Plan de Acción Tutorial, Proyecto Educativo, Reglamento de Régimen Interior, etcétera.

Con todo ello, la Consejería de Educación pretende impulsar y apoyar el trabajo de la Comunidad Educativa para la mejora de la convivencia mediante la incorporación de nuevos centros educativos al programa "Convivir es Vivir" con distintas posibilidades de participación.

A tal fin y en virtud del artículo 3, del Decreto 117/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 4 de agosto), que refunde en una sola norma la regulación de la estructura y competencias de la Consejería,

DISPONGO

 

 

Primero.- Objeto y características

 

1. Objeto

 

La presente Resolución establece el procedimiento para que los centros educativos sostenidos con fondos públicos que escolaricen alumnado de Educación Infantil (3-6 años), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Básica Obligatoria, Bachillerato, Programas de Garantía Social y Ciclos Formativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, puedan acogerse al programa "Convivir es Vivir" cuyo objetivo es fomentar la prevención de la violencia y el desarrollo y mejora de la convivencia escolar en los términos expresados en la presente convocatoria, y a través de alguna de las siguientes modalidades:

- Modalidad I:

El objetivo de esta modalidad es que los centros, con el compromiso de desarrollar e implantar el Programa a lo largo de dos cursos escolares (2006/2007 y 2007/2008), elaboren un Plan Interno de Actuación (PIA) que actúe como instrumento que posibilite la consecución de los objetivos del Programa.

Para ello, el primer curso se dedicará a la elaboración del mencionado Plan Interno de Actuación (PIA), abordándose su desarrollo e implantación durante el segundo curso.

- Modalidad II:

Esta modalidad tiene como objetivo que los centros puedan llevar a cabo distintas actuaciones relacionadas con las líneas del Programa a lo largo de un curso escolar (2006/2007), con una doble dimensión:

● De un lado, la posibilidad de que los centros elaboren un Proyecto de actuaciones siempre relacionadas con las líneas y objetivos del programa "Convivir es Vivir" y que por su naturaleza y carácter supongan un primer nivel de iniciación.

● De otra parte, incluye aquellos centros seleccionados con anterioridad que tengan como objetivo la profundización en alguna de las líneas de actuación del Programa.

- Modalidad III:

Esta modalidad tiene como objetivo facilitar la sensibilización y la primera toma de contacto de los centros educativos con el programa "Convivir es Vivir", así como favorecer cauces de continuidad en el mismo posibilitando la realización de actuaciones en el marco de sus ámbitos de desarrollo. Los centros en su conjunto o mediante la iniciativa de profesores, u otros agentes de la comunidad educativa, podrán solicitar incorporarse a esta modalidad a lo largo del curso 2006/2007 en los plazos que establece la presente resolución.

Se podrá incluir en esta modalidad la realización, en cualquier momento del curso escolar, de actuaciones relacionadas con educación en valores, habilidades sociales, técnicas de resolución de conflictos, educación intercultural, planes de acogida, participación de las familias, entre otras.

 

2. Características

 

Los centros seleccionados a través de las diferentes modalidades contarán con:

a) Formación del profesorado.

Los Centros de Apoyo al Profesorado facilitarán a los centros seleccionados el desarrollo de diferentes actividades de formación y realizarán el seguimiento de las mismas en todas las modalidades.

La participación del profesorado en las actividades del programa "Convivir es Vivir" establecidas en la presente Convocatoria se certificará por el Centro de Apoyo al Profesorado correspondiente, de acuerdo con la "Orden 2202/2003, de 23 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado y se establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 21 de mayo).

 

- Modalidad I:

● Durante el curso 2006-2007 se organizará en cada centro educativo una actividad de formación con una duración total de cuarenta horas. Dicha actividad constará de sesiones de formación teórica con ponentes externos (veinte horas) y sesiones de trabajo en grupo (veinte horas). El contenido de la formación estará enfocado a la elaboración del Plan Interno de Actuación (PIA) para lo cual el profesorado participante recibirá apoyo y asesoramiento del Centro de Apoyo al Profesorado.

La participación del profesorado se certificará de forma individual en la modalidad "Actividad Institucional: Convivir es vivir, Modalidad I" con cuatro créditos para los asistentes y cinco para el coordinador.

● Durante el curso 2007-2008 se organizará en cada centro educativo una actividad de formación con una duración total comprendida entre treinta y sesenta horas. El profesorado participante recibirá apoyo y asesoramiento para la puesta en marcha del Plan Interno de Actuación (PIA) y solicitará sesiones de formación teórica con ponentes externos, sobre temas relacionados con el contenido del PIA, con una duración mínima de diez horas y máxima de veinte horas.

La participación del profesorado se certificará de forma individual en la modalidad "Actividad Institucional: Convivir es vivir, Modalidad I" con un máximode seis créditos para los asistentes y uno más para el coordinador.

- Modalidad II:

Los Centros de Apoyo al Profesorado ofrecerán apoyo y asesoramiento para la puesta en marcha del Proyecto al grupo de profesores participantes. La duración de la actividad formativa no superará las cuarenta horas ni será inferior a veinticinco horas.

La participación del profesorado se certificará de forma individual en la modalidad "Actividad Institucional: Convivir es vivir, Modalidad II" con un máximo de cuatro créditos y un mínimo de dos créditos y medio para los participantes y uno más para el coordinador.

La formación con ponentes externos ha de ser, al menos, de un 50 por 100, y esta será previa y/o simultánea a la realización de la actividad, nunca después de finalizada esta.

En los proyectos figurará la temática sobre la que versará la formación con ponente externo así como el número de horas.

En el informe que elaborará el Centro de Apoyo al Profesorado se reflejará el/los ponente/s externo/s que impartirán la citada formación.

 

- Modalidad III:

El Centro de Apoyo al Profesorado organizará y ofrecerá apoyo y asesoramiento para la puesta en práctica de la actividad de formación propuesta por el centro, en el marco de la normativa vigente sobre las modalidades de formación existentes. En cualquier caso la duración máxima de la actividad será de veinte horas.

La participación del profesorado se certificará de forma individual en la modalidad "Actividad Institucional: Convivir es vivir, Modalidad III" con un máximo de dos créditos, para los participantes, y medio más para el coordinador. La formación con ponentes externos ha de ser, al menos, de un 50 por 100 y será previa y/o simultánea a la realización de la actividad, nunca después de finalizada esta.

En los proyectos figurará la temática sobre la que versará la formación con ponente externo, así como el número de horas.

En el informe que elaborará el Centro de Apoyo al Profesorado se reflejará el ponente o los ponentes externo/s que impartirán la citada formación.

 

b) Actividades de ocio y tiempo libre.

En colaboración con los organismos e instituciones que participan en el programa "Convivir es Vivir" podrán organizarse para el alumnado de los centros educativos actividades de ocio y tiempo libre en horario no lectivo, que sirvan como refuerzo a la labor de mejora de la convivencia desarrollada en los proyectos de los centros.

La Dirección General de Juventud ofrecerá actividades de ocio y tiempo libre que se asignarán a los centros por orden de entrada de la solicitud hasta agotar las plazas existentes.

 

c) Actividades de intercambio y presentación de experiencias.

Se ofrecerá a los centros educativos la posibilidad de participar en cuantas actividades de intercambio y presentación de experiencias se organicen en el marco del programa "Convivir es Vivir".

 

d) Apoyo documental y técnico.

Se dotará a cada centro participante con las publicaciones y materiales elaborados por el programa "Convivir es Vivir".

Los centros seleccionados contarán con asesoramiento técnico, tanto para las actividades de formación como para la elaboración y puesta en práctica del Plan Interno de Actuación (PIA) o Proyecto respectivo, de los profesionales del Servicio de Inspección Educativa, de los Centros de Apoyo al Profesorado, del Servicio de la Unidad de Programas Educativos y de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Dirección de Área Territorial correspondiente.

 

e) Colaboración de los Consejos Escolares.

El Consejo Escolar de cada uno de los centros participantes o, en su caso, la Comisión de Convivencia se encargará de apoyar la participación del centro en el programa "Convivir es Vivir". En el caso de los centros de Educación Secundaria contará con la participación del Departamento de Orientación.

 

f) Designación y liberación horaria del coordinador del programa "Convivir es Vivir".

En cada centro participante, uno de los profesores que formen parte del proyecto "Convivir es Vivir" desempeñará las funciones de coordinador del Programa en el centro.

El coordinador será designado por el Consejo Escolar a propuesta del Director del centro. Sus funciones serán facilitar la coordinación general del Programa en el centro así como de la elaboración y puesta en práctica del Plan Interno de Actuación o del Proyecto presentado para la mejora de la convivencia.

En los centros participantes en las Modalidades I y II y para facilitar el desarrollo de dichas funciones en el marco de la configuración de la plantilla del centro para el/los curso/s en los que se desarrolle la experiencia, el Servicio de Inspección Educativa podrá autorizar que el horario semanal del coordinador contemple una dedicación horaria de hasta cuatro horas lectivas semanales. Para determinar dicha dedicación se tendrá en cuenta la modalidad por la que el centro participe en el programa "Convivir es Vivir".

 

g) Participación de familias.

Se llevarán a cabo actuaciones encaminadas a la sensibilización y participación de las familias en la mejora de la convivencia en el centro educativo y en su entorno. Dichas acciones podrán incluir la colaboración de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos del centro, del Ayuntamiento respectivo, así como de los organismos e instituciones que participan en el Programa.

 

Segundo.- Destinatarios y requisitos de participación

 

1. Destinatarios

Podrán participar mediante el presente procedimiento, a través de las modalidades descritas en el apartado primero, los centros educativos sostenidos con fondos públicos que escolaricen alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Básica Obligatoria, Bachillerato, Programas de Garantía Social y Ciclos Formativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

 

2. Requisitos de participación

 

Requisitos comunes a las Modalidades I, II y III:

a) Aprobación del Consejo Escolar (Anexo III).

b) Designación de un profesor que actuará de coordinador del programa "Convivir es Vivir" en el centro (Anexo IV).

c) Designación de una persona que actúe como interlocutor en la organización de actividades cuyos destinatarios sean las familias (Anexo IV).

d) Compromiso de participación de los integrantes de los colectivos implicados (Anexo IV).

e) Formación con ponentes externos.

f) Previsión de tiempos y espacios colectivos de la Comunidad Educativa que permitan la realización de las actividades de: Coordinación (interna y con el CAP), seguimiento, asesoramiento y formación con ponentes externos en horario no lectivo.

 

Requisitos específicos Modalidad I:

a) Aprobación del Claustro (Anexo II).

b) Compromiso de participación de, al menos, el 30 por 100 del profesorado en las actividades de formación y en la elaboración y puesta en práctica del Plan Interno de Actuación (PIA) (Anexo IV).

c) Compromiso de participación del Equipo Directivo y, en el caso de los centros de Educación Secundaria, del Jefe del Departamento de Orientación, en las actividades de formación y en la elaboración y puesta en práctica del Plan Interno de Actuación (PIA) (Anexo IV).

 

Tercero.- Solicitudes, documentación y plazos

 

1. Solicitudes

 

Las solicitudes de participación (Anexo I) y la documentación complementaria, dirigida a la ilustrísima señora Viceconsejera de Educación, se presentarán en el registro de la Dirección de Área Territorial en cuyo ámbito esté ubicado el centro educativo, con la referencia: Programa "Convivir es Vivir", o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Remitiéndose una copia de la solicitud y documentación complementaria al Centro de Apoyo al Profesorado correspondiente, sea cual fuere el procedimiento de presentación de dichas solicitudes.

Cuando la solicitud se presente en mano será imprescindible que en la misma aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. Si se remite por correo, se presentará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de proceder a su certificación.

 

2. Documentación

 

La solicitud se presentará acompañada de los documentos, que acrediten el cumplimiento de los requisitos referidos en el artículo segundo, apartado 2.

Todos los anexos citados en el presente procedimiento de participación estarán a disposición del solicitante en los Centros de Apoyo al Profesorado y en los Servicios de Unidad de Programas Educativos.

La documentación posterior (Anexo V: Plan Interno de Actuación y Anexo VI: Memoria) se presentará en el registro de la Dirección de Área Territorial correspondiente, dirigida al Jefe del Servicio de la Unidad de Programas Educativos y copia al Centro de Apoyo al Profesorado que corresponda.

 

3. Plazos de presentación

 

- Modalidad I.

La presentación de solicitudes y la documentación complementaria para la incorporación al programa "Convivir es Vivir", comenzará a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará el día 20 de octubre de 2006.

El Plan Interno de Actuación (Anexo V) se presentará antes del 16 de mayo de 2007. La Memoria (Anexo VI) de las actuaciones realizadas en el marco del Programa deberá presentarse antes del 30 de mayo de 2008.

 

- Modalidad II.

El Proyecto (Anexo VII) deberá presentarse, junto con la solicitud de participación y la documentación complementaria, dentro del plazo que comenzará a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará el 20 de octubre de 2006.

La Memoria de las actuaciones realizadas en el marco del Programa (Anexo VIII) deberá presentarse antes del 30 de mayo de 2007.

 

- Modalidad III.

Los centros educativos que no estén participando en el programa "Convivir es Vivir" a través de alguna de las modalidades anteriores podrán presentar una única solicitud de participación a la modalidad III durante el curso 2006/2007, junto con la propuesta de trabajo (Anexo VII) y la documentación complementaria, de acuerdo a los siguientes plazos:

● Para los proyectos a realizar en el primer trimestre, la fecha límite será el 20 de octubre de 2006.

● Para los proyectos a realizar durante el segundo trimestre, la fecha límite será el 28 de noviembre de 2006.

● Para los proyectos a realizar durante el tercer trimestre la fecha límite será el 28 de febrero de 2007.

La Memoria de las actuaciones realizadas en el marco del Programa (Anexo VIII) deberá presentarse antes del 30 de mayo de 2007.

 

Cuarto.- Comisión de selección y seguimiento. Procedimiento, criterios de selección y seguimiento

 

1. Comisión de selección y seguimiento para las Modalidades I, II y III.

 

La selección de los centros que soliciten participar en el programa "Convivir es Vivir" será realizada por una comisión presidida por la ilustrísima señora Viceconsejera de Educación, o persona en quien delegue, y de la que formarán parte:

- Ilustrísimo señor Director General de Centros Docentes, o persona en quien delegue.

- Ilustrísima señora Directora General de Ordenación Académica, o persona en quien delegue.

- Ilustrísimo señor Director General de Juventud, o persona en quien delegue.

- Un representante de cada una de las Direcciones de Área Territorial, designado por el Director del Área Territorial correspondiente.

- Un técnico de la Consejería de Educación que actuará como secretario, designado por el ilustrísimo señor Director General de Centros Docentes.

Esta comisión asumirá, asimismo, la función de seguimiento del Programa y sus actuaciones en las Modalidades I, II y III.

 

2. Procedimiento de selección para las Modalidades I, II y III

 

La selección de los centros educativos se hará de acuerdo al siguiente procedimiento:

a) Los Centros de Apoyo al Profesorado elaborarán un informe para cada una de las solicitudes presentadas por los centros educativos de su ámbito para todas las modalidades. Dichos informes se remitirán al respectivo Director del Área Territorial en el plazo de diez días naturales, a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las Direcciones de Área Territorial harán llegar dichos informes, a través de su representante, a la Comisión de Selección.

b) La Comisión de Selección y Seguimiento, cuya composición se señala en el punto anterior, realizará la selección de los centros tomando como referencia los criterios recogidos en la presente Resolución y publicará la relación provisional de centros seleccionados para su incorporación al programa "Convivir es Vivir" en cada una de las modalidades establecidas, incluyendo la propuesta de asignación de crédito para los centros, en el plazo máximo de los veinticinco días naturales siguientes a la finalización de presentación de solicitudes en las Modalidades I y II, en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y de las Direcciones de Área Territorial.

c) A partir de la publicación de la lista provisional de admitidos se abrirá un plazo de diez días naturales para efectuar reclamaciones, publicándose en los cinco días siguientes a la finalización de dicho plazo la relación definitiva de centros seleccionados en los lugares indicados en el punto anterior. Las reclamaciones deberán presentarse en el Registro General de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

d) La comunicación de incorporación al Programa, junto con la asignación económica, la realizará la Dirección de Área Territorial correspondiente.

 

3. Criterios de selección

Atendiendo a los requisitos de participación establecidos en el punto segundo, apartado 2, de la presente convocatoria, la selección de los centros educativos para su incorporación al programa "Convivir es Vivir" se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) La implicación de la Comunidad Educativa, teniendo en cuenta el número de profesores y/o la participación de equipos de ciclo completos, el número de alumnos/as participantes y el número de padres y madres que se comprometen a participar en acciones que se lleven a cabo (Anexos I y VII).

b) Justificación de la Solicitud de participación, por primera vez o continuidad en el Programa, acorde con la realidad de cada centro educativo (Anexo VII).

c) Coherencia de las actuaciones propuestas con los objetivos y las líneas prioritarias del programa "Convivir es Vivir".

d) Claridad, concreción y coherencia entre objetivos, actividades, criterios y procedimiento de evaluación.

e) Informe favorable del Centro de Apoyo al Profesorado para la todas las Modalidades.

 

4. Seguimiento de los centros participantes

a) Los Centros de Apoyo al Profesorado realizarán el seguimiento del Programa de acuerdo a los documentos facilitados por la Comisión, en las fechas que esta establezca.

b) Continuidad de los centros participantes en Modalidad I.

Los Centros de Apoyo al Profesorado remitirán los informes de los Planes Internos de Actuación elaborados por los centros educativos de su ámbito a la Dirección de Área Territorial, dirigido al Jefe del Servicio de la Unidad de Programas Educativos, antes del 23 de mayo de 2007.

Los documentos e informes anteriormente citados serán remitidos a la Dirección de Área Territorial, dirigidos al Jefe del Servicio de la Unidad de Programas Educativos. Las Direcciones de Área Territorial harán llegar dichos informes para su valoración a través de su representante en la Comisión de Selección descrito en el artículo cuatro.

 

Quinto.- Percepción, cuantía, justificación y aplicación de las aportaciones económicas

 

1. Asignación económica

 

Cada centro recibirá una asignación económica, que supondrá un incremento en la partida de los gastos de funcionamiento, destinada al desarrollo de las iniciativas contempladas en el Plan Interno de Actuación (PIA) o en su Proyecto de participación en el programa "Convivir es Vivir", acorde con la modalidad por la que se opte.

 

Dicha asignación económica será determinada en función de la entidad del trabajo a realizar, del volumen del centro y sus características, así como de la previsión de gastos reales que conlleve la realización de las actividades y actuaciones programadas. A tal fin, junto a la propuesta, se incluirá una memoria económica en la que se estimen los gastos inherentes a la puesta en práctica del programa o actuaciones vinculadas al mismo.

 

La Comisión de Selección y Seguimiento, en función del número de solicitudes presentadas, del volumen de actuaciones previstas y de los gastos que conlleven la realización de las mismas, de la adecuación de dichas actuaciones a los criterios establecidos en la presente convocatoria y de la disponibilidad presupuestaria elevará propuesta de asignación económica a la Dirección General de Centros Docentes. El módulo máximo por centro será de hasta 4.500 euros para el caso de centros de la Modalidad I, 3.000 euros por centro para la Modalidad II y 1.500 euros por centro para el caso de la Modalidad III.

 

La asignación económica será tramitada durante el curso 2006/2007, en el caso de los centros participantes en las Modalidades II y III, y al inicio del 2007/2008, en el caso de los centros participantes en la Modalidad I.

 

2. Justificación

 

Los centros beneficiarios de las asignaciones económicas deberán justificar el destino de las mismas, mediante memoria económica del desarrollo del Plan Interno de Actuación o del Proyecto que incluya una relación detallada de gastos.

 

Dicha Memoria deberá ser certificada por el Secretario del Consejo Escolar o del correspondiente órgano competente del centro educativo y el visto bueno de la Presidencia del mismo e incluida en la Memoria Anual de cada centro participante que se menciona en el artículo tercero.

 

3. Aplicación de las asignaciones económicas

 

Asimismo, los perceptores de las asignaciones económicas vendrán obligados, de conformidad con lo establecido en las disposiciones vigentes, a justificar cumplidamente la aplicación de fondos.

El incumplimiento de las obligaciones enunciadas por parte de los beneficiarios de las ayudas supondrá, hasta que se subsanen, la inhabilitación para la percepción de cualquier subvención de la Consejería de Educación, sin perjuicio de la devolución pertinente. La Consejería de Educación podrá realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones oportunas respecto al destino y aplicación de las aportaciones económicas concedidas.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 

 

ANEXOS

(Véase en versión PDF)



[1] .- BOCM 9 de agosto de 2006.