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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 2 DE OCTUBRE DE 2003, RELATIVO A LA INTEGRACIÓN DEL CENTRO DE COORDINACIÓN OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS (CECOP) EN EL CENTRO DE ATENCIÓN DE LLAMADAS 1-1-2.

 

ORDEN de 22 de octubre de 2004, del Vicepresidente Segundo de la Comunidad de Madrid y Consejero de Justicia e Interior, por la que se da cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de octubre de 2003, relativo a la integración del Centro de Coordinación Operativo del Cuerpo de Bomberos (CECOP) en el Centro de Atención de Llamadas 1-1-2. ([1])

 

 

 

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante Acuerdo de 2 de octubre de 2003, dispuso la integración de la gestión de las urgencias y emergencias del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid en la sede del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, ubicado en Pozuelo de Alarcón, a los efectos de unificar todos los protocolos de recepción y atención de llamadas, su tratamiento y evaluación, así como facilitar la coordinación posterior con los servicios competentes para su prestación material, unificando, en definitiva, aspectos organizativos, operativo-funcionales y tecnológicos. Asimismo, se dispuso que se creara una Comisión de Seguimiento, de composición paritaria, con representantes del Servicio 1-1-2 y del Cuerpo de Bomberos, que se encargaría de velar por la adecuada prestación del Servicio Integrado de la Gestión de Emergencias y el desarrollo de este Acuerdo.

 

Una vez realizadas las adaptaciones previas necesarias a estos efectos, procede dar cumplimiento al anterior Acuerdo mediante el traslado del Centro de Coordinación Operativa del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, sito en el kilómetro 22 de la A-6, y fijar el momento en el cual deberá estar concluido. Asimismo, se crea la Comisión de Seguimiento del proceso de traslado e integración operativa, designándose los vocales que forman parte de la misma por ambas partes.

 

En su virtud y en uso de las facultades que dispone la normativa vigente, y en especial el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

 

DISPONGO

 

Primero

 

El Centro de Coordinación Operativo de Emergencias del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid (CECOP) deberá iniciar su traslado al Centro de Atención de Emergencias 1-1-2 a partir del día 1 de noviembre de 2004, y se irá completando en los términos y condiciones que sean acordados en el seno de la Comisión de Seguimiento del proceso de integración, cuya composición se regula en el punto siguiente, teniendo como único fin el garantizar la correcta y adecuada prestación del Servicio.

Segundo

 

Se crea la Comisión de Seguimiento del proceso de integración, que estará compuesta por tres miembros designados por el titular de la Dirección General de Protección Ciudadana, y otros tres designados por el Director-Gerente del Organismo Autónomo 1-1-2. La presidencia de la misma recaerá en el Viceconsejero de Justicia e Interior, pudiendo delegarla de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El funcionamiento de la citada Comisión se adecuará a lo establecido en la citada Ley.

 

Las competencias de la Comisión serán las siguientes: Estudiar y proponer las soluciones a todos los problemas que se deriven del traslado físico, por una parte, como de la integración operativa de funciones, por otro lado, así como el seguimiento de los procedimientos operativos aplicables y, en general, cualesquiera otras que se deriven directamente del proceso de integración.

 

Tercero

 

Sustituir todas las referencias de ubicación del CECOP contenidas en el Plan de Protección Civil para Incendios Forestales (Infoma), así como en cualquier otra disposición, a la dirección del Centro de Atención de llamadas de Urgencias 1-1-2, ubicado en Pozuelo de Alarcón.

 

Cuarto

 

El Centro de Coordinación Operativo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, así como su personal, continuarán rigiéndose por su actual normativa respecto a sus competencias, organización, dependencia orgánica y funcional del personal, régimen jurídico aplicable y, en general, en relación con todos los demás aspectos previstos y regulados por la normativa vigente.

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL

 

A propuesta del Director-Gerente del Organismo Autónomo 1-1-2, por un lado, y del Director General de Protección Ciudadana, por otro lado, se nombran miembros de la Comisión de Seguimiento creada en el punto segundo anterior, a las siguientes personas:

1. En representación del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia:

- Don ..........................

- Don..........................

- Don..........................

2. En representación de la Dirección General de Protección Ciudadana:

- Don ..........................

- Don ..........................

- Don ..........................

 

 

 



[1] .- BOCM 12 de noviembre de 2004.