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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

INSTRUCCIONES de la Viceconsejería de Educación, sobre la inclusión en el Portal Educamadrid de las páginas o sitios web de lo

INSTRUCCIÓN SOBRE LA INCLUSIÓN EN EL PORTAL EDUCAMADRID DE LAS PÁGINAS O SITIOS WEB DE LOS CENTROS Y SERVICIOS EDUCATIVOS.

 

 

Instrucción de 25 de marzo de 2004, de la Viceconsejería de Educación, sobre la inclusión en el Portal Educamadrid de las páginas o sitios web de los centros y servicios educativos. ([1])

 

 

 

 

 

La Consejería de Educación viene impulsando, desde el curso 2001/2002, el Plan Global para el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, denominado Educamadrid. Entre sus líneas básicas de actuación se encuentra la puesta en marcha del Portal Educamadrid, en el que se reserva un espacio propio para los centros y servicios educativos en el que alojar su sitio web institucional.

 

Pueden utilizar este espacio los centros públicos y concertados que imparten los niveles educativos a los que la LOCE se refiere como enseñanzas escolares, los de la red de formación del profesorado, y otros centros y servicios educativos dependientes de la Consejería de Educación.

 

Se considera de especial interés fomentar la elaboración de estas páginas web de los centros, ya que se trata de un instrumento poderoso para fomentar la integración de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso educativo y como herramienta de comunicación, haciendo especial énfasis en abrir nuevas vías de interacción entre profesorado, alumnado, familias, servicios de apoyo, administración...

Para garantizar su mejor utilización, funcionalidad, accesibilidad y navegabilidad, esta Viceconsejería dicta las siguientes Instrucciones:

 

1. Objeto y ámbito de aplicación

 

La presente Resolución tiene por objeto fijar criterios homogéneos para la inclusión en el Portal Educamadrid de los sitios web de los centros públicos y concertados que imparten "enseñanzas escolares", los de la red de formación del profesorado y otros centros y servicios educativos dependientes de la Consejería de Educación.

 

Estos sitios web deben recoger, de forma unificada, la información que cada centro o servicio educativo da a conocer a través de la red Internet. A partir de la puesta en marcha del Portal Educamadrid, las páginas web institucionales de los centros y servicios educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid se alojarán en la dirección URL que dicha Consejería facilita a tal efecto.

 

Los centros concertados que deseen incluir sus sitios web en el citado Portal Educamadrid se atendrán a los criterios establecidos en estas Instrucciones.

 

2. Responsabilidad sobre el contenido de las páginas web alojadas en el Portal Educamadrid

 

El sitio web representativo de un centro educativo es la presentación pública del centro a través de la red Internet. Por tanto, el Director del centro será responsable de los contenidos que se publiquen.

 

Existe un perfil de usuario institucional para cada centro, cuya utilización podrá ser delegada en la persona o personas que la Dirección del centro determine, para que puedan incluir cambios en las páginas. Tanto la Dirección del centro como quienes asuman esta responsabilidad de forma delegada, deberán conocer y cumplir los diversos requisitos normativos a los que se hace referencia en el apartado 8 de estas Instrucciones.

 

3. Aspectos corporativos

 

En todas las páginas incluidas en el sitio web representativo de cada centro o servicio educativo a los que se refieren estas Instrucciones debe figurar el logotipo del Portal Educamadrid y su enlace, así como el logotipo de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el enlace a sus páginas institucionales. Ambos logotipos y ambas direcciones URL se podrán encontrar -y descargar en su caso- en el Portal Educativo Educamadrid, en la zona denominada "Revista Digital", Sección "Educawebs", apartado "Consejos útiles".

 

En la página principal o index del sitio web representativo de cada centro o servicio educativo aparecerán también en lugar visible, los enlaces al Centro de Profesores y a la Dirección de Área Territorial correspondientes.

 

4. Criterios para facilitar el uso y la navegabilidad

 

Con objeto de facilitar la navegabilidad, será imprescindible que todas las páginas incluyan información que oriente a los usuarios sobre el lugar en el que se encuentra en relación con el esquema general del sitio web. Debe hacerse explícito en qué sección se ubica cada página, a qué otras secciones se puede acceder, cómo volver a la página principal, etcétera. Asimismo, todas las páginas incluirán, en lugar visible, el nombre del centro y la fecha de la última actualización (cada información debe incluir su propia fecha de actualización, ya que pueden coexistir en un mismo sitio web páginas actualizadas en momentos muy diversos).

 

Los contenidos se estructurarán en unidades de tamaño y organización adecuados a las características del hipertexto, eludiendo párrafos y páginas muy extensos y sin estructurar, que podrían requerir un uso intensivo de la barra de desplazamiento vertical. Por otra parte, se evitará la aparición de la barra de desplazamiento horizontal, teniendo en cuenta las configuraciones habituales de pantalla.

 

Los textos deberán estar bien estructurados en apartados, utilizando hipervínculos para ampliar la información cuando interese, con suficiente espacio entre líneas y párrafos, con zonas claramente diferenciadas para descargar la visión y facilitar la lectura. Se elegirán formatos de letra claros, de tamaño suficiente, y cuya compatibilidad con los diferentes navegadores esté asegurada (según las recomendaciones del W3C). Se recomienda utilizar fondos blancos y colores de fuente oscuras. Se evitará la proliferación de elementos accesorios o poco significativos que puedan distraer la atención o dificultar la navegabilidad. Los atributos y estilos serán uniformes entre todas las páginas de un mismo sitio web, de manera que no roben protagonismo a los contenidos más significativos. Un diseño sobrio en la forma, permitirá resaltar la información más importante.

 

En general, debe procurarse facilitar la navegación y la comprensión de la estructura de la página y de los iconos que se utilicen, como forma de mantener la atención del usuario y agilizar el acceso a los contenidos.

 

5. Estructura de contenidos

 

Como Anexo I, se incluye un mapa genérico de contenidos para los sitios web de los centros y servicios educativos. La columna de la izquierda recoge los apartados que serán comunes para todos. Sólo los epígrafes "Inicio", "Enseñanzas", "Servicios y actividades", "Secretaría" y "Tablón de anuncios" son obligatorios. Los demás se incluirán únicamente cuando el centro haya desarrollado los contenidos correspondientes.

 

No se recomienda incluir otros epígrafes diferentes, pero se admitirían tres más si el centro ha elaborado contenidos de difícil ubicación en los epígrafes preestablecidos.

 

Ajustarse a este mapa tiene la ventaja de que los usuarios sabrán dónde encontrar los contenidos que buscan ya que todos los centros los tendrán organizados de la misma manera.

 

6. Características técnicas

 

Los archivos podrán organizarse en la estructura de directorios que el centro decida, pero la página de entrada deberá denominarse necesariamente index.html y se encontrará en el primer nivel del espacio de alojamiento asignado.

 

Estos archivos podrán referirse a contenidos de texto, imagen y sonido. Podrán contener lenguaje Javascript, así como animaciones, simulaciones o actividades interactivas, tanto en ficheros "flash" como mediante la utilización de "applets" de Java.

 

Los centros que requieran la utilización de páginas dinámicas habrán de notificarlo a la Asesoría de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la Unidad de Programas de la Dirección de Área Territorial correspondiente, quien lo hará llegar al Área de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la Dirección General de Centros Docentes, con el fin de activarles esta funcionalidad. El entorno a utilizar podrá ser PHP, ASP o JSP.

 

Igual procedimiento se seguirá para la utilización de bases de datos. El formato de éstas podrá ser MySQL -con administración mediante PHPMyAdmin- o Access.

 

 

7. Accesibilidad

 

Las páginas web de los centros y servicios educativos alojados en el Portal Educamadrid deben facilitar la accesibilidad, tanto de personas con discapacidad, como de posibles usuarios que accedan utilizando equipamiento o infraestructuras de recursos limitados. Para ello es recomendable tener en cuenta las pautas del denominado "Diseño Universal" o "Diseño para todos".

 

En concreto, estas páginas web se atendrán, como mínimo, al nivel "doble AA" de las Directrices de Accesibilidad para el contenido de la web 1.0 del W3C-AI.

 

8. Protección de datos personales, derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y derechos de autor

 

Será necesario tener en cuenta los requisitos normativos que se establecen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

 

También es preciso tomar en consideración lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

 

En cualquier caso, el Director del centro debe contar con el consentimiento por escrito, según el formato que se incluye en el Anexo II, de todas las personas cuya imagen u otros datos personales (nombre, correo electrónico...) aparezcan en las páginas web, siempre que a través de ellos se les pueda identificar. Cuando se trate de menores, el consentimiento deben firmarlo los padres o representantes legales.

 

Por otra parte, se atenderá a lo recogido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

 

Asimismo, se contemplará lo establecido en cualquier otra normativa que pueda ser de aplicación.

 

9. Autoría y referencias comerciales

 

El nombre del autor o autores de las páginas o de las personas que participan en su mantenimiento, podrán aparecer, si los interesados lo desean. Cuando se trate de empresas, reciban o no remuneración económica por su colaboración en las páginas, podrá figurar su nombre y razón social de forma escueta y en un lugar discreto de la página principal o index.

 

Asimismo, se admitirá una enumeración de las empresas que colaboran con el centro, por ejemplo, en la denominada "Formación en Centros de Trabajo". En ningún caso podrá hacerse publicidad ni enlaces a las páginas corporativas de las empresas desde las páginas web de los centros y servicios educativos.

 

El contenido de los sitios web tampoco podrá incluir publicidad de productos o servicios comerciales, ni referencias a que las páginas se ven mejor con un navegador u otro. En caso necesario se indicará solamente la versión de HTML o las características que debe cumplir el navegador, pero nunca su nombre comercial (estas aclaraciones no son necesarias si se respetan las normas de accesibilidad y se garantiza, por diseño, que las páginas puedan ser vistas desde cualquier navegador).

 

10. Inclusión de las páginas en Educamadrid

 

La elaboración de las páginas web puede realizarse directamente utilizando el asistente que se incluye en el Portal Educamadrid. En este caso, el propio asistente las sitúa en la dirección URL asignada al efecto por la Consejería de Educación. Si las páginas se elaboran por otros medios, habrán de incluirse mediante un cliente FTP en el espacio de alojamiento reservado. Toda la información actualizada sobre el uso de este servicio se pude consultar en el Portal Educamadrid, en la zona denominada "Revista Digital", Sección "Educawebs", apartado "Consejos útiles".

 

11. Actualización

 

Cada centro o servicio educativo deberá revisar periódicamente sus páginas y asegurarse que no aparezcan datos cuya fecha de actualización tenga una antigüedad superior a un año. Se retirará periódicamente la información obsoleta; una vez confirmada la vigencia de los contenidos, se actualizará también la fecha en que se han revisado, de forma que sea evidente que la información que se ofrece es objeto de comprobación periódica. Siempre que se conozca, se incluirán, desde el inicio, referencias sobre la previsible caducidad de los datos que se incorporan (fechas límite para determinadas gestiones, o en las que se prevé que aparezcan novedades, cargos elegidos por un período de tiempo determinado...).

 

12. Apoyos a la elaboración de las páginas web de los centros y servicios educativos

 

La Consejería de Educación tiene establecidas actividades de formación encaminadas a apoyar al profesorado en la elaboración de las páginas web, teniendo en cuenta tanto los aspectos tecnológicos como los referidos a la utilización educativa de las páginas (materiales curriculares que se incluyan, cauces de comunicación entre la comunidad educativa...).

 

13. Plazo para la adecuación de las páginas a estas Instrucciones

 

Antes de septiembre de 2005, los centros y servicios educativos que ya tienen páginas web elaboradas con otros criterios y/o alojadas en otros servidores, deben responsabilizarse de retirar de la red aquellas páginas antiguas y/o en desuso y alojar sus páginas actualizadas conforme a las presentes Instrucciones en la dirección asignada al efecto en el Portal Educamadrid. No obstante, es recomendable mantener enlaces o derivaciones a la nueva dirección institucional desde las direcciones utilizadas anteriormente, de forma que los usuarios puedan acceder con facilidad.

 

ANEXOS

(Véanse en Formato PDF)



[1] .- BOCM 3 de mayo de 2004.