ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGAN EN EL DIRECTOR-GERENTE DE LA AGENCIA ANTIDROGA
DETERMINADAS COMPETENCIAS RELATIVAS AL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA,
EN EL ÁMBITO DE LA LEY 5/2002, DE 27 DE JUNIO, SOBRE DROGODEPENDENCIAS Y OTROS
TRASTORNOS ADICTIVOS.
ACUERDO de 3 de julio de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se
delegan en el Director-Gerente de la Agencia Antidroga determinadas
competencias relativas al ejercicio de la potestad sancionadora, en el ámbito
de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos
Adictivos. ()
La Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias
y otros Trastornos Adictivos, ha puesto de relieve, tras su entrada en vigor,
la complejidad y extensión que conlleva su régimen de infracciones y sanciones,
resultante, en la mayoría de los supuestos, del elevado número de
intervenciones de inspección realizadas por las distintas Administraciones
Públicas con competencia en la materia.
En aplicación del indicado régimen sancionador, el
artículo 61.2.b) de la citada Ley establece que serán competencias para incoar,
instruir y resolver los expedientes sancionadores, los órganos de la Consejería
de Sanidad determinados en el artículo 146 de la Ley 12/2001, de 21 de
diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
En este sentido, el apartado c) del citado artículo
146 dispone que corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid la
imposición de sanciones a partir de 120.202,43 euros.
Dado que, en aplicación de este último precepto legal,
es el Consejo de Gobierno el órgano competente para iniciar, incoar y resolver
los procedimientos sancionadores cuya sanción prevista sea superior a
120.202,43 euros, por razones de agilidad y eficacia administrativa se
considera necesario delegar en el Director-Gerente de la Agencia Antidroga
determinadas competencias en materia del ejercicio de la potestad sancionadora
en el ámbito de la Ley sobre Drogodependencias y otros trastornos adictivos.
Por lo expuesto anteriormente, y en virtud de lo
dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 52 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Sanidad y
previa deliberación en su reunión del día 3 de julio de 2003,
ACUERDA
Delegar en el Director-Gerente de la Agencia
Antidroga de la Comunidad de Madrid () la competencia para la incoación e instrucción de
procedimientos sancionadores por infracciones de las que pudiera derivarse una
sanción superior a 120.202,43 euros, en el ámbito de la Ley 5/2002, de 27 de
junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.