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[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA

ORDEN POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA

ORDEN de 29 de mayo de 2002, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería. ([1])

 

Mediante Orden 951/2001, de 4 de junio, y en desarrollo del Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, se estableció la estructura orgánica de segundo nivel de la entonces Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, actual Consejería de Justicia y Administraciones Públicas tras la modificación de la denominación y estructura de las Consejerías efectuada por Decreto 155/2001, de 20 de septiembre.

Así, la citada Orden 951/2001 procedió a establecer las correspondientes Unidades orgánicas con rango inferior al de Servicio que integran la estructura de los distintos Centro Directivos y Servicios de esta Consejería.

Posteriormente mediante Orden de 29 de enero de 2002 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 5 de febrero) se procedió a modificar parcialmente la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, en concreto la correspondiente a la Dirección General de la Función Pública, a efectos de reforzar la misma y en cumplimiento de las previsiones contenidas al respecto en el Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2001 a 2003.

Con fecha 30 de abril de 2002 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el nuevo Decreto por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, Decreto 68/2002, de 25 de abril, en el cual se introducen ciertas modificaciones a la estructura de primer nivel establecida por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, el cual queda derogado.

De acuerdo con ello, planteándose en estos momentos la necesidad de adaptar las Unidades orgánicas con rango inferior al de Servicio a la nueva estructura establecida por el Decreto 68/2002, de 25 de abril, e introducir ciertas modificaciones en las mismas, se considera conveniente proceder a la aprobación de una nueva Orden que desarrolle en su conjunto la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas y que sustituya a la Orden 951/2001, de 4 de junio, recogiendo las posteriores modificaciones de la misma.

Las modificaciones de la estructura que se recogen en la presente Orden afectan, por un lado, a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Justicia, a efectos de adaptarla cara a la asunción de nuevas competencias en materia de Justicia una vez se materialicen las transferencias de funciones y servicios desde la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en la materia. Así, se procede a determinar las Unidades con rango inferior al de Servicio que quedan adscritas a los Servicios creados en la Dirección General de Justicia por Decreto 68/2002, de 25 de abril.

Por otro lado, se procede a introducir ciertas modificaciones en la estructura orgánica de la Dirección General de Administración Local, a efectos de adaptarla a las nuevas demandas que se le plantean a este Centro Directivo para el desarrollo de las competencias que le son atribuidas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en la Disposición Final Primera del Decreto 68/2002, de 25 de abril, y previos los informes preceptivos,

DISPONGO

Artículo 1.- De la Secretaría General Técnica

De la Secretaría General Técnica depende el Área de Programación y Análisis de la Gestión.

La Secretaría General Técnica se estructura en las siguientes Unidades:

1. Servicio de Régimen Jurídico y Relaciones Institucionales.

1.1. Sección de Normativa y Régimen Jurídico.

1.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

1.1.2. Negociado de Tramitación y Recursos.

1.2. Negociado Relaciones Institucionales.

1.3. Negociado Consejo de Gobierno.

1.4. Negociado de Gestión Administrativa.

 

2. Servicio de Contratación Administrativa.

2.1. Sección de Contratación I.

2.1.1. Subsección de Contratación.

2.1.1.1. Negociado de Contratación I.

2.1.1.2. Negociado de Convenios y Subvenciones.

2.2. Sección de Contratación II.

2.2.1. Negociado de Contratación II.

2.2.2. Negociado de Contratación III.

2.3. Oficina Supervisora de Proyectos (con rango de Sección).

2.3.1. Negociado de Proyectos.

2.3.2. Negociado de Apoyo Administrativo.

3. Servicio de Personal.

3.1. Sección Gestión Económica de Personal.

3.1.1. Subsección Régimen Económico de Personal.

3.1.1.1. Negociado de Gestión de Nóminas.

3.1.1.2. Negociado de Apoyo a la Gestión Económica y de Seguridad Social.

3.1.1.3. Negociado de Apoyo Administrativo.

3.2. Sección de Gestión de Personal.

3.2.1. Subsección de Gestión de Personal.

3.2.1.1. Negociado de Gestión de Personal I.

3.2.1.2. Negociado de Gestión de Personal II.

3.2.1.3. Negociado de Gestión de Personal III.

4. Servicio de Gestión Económico-Administrativa y Régimen Interior.

4.1. Sección de Asuntos Generales.

4.1.1. Negociado de Información y Atención al Público.

4.1.2. Negociado de Registro General.

4.1.3. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.1.4. Negociado de Archivo y Biblioteca.

4.2. Sección de Régimen Interior.

4.2.1. Subsección de Seguimiento Plan de Ahorro.

4.2.1.1. Negociado de Incidencias.

4.2.1.2. Negociado de Régimen Interior.

4.2.2. Subsección de Apoyo Técnico.

4.3. Sección Oficina Presupuestaria.

4.3.1. Subsección de Gestión Presupuestaria.

4.3.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.4. Sección de Documentación y Publicaciones.

 

Artículo 2.- De la Dirección General de Justicia

La Dirección General de Justicia se estructura en las siguientes Unidades:

1. Servicio de Organización y Cooperación Institucional.

1.1. Sección de Apoyo a la Oficina Judicial.

1.1.1. Subsección de Gestión de Programas.

1.1.2. Subsección de Medios.

1.1.2.1. Negociado de Coordinación Administrativa.

1.2. Sección de Cooperación y Estudios.

1.2.1. Subsección de Actuaciones.

1.2.2. Subsección de Estudios.

1.3. Sección de Justicia Gratuita.

1.3.1. Negociado de Apoyo a la Comisión I.

1.3.2. Negociado de Apoyo a la Comisión II.

1.3.3. Negociado de Apoyo a la Comisión III.

1.3.4. Negociado de Notificaciones.

2. Servicio de Gestión de Medios Económicos.

2.1. Sección de Ejecución Presupuestaria.

2.1.1. Subsección de Programación.

2.1.1.1. Negociado de Gestión Económica.

2.1.2. Subsección de Caja.

2.2. Sección de Servicios y Suministros.

2.2.1. Subsección de Gestión Administrativa.

2.2.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

2.3. Sección de Obras e Inversiones.

2.3.1. Subsección de Gestión Administrativa e Inventario.

2.3.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

2.4. Sección de Convenios y Subvenciones.

2.4.1. Negociado de Tramitación.

 

3. Servicio de Gestión de Inmuebles.

3.1. Sección de Inmuebles.

3.1.1. Subsección de Conservación I.

3.1.2. Subsección de Ampliaciones y Reformas.

3.2. Sección de Equipamientos.

3.2.1. Subsección de Conservación II.

4. Servicio de Medios Personales.

4.1. Sección de Gestión de Personal.

4.1.1. Subsección de Gestión de Personal.

4.1.1.1. Negociado de Plantilla.

4.1.1.2. Negociado de Convocatorias y Provisión de Puestos.

4.1.1.3. Negociado de Administración de Personal.

4.1.1.4. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.2. Sección de Gestión Económica.

4.2.1. Subsección de Gestión Económica.

4.2.1.1. Negociado de Nóminas.

4.2.1.2. Negociado de Incidencias.

4.2.1.3. Negociado de Régimen Asistencial.

4.2.1.4. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.3. Sección de Formación.

4.3.1. Negociado de Programas.

4.3.2. Negociado de Publicaciones.

4.3.3. Negociado de Evaluación.

 

Artículo 3.- De la Dirección General de Administración Local

La Dirección General de Administración Local se estructura en las siguientes Unidades:

1. Servicio de Administración y Haciendas Locales.

1.1. Sección de Asesoramiento Jurídico-Municipal.

1.1.1. Subsección de Entidades Locales y Funcionarios Habilitación Nacional.

1.1.1.1. Negociado de Habilitación Nacional.

1.2. Sección de Formación.

1.2.1. Negociado de Seguimiento y Actividades Municipales.

1.2.2. Negociado de Formación.

1.2.3. Negociado de Apoyo Administrativo.

1.3. Sección de Estudios y Análisis Locales.

1.4. Sección de Seguimiento de la Legalidad.

1.4.1. Negociado de Gestión Administrativa.

1.4.2. Negociado de Asesoramiento Jurídico-Municipal.

1.5. Sección de Estudios Territoriales.

1.5.1. Negociado de Programación.

1.5.2. Negociado de Estudios.

1.6. Sección de Análisis Financiero.

1.6.1. Subsección de Análisis Económicos Municipales.

1.7. Negociado de Coordinación y Seguimiento de Actividades Municipales.

 

2. Servicio de Cooperación Local.

2.1. Sección de Gestión y Financiación de Obras y Servicios Municipales I.

2.1.1. Subsección de Seguimiento de Inversiones.

2.1.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

2.1.1.2. Negociado de Apoyo a la Tramitación.

2.2. Sección de Gestión y Financiación de Obras y Servicios Municipales II.

2.2.1. Subsección de Gestión Municipal.

2.2.1.1. Negociado de Gestión Municipal.

2.2.1.2. Negociado de Seguimiento de Obras.

2.3. Sección de Préstamos y Subvenciones.

2.3.1. Negociado de Préstamos.

2.3.2. Negociado de Tramitación de Subvenciones.

3. Servicio de Infraestructuras Locales.

3.1. Sección de Infraestructuras Locales.

3.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo I.

3.2. Sección de Obras de Infraestructuras I.

3.2.1. Negociado de Apoyo Administrativo II.

3.3. Sección de Obras de Infraestructuras II.

3.3.1. Negociado de Delineación.

3.4. Sección de Obras de Infraestructuras III.

3.4.1. Negociado de Apoyo Administrativo III.

3.5. Sección de Obras de Infraestructuras IV.

3.6. Sección de Proyectos.

3.6.1. Negociado de Cartografía.

3.7. Sección de Planificación.

3.7.1. Subsección Técnica de Planificación.

3.8. Sección de Topografía.

3.9. Sección de Alumbrado Público.

3.9.1. Subsección Técnica de Alumbrado.

3.10. Sección de Obras.

 

4. Servicio de Equipamientos Urbanos.

4.1. Sección de Coordinación de Proyectos y Obras.

4.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.2. Sección de Proyectos y Obras I.

4.2.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

4.3. Sección de Proyectos y Obras II.

4.4. Sección de Proyectos y Obras III.

4.5. Sección de Proyectos y Obras IV.

4.6. Sección de Obras I.

4.6.1. Negociado de Obras I.

4.6.2. Negociado de Análisis Gráfico I.

4.7. Sección de Obras II.

4.7.1. Negociado de Obras II.

4.7.2. Negociado de Análisis Gráfico II.

5. Servicio de Zonas Verdes y Espacios Urbanos.

5.1. Sección de Proyectos.

5.1.1. Subsección Técnica de Topografía.

5.2. Sección de Topografía.

5.3. Sección de Obras.

5.4. Sección de Áreas Verdes I.

5.4.1. Negociado de Análisis Gráfico I.

5.5. Sección de Áreas Verdes II.

5.5.1. Negociado de Análisis Gráfico II.

 

Artículo 4.- De la Dirección General de la Función Pública

La Dirección General de la Función Pública se estructura en las siguientes Unidades:

1. Servicio de Ordenación Normativa.

1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

 

2. Servicio de Planificación de Efectivos y Análisis Económico.

2.1. Sección de Selección de Personal.

2.1.1. Subsección de Tramitación de Procesos Selectivos.

2.1.1.1. Negociado de Pruebas Selectivas.

2.1.1.2. Negociado de Gestión de Convocatorias.

2.2. Sección de Ofertas de Empleo.

2.2.1. Negociado de Seguimiento.

2.2.2. Negociado de Explotación de Datos.

2.2.3. Negociado de Normalización.

2.3. Sección de Gestión Administrativa.

2.3.1. Negociado de Seguimiento y Control.

2.3.2. Negociado de Gestión de Bolsas.

 

3. Servicio de Relaciones Laborales.

3.1. Sección de Seguimiento de Convenios y Relaciones Sindicales.

3.1.1. Negociado de Tramitación I.

3.1.2. Negociado de Transferencias.

3.1.3. Negociado de Apoyo Administrativo.

3.2. Sección de Estudios Económicos.

3.2.1. Negociado de Tramitación II.

3.2.2. Negociado de Tramitación III.

3.3. Sección de Estudios Socioprofesionales.

3.3.1. Negociado de Estudios Socioprofesionales.

3.3.2. Negociado de Tramitación IV.

 

4. Servicio de Inspección de Personal.

4.1. Sección de Régimen de Incompatibilidades.

4.1.1. Subsección de Tramitación de Incompatibilidades.

4.1.1.1. Negociado de Archivo e Incompatibilidades.

5. Servicio de Prevención.

Asimismo, queda adscrita a la Dirección General de la Función Pública como Unidad administrativa funcional la Unidad de Prestaciones Asistenciales.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Del Centro Regional de Coordinación e Información Municipal

El Centro Regional de Coordinación e Información Municipal (CRCIM) se estructura en las siguientes Unidades:

1. Coordinador de Programas (con rango de Servicio).

1.1. Subsección de Sistemas de Información Geográfica.

 

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Quedan derogadas la Orden 951/2001, de 4 de junio, de esta Consejería, por la que se desarrollaba la estructura orgánica de la misma, así como cuantas Disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, debiendo adaptarse la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria de la Consejería a lo dispuesto en la misma.

 



[1] .- BOCM 3 de junio de 2002.